Sucesos de las Islas Filipinas - Estudio Preliminar

* Para la redacción de esta Introducción se han tenido á la vista los siguientes documentos, cuyos originales radican en el Archivo general de Indias de Sevilla: A) Ordenanzas dadas por el Gobernador de las Filipinas, Dr. Sande, á los oficiales reales; Manila, 14 Mayo 1576. i, i, 2/24. Documento número 60 del índice 4.°; que se reproduce íntegramente en la nota 37 de las que siguen al texto de los escritos de MORGA.—B) Testimonio de las encomiendas de indios que aparecen asentadas en los libros de Gobernación de Filipinas: Manila, 2 Junio 1576. 1,1, 2/24. Documento núm. 39 del índice 4.°; reprodúcese íntegramente la lista de los encomenderos en la nota núm. 37 de las mencionadas.—C) Carta-relación de Filipinas, por el Dr. Francisco de Sande; Manila, 7 de Julio de 1576. Publicada en el Archivo de Retana, tomo 11. —D) Relación de lo que contiene el asiento que se tomó con D. Gonzalo Ronquillo de Peñalosa : Madrid, 16 Julio 1578. i, 1, 2/24. Documento núm. 70 del índice 4.°—E) Relación de las cosas de las Filipinas hecha por el obispo Fr. Domingo de Salazar en 1583. Publicada en el Archivo de Retana, tomo iii. —F) Probanza hecha en Manila á petición del Presidente y Oidores sobre el valor de las cosas y bastimentos : Manila, 15 y 22 de Junio de 1584. 1, i, 3/25. Documento núm. 36 del índice 9.° Declararon en esta probanza: Antonio Jofre, tesorero de Hacienda, de 27 años de edad y 4 de residencia en el país; Juan de Armendares, canónigo, de 34 de edad y 4 de residencia; Cristóbal de Azcueta, alférez, de 26 de edad y 10 de residencia; Pedro Carballo, capitán, de 35 de edad y 10 de residencia; Juan de Arce de Sardonil, capitán, de 31 de edad y 13 de residencia; Juan de Vivero, tesorero de la Catedral, de 50 de edad y 18 de residencia; Juan Pacheco Maldonado, capitán, de 40 de edad y 19 de residencia, y Andrés Caúchela, contador de Hacienda, de 60 de edad y 19 de residencia. (Los dos últimos declarantes fueron al país al tiempo que Miguel López de Legazpi.)
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• VÍCTOR M. CONGAS Y PALAU: La Sultanía de Jola: «Boletín de la Sociedad Geográfica», tomo xvi (Madrid, 1884), págs. 153 y siguientes.-Véase en nuestra nota núm. 25, las págs. 378-380.
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El establecimiento de los castellanos en Filipinas determinó en el país una honda crisis político-social, y económica además, como no podía menos de suceder, dado que los nuevos dominadores eran gentes de otra raza, y por lo tanto de costumbres y necesidades muy distintas de las propias de las gentes de la tierra. Hemos dicho nuevos dominadores porque, como observa muy atinadamente un escritor ilustre, á la llegada de los españoles «el Archipiélago estaba todo sujeto al Sultán de Borneo, al de Joló, ó á multitud de jefes mahometanos; y donde no, pagaban los indígenas horrible tributo de esclavos, que iban por miles á pescar las perlas ó á labrar los campos de los pueblos ya mahometanos del mar de Célebes»'. Y el mismo autor se extiende luego en certeras consideraciones para venir á obtener la consecuencia de que España en Filipinas fué, más que conquistadora, libertadora y libertadora sin lucha casi, por lo mismo que los naturales del país —los verdaderos naturales del pais— se pusieron resueltamente del lado de los castellanos, que les llamaban hermanos, á diferencia de los «moros», que les llamaban cautivos. Mas aunque la empresa de los españoles se había inspirado en un fin altruista, el de cristianizar el Archipiélago, los conquistadores castellanos, al constituir colonia, tuvieron que atender en primer término á su conservación personal y política, y en esta doble necesidad hállase la causa de la crisis enunciada. Legazpi, así que consideró firme, en lo que cabía, la empresa que le llevara al Extremo Oriente, procedió á encomendar la tierra, para recompensar los afanes de los que, sin sueldo de ningún género, habían tomado parte en la jornada, con riesgo de la vida y á cambio de mil vicisitudes; y en 1576, el Dr. Sande, segundo de los gobernadores propietarios, formó el catálogo de los encomenderos, en quienes debe verse el primer plantel de colonizadores que allí hubo. Las encomiendas sumaban 143 y se hallaban repartidas por todo Filipinas.

Anualmente, con los navios que zarpaban de Acapulco llegaban á las Islas Filipinas nuevos españoles que engrosaban la colonia) Estos españoles fueron los primeros importadores de moneda, y estas primeras monedas las que regularon el valor de las cosas del país. En un principio la moneda no era necesaria: el tributo se hacía efectivo en especie (arroz, gallinas, mantas, etc.), y lo que se cobraba para su Majestad (la Hacienda del Estado), bastaba por sí sólo para sostener á los españoles, que á su vez cobraban en especie. Al tributo siguieron dos nuevas contribuciones: el quinto sobre el oro (incluyendo las alhajas de los naturales) y un pequeño derecho de aduanas sobre las mercaderías procedentes del exterior (almojarifazgo). Pero al tiem po que la colonia española aumentaba, creábase otra, que acrecía en mayor progresión aún, compuesta de chinos comerciantes, y éstos hicieron que la moneda fuese de todo punto indispensable, por lo menos desde el año de 1575.
A los diez años de regularizada la vida colonial, el cambio operado en Filipinas era ya notabilísimo.

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Legazpi (1565- 1572) asentó la dominación de España en Filipinas; Lavezares (1572-1575) la afirmó, y el Doctor San de (1575-1580) la consagró dictando las primeras disposiciones legislativas que regularon la Administración.— Sande fué el primer Doctor que hubo en Filipinas; pero no el primer togado: antes que él llegó el Licenciado Cabello, que figura en el catálogo aludido. La vida comercial propiamente dicha iniciase al comenzar el mando del Doctor Sande. En 1575 llegó de China una expedición compuesta de diez embarcaciones que, según el propio Doctor, «truxeron alguna mercadería que vender, aunque poca, y vendían muy caro». Y añade en otro pasaje del mismo documento: «La contratacion con los de China es muy dañosa para los españoles y para los [naturales] destas yslas, porque solamente traen hierro, ques útil, y otra eosa no, porque sus sedas son falsas, y sacan de acá plata y oro, y quanto mas durare la comunicación con nosotros sin guerra, tanto mas platicos se yran haziendo y tanto menos temerán á los ijue ayan tratado.» Con esta expedición vino el primer caballo que hubo en el país, para el Doctor Sande precisamente, que filé el primer gobernador que cabalgó en Manila. Al siguiente año de 1576, llegó otra expedición comercial sínica; y al siguiente, otra, y así ya por buen golpe de años. Los expedicionarios quedábanse en la tierra algunos meses, hasta ver vendidas sus mercaderías; pero á la hora del regreso, no todos regresaban: cada año era mayor el número de chinos que se quedaban en el país. Y fué preciso señalarles un lugar, en Binondo, que desde luego se convirtió en alcaicería; pero quemada en tiempo de D. Gonzalo Ronquillo, este gobernador dispuso que la barriada comercial sinense se estableciera en punto próxi mo á Manila, donde subsistió mucho tiempo con el nombre de Parían. Los chinos llevaban hierro —de mala calidad ciertamente— para los filipinos, que lo estimaban mucho para la fabricación de armas, y lo cobraban, parte en especie (que servía de alimento á los vendedores) y parte en oro de minas (es decir, sin labrar). El oro labrado (en alhajas principalmente) lo estimaban demasiado los filipinos, y muy raras veces debieron de dailo. Para los españoles y para los isleños, los chinos llevaban sedería inferior (que cobraban de aquéllos en plata amonedada ó en oro del país), y para los españoles exclusivamente llevaban harina de trigo, pero de tan mala calidad, que sólo quien tuviera mucha hambre y careciese de arroz podía adquirirla de buen grado. La inmigración sínica comercial no produjo apenas beneficio; en cambio produjo serio perjuicio, por que, como llegaron á ser tantos los inmigrantes, su consumo influyó en la subida de los precios de los comestibles de la tierra. Todo sin contar con que moneda que el chino había á las manos, moneda que no volvía jamás á circular en Filipinas: el chino se la llevaba á su país. El personal de Hacienda se reducía á tres funcionarios, que genéiicamente se dominaban oficíales reales^ y parti cularmente Factor, Contador y Tesorero. Hasta que llegó él Dr. Sande, la Administración marchó de cualquier modo; los oficiales reales no tenían instrucciones precisas: Sande fué el primero que se las dio por escrito, y ese documento constituye el primer monumento de la historia de la Le gislación genuinamente filipina. Lo fachó en Manila, á 14 de Mayo de 1576, y algunos días después, el 26, el propio Dr. Sande libraba un mandamiento prohibiendo á los oficiales reales que tuvieran encomiendas. Fundábase para ello en una carta de S. M., de 25 de Abril de 1574, en que Felipe II, contestando á la exposición que de Manila le habían dirigido algunos españoles que se consideraban acreedores á encomiendas, decía: «Lo que toca al repartimiento de yndios que pedis se os haga merced, por lo que aveis servido como á personas descubridoras de esas yslas, a parecido ser de yncombeniente.»—Sande nombró algunos alcaldes mayores (tres ó cuatro), fundó un hospital é hizo otras muchas cosas que le acreditan como el primer hombre de Administración que en Filipinas hubo.

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Los bastimentos propios de la tierra, únicos, puede decirse, con que se sustentaron todos los españoles, sin excepción, hasta 1575, eran : Aceite de ajonjoli. Iba al principio muy barato; en 1584 había encarecido extraordinariamente y apenas se hallaba á la venta pública. Arroz. Era éste el renglón más importante de todos; constituía el alimento general, así de naturales como de extraños. Casi todo procedía de la Pam[)anga. El Dr. Sande, refiriéndose á dicha provincia, escribía: «provéese esta ciudad y toda la tierra de arroz, ques acá el pan, de toda esta provincia [de la PampangaJ: de manera que si en ella faltase, no avria de donde aver.»—Esto prueba, entre otras cosas, que el cultivo del arroz era muy escaso en la región tagala.—Hasta el año de 1580, el precio medio del arroz, según los que declararon en la Probanza que se hizo en 1584 (documento F), declaraciones que coinciden con la del obispo Salazar de un año antes, seis fanegas de arroz (300 gantas), valían un tostón (dos cahates, ó sean cuatro reales fuertes); pero á partir de ese año de 1580, subió el precio de tal modo, que cuando se hizo la Fí'obanza la fanega de arroz valía más de un tostón, y no siempre se hallaba á comprar». El tesorero de la Catedral, Juan de Vivero, logró una fanega por seis reales; pero al canónigo Armen dares la misma cantidad de arroz le costó diez reales.
Carne de búfano (sic) ó de carabao. El capitán Carballo declara: «se a pocas veces á comprar, y vale muy cara respecto de lo que solía valer.»
Carne de venado. El capitán Juan Arce dice que ha.encar-ecido muchísimo.
Cocos. Los declarantes aseguran que el precio de los cocos había subido mucho de 1580 á 1584.
Gallinas.—Otro renglón importante.—Hasta 1580, el precio era : cuatro reales por 12, 16 y hasta 20 gallinas. En 1584, cada gallina valía dos reales, y no siempre «se halla á comprar», dicen varios, entre ellos el Obispo.
Huevos. Hasta 1580, solían valer 20 huevos un tomín (unos seis céntimos de peso fuerte); después fueron subiendo de precio, y en 1584 por un tomín daban tan sólo seis huevos; es decir, valía cada huevo un céntimo de peso.
Manteca (de puerco). El canónigo Armendares, dice : «Antes, una tinaja valía dos pesos; agora ocho y diez cada tinaja. Todos convienen en que la manteca tenía más precio que el aceite de Castilla, lo que demuestra cuánto llegaron á encarecerse los puercos.
Puercos. Hasta 1580, el puerco que más, llegó á valer seis reales, y si era sumamente grande, valía hasta ocho. En 1584, un puerco insignificante valía cuatro pesos; uno mediano, cinco; y los de mucho cuerpo valían hasta seis pesos. Pero acontecía que ni aun á tales precios se halla ban siempre «á comprar»: tanta era su escasez.
Vino {Tuba). Como todo lo demás, encareció. En un principio, bebían el vino de la tierra todos los castilas; después, la üiba quedó relegada para los pobretones. En lo antiguo el precio del vino era, según Salazar, cien gantas, un tostón; en 1584 valía más del doble.
Había además pescado, fríjoles, plátanos, algunas otras frutas y miel. La miel la traían los tingues (habitantes de las sierras), que la contrataban directamente con los habi tantes del llano, los cuales la vendían á los españoles. En cuanto á la carne, Sande escribía el año de 1576: que había «puercos, venados, búfanos en cantidad; pero el que lo quisiere lo a de yr á matar, porque no hay [del país] quien lo quiera yr á matar, ni lo venda.» Y á seguida: «Dañase la carne en breve, como es tierra caliente.»—Los filipinos eran muy poco carnívoros. En general, según las declaraciones de Antonio Jofre, Juan Arce y otros españoles, prestadas en 1584, «lo que agora quatro años se compraba con un tostón, agora no se compra con tres pesos». De suerte que en ese período de 1580 á 1584 casi todos los productos de la tierra sextuplicaron su antiguo valor.

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Si en un principio los españoles se avinieron todos á vivir, á comer y á vestir de cualquier manera, no pasó otro tanto luego que las relaciones con la Nueva España sé regularizaron: con el aumento de la colonia vino el aumento del numerario circulante, y tuviéronse por necesarias muchas cosas que antes no lo habían sido, en especial las impoitadas de México, pues que lo que procedía de China apenas era utilizado por los castellanos. 1 le aquí la lista de los principales artículos de importación (y, mientras no se advierta otra cosa, entiéndase que los artículos eran importados en las naos procedentes de Acapulco):
Alcaparras.—Aceite de Castilla.—Aceitunas.—Almendras.—Calzado.—Conservas (varias).—Cordobanes. (Pieles curtidas, de cabra ó de macho cabrío^ para diferentes usos.) —Damascos.—Gorras de terciopelol—-Harina.—Harina de sangley (es decir, de China; tan mala, que no se podía comer, «por que se entiende (dice el presbítero Juan de Vivero) que es revuelta con otras semillas»).—Hierro (también de China, de mala calidad, pero muy estimado por los filipinos).—Holanda (lienzo fino de hilo para ropa inte rior).—Jabón,—Jamones.—Medias de punto. — Medicinas.— Paños (de varios colores).—Papel de Castilla.—Papel de China.—Pasas.—Rajas (piezas de un paño especial que ya no se fabrica).—Rasos.—Ruán (tela de buena calidad, blan ca, para diversos usos).—Sedas (de China; que sólo adqui rían los muy pobres, á causa de lo malas que eran).—Sombreros. — Tafetanes.— Terciopelos!— Vinagre.— Vino.
El año en que por cualquier circunstancia faltaba na vio, todo encarecía extraordinariamente. En la Probanza hecha en 1584 hay declaraciones por demás interesantes. El aceite solía valer á peso la libra, y cuando escaseaba va lía más. Sin embargo, la manteca de puerco del país llegó á valer, según queda consignado, más aún que el aceite de Castilla. La botija de aceitunas (un tercio de arroba, próximamente), de 10 á 14 pesos. Del papel de Castilla dijo el capitán Juan Arce que á veces lo había visto vender «una mano (25 pliegos), quatro é cinco pesos* (!!); ¡próxima ttiente á peseta cada pliego!; de ahí que casi todo se escribiera entonces en papel de China. Acerca del ruán^ declaró el tesorero de la Catedral, Juan de Vivero: «lo he visto vender el de fardo algunas veces á dos pesos la vara». Pero nada tan caro como el vino. Vendíase por botijas de poco más de una arroba; antes de 1580, algunas se vendieron á 40 pesos; después fué encareciendo, y en cuanto escaseaba se vendía la botija á cien pesos de oro común por lo menos. Si se tiene en cuenta el valor del dinero en aquel entonces, comprenderáse la enormidad de lo que se pagaba por el vino; una fortuna. Todo lo que venía de España se cotizaba en Filipinas mucho más caro que en México, por lo mismo que el viaje era más largo y penoso. Mas si el encarecimiento de los artícu'os de importación estaba justificado, ¿cómo justificar la extraordinaria subida de los del país, cuyo consumo debió de ir disminuyendo á medida que aumentaban los que venían de fuera?

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Óiganse algunas declaraciones, que dan la clave de lo que á primera vista parece una anomalía. El obispo Salazar, en 1583, apunta tres razones, á saber : i.^ La expedición desastrosa que mandó á llocos Don Gonzalo Ronquillo: fueron á ella muchos pampangos, gran parte de los cuales perecieron, y los restantes quedaron tan fatigados, que «tenían mas nesgesidad de descansar que de trabajar, de lo qual se siguió aver aquel año muy gran falta de arroz, y por no tenerlo murieron de hambre en la dicha Pampanga mucho numero de yndios, porque solo en Lubao, encomienda de Guido de Lavezares, passaron de mili los muertos». 2." «Las muchas ocupaciones en que ocupan á los yndios, como es echarlos á los remos de galeras y fregatas que envían el gobernador y ofticiales á cossas que nuncan faltan, y á las vezes van tan lexos, que están alia quatro y seis meses, y muchos de los que van se mueren por alia y otros se uyen y se esconden por los montes... á otros ocupan en aviar maderas de los montes y traerla arrastrastando á esta ciudad, y á otros en otras cossas: de manera que no los dexan descansar ni entender en sus sementeras, y ansí siembran poco y coxen menos.» 3 / Antes de que viniera Ronquillo, había tres ó cuatro alcaldes mayores solamente; ahora (1583) hay hasta diez y seis, los más de ellos nombrados por Ronquillo; gente ne cesitada, les toman á los naturales los frutos de la tierra y lo revenden á precios altos. A los naturales se les ha pro hibido que traten y contraten. Antes, vendían ellos á do micilio; ahora, no; y vendían á bajos precios, «porque ellos se contentan con poca ganancia, lo que no hazen los españoles».—Hasta aquí Salazar.
El capitán Juan de Arce dice al respecto, al año si guiente de 1584: «aver venido mucha gente á estas yslas, y los naturales dellas averse muerto mucha cantidad dellos con jornadas que se an hecho al Maluco y á Cagay an y Bur ney y otras partes, y aver ávido mucha langosta en la tierra.» El tesorero Antonio Jofre, en el mismo año de 1584 y sobre el mismo asunto, declara: «la mucha gente española que a venido á ella (á la tierra), y averse muerto muchos de los naturales destas yslas y aver poca gente que cultiva la tierra y haga cria de aves y puercos. ¿^ El contador de Hacienda Andrés Caúchela, dice: *la mucha gente española que a venido á estas yslas y las muchas jornadas que se an hecho al Maluco y Cagay an y otras partes, donde an muerto muchos naturales, y asimismo an muerto en estas yslas mucha cantidad dellos, que no ay quien cultive la tierra ni h ^ a cria de gallinas ni puercos.» El capitán Juan Pacheco Maldonado, dice : «De tres años á esta parte se an encarecido los dichos bastimentos de la tierra mas que tres vezes doblado de lo que solían valer [los artículos], y este testigo entiende que por averse muerto muchos de los naturales destas yslas ansí de enfermedades como en jornadas, y averse dado al trato de las mercaderías y dexado el cultivo de la tierra é criar de gallinas y puercos.» El capitán Pedro Carballo, dice: que por haber venido muchos españoles y haber muerto muchos naturales, «asi de enfermedad como de jornadas que an hecho, y porque no solian venir á esta ciudad sino quatro ó cinco navios de sangleyes, y agora de tres años á esta parte an venido y vienen mas de veinte y treinta navios cada un año adon de vienen mas de tres mili personas que comen y gastan como españoles». El alférez Cristóbal de Azcueta, dice: «De tres años á esta parte viene cada año mas de tres mili sangleyes ques gente que como español come.» El tesorero de la Catedral, Juan de Vivero, dice: «aver muerto muchos naturales de enfermedades que a ávido en esta tierra entre ellos y aver venido mucha gente española de la Nueva España, y estos años aver venido mucha cantidad de sangleyes, que es gente comedora, que no solian venir tantos; que á lo que entiende an sido mas de tres mili los que este año an venido á tratar y contratar á esta ciudad.» Finalmente, el canónigo Juan de Armendares atribuye la carestía de los bastimentos del país á haber venido muchos españoles, haberse muerto muchos naturales de hambre «por aver ávido mucha langosta, y asimismo se an perdido las sementeras por muchas aguas; y en este tiempo de quatro años á esta parte an venido mucha cantidad de sangleyes de la tierra firme á tratar y contratar á estas yslas; que no solian venir tantos; que es,gente que come mucho, porque de poco tiempo á esta parte le parece á este testigo que an venido de tres mili sangleyes arriba». Ello es que entre langosta, exceso de inmigración, pero sobre todo por el quebranto que causó á la agricultura el que á los naturales más civilizados se les utilizase para las muchas y penosas expediciones que se hacían, la crisis de 1580 á 1585 fué terrible para todos, pero señaladamente para los pampangos, los cuales, sin embargo, fueron tan abnegados, que apenas tuvieron paiticipación en el ICcUi punan á que dio lugar esta serie de desdichas(2).
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2 Véase La Primera Conjuración separatista (1587-1588), por W. E. Retana: Madrid, 1908.
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Los soldados y los encomenderos no fueron tan malvados como muchos creen. El Dr. Sande, en su mencionada carta-relación de 1576, dice : «Como los soldados padescen tantos trabaxos, caen enfermos, y aunque mueren muchos, son todos tan pobres que no dexan nada ni tienen con que curar, siempre atentos á pedir que les den, como no tienen otro recurso, y assi luego que yo vine, hize edificar un espital que avia quemado el cosario [LiI Ma-Hong] que servia de alojamiento de gente pobre. * Y añade que después de las expediciones á que se les manda, «vienen rectos y enfermos y se les a de dar para que puedan pasar... con gran facilidad vienen á pedir vestidos, armas y dinero». Y óigase en seguida al obispo Salazar, nada sospechoso, que en su relación citada de 1583, es cribe: «Solían los governadores passados repartir entre los soldados pobres algún arroz de lo que á V. Magestad tributan, con que passavan su miseria; pero agora aun esto no se lo dan, y lo que mas les aflige es que no les quieren dar que coman, ni le dan licencia para irlo á buscar, ni para salir desta ysla.» ¿Qué había de suceder? El propio Salazar, en otro pasaje del mismo documento, lo explica: «Passan (dice) muy pobre y lacerada vida (los soldados), pues á ellos no les dan cossa alguna de abaste cimiento, ni tienen donde lo aver para comer y vestir, y con todo esto les mandan con tanto rigor acudir á las cen tinelas y á los demás trabaxos de la guerra, como si fue sen muy bien pagados: de aqiii vienen las vexacioms y malos tratamientos de los yndios; porque acontece tener guisado el yndio que comer para si, y entrar el soldado y tomárselo, y aun sobre ello los maltratan y apalean; é yendoles yo á la mano y reprehendiéndoles dello, me dicen: ¡que an de haser; si se an de dexar mor ir U El Obispo añade que todo esto le produce un «tormento intolerable». El castigo á los soldados constituía, por lo demás, un grave problema: San de había escrito á Su Majestad en 1576: «Como en esta tierra ay tan poca gente, no se puede hazer justicia de ma tar al que mata ni agotar al vellaco, porque en un dia nos acabaremos todos, y es menester apartar los enemigos y dispensar, porquel agotado no puede ser mas soldado. Todo es menester que V. M. lo sepa.»—La relajación de la disciplina era una consecuencia lógica de la anormalidad con que la vida se desarrollaba. En cuanto á los encomenderos, certifica el obispo Sa lazar (1583): «Los encomenderos destas yú-a& son todos muy pobres, y casados algunos; muy pocos los que tienen razo nables encomiendas, y que con dificultad se sustentan^ cuan to menos podrán sustentar los soldados». ¿Quién, pues, se comía lo poco que se podía comer del país? En primer término, los chinos, que á cambio de los artículos averiados que llevaban, arramblaban con todo lo que podían. En 1584 la colonia sinense era diez veces ma yor que la colonia española. En segundo término, el GrO bemador general, que, como negociante, era el mayor de los negociantes. Y en tercero y último término, los alcaldes mayores, los cuales eran, sin excepción, abusivos y con cusionarios. La raíz del mal hay que buscarla en la Relación de lo que contiene el asiento que se tomó con Don Gonzalo Ronquillo de Peñalosa sobre llevar á las yslas Philipinas seiscientos hombres en 16 d£ 'julio de rj/S\ li e aquí ;líi.s cossíis á que se avia de obligar» el citado Don Clonzalo: «I. Que juntava en estos Rcynos [de España] los dichos seis cientos hombres... los 200 dcllos casados y mas si mas pudiesse, y los demás solteros, y entre ellos officiales de todos ios officios, especialmente de hazer navios, y los tema en Sevilla y Sanlucar á su costa para los embarcar en la flota que aquel año abrá de yr á Tierra firme (América).—2. Que en la dicha flota los llevarla á su costa y sin llevarles cosa alguna hasta ponerlos en la ciudad de Panamá... y alli los tornaría á embarcar en los navios que se le diesen y los llevaría á las dichas yslas.—3. Que cada uno de ellos yrian armados y á punto de guerra, especialmente con un arcabuz, una cota, una espada y una daga.—4. Que llevarla doce religiosos.—5. Que llegado á las dichas yslas [Filipinas] daria orden en descubrir y beneficiar minas de oro y plata y meterla en ello la gente que fuese necesaria.—6. Que para cumplimiento dello se obligaría y daria 6. o. (seis mil) ducados en fianzas.
Á quien á tanto se le obligaba, había que ofrecerle compensación; esto cae por su peso : y he aquí «lo que se le ofreció»:
«7. Que se le darian 6 mili ducados en Tiena firme (América) luego como llegase á aquella tierra, para ayuda al gasto.—8. Que para llevar la dicha gente desde Panamá á las dichas yslas Philipinas se le darian á costa de su Magestad los navios, matalotaje y provisiones negesarios. — 9. Que se escribiria al Virrey de la Nueva España procurare enbiar ally pilotos y marineros diestros en la navegación de aquellas yslas y uno ó dos navios ó mas si los oyiere de su Magestad en que pudiese yr la dicha gente.-— 10. Que se le daria titulo de Govemador y Capitán general de dichas yslas por toda su vida con 4.0, (cuatro mil) pesos de salario.—11. Y de Alguacil mayor de aquella Governacion por toda su vida no estando proveído por su Magestad.—12. Que si poblase de nuevo algunos pueblos en aquellas yslas, pudiese escoger y tomar para si por su vida y la del subcesor un repartimiento de yndios en moderada cantidad en el distinto de cada pueblo hasta en cantidad de tres repartimientos.—13. Que haziendo nue vas poblaciones se le hazia merced perpetuamente de dos pesquerías, una de perlas y otra de pescado, en lo que de nuevo poblase.—14. Que de lo que llevasen cada uno de los 600 hombres para su provisión, los casados hasta en cantidad de 300 pesos y los solteros de 150, no pagasen almoxarifazgo.—15. Que los pobladores de las dichas ys las no pagasen por diez años mas del diezmo de oro, plata, perlas y piedras y otros aprovechamientos que ally oviese. —16. Que por tiempo de diez años no pagasen almoxari fazgo los dichos pobladores de lo que llevasen destos Rey nos para proveymiento de sus personas y casas.—17. Que pudiese encomendar á los pobladores de las dichas yslas los yndios de ellas.—18. Que los pudiese repartir tierras y solares, estancias y caballerias.—19. Que les pudiese re partir las dichas tierras y solares, caballerias y estancias y repartimiento de yndios á sus hijos legítimos y naturales.— 20. Que pudiese repartir á los dichos pobladores aguas y exidos para molinos é yngenios de azúcar é otras cosas con que llevasen confirmación dentro de tres años.—21. Que pudiese llevar yndios de unas partes á otras para len guas y lo que mas conviniese.—22. Que pudiese hazer ordenanzas para la buena governacion de las dichas yslas y beneficio de las minas.—2-^. Que pudiese nombrar re gidores y otros officiales de República.—24. Que á las ciudades pudiese señalar términos, llevando aprovacion, dentro de tres años, y enviase razón de los propios que se le podrían dar para que se proveyese lo que conviniese.» El comentario á que se presta este documento ocupa ría un volumen. Dos palabras tan sólo consignaremos. Por virtud de este contrato, la concepción de la Conquista que dó total y absolutamente desnaturalizada. Ahora se ve que se va á colonizar las Filipinas, las cuales se entregan á un solo hombre investido de omnímodas facultades, á cambio de los sacrificios de varias clases que se le imponían por las seis primeras cláusulas. ¿Qué había de hacer Ronquillo? ¿Qué sus alcaldes mayores, que tendrían que indemnizarle del gran favor que les había hecho otorgándoles tan señalada merced?* Ronquillo llegó al país en 1580, y de este año arranca precisamente la crisis económico-social, según se ha visto. ¿Qué mucho que Salazar, que llegó al siguiente año de 1581, se pusiera inmediatamente frente al Gobernador y sus paniaguados? Los azares de la política exterior de una partQ, y de otra el deseo de explorar nuevas regiones luzonianas, motivaron no pocas expediciones en las cuales los soldados españoles sucumbieron por docenas y los filipinos por centenares. El soldado apenas cobraba, si cobraba: y juzgúese de lo que cobraría, con sólo apuntar que los prohombres de la Catedral, de los mejor pagados, tenían de sueldo al año : el deán, 500 pesos; el chantre, 400, y cada uno de los dos canónigos, 300. Es decir, que un canónigo ganaba al año exactamente lo justo para comprar ¡tres botijas de vino!... Los soldados, hasta 1580, con 20 pesos se sustentaban un año entero; en 1584, con veinte pesos sólo podían vivir un mes; y no había soldado que viera esa cantidad en muchos meses. De ahí sus abusos, que al Obispo le llegaban al alma, pero que se explicaba sin embargo, como debe de explicárselos el crítico de la historia. Fuera de unos pocos, muy pocos, que tenían algún dinero, los españoles en general pasaban grandes apuros y apenas contaban con lo estrictamente indispensable para cubrir sus más perentorias necesidades. Y para colmo de desdichas, el incendio del 28 de Febrero de 1583 arrasó Manila entera. Casi todos los castilas quedaron completa mente arruinados. En 18 de Junio de 1585, Salazar escribía á su Majestad pintándole la pobreza del país, y luego añadía: «anda tanta langosta en esta tierra, que no nos podemos defender, y ha destruido mucha parte de lo sem brado y tememos que este año a de hazer mucho mal, y los naturales andan muy atemorizados, porque nunca, ó á lo menos grandes tiempos a, que no se an visto semejante pestilencia.» Y como los indígenas eran los que con mayor rigor tocaban las consecuencias, nada de extraño tiene que, germinando el descontento entre ellos, se fraguase la conjuración que hubo que ahogar en sangre antes de que es tallara... Tal era el estado de las Filipinas por el tiempo en que el DR. ANTONIO DE MORGA fué nombrado Teniente general y Asesor de tan remotas islas.

VIDA Y ESCRITOS DEL DR. MORGA

El descubrimiento de América hizo de Sevilla, como es sabido, la metrópoli comercial de España. Establecida allí la Casa de Contratación de Indias, ésta llevó á la gran capital andaluza no pocos elementos de casi todos los ámbitos de Iberia. Y al olor de los negocios, á los que desde luego se consagró 3, fué á establecerse en la ciudad del Guadalquivir un vizcaíno calificado, D. Pedro de MORGA y Garay, hijo de Pedro y de Sancha, naturales de MORGA todos ellos, limpios de sangre, de «Casa infanzonada», que en la villa de Garnica poseían «capilla y entierro» en la iglesia de Sant a María; el cual D. Pedro de MORGA y Garay, á poco de hallarse en Sevilla,
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3 En el legajo rotulado: «Contratación de Sevilla:—Libros de asiento de Pasageros á Yndias: -Años de 1553 á 1561», libro 3.", fol. 474 v.°, se lee bajo la fecha 17 de Mayo de 1565: «Ihoan López de Sande natural de la ciudad de la.Coruña... se despacho ala prouincia déla Nueva España por maestre y por factor de Pedro de MORGA y Juan de Arregui é Gimeno de Uretendona, mercaderes, no embargante que es casado, por tiempo de tres años...»—Archivo de Indias: est. 45, caj. i, leg. 2/18.—El hecho de mandar factor á Nue va España, denota que D. Pedro de MORGA, en la fecha á que nos referimos, era ya un mercader importante.
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contrajo nupcias con D.'' Agustina Sánchez, y López de Garfias, hija de Antonio y de Constanza, cristianos viejos, sin sangre de moros ni de judíos, los tres sevillanos, aun([ue tal vez oriundos de Jerez de Extremadura ; y de este matrimonio de D. Pedro de Mor ga con D,* Agustina Sánchez nacieron cuatro liijos, á saber : Domingo, Constanza, ANTONIO y Marina, sin otros que murieron t e niendo muy pocos años. ANTONIO DE MOROA, SÁNCHEZ, GARAY V LÓPEZ DE (ÍARRIAS, nació, como sus demás hermanos, en la ciudad de Sevilla, á 29 de No viembre de 1559 4. Cuidadoso el padre de la educación de sus hijos, primero mandó á Domingo y después á ANTONIO á Salamanca, en cuya renombrada Universidad estudiaron ambos. ANTONIO empren dió el viaje el año de 1569, cuando estaba para cumplir los diez de edad* Domingo debió de hacerse luego sacerdote, pues que consta que, joven aún, llegó á tener «mucha renta en la Iglesia de Sevilla»; D." Constanza casóse con D. Pedro de Viüela, caballero santia guista de Monguía (merindad de Urive, en el señorío de Vizcaya); D.* Marina profesó en el convento de la Concepción, de Sevilla, y en cuanto á ANTONIO, sábese que se graduó de bachiller en Sala manca en lS74i y que antes y después de graduado estuvo en el citado Monguía, donde le conoció su cuñado el caballero Villela, el cual, hablando de ANTONIO, decía (en 1578) que en su seso jf discre ción parece viejo; teníale por estudioso, «porque el tiempo que estuvo aquí (en Monguía, adonde fué á visitar á su hermana D.* Constan za) siempre le via andar con vn libro en la mano»; juzgábale «buen letrado», y dijo además que el tal ANTONIO era chambre sano, recio y bien complexionado». Lo de parecer viejo cuando no era sino un adolescente, nos da una idea del gesto de ANTONIO, grave, adusto
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4 Fué bautizado en la parroquia del Sagrario; en el libro 5.° consta la partida, que dice así:—«En miércoles á be^rte y miebe de nobiembre de mili y qui." y cinq.** y nuebe a.os baptiza yo el bllr. Xobal. Nuñez á Antonio hijo de p." de MORGA y de su muger Agustina Sánchez / fueron padrinos el señor ar.no de Nyebla, y de Ribadegil, y el s.or canónigo Vrbina y Thomas Miler, y ju.° de rey, vnos. de Seu.'"»—Copia de la que obra en la Información de lim pieza de sangre del Dr. Antonio de MORGA, existente en el Archivo del Cole gio Mayor de Osuna; que coincide con el extracto tomado sobre la partida ori^nal por D. Pedro Torres Lanzas, dignísimo Jefe del Archivo de Indias. Por lo que toca á la Información, documento precioso, de ella poseemos el extracto que nos fué remitido por el eminente historiador de la Literatura Española D, Francisco Rodríguez Marín, natural de Osuna, de donde fué ve cino muchos años. De esta Información y otros papeles que iremos citando dedúcense los datos de familia que en el presente estudio se consignan.
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Quizás: ANTONIO DE MORGA fué un caso típico de mestizaje vasco-an daluz: heredó del padre el carácter severo y de la madre la vehe mencia del corazón. Después de graduado de bachiller (en 1574, como queda dicho), ANTONIO volvió al hogar de sus padres, á Sevilla. D. Pedro había hecho buenos negocios; consta que llegó á vivir con opulencia. Pero la suerte no le fué constante, y quebró; quebró por entonces, siquie ra este revés de la fortuna no mermase su fama de hombre hon rado : lo prueba el que una personalidad de tanto relieve social como el Excmo. Sr. D. Pedro Girón, Duque de Osuna, patrocinase á A N TONIO, á quien, el 29 de Agosto de 1578, presentó al Rector y Ca pilla del Colegio-Universidad de Osuna para una de las prebendas vacantes de Cánones que á la sazón había en aquel centro de ense ñanza. Mas el ingreso no podría verificarlo nadie si antes no acre ditaba la nobleza de sus ascendientes, y así, en el mismo día, en virtud de la provisión del Duque, el Colegio diputó al Dr. D. Mel chor Calderón de Sotomayor, rector, y al Dr. D. Pedro Salazar de Mendoza, colegial, para que el primero en Sevilla y el segundo en Vizcaya hiciesen las informaciones que el Reglamento exigía; de las que resultó que el BR. ANTONIO DE MORGA era, en efecto, limpio de sangre, de noble é ilustre ascendencia. No hubo, entre los muchos que declararon en Sevilla, en Garnica, en MORGA y en Monguía, ni uno solo que expusiese nada en contra, salvo Marcos Diez, sevilla no, quien, refiriéndose á Cristóbal Sánchez, bisabuelo del BACHI LLER, dijo que había oído «dezir en Xerez de Badaxoz, habrá mas de cinquenta años que estuvo preso en la Inquisición desta ciu dad [de Sevilla], porque dixo que en este mundo no me veas mal pasar, que en el otro no me veras mal penar-», por lo que le conde naron á que oyese una misa en San Juan de la Palma «con una bela en las manos sin san benito y que pagasse ciertos mrs. para la di cha yglesia»; pero otros muchos testigos, sobre negar que ningún ascendiente de D.^ Agustina Sánchez, madre del BACHILLER, hubiese sido nunca procesado, aseveraron que el tal Marcos Diez era un sujeto con fama de mala lengua. En resolución, tanto de parte de • madre como de padre, el BR. ANTONIO DE MORGA merecía ser admi tido como colegial en el de la Limpia Concepción de Osuna, y ad mitido quedó, previo dictamen del Dr. Salazar de Mendoza (fecha do en Toledo, 12 de Noviembre de 1578), el día 27 de Noviembre de aquel mismo año, es decir, cuando ANTONIO DE MORGA contaba diez y nueve' de edad. Véase ahora la copia del expediente universitario del que en el transcurso de un mes supo transformarse con verdadero lucimien to de Bachiller en Doctor 5.
El Licenciado Antonio de MORGA
En la muy insigne uniuersidad de Ossuna diez y nueue días del mes de Diziembre de muí y qu.tos y setenta y ocho años, antel Ille. señor doctor Melchior Calderón de Sotomayor, Rector, y en presencia de mi el secret.o de la dha. Vniuersidad y testigos infraescritos, pareció A n tonio de MORGA, natural de Seuilla, graduado baller. en Cañones por Salamanca á beinte y seis de Abril del año de setenta y quatro aos. por ante Bart.""^ Sánchez notario que dello en el titulo del dbo. .grado dio fe; y auiendo Repetido para licen.''" en la dha. facultad, como parece por el Registro de los actos deste año á que me re mito, se presento para el dho. grado de licen.'''' en cañones por •el dho. señor rector y la facultad; fue auido por presentado y íe recibieron conforme á las constituciones y el dho. señor rector mando hazer la publicación con el término de los tres dias, y el bedel Al.° Barahona se constituyo depositario de las propinas; tes«•tlgos, los ss. doctor Bern.° de Figueroa y doctor fr.*^" Ximenez y yo el dho. secret.o
Publi.on
Este dho. dia por la mañana por ser vacaciones- se hizo por cédula publicación del dho .licénciamiento la q.' yo fixe en el coll.o
Puntos
En veinte dias del dho. mes de diz.'' y año de se tenta y ocho, después de dicha la misa del spu. santo, el dho. ba'ller Ant.° de MORGA pidió puntos para lición de examen, y el s.°'' Rector los mando assignar, y conforme á las cons tituciones, fue abierto por estas tres partes 2.^ q. 7. | 23.* q. 8 y 24." q. I.^ I 15.* q- 5- 6.; y el dho. baller. eligió 2." q. 7, y señalán dosele el capitulo placuit, y assi mismo fueron abiertas las decreta les por estas tres partes de prebendis | de cognatione legaii j de procuratoribUS, y el dho. baller. eligió el tt.° de procuratoribus y señálesele el capit." segundo y fueron testigos el licenciado Andrés Plorindo y el bedel Al.° Barahona.
Examen
É después de lo suso dho., á veinte v vn dias del dho. mes de diziembre del dho. año de setenta y ocho en la noche entraron en el examen del dho. baller. Antonio de MORGA, en presencia del s."'. Chanciller doctor Fr."° Gil, los se ñores: doctor Melchior Calderón de Soto mayor. Rector, y doctor
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5 Copia que debemos á la bizarría del mencionado Sr. Rodríguez Marín, quien la tomó del libro i.° de grados mayores y menores conferidos en la Universidad de Osuna
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Pedro de la Parra, deán de la facultad de cañones, y doctores Fr."" Ximenez, Bar/' de Lencas, F.'^" Feraz. Montero, Fr.'° de Aguilar, Alonso Ferez. Gallego, Ber."° de Lieuana, Pedro Romero, García Robles da Aguilar, Xoval de la Cámara, Pedro Salazar de Mendoza, Miguel Min. Hurtado, Marcos Nauarro, Don Di.° de Uillauicencio, Ber."° de Figueroa y Miguel de Saldaña; y todos diez y siete le examinaron; y auiendo jurado de uotar en conciencia, les di á cada vno a y erre con que le aprobassen ó reprobassen, y votaron secre tamente, y el s.°'' chanciller regulo los votos en mi presencia, y de los diez y siete ss. votantes hallo diez y siete letras como estas : A. A. A. A. A. A... con las qles., sin discrepar alguno, fue aprobado para He/ " en cañones el dho. baller. MORGA. „,
Grado.
É después de lo suso dho., á veinte y dos dias del dho. mes y año, ante el dho. señor chanciller el dho. baller. Antonio de MORGA pidió el grado de l!c.do y hizo el juramento de las const."'^ y el s.""" chanciller recibió el dho. juramento y le dio el grado de lic.''° en cañones, según por todos fue aproba do para que quando quisiere pueda recebir el grado de doctor en la dha. facultad, y recibió este grado de licen.''" el dho. baller.; y en señal de posession dio las gracias, y todo lo pidió por testimo nio, siendo presentes por t.°^ los dhos. ss. xaminadores y otros mu. chos doctores y maestros de la Vniuersidad y el bedel Al.° Baraho na y yo, que de todo lo suso dho, doy fe y fírmelo.—(Un signo.)— MiN. DE MORALES notr.° (Rubricado.)
El D.tor Ant.o MORGA
En la Vniuersidad de Ossuna veinte y dos dias del mes de Diz.'' de mil y qui.tos y setenta y ocho años, ante los Illes, señores doctor Melchior Cal derón de Sotomayor, Rector, y el claustro pleno, en presencia de mi el secret." infraescrito, pareció el licen.^° Antonio de MORGA, nal. de Seuilla, collegial en este collegio y lic.''° en cañones, como parece deste registro, y se presento para doctor, y por los dhos. ss. Rector y claustro pleno fue admitido al grado de doctor, y se le señalo dia miércoles veinte y quatro deste mes á las nueue, y el señor rector m.'^" hazer la publicación con el termino de los tres dias, y el bedel Alonso Barahona recibió las propinas.
Public.on
Este dicho dia luego por la mañana se hizo la publicacion por cédula que se nxo en el patio del colL", de que doy fe. ^,
Grado
É después de lo suso dho., á veinte é quatro del dho. mes y año, el dho. s.or R.tor propuso la question doctoral al dho. lic.d° Ant.o de MORGA; el qual respondió á la question, y le argiiyeron Lorengo de Figneroa y Xoval. Ramircz; y auiendo hecho el juramento coníbrnie á las const."", pidió el grado de doctor al s. " D.'"'' Fr.™ Gil, chanciller dcsta Vniuersidad, el qual recibió el dicho juramento y le dio el grado de doctor en cañones y juntament e con su nid. el s."'' doctor P." de la Parra, deán de caño nes, le dieron las insignias doctorales, y el dho. nueuo doctor recibió este grado y lo pidió por testimonio, siendo presentes por tes tigos los señores doctores G."'" Gudiel, F r / " Ximcncz y Bcrnardino de Figueroa y todo el claustro, Jon. Mufioz y Al. " Raraona y yo el dho. infraescrito secret.", que de todo lo susodho. doy fe y fírmelo.» (Signo, firma y rúbrica del Secretario.) Pero á D. ANTONIO DE MORGA no le bastaba el título de Doctor en Cánones ; aspiró á más, y trasladándose de nuevo á Salamanca graduóse allí «en Derechos, y después de auer sido colegial y cate drático en el coUegio y Vniuersidad de Ossuna» *. Con tan rico caudal de conocimientos, en la alborada de la juventud, «salió (dice) á servir al rrey don Felipe 2.°, de gloriosa memoria, el año de S8o», y continuó sirviéndole (añade) «en diversos oíTicios de justicia en España, hasta que el año de 1593 fue seruido ynbiarme al Gouierno de las ysJas Filipinas» ^, Cuáles fuesen sus destinos, y en qué pun tos, no hemos logrado saberlo; sólo sabemos que al casarse, en 1582, á poco de cumplir veintidós años, poseía la «alcaydia de Baracal do», que S. M. le había dado en el señorío de Vizcaya. Ni cómo ni dónde conoció á la que fué su mujer, natural de Uceda, hija del Ldo. Gonzalo Fernández de Morales y de D.* Ana de Briviesca Muñatones, vecinos ambos de Uceda (Guadalajara), pero que en 1582 se hallaba en Écija (Sevilla), porque el citado Fernández de Morales desempeñaba en dicha población el importante cargo de corregidor. Baste decir que á I.° de Febrero de 1582, en la menta da ciudad de Écija, el DR. ANTONIO DE MORGA se casó con D.'' Juana de Briviesca Muñatones, de la misma edad, próximamente, que el DOCTOR, hija de los nombrados D. Gonzalo y D." An a *. Éstos ofre cieron á D. ANTONIO DE MORGA «diez mili ducados en docte y casamiento,
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6 Carta del Dr. Antonio de MORGA á S. M. exponiéndole sus servicios: Quito, i.° de Mayo de 1623.—Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 3 (8.°). 7 Carta citada en la nota precedente.s «El Dr. Antonio de MORGA, hijo de los ss. P.° de MORGA y D.^ Agustina de Garfia, vecino de Sevilla en la Iglesia Mayor, y D.^ J." Briviesca Muñato nes, hija del Ldo. G.° Fernandez de Morales, Corregidor desta Ciudad {Écija) y D.* Ana de Birviesca (stc) Muñatones, en 1.° de Febrero de 1582. Casóles el Sor. Dean.í—Extracto de la partida matrimonial existente en el libro 1.°, ío lio 78 v.", de la parroquia de Santa Bárbara, de Écija.
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por escritura ante Cristoual Sánchez de Truxillo, escrivano público,... y realmente mi marido—dice D. * Juana al otorgar testament o ' — no ov o ni cobro de la dicha dote mas de quatro mili ducados en x o y as y preseas y censsos y tributos, y estos entr o en su poder mis bienes dótales, y en aquella sazón [1582] el dich o mi marid o teni a y lleuó al dicho matrimonio por bienes suyos, demás de la merce d de langas, mareantes y alcaydia de Baracaldo que tien e de su Magestad en el señorío de Vizcaya, algunos bienes muebles de ajoar, cauallos, plat a labrada, vestidos y otras cossas que podrían valer mili ducados». La posición de la novi a era superior á la del novio, no obstant e que los padres de ella no llegaron á dar nunc a lo que habían prometido. Per o de su rumbo, á lo menos cuand os e celebró el matrimonio, tenemos, entr e otros, el dat o positiv o de que ella aportas e un a cam a verdaderamente regia : era «una c a m a rica de damasc o carmes í con su m a de r a labrada, dorad a á lo romano, con sus goteras de dentr o y fuera de terciopel o carmes í de dos pelos de Granada, con su cobertor y sobremesa y sus alamares y flocadura de oro y seda y con un a caxa de madera en que esta lo do rado de* la cama ; se tasso en quatrocientos ducados, aunque costo cinquenta mas» '°...
¡Hermoso lecho, éste en que celebraron sus desposorios el DOCTOR ANTONIO DE MORGA, joven, «recio y bien complexionado», y su mujer y señor a D.''Juan a de Briviesca Muñatones!...
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9 Testamento de D." Juaua de Briviesca Muñatones, esposa del de. ANTONIO DE MORGA, hecho en México, á 18 de Abril de 1606, del que existe transcrij)ción en los Autos formados en Quilo por D. Alonso Castillo de Herrera... sob?-e los bienes del Dr. MORGA (años 1636-1637).—Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 5 (n.° 4). 1° Carta de dote: extendida en la villa de Uceda, á 4 de Septiembre de 1583.—Comienza: «En la villa de Uzedaá quatro dias del mes de septiembre de mili y quinientos y ochenta y tres años, ante mi el escriuano y testigo el señor doctor Antonio de MORGA, vezino de Sevilla estante en Uzeda, otorgo y dixo que por cuanto el fue cassado y velado según orden de la sancta madre yglesia con la señora doña Juana de Briviesca»... viene la tasación de los bienes muebles que recibió en dote, en su mayor parte ropa de cama y mesa; descríbese la cama, etc.) «y por aver receñido el dicho señor doctor MORGA los dichos mili ducados en los dichos bienes y dineros, según va declarado que le fueron mandados entre otras cosas con la dicha señora doña Juana su muger, otorgo de ellos carta de pago y reciuio de ellos conforme á las escrituras que del dicho matrimonio se hizieron, que pasaron ante Cristóbal Sánchez de Truxillo, escribano publico del numero de la ciudad de Ecija y por bienes que se le entregan para la dicha dote y cumplimiento.»—Transcripta en los Autos mencionados en la nota precedente.
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El período colonial de Filipinas puede decirse que no comienza en rigor hasta el año de 15/1, en que el inolvidable Adelantado Miguel López de Legazpi fundó la ciudad de Manila, llamada des pués La Perla de Oriente. Los desórdenes administrativos que sobrevinieron á la muerte de Legazpi indujeron 5 Felipe II íí establecer en su nuevo reino de Nueva Castilla una Audiencia, y de fundarla se encargó el Dr. Vera (en 1584), que á la ve?, estaba investido con el cargo de Capitán general. Pero la Audiencia no podía ser del agrado de las corporaciones religiosas, porcjue les cercenaba las falcultades omnímodas de que gustaban usar, ni aun de los nailitares, á quien les iba á la mano, y pronto lograron los dichos elementos, por las gestiones del jesuíta Alonso Sánchez, en Madrid, que aquel importante organismo desapareciera. El sucesor de Vera, Gómez Pérez Dasmariñas, que llegó á Manila en 1590, y a no llevaba poderes de magistrado. Las altas funciones de la Magistratura quedaron reducidas á la buena voluntad de un asesor, cargo que desempeñó el Ldo. Pedro de Rojas, único oidor de tos de la primitiva Audiencia que continuó sirviendo en Filipinas. No debía sin embargo proseguir indefinidamente en Manila este magisirado : sus desvelos y trabajos demandaban una recompensa, y el Rey le recompensó trasladándole á México, á una plaza de Alcalde del cri inen, el año de 1593, y, para reemplazarle en el Archipiélago, nombró en lugar de Rojas á D. ANTONIO DE MORGA; nombramiento que S. M. fechó en El Escorial, á 18 de Agosto del citado año de 93. Pero por designio personal del Rey, quiso éste que MORGA no fuese de simple asesor : «es mi voluntad, léese en el Título del nombramiento", que juntamente seays theniente general del dicho gouernador y capitán general, para las cossas de gouiern o y guerra, y quier o que como tal y por el tiemp o que se a mi volunta d vseys los dichos oíficios en los cassos y cossas que oviere... según y com o lo ha n hech o los thenientes generales que han y lo haze el que al
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11 He aquí el texto íntegro del Título eíípedido á favor del DR. MORGA: «Don Phelipe &.^—Tiniendo consideración á lo que uos c ! doctor Antonio de MORGA me haueys seruido y á vuestrns buenas partes, letras y suficencia, es mi voluntad de os elegir y nombrar, como por la presente os elixo y nom"bro, por asesor lugar theniente de mi gouernador y capitán general de las yslas Philippinas en lugar del licenciado Pedro de Rojas que al presente siraeel dicho officio y le he promouido á vna pla^a de alcalde del crimen de mi Audiencia real de la ciudad de México, y es mi voluntad que juntamente seays theniente general del dicho gouernador y capitán general, para las cossaS 4 e gouierno y guerra, y quiero que como tal y por el tiempo que fuere mi voluntad useys los dichos oñicios en los cassos y cossas que ouiere y se oírecieren en las dichas yslas a ellos anexos y concernientes, según y como lo han hecho los thenientes generales que han y lo haze el cjue al presente lo es en las prouincias de Chile en las cossas de gouierno y guerra, sin que para ellas nombre ni tenga el dicho gouernador otro theniente, y que en el sustanciar sentenciar y acauar los pleitos que en las dichas yslas ouiere y se mobieren y á uos acudieren procedáis en la íorma y por la orden que se contiene y declara en vna mi prouission firmada de mi mano en diez y siete días del mes de enero deste presente año de mili y quinientos y nouenta y tres; y para lo que toca á los pleytos y demandas sobre yndios que se mouieren en essas yslas, procedereys conforme á la prouision de Malinas y declaraciones de ella de que se os dará copia firmada de Joan de Ledesma, mi escriuano de cámara, de la que tenga dada para las dichas prouincias de Chile; y por esta mi carta mando al dicho mi gouernador y capitán general de las dichas yslas que luego como se la mostraredes tome y reciua de uos el diclio Doc tor Antonio de MORGA el juramento y con la solenidad que en tal caso se re quiere y deueis hazer, y liauiendole hecho os aya y reciua y tenga por su lu gar thiniente para las dichas cossas de gouierno y guerra y acesor para las de justici a y vsen con uos los dichos officios en todos los cassos y cossas á ellos tocantes y pertenecientes, según dicho es; y que luego como fueredes receuido á los dichos officios os de y entregue la uara de mi justicia sin que otro ninguno theniente la trayga, so las penas en que caen e yncurren las personas que vsan de officios públicos y reales para que no tienen poder y facultad y que hauiendo tomado la dicha uara de mi justicia el y todos los vezinos y moradores y capitanes y ofticiales y gente de guerra de las ciudades, villas y lugares de las dichas yslas os hayan y tengan por tal thiniente general, agesor del dichor gouernador en las cossas de gouierno guerra y justizia y vsen con uos los dichos officios según dicho es y os guarden y agan guardar todas las onras, gracias, mercedes, franquezas, liuertades, preheminencias, prerrogativas e ynmunidades y todas las otras cossas y cada vna dellas que por razón de los dichos officios deueis hauer y gozar, que yo por la presente os reciuo y he por receuido al vso y exercicio dellos y os doy poder y facultad, para los vsar y exercer caso que por el dicho gouernador o alguno de los sobredichos a el no seays receuido, y es mi merced que hayáis y llenéis de salario en cada vn año con los dichos ofhcios dos mili pesos de quatrocientos y cinquenta marauedis cada año (sic), los quales mando á los ofticiales de mi hacienda de las dichas yslas que della os den y paguen desde el dia que os hizieredes á la uela en vno de los puertos de Sanlucar de Barrameda ó Cádiz para yr á seruir el dicho officio en adelante todo el tiempo que lo siruiere des, según y á los tiempos y plagos que pagaron su salario al dicho licenciado Pedro de Rojas, que con vuestras cartas de pago y testimonio del dia, que como dicho es os hubieredes hecho á la uela, y traslado signado desta mi car ta, la qual les mando que asienten en mis libros que tienen, mando que les sean receuidos y pasados en quenta los marauedis que por esta razón os die ren y pagaren sin otro recaudo alguno.—Dada en San Lorenzo a diez y ocho de agosto de mili y quinientos y nouenta y tres años.—YO EL REY.—Refrendada de JOAN DE YBARRA y firmada del Consejo.»—Archivo de Indias : es tante 105, cajón 2, leg. ii ; lib. 2, fol. 42 vto.
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presente lo es en las prouincias de Chile en ías cossas de gouicrno y guerra»... De suerte que el DR. MORGA, .1 los treinta y cuatro años de edad y por virtud de sus buenos servicios y priendas personales, vióse designado para ocupar el segundo de los puestos de carácter oficial que á la sazón había en las islas Filipinas.
Por entonces el viaje de una persona de calidad .1 tan remotas tierras constituía, no sólo un problema econñniico, como se dice ahora, sino una temeridad. Había que llevar servidumbre numerosa, y por lo tanto hacer un fuerte desembolso, amén de exponerse á penalidades mil, fáciles de comprender si se tiene en cuenta que se hacía preciso atravesar el Atlántico ; después, el continente americano (en caballería, por caminos de cabras), y, por último, la inmensidad del Pacífico... iVerdaderamente, el que á Manila llegaba sano y salvo, bien podía decir que había realizado un portentoso milagro ! Al tiempo que Felipe II firmaba el nombramiento, firmaba la Real cédula siguiente :
«liL REY.—Mis juezes, oficiales de la Casa de la Contratación de Seuilia, y o os mando que ai doctor Antonio de MORGA, á quien he proueido por lugarteniente y assesor de mi gouernador de las yslas Philipinas, le dejéis pasar á servir los dichos oficios licuando con sigo á su muger, y que pueda Ueuar sus hijos; ocho criados y seis mugeres de servicio, á el y á la dicha su muger y hijos, sin les pedir ynformacion alguna, y los dichos criados mugeres de scruicio, pre sentándolas ante vos hechas en sus tierras ante la justicia de ellas y con aprouación de las mismas justicias de como no son casados ni de los prohibidos á pasar á aquellas partes y de las señas de sus personas», etc. ' \ Y en el mismo día, otra cédula más, por la que S. M. autorizaba al DR. MORGA para que pudiese lle\-ar de España á Filipinas «tres esclavos negros» para su servicio, «libres de dere chos, asi de los dos ducados de la licencia de cada vno de ellos, como de otros qualesquier que de los dichos esclauos se me deuan en las Indias» ''... De todo ello hizo merced el Rey al DR. MORGA. Pero además de las mencionadas, S. M. firmó asimismo las siguientes cédulas, con igual fecha:
— «Otra para que el dicho Dotor pueda llenar los libros de su estudio y facultad.» —«Otr a de almoxariíazgo de mili pesos para el dicho.» —«Otra para que el dicho pueda llevar hasta en quantidad de
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12 Archivo de Indias: est. 43, caj. 3, leg. 31/14, núni. i, ramo 78: «Licencias de pasajeros: Año de 1594.»
13 Archivo de Indias: la misma signatura que el documento anterior.
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quinientos ducados de joyas de oro y plata labrada para su servicio.» •—Y «otra para que pueda Ueuar dos espadas, dos dagas, dos arcabuzes, vn coselete, vna adarga, vna ballesta, vn peto, vn espaldar, vn montante, vna langa, vna partesana, vn morrión, vn casco, vna rodela» '''. Y otras, de que se hará mención más adelante. El DOCTOR fué á dar personalmente las gracias á S. M., por la confianza que le dispensaba, y recibió de paso sus instrucciones verbales. Los meses de Enero y Febrero del siguiente año fueron para el Dr. MORGA de gran agitación. Hallábase en Sevilla, con su fami lia y criados, y gestionaba que todo lo referente al viaje saliese como una seda ! No eran pocos los cabos que necesitaba atar. Por fortu na, y en lo tocante á la parte económica, S. M. proveyó que los gastos de flete, desde España á América, los pagase en América el DOCTOR, á cuenta de su salario, que le empezaba á correr desde el día del embarco ''. El DOCTOR y los suyos eran los siguientes, y el pasaje de cada uno quedó ajustado en la forma que se dirá al pro pio tiempo (entiéndase desde Cádiz hasta Tierra Firme) :
1. DR. ANTONIO DE MORGA; 20 ducados, que montan 7.500 mrs.
2. Doña Juana de Briviesca Muñatones, su mujer, otros 20 ducados, que montan los mismos maravedís.
3. Doña Juliana de MORGA, menor de quince años, 12 ducados, que montan 4.500 mrs.
4. Don Antonio de MORGA, niño pequeño; no se le cobró pasaje.
5. Don Pedro de MORGA, niño pequeño ; no se le cobró pasaje.
6. Domingo de Azpeitia, criado, natural de Sevilla, soltero, de 30 años; 20 ducados. (Era primo carnal del DOCTOR.)
7. Pedro Cotelo, criado, natural de Uceda, soltero, «de buen cuerpo, defectuoso del ojo derecho» ; 20 ducados. (Era primo de Doña Juana.)
8. Bartolomé Rodríguez, criado, natural de Uceda, soltero, de 24 años, «mediano de cuerpo y de pocas barbas»; 20 ducados.
9. Francisco Rodríguez, criado, natural de Uceda, soltero, de 18 años, «moreno de rostro»; 20 ducados.
10. Alonso de Ávila, criado, natural de Torrelaguna, soltero, de 24 años, «de buen cuerpo, con una señal de herida en la frente, á la parte izquierda»; 20 ducados.
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14 Asientos de Reales cédulas: Archivo de Indias: est. 105, caj. 2, leg. 11; libro 2, fol. 43 vio.
15 Como veremos más adelante, á MORGA no se le abonó un solo maravedí á su llegada á Nueva España, ni durante los meses que permaneció en aquel virreinato en espera de embarcación para Filipinas.
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11. Domingo de Zallonis, criado, natural de Ociíandiano, solte ro, de 20 años, «bajo de cuerpo, con un lunar en el rostro al lado izquierdo»; 20 ducados.
12. Domingo de Saraspe, criado, natural de Zumárraga, casado, de 32 años, «con un lunar entre las cejas»; 20 ducados.
13. Catalina de Villegas, su mujer, criada, de 27 años, natural dé Zumárraga, «con un diente á la parte de arriba menos»; 20 id.
14. An a María, hija de Domingo de Saraspe y Catalina de Ville gas, menor de quince años ; 12 ducados.
15. Magdalena, niña pequeña, hermana de An \a María; no se le cobró pasaje.
16. Isabel de Cisneros, criada, natural de Torrelaguna, soltera, dfe 20 años, «mediana de cuerpo, con un diente menos en la parte de arriba»; 20 ducados.
17. Domingo, negro, esclavo; 5-000 maravedís.
18. María de Solís, mulata, esclava; 5.000 maravedís. (Había sido la nodriza de Juliana, hija mayor de MORGA.)
19. María, negra, esclava; 5-000 maravedís.
Merece notarse que el criado pagaba el mismo pasaje que el se ñor. En junto, MORGA tenía que abonar en América 106.500 mara vedís; «los quales dará y pagara llanamente... y luego que haya llegado á la dicha prouíncía de la Nueua España en la ciudad de México ó en la Vera Cruz en la forma y manera y á las personas que de suso declarado» "^. Pero otra cosa hay también que me rece notarse : las naturalezas de los criados de la familia MORGA. Salvo Domingo de Azpeitia, que aunque nacido en Sevilla ya se ve por el apellido que era vasco de origen, amén de que consta que era «primo carnal» del DOCTOR, ninguno de los demás era andaluz; de lo que puede deducirse que el DR. MORGA, desde que salió á servir á S. M., debió de vivir siempre fuera de Andalucía, cuyo medio influyó poco, casi nada, en su manera de ser. Á medida que le vayamos conociendo, veremos cómo era un temperamento vasco • acentuado, por la austeridad de su carácter y otros rasgos psicoló gicos. V mientras queda el DOCTOR arreglando sus cosas para embarcar con las diez y ocho personas que llevaba á su cargo, bien estará que se diga algo de la armada que le condujo á América .
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16 Traslado de una escritura por donde consta la cantidad que debe abonar D. ANTONIO DE MORGA por el flete de su persona y de los que le acom pañan en su viaje de España á Vera Cruz:'Sevilla, 3 de Febrero de 1594: Archivo de Indias: est. 30, caj. 4, leg. 33/10 (Niim. i).
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A 6 de Enero de aquel año de 1594 y con buen tiempo salió de Sanlúcar de Barrameda para Cádiz una escuadra compuesta de va rios galeones, fragatas, etc., nombrados San Felipe, embarcación capitana, de 1.259 toneladas; San Andrés, almiranta, de 929; Santo Tomás, de 752; Concepción de Ayala, de 789; San Juan de Revi llaga de 526, y San Juan de Laranga, de 754. Tales eran los prin cipales bajeles. En aquella época todas las embarcaciones de altura tomaban nombres de santos, para prevenirse contra los naufragios, ¡tan frecuentes á pesar de tales nombres!... En Cádiz, la flota se repostó y artilló, y allí esperó órdenes superiores para partirse con rumbo á Vera Cruz. Iba por jefe ó general de esta armada D. Fran cisco de Coloma, el cual, desde mediados de dicho mes de Enero, estaba ávido de hacerse á la vela. El mal tiempo le contuvo. Lo cierto es que si su armada hubiese zarpado todo lo pronto que se deseaba '^, MORGA, que el 7 de Febrero seguía en Sevilla despa chando los asuntos de su largo viaje, habría tenido que aplazarlo por algunos meses más. Por. fortuna sus asuntos quedaron resueltos prontamente, y el DOCTOR con su batallón llegó á Cádiz días antes de que zarpasen los barcos. A MORGA y á los suyos les acomodaron en el San Juan de Laranga, uno de los galeones menores, que llevaba á su servicio : I I oficiales, 16 artilleros, 14 marineros, 14 gru metes y 10 pajes; esto es, 65 hombres de mar '*, amén de los que fuesen en calidad de pasajeros. No hay que decir que la persona más caracterizada á bordo del San Juan de Laranga era nuestro DOCTOR, quien por primera vez en su vida emprendía un viaje tras atlántico; acaso fuese también la primera en que se meciese sobre las olas del mar.
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17 «SEÑOR:—Esta mañana a llegado correo de Sebilla con cartas del Doctor Pero Gutiérrez que está en San Lucar, y de la Casa, en que dan quenta de las diligencias hechas y que se van haziendo en el apresto y despacho de la flota de Tierra Firme, y dize el Presidente que si el tiempo no hiziese falta saldría á los 24 ó 25, que fueron lunes y martes pasado»... «mediante lo qual parece que pues la flota esta en tan buen estado que se puede creer que no le abiendo faltado tiempo abrá salido ó saldrá en breue, sera bien boluer á escriuir al general don Francisco Coloma que parta con toda la breuedad que pudiere»... «En Madrid á 27 de Enero de 1594».—Archivo deludías: Consultas del Consejo de Indias sobre la armada de que era general D. Francisco Coloma: est. 140, caj. 7, !eg. 36.
18 Datos tomados de Relaciones existentes en el Archivo de Indias: 143, 4, I (núm. I) y 143, 4, 3 (núm. i). ... 3 ...
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Por fin, el 23 de Febrero de 1594 hacíase á la vela la escuadra que comandaba el general Coloma; he aquí en qué términos daba éste cuenta de su salida al Rey : «SEÑOR:—Resgeui la vltima carta de Vuestra Magostad en que me manda que parta luego, y si el tiempo no lo huuiera estoruado no me huuiera alcangado esta orden; y assi dentro de seys horas me hize á la bela ayer martes, y por no hauer dado lugar el tiempo no pude acauar de salir de la baya; hoy he salido con toda el armada y spero ha de durar el buen tiempo con que vamos, de manera que muy breuemente pueda cumplirse todo quanto V. M. me tiene mandado. V a el armada muy bien en borden de todo, y todos con gran desseo de topar vna grande occassion en que podamos mos trar lo que desseamos servirá V.Magestad.—Del galeón San F h e lipe sobre la baya de Cádiz, 23 de Febrero de 1594» ''• MORGA y su mujer iban con una pena : dejaban en España, á car go de un sacerdote, el Ldo. Lorenzo Flores, sus dos hijos más peque ños ^°, que por ser demasiado pequeños, no debieron los padres atreverse á exponerlos á los riesgos de tan largo y penoso viaje. Digamos con el poeta : ¡A¿¿d va la navel...

La flota constaba de ocho galeones, seis fragatas y seis pataches y se dio á la vela (como queda escrito) en la bahía de Cádiz, el 23 de Febrero de I594, era miércoles de Ceniza, primer día de cua resma. Una cuaresma á bordo en aquellos tiempos era pasarse re zando casi todas las horas, lo que no dejaba de atenuar un tanto las zozobras de la navegación... La misma noche del primer día del viaje, y á causa de «un desgarrón de tiempo que hizo al desem bocar del estrecho de Gibraltar» ", apartáronse los galeones San Andrés y Santo Tomás y la fragata Santiago; aquéllos sin embargo se incorporaron á las cuarenta y ocho horas; en cambio la fragata «no pareció ni se a sauido mas della:^. El 3 de Marzo descubrieron la isla de Gran Canaria, y el General despachó una carabela,
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19 Carta de D. Francisco Coloma á S. M. dando cuenta de su salida de la bahía de Cádiz: Archivo de Indias: est. 143, caj. 4, leg. 2 (núm. i).
20 MORGA, hablando de sus hijos, escribía al Rey desde Manila, á 1.° de Julio de 1598: «sin otros dos [hijos] que deje quando vine en esos reynos».— Archivo de Indias: doc. núm. 122 del índice 5.°: 67, 6,18.
21 Tenemos á la vista la Relación del viaje de la Armada de la gttardia de las Indias, de la que era general D. Francisco Coloma, desde su salida de Cádiz el 23 de Febrero, hasta su llegada d Santa Marta el 13 de Abril de 1594. Archivo de Indias: est, 2, caj. 5, leg. 1/9 (núm. 3 C).
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en busca de la fragata perdida, y además el barco luengo con despachos para S. M. y para D. Luis de la Cueva, Gobernador de Canarias. Cuando volvió el barco luengo, trajo la noticia de que «quédauan en aquellas yslas [Canarias] cinco nauios yngleses... y que el vno dellos era vn galeón grande, y que pocos dias antes auian passado otros doze nauios de enemigos para las Indias». Los expedicionarios españoles no pudieron menos de preocuparse al recibir tales nuevas. El general Coloma hizo la señal convenida, y llamó á Consejo á los capitanes y demás personas calificadas de la tripulación de su armada. Hubo el intento de ir en busca de los cinco navios ingleses que por las Canarias merodeaban ; pero «por ser el viento muy rezio y prospero para seguir la nauegacion de las Indias y contrario para boluer atrás», la armada española prosiguió su viaje el día 6, siempre con buen tiempo y viento favorable, hasta el 25, en que vino la calma, la cual persistió hasta el 27. Este día 27 nuestro DOCTOR debió de llevarse un susto, y es de suponer que se lo llevarían cuantos iban á bordo del San Juan de Laranga: faltóle al barco una hembra del timón, y se quei ó sin gobierno, atravesándose en el mar. Disparó el Laranga un cañonazo; acudieron en su auxilio prontamente las demás naves, «y luego se le embiaron las chalupas, con personas de recaudo, que lo remediaron con vnas cadenas lo que mejor que se pudo». Suerte fué que esto ocurriera de día y con mar bella. La avería, sin embargo, no había sido reparada convenientemente : el día 29, otra vez el Laranga volvió á avisar, por medio de un nuevo cañonazo, que algo extraordinario le ocurría: era que el timón había vuelto á romperse. Esta vez la mar era gruesa; la reparación costó mucho trabajo; pero se hizo, y la flota prosiguió su viaje.
«Á 2 de Abril (dice la Relación oficial que tenemos al a vista) se ymbió delante la charrúa Spiritu Santo, la galigabra Coloma y la carauela Esmeralda, á ueer si descubrían tierra de la Dominica, la qual reconoscieron lunes sancto, á 4 de Abril por la mañana, y la capitana disparo vna pieza, en señal dello; este proprio dia por la tarde dio fondo la armada y hizo aguada en aquella ysla; y se bol uió á reparar bien el timón del Laranga-». El 5 por la mañana todos los barcos hiciéronse á la vela, en seguimiento de su viaje, «auiendo despachado al mismo tiempo la galigabra Coloma y la carauela Sme ralda para las yslas de la Margarita, Rio de la Acha, Cumana y puerto de Coro en busca de las perlas y de 2 mili arrobas de carne (de la que estaban asaz necesitados) y mili de pescado Á 9 de Abril se ymbio la charrúa y la boladora adelante á ueer si descubrian el cauo de Coquibacora; á lO, que fue día de Pasqua de Re surrección, después de medio dia passo la armada por el cauo de la Vela, y siempre con bueno y prospero viento fue naucgando asta II y 12, que hizo calma, á vista del cauo de Santa Marta ó del Aguja, y á 13 por la mañana entro la armada en el puerto de dicha Santa Marta»... ¡Ya estaba en Tierra Firme ! Viaje feliz, en medio de todo, sin grandes zozobras ni encuentro desagradable con pira tas. En la tarde del 13 de Abril, MORGA y los suyos, dcsput'-s do cuarenta y nueve días de navegación, se hallaban en el continente americano. Pero no habían realizado aún la primera parte del viaje á Filipinas; porque allí tuvo que volver á embarcar para San Juan de Ulúa, en navio que fletó por su cuenta, y desde allí se traslada á Vera Cruz, punto de partida para la ciudad de Méjico. Véase con qué concisión refiere el propio MORGA esta primera parte de su viaje; se dirige al Rey ^': «SEÑOR:—Á los 23 de febrero me hize á la uela desde Cádiz en el armada de el cargo de don Francisco Coloma para venir á seruir á Vuestra Magestad en el ministerio de Philipinas que me mando. Y auiendo surgido en Tierra firme hize segunda nauegacion á estas prouincias de la Nueua España todo con hartas yncomodidades y trabajos. Llegando aqui he entendido que los nauios de Philipinas no han venido este año, que por no auer faltado otro alguno ha dado motiuo á muchos para malas sospechas de el estado que tie nen las cosas de aquellas prouincias, aunque lo mas cierto sera auerseles ofrecido á los nauios algún ynconveniente de menos cui dado de los que suele auer en tan largos viajes, como de todo se ha dado quenta á Vuestra Magestad en los auisos que de aqui han salido. Serame forgoso aguardar los primeros nauios que vinieren de Philipinas para pasar en aquellas partes sino ubiere nouedad que lo ynpida, como espero en Dios no la abra, y desde México auisare siempre á Vuestra Magestad de lo que se ofreciere, donde entiendo abra tiempo para que me alcance la borden que Vuestra Magestad fuere seruido de mandarme ynbiar, asi de lo que para aquellas partes se ubiese de aduertir de nuebo, como tan bien si ubiese auido otro acontecimiento de lo que Vuestra Magestad m e manda haga de mi persona. Nuestro Señor guarde por muy largos años á Vuestra Magestad como hemos menester. »De la Vera Cruz á 30 de Mayo de 1594 años.—-D. ANTONIO DE MORGA.»
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22 Archivo de Indias: est. 58, caj. 6, leg. 28 (núm. 2).
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De la Vera Cruz, con todo su batallón, MORGA se trasladó á la capital de iMueva España; viaje penoso en verdad, por el estado de los caminos y por la falta de vehículos. Pero al cabo todos llegaron. Allí pudo MORGA confirmar que en 1593 habían faltado los galeo nes que anualmente venían de Filipinas, si bien la llegada del San Felipe, y poco después la del Santiago, por Noviembre del 94, cal mó en cierto modo las inquietudes á que aquella falta había dado moti\'0. Y se dice en cierto modo, porque los galeones manilenses traían la mala nueva de que el Japón se aprestaba para ir contra Manila. El DOCTOR, siempre en su papel de fiel servidor de S. M., informóse minuciosamente de cuanto tocaba á la tierra á donde iba á servir, y con el relato de las noticias traídas por el San Felipe, que debió de darle principalmente el capitán Cristóbal de Azcuta, que fué por general de la citada nao, envió al Rey la siguiente intere sante carta, con la que comienza á revelar cómo vendría á ser un prudente gobernante ^':
«SEÑOR:—Luego que llegue á esta Nueva España por el mes pas sado, di quenta á V. Magestad de mi biaje y de la suspensión con que este reyno ha estado por auer faltado el año pasado [de IS93] los naos de las Philipinas y no auer tenido nueua alguna de aquellas yslas; y porque ha sido Dios servido de sacarnos de este cuidado, por si no ubiera llegado á V. Magd. por el camino de la Yndia este mismo auiso, que se escriue de las yslas, se ynbio luego á V. Magd. por Malaca, rae he determinado darle á V. Magd. de lo que se ofrege sin aguardar al segundo nauio que aquí se ha despachar de la llega da de la flota. »For la relación que es con esta (véase el número i del APÉNDICE), que viene á ser la sustancia de muchas que se han ynbiado de Manila, entenderá V. Magd. la buena llegada de el galeón Sant Phelipe al puerto de Acapulco en ocho dias de este mes de noviembre, y como esperamos con brevedad otros dos galeones que de las mismas yslas vienen atrás, y que el auer arribado con tormentas el año pasado en este mismo viage, ques la causa de auer faltado eii el, y que las yslas quedan pacificas aunque con muchas fatigas y tra bajos con la desgraciada muerte de el gobernador Gómez Pérez de las Marinas que fue á veinte y seis de otubre de noventa y tres. »Don Luis de las Marinas, su hijo, queda gobernando las yslas, porque su padre le .dejo nombrado en virtud de la cédula que trujo •de V. Magd. en esta intención, y la ciudad, auiendo primero nombrado al licenciado Rojas mi antecesor en ol dicho ministerio,
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23 Corre esta carta con la Relación que va bajo el núra. i del APÉNDICE. • Tiene, por consiguiente, la misma signatura: 58, 6, 28 (núm. i).
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viendo los dichos recaudos, recibió después á dicho Don l.uis, aunque con muchas dificultades é yncombeniontes que se les ofrecieron por su poca hedad, de que darán quenta ;í vuestra Mngdestad, y acá se lamentan.» (Y MORGA, sin decirlo, lamentábase á su vez; porcjue no le agradaba la idea de verse en Manila sometido á la autoridad de un jovencito, como lo era Don Luis, por añadidura inexperto en achaques de gobernación y, desde luego, limpio de toda ciencia jurídica.) «Hasta agora no se sabe que el licenciado Rojas se venga á su plaga á esta Audiencia y deje solo al nuevo goucrnador, por no auer llegado las otras dos naos que se esperan de Manila: yo creo no lo hará asi por lo mucho que es necessaria su persona en este tiempo en Manila para que V. Magestad sea mejor seruido hasta que y o aya llegado. »Y aunque en esta Nueva España, con deseo del sosiego de las yslas, vista su aclamación y saluar los yncombenientes que se han ofrecido con la muerte del gouernador y succession de su hijo, h a parecido á muchos que pues yo fui proveído en mi niia'sterio por V. Magd. con yntencion y presupuesto de que faltando el gouerna dor yo quedasse en el entretanto en su lugar y que los recaudos que truje lo comprehenden, que convendría • que llegado yo á las yslas con el fauor de los de ellas lo pusiesse en execucion, he toma do resolución comunicándola con el virrey Don Luis de Velasco y otros ministros de V. Magd. de sano consejo, que pues el gouernador [Don Gómez Pérez Dasmariñas] ya uso de la cédula que V, Magd. le hizo merced y nombro á su hijo y posee yrle á ayudar y acompañar en el seruicio de V. Magd. de la manera que con su padre se me mando lo hiziese y serele á la parte de el trabajo, pro curando su conservación, y quiero perder de mi derecho quando le tubiera mucho mayor por no dar genero de ocasión de diferencia y discordia á trueco de que se haga por este camino mejor el seruicio de V. Magd., y assi no abra mudanga en esta determinación y procurare lleuar la carga con todas mis íuergas y que se haga á todas manos lo que se deuiere en el seruicio de V. Magestad. 3>Suplico á V. Magd. muy humildemente que pues aquella repú blica y mundo nueuo padecerán tantos daños con la dilación que podría auer en la resolución que se ubiere de tomar para su. gouierno y enmienda de los trabajos y calamidades en que se halla, se sirva V. Magd. de mandar y proueer el remedio con la brevedad que ubiere lugar.» (MORGA, como se ve, discute su mejor derecho á ocupar el puesto de Gobernador interino de Filipinas; sin embargo, su criterio razonable, su temperamento conciliador, llévale á, por de pronto, reconocer la autoridad de Don Luis Dasmariñas, ínterin provee S. M.) «Por lo que se ha visto con la experiencia, no creo que en el tiempo que tubo V. Magd. Audiencia en aquellas yslas fue menos seruido que antes, y después sin ella lo ha sido; y aqui he entendido despacio de muchos de los que escriuieron á V. Magd. con su ynformacion quando se quito [la Audiencia] de que asi conuenia, con algunas razones que principalmente les mouieron sus particulares respetos Presidente y oidores por uenirse de las yslas con los caudales que tenían, ciertos de que V. Magd. los auia de mejorar por acá, como se hizo. La gente de guerra vino en lo mismo, porque comunmente aborrece ser gouernada por letras. Y lo que fue Ciudad y pueblo dijeron lo mismo por condecender con la negociación que se hazia por los otros y porque de hordinario se ama por su parte todo lo que es nouedad. Las religiones con este mismo respeto y con deseo de desechar el yugo y freno que tienen con el Audiencia de sus demasías, que en estas partes suele auer muchas en gente de este genero de color de la doctrina, hizieron la misma instancia. Y el perlado y jueces eclesiásticos hizieron lo propio con el mismo designo y por quedar libres sin quien les alge sus fuergas. Y asi con todo esto junto fue V. Magd. informado [por el P. Alonso Sánchez] y se consiguió entonces su fin particular.»
(Acaba de darnos MORGA, en un solo párrafo, la génesis de la supresión de la Audiencia de Filipinas. ¡A todos estorbaba!, pero señaladamente á los regulares, que querían sacudirse «el yugo y freno» que la Audiencia significaba para ellos. Intérprete de estos sentimientos contra la existencia de la Audiencia lo fué en Madrid, muy hábilmente, el nombrado jesuíta Alonso Sánchez. Gran defen sor MORGA de la buena administración, no sólo censura la supresión llevada á efecto, sino que hace las reflexiones que hallará el lector en los párrafos que siguen.) «Pero los que desynteresadamente lo miran conocen y confiessan que han resultado los dichos daños, y que por este camino V. Magd. no ahorro nada de su hazienda y que las yslas y moradores de ellas no han ydo en aumento, y que quando gouernaua vuestra Real audiencia se acudía á todo esto, y lo que era guerra y soldadesca se platicaua maduramente y con mas luzidos frutos, ganando •y conseruando con buen tratamiento y premio de los militares y suauidad de moradores y naturales y aumento de la hazienda de V. Magd. y que con estotro ay perdidas y no es pequeña la de la reputación perdida en la casquetada pasada por arriscamiento de una sola cabega, cuyo parecer el de los subditos que hera en contrario no pudo sujetar. sSolo se dijo que es tierra corta para Audiencia porque ay pocos pleytos : y o asi lo entiendo ; pero también veo que ay menos en el Audiencia de Guatemala y Guadalajara y tierra mas corta, y con serua V. Magd. á tanta costa alli sus Audiencias, aunque están tan cercanas á esta de México, porque el útil que se sigue de ellas no consiste solo en la determinación de las causas de justicia, sino en los muchos é importantes efetos que en partes remotas de la real persona de V. M. con la representación de su real nombre y poder, puesto en manos de ministros congregados de buen seso y partes se siguen, que con ser mas cosas miran mejor en la ocasión lo que conuiéne que uno solo, que por su parecer puede ser muy contingible el hierro de su resolución y arriscamiento, como se ha visto. ^Imagino que mandando V. Magd. se le informe de por acá de este negocio, aunque no se haga con tanta llaneza, porque cada uno desea aumentar y no limitar su jurisdicción y ministerio, al cabo vernan á dezirlo mismo, pero yo no he querido disimularme en dar quenta á V. Magd. de lo que he visto por los ojos y alcangado de este negocio tan largamente por ser de tanta ymportancia y ver que esta presente la ocasión en que es fuerga poner V. Magd. los ojos con brebedad en lo que mas conuenga y mouerme soio á ello el zelo de vuestro Real seruicio á que estoy tan obligado, y la obligación de mi officio de que doy por prueua en esta parte, pues es criuo todo lo de arriba en daño de mi ministerio, pues es muy conocida cosa que teniendo á solas todo lo que la Real Audiencia te nia, es de mas cantidad mi plaga que ninguna otra de que V. Magd. pudiera pretender por acá y de sin comparación mayor aprouechamiento; solo satisfago desynteresadamente á lo que á V. Magd. devo y á mí conciencia y V. Magd. haga de ello y de mi lo que fuere seruido. s> (En efecto, si la Audiencia se restablecía, MORGA descendía en categoría, y por lo tanto en «aprovechamiento»; pero antes que nada estaba su conciencia, rectísima ciertamente ; y estas consideraciones del DOCTOR bastan por sí solas para acreditarle de hombre desinteresado y amante del mejor servicio de su Majestad.) «Mucho daño reciben las yslas con el ausencia de su perlado y con la de los encomendados conquistadores que se están aqui por fiados en no cuniplir lo que V. Magd. ha mandado tan justamente sobre su vuelta ó vacación de las encomiendas : de la catedral de Manila estaua acá de asiento hecho cura de Acapulco el chantre, y en este nauio viene el deán. V. Magd. prouea en ello lo que fuere seruido, pues las yslas tienen tanta necessidad de personas y de ta les y con yntencion que residiessen en ellas los premio y hizo mer ced V. Magd. »Suplico asimismo á V. Magd., ymbiando gouernador á Philipinas, se sirua de tener consideración al daño que agora se teme en ellas por auer traydo Gómez Pérez [Dasmariñas] cédula particular para nombrar en su lugar caso que faltare gouernador. Y pues V, Magd. prouee y enbia en su compañía ministro conocido y de capacidad para esto á satisfacion de V. Magd., justo parece que de esta confie V. Magd. su tierra y gouicrno y no de persona yncierta, que la experiencia muestra el riesgo que esto podría tener ; sobre que á mi partida me dio V. Magd. su yntencion de que se acudiría á esto y honrar y í'auorecer mi persona en todo acontecimiento y resolución, pues la he puesto con tan buen animo en tantos riesgos y gastos de viages de cinco mili leguas porque fue asi la voluntad de V. Magd. y me lo mando. »Tambien suplico á V. Magd. tenga memoria de que me mando tomasse residencia y visita por una especial comission que truje luego que ilegasse á las islas al licenciado Rojas y sus officiales y otros muchos ministros y que luego que llegue me abre también de ocupar en esto. Auiendo V. Magd. de ynbiar nuevo gouernador es necessario residenciar los pasados, y podría ser tubiese ynconveniente que fuese por otras manos, pues lo uno corresponde á lo otro y es de la misma calidad y lo podra criar y fenecer y enbiar junto á V. Magd. un mismo juez. »La real hacienda de V. Magd. ha tenido en aquellas yslas muy grandes gastos, y por auerse administrado hasta aqui por officiales no propietarios, que estos principalmente atendían á su conseruacion con el gusto de los gouernadores que los nombrauan, he en tendido ha tenido mucho dispendio, V. M. mandara ver si conuiniere que esto se visite y corrija y lo que acerca de ello fuere seruido. »Quedo dando priesa en el aderego de este galeón que ha llegado algo maltratado y en que se prouea lo necessario para los otros dos que se esperan por que la partida á las yslas se dilate lo menos que fuere possible, á que se acude por el Virrey con cuidado, como le tubo en el socorro que ynbio el año pasado que llegaría á tan buen tiempo y sazón; avisare antes de ella á V. Magd. lo que se ofreciere por cumplir con lo que debo y me manda, y ruego á Dios guarde la real persona de Vuestra Mageslad por muy lar gos y felices años, como sus criados y la uniucrsal C.'risüandad ha menester.—De México á quinze de Nob!eml)re de mil y quinicnlos nouenta y quatro años.—D. ANTONIO DR MORGA.S» No puede ser más interesante el documento : aquí vemos á MORGA, aun antes de embarcar para Filipinas, no sólo afanoso de servir con el mayor celo, sino impuesto, con una videncia admirable, ilel estado del país adonde iba. La tierra, en efecto, era corta, y esto explica el que algunos encomenderos, si podían lograr algún al\orro, quisiesen disfrutarlo en México, metrópoli de la Nueva lispaña y aun puede añadirse que de todas las Indias. La vida en Filipinas en aquella sazón era para los españoles muy penosa : todo había en carecido extraordinariamente ; las pagas eran mezquinas, y los re cursos para la subsistencia muy escasos : apenas se comía otra cosa que arroz, aves de corral y cerdo. Por consiguiente, no es temeri dad decir que el pasar á vivir en el Archipiélago filipino por aque lla época, constituía un verdadero sacrificio. Pero MORGA lo hacía gustoso; porque para él el mayor de los ho nores era servir á S. M. Si volvió á escribirle desde México, no se ha logrado la carta. Sólo se sabe que por virtud de una cédula de Felipe II á D. Luis de Velasco, su Virrey en Nueva España, el DOCTOR llevó á su cargo la flota en que pasó al Archipiélago, y que, por expresa voluntad de aquél, no pagó flete '^. Pero se sabe además que desde Mayo hasta Noviembre, MORGA, á requerimiento del Virrey de Nueva España, y sin retribución de ninguna clase, inter vino en dos procesos de importancia como juez, el uno contra Se bastián Vizcaíno y los sujetos que le acompañaron en cierta jornada á California, y el otro contra el capitán Sebastián Pérez del Castillo, que había usado del pecado nefando: ambas causas las instruyó el DR. MORGA,
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M He aquí la cédula:—«EL REY.—Don Luis de Uelasco. mi virrey go uernador y capitán general de la Nueva España ó á la persona ó personas á cuyo cargo fuere el gouierno della: el Doctor Antonio de MORGA á quien he proueydo por theniente de mi gouernador y capitán general de las yslasPhi lipinas me ha suplicado mandare que los nauios en que hiziessc su viaje des de essa tierra á las dichas yslas íuessen á su cargo y en ellos no se le licuase flete como se haze con los soldados que se enbian á las dichas yslas; y por que tengo voluntad quel dicho doctor reciua merced, os mando que en los nauios que fueren de esa tierra á las dichas yslas le acomodeys como se hizo con el presidente y oydores de mi Audiencia real que auia alli quando pa saron á seruir en ella, y con el gouernador que vltimamente fue á las dichas yslas.—Fecha en San Lorenzo á diez y ocho de agosto de mil y quinientos y nouenta y tres años.—YO EL REY.»—Archivo de Indias: est. 105, caj. 2, leg. I I; libro 2, fol. 43 vto.
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dejándolas concluidas antes de salir de México *'. Sábese también que así que llegó el San Felipe, MORGA, como Teniente general de Filipinas, no sólo corrió con el aderezo de los galeones, sino que tomó á su cargo el reclutamiento de doscientos hombres de guerra, que habían de ir á Filipinas á reforzar aquel campo ; y todo esto le dio no poco que hacer, sin proporcionarle provecho material alguno. Aderezados los galeones, MORGA, al frente de su tropa, doméstica y miliciana, se trasladó desde la ciudad de México al puerto de Acapulco, donde con el mayor orden embarcaron todos. Esta nueva peregrinación á través del continente americano debió de ser no menos penosa que la verificada desde Vera Cruz á México; y con ella AÍORGA dio por terminada la segunda parte de su viaje, con un éxodo bélico en que todos iban apercibidos á todo, y en especial nuestro DOCTOR, que sin desceñirse la toga habíase ce ñido los arreos militares. ¡No en vano ostentaba el título de Teniente de Capitán general !
La tercera y última parte del viaje, ó sea la nueva navegación, que hizo á través del Pacífico, dio comienzo el 22 de Marzo de I595> en que las naos San Felipe (capitana) y Santiago (almiranta) zarparon del puerto mencionado de Acapulco. Iba el DOCTOR más animoso que nunca, viéndose jefe supremo de la expedición, por virtud del mandamiento real de que ya se ha hablado; y el personal de las embarcaciones lo constituían, además de los doscientos hombres de guerra levantados por D. ANTONIO DE MORGA en Nueva España, con sus oficiales correspondientes, doscientos cincuenta y seis hombres de mar, cuarenta y cinco pasajeros particulares y sesenta y dos religiosos de las órdenes de San Agustín, Santo Domingo y San Ignacio. Huelga consignar que MORGA y su familia y criados viajaban en la nao capitana. De Almirante, ó Segundo jefe, en la Santiago, iba el citado Azcueta.—En lo que toca al dinero de particulares—advierte el Virrey D. Luis de Velasco á S. M. **, refiriéndose al que llevábanlas naos—«se apretó quanto fue posible para que no fuese mas de los dozientos y cinquenta mili pesos que Vuestra Magestad a permitido se lleuen, y aunque denegué las lizencias y limite otras, entendiendo que van mas de trecientos mili ducados, que aunque excede á la permisión es muy pequeña
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25 Consta así en la información mandada por MORGA á S. M. con carta fechada en Manila, i." Julio 1598; documento ya citado: núm. 122 del índice 5.**
26 Carta del Virrey de Nueva España, D. Luis de Velasco, dando cuenta á S. M. de la salida del DR. MORGA para Filipinas: México, 4 de Abril de 1595. Archivo de Indias: est. 58, caj. 3, leg. 12 (núm. i).
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suma respecto á la que solía yi\ y de las hazicndas úc los de las yslas que tienen por cossa dura como lo es releiuTselas acá para que sus agentes se aproucchen de ellas y no con mucha seguri dad; para el primer despacho que se liizicse vo}' con yntento de que sabido lo que monta la hacienda que viene de las yslas, ratar á cade vno su partida y al respecto limitalle lo que se le ouiere de boluer á embiar, de manera que todo no exceda de los 250 U, ó hasta 300 U, como Vuestra Magestad lo ha mandado ; pero sigúese de esto un gran ynconueniente, y es que estos 300 U pesos que vendrán empleados valdrán mas de 600 U, y no boluer mas de la mitad, anlo de sentir demasiadamente los vezinos de las yslas»... En efecto; no había entonces en Filipinas otra aspiración, por parte de los principales elementos de la Colonia, que la de poseer dinero, el cual sólo podía ir de Nueva España. Y si bien se mira, todo era poco para subvenir á las muchas necesidades que la vida imponía en tan remoto confín. La navegación fué, por fortuna, feliz; no hubo que lamentar nin gún incidente grave. Y como muchos de los hombres di guerra re clutados no sabían apenas nada de esta profesión, JNÍORGA dispuso que en los días de bonanza todos ellos hicieran diferentes ejer cicios militares para que se adiestrasen en el manejo de las armas. Y así, al cabo de cerca de un trimestre de continuo navegar, llega ron las naos á Cavite, y con ellas MORGA, sano y salvo, el día 10 de Junio de aquel año, ¡á los quince meses y medio de haber salido de Cádiz! ¡Y pensar que había hecho un gran viaje!... Con todo, tuv o la pesadumbre de llegar á Manila con dos hijos menos, Pedro, el más pequeño de los que sacó de la Península, y otro que debió de nacer en Nueva España, y allí morirse, si es que no falleció en la travesía del Pacífico ^'. Todo ello sin contar con los trece mil pesos que le había costado el viaje **.
Ya tenemos al D R. ANTONIO DE MORGA en Manila. Gobernaba las Islas interinament e el jove n D. Luis Pérez Dasmariñas, á quiens e present ó y present ó al propio tiemp o la Real cédula por la que su Majestad le había nombrado Asesor y Teniente general ; y el 13 de Junio se posesion ó de su importante doble cargo ^, previo juramento : vino, pues, á sus manos la vara de ¿a Justicia. Pocos días después, el DOCTOR escribía á Su Majestad :
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27 En carta de 6 de Julio de 1596 (núm. 2 del APÉNDICE), se lee: .Yo quedo con tan largos viajes muy falto de salud y con no mucha esperanza de cobrarla... con hijos menos de Jos que alia truje, que se me han muerto por esos caminos».—Cuando D.* Juana de Briviesca testó en México, en 1606, declaraba que eran sus hijos legítimos: D. Antonio, D.Juan, D. Pedro, etc. El que D. Juan vaya antes que D. Pedro, nos induce á creer que Pedro murió, y volvió á poner este mismo nombre á uno de los varios hijos que en Manila tuvo. Ahora bien; como MORGA habla de hijos (sic), parece lógico que le naciera alguno en México, durante los meses que allí permaneciera. Como se verá más adelante. Doña Juana de Briviesca fué una mujer fecundísima.
28 En la carta que con fecha 1.° de Julio de 1598 dirigió desde Manila el DE. MORGA á S. M., acompañando uña información de sus servicios desde que salió de España, se lee:—«llegue por Junio de 95. con los riesgos, trauajos é incomodidades que de tan largos viages se pueden entender, en que gaste mas de trece milipessos sin haver rescivido cosa alguna por vía de ayuda de costa ni salario hasta que entre cobrando el de mi officio.»—Archivo de In dias: est. 67, caj. 6, leg. 18; documento núm. 122 del índice 5.°
29 Á continuación del Título de Asesor y Teniente de capitán general, figura la diligencia de asiento en la Casa de Contratación de las Indias de Se villa, el 11 de Enero de 1594; y á continuación de esta diligencia, la de la po sesión en Manila, en estos términos : «En Manilla, treze días del mes de junio de mili y quinientos y nouenta y cinco años ante don Luis Pérez Dasmariñas, Gouernador y Capitán general destas yslas Filipinas por el Rey nuestro señor y en presencia de mi el es criuano ynfrascripto. El doctor Antonio de MORGA presento esta prouision real y pidió cumplimiento della y auiendola el dicho gouernador oydo, la tomo y beso y puso sobre su cabera como carta de su Rey y señor natural á quien nuestro Señor guarde con acrecentamiento de mayores Reynos y señó nos, y en quanto á su cumplimiento esta presto de mandar lo que su Magest'ad por ella le manda, y luego el dicho Gouernador tomo é rrecibio juramento por Dios nuestro señor y por vna señal de cruz de su mano derecha del dicho doctor Antonio de MORGA que ussara bien y fielmente el cargo y officio de Teniente general y agessor del dicho Gouernador, según y como en esta prouision se declara y contiene conforme á las ordenangas y cédulas y pro uissiones que en qualquier manera toquen ó atañen al dicho su officio y cargo, y auiendolo assi jurado, el dicho Gouernador le entrego la bara de la rreal justici a para que vsse y exerga el dicho cargo, á lo qual fueron testigos el licenciado Pedro de Rojas y el escribano Esteuan de Marquina.—Luis PERBZ DASMARI55AS.—Ante mi: Gaspar de.Azeuo.ir—Archivo de Indias: 67, 6, 18.
30 Sic. Equivocación de MORGA. F u é en Junio cuand o llegó, y así lo con firma en los SUCESOS (véase la pág. 35), del propi o mod o que en est a misma carta á S. M., fechada en Manila á 25 de Junio de 1595; la cuals e conserv a en el Archivo de Indias, est. 67, caj. 6, leg. 18: núm. 8 1 del índice 5.°—Por lo demás, nótese también que en tanto que en la carta dice : «A JO de este mes... tome el puerto en estas yslas», en el texto de los SUCESOS escribe que surgió en el puerto de Caí/í (Cavite) «en once de Junio». Probablemente en Manila no debió de hallarse hasta el 12, ya que la posesión la tomó el 13, como se ha visto por el documento que se transcribe en la nota precedente, que es el testimonio que MORGA dice que envía con la presente carta.
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«s E Ñ O R : — A 10 de este mes de Julio(30) tome el puerto en estas yslas Philipinas con la armada de Vuestra Mageslad y socorro [de hombres, pertrechos y dinero] que para este campo ynhio el virrey Don Luis de Velasco á mi cargo, y halle la tierra en paz y mas quietada de sospechas de enemigos que hasta aqui y con muchas esperanzas de que con mediana diligencia ha de ser nuestro Señor seruído de abrir la puerta á la predicación de su euang(>lio entre los ynfieles vecinos, como se va mostrando el fruto que hazen los qua tro fray les descalgos de la borden de san Francisco (¡ue el año pa sado fueron desde aqui á Xapon. Halle gouernando esta tierra Á Don Luis Dasmariñas por la muerte de su padre, de que ya Vues tra Magestad terna larga noticia, cerca del qual [Don Luis] scruire á Vuestra Magestad en los officios que Vuestra Magestad me mando de teniente general de estas yslas con el cuydado que mis fuer gas alcanzaren hasta que Vuestra Magestad de otra cosa se sirua. Á quien suplico muy humildemente mande ynbiar íí este Reyno con la breuedad posible el gouierno que ubiere de tener y de favo recer á los que en él viuen, porque han seruido á Vuestra Mages tad con mucha fidelidad y cuidado; y si no es la tierra oprimida con cargas, se pueden esperar con la conseruacion y aumento de ella grandes medros, aun de reynos comarcanos, en seruicio de Dios y de Vuestra Magestad.
»La residencia que V. Magd. me mando tomase al licenciado Pe dro de Rojas, mi antecesor, y otros ministros, la comengare luego que salgan estas naos que van á Nueva España, que por no ympe dir el despacho de ellas, ha parecido diferirla, y con los primeros nauios haré lo que acerca de ello V. Magestad manda. »Fui regebido en mi officio luego que llegue á esta Ciudad, sobre que saque el testimonio que ynbio á V. Magd. con esta; y por ser tan nuevo en él no doy quenta á V. Madg. de las particularidades de esta tierra, de que se deuiera hazer; solo me ha parecido forgoso, por lo que he uisto, hazer memoria á V. Magd. de lo que desde Mé xico escreui á V. Magd. : que la Caxa que V. Magd. tiene en estas yslas ha sido administrada con mucho daño de la hazlenda de Vues tra Magestad, y que es muy necessario que V. Magd. ynbie quien la visite y ponga las cossas en razón paral o de adelante, porque con ello terna V. Magd. con que hazer los gastos que se offrecen sin prouerlos de la Nueva España, como agora se haze, y anda t o davía todo muy atrasado. La real persona de V. M. nuestro Señor guarde... Manila, á 25 de Junio de I595-—D. ANTONIO DE MORGA.» Cuánto pesaba en el ánimo del Rey y de su Consejo lo que decía MORGA, tiénese en el hecho de que al margen de la carta que se acaba de copiar decretóse : «Que se de cédula para que el gouerna dor de las Philipinas haga tomar estas quentas y se tomen por mano del doctor Antonio de MORGA y se enuie lo que resultare á este Consejo, con relación de todo lo que huuiere hecho y parescer de lo que conuendrá se haga para que haya buena quenta de la hazienda real de aquella caxa.» Pero es más; á este respecto, si bien es cierto que para restable cer la Audiencia en Filipinas no fué poco lo que influyó la presen cia del obispo Salazar en la Corte, tenemos por seguro que acaso sin la carta que MORGA escribió á S. M. desde México (la cual deja mos transcrita), Felipe II no se habría decidido lo pronto que se decidió en este tan importante negocio, en el que salió al fin derro tado el P. Alonso Sánchez y al propio tiempo el agustino Fr. Francisco de Ortega, que vino á España á la vez que el obispo Salazar sin otro objeto que el de llevarle la contra. Ya tenemos, decíamos, al DR. MORGA en Manila. Una vez posesionado del cargo, exhibió una nueva Real cédula, por la cual pa saba á ocupar la casa —que debiera de ser buena, por ser de su Majestad— que hasta entonces había venido ocupando el Ldo. Rojas, su antecesor ' ' ; y le tenemos por lo tanto instalado con el decoro propio de su alta jerarquía. Ciertamente, si MORGA era el segundo en el escalafón, resultaba ser el primero por su autoridad personal. El Gobernador, Don Luis, á su lado resultaba muy poquita cosa: joven, inexperto, aunque honrado, valiente y lleno de buenas inten ciones, distaba mucho de reunir las prendas necesarias para regir todo un reino en cuyos elementos principales—los españoles—^^la característica de mayor resalto era la indisciplina. No pudo, pues, Don Luis Pérez Dasmariñas, desde que por capricho de su padre se vio de Gobernador, andar solo, como se suele decir, y como era de suyo piadosísimo,
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31 «El REY.—Gómez Pérez de las Marinas, cauallero de la orden de San tiago, mi gouernador y capitán general de las yslas Philipinas, yo he proueido al doctor Antonio de MORGA por asesor y teniente general vuestro de essaS yslas como alia entenderéis, y porque me a suplicado mandase proueher que se le desembarace y de para su biuienda la cassa que yo tengo en la ciudad de Manilla de essas yslas en que a posado el licenciado Rojas su antecesor en el dicho cargo, y yo tengo por bien que en esto se haga con él lo que se ha hecho con el dicho antecesor y que tenga la posada según y de la manera que el ha tenido, os mando que hagáis que asi se cumpla luego que el dicho doctor MORGA llegare á seruirme en el dicho cargo todo el tiempo que le siruiere sin que en ello se le ponga estorbo alguno.—Fecha en el Pardo á diez y siete de nouiembre de mili y quinientos y nouenta y tres años.—YO EL REY,—Por mandado del Rey nuestro señor, JOAN DE IBARRA.»—Archivo de Indias: est. 105, caj, 2, leg. 11; libro 2, fol. 45 vto.
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gobernaba «en todo por frailes y particularmentc por la [orden] de Sancto Domingo, que gozan de su coyuntura y acomodan con esto sus negocios y los de sus nmigoss», según escribía MORGA á S. M.(32) De aquí que el DOCTOR, con hábil diplomacia, procurase, en cuanto le fué posible, y se lo fué muy pronto, intervenir en los negocios graves de gobierno, encauzándolos mejor que el bueno de Don Luis los encauzara por sí, como se desprende de lo que dijo aquél á S. M. en la carta que le dirigió á 6 de julio del siguiente año de 1S96. (Véase el mhn. 2 del APÉNOICE)(33). Antes, á fines de 1595, le había escrito otra que no conocemos, pero es de suponer que sus principales conceptos se hallen contenidos en la mencionada de 6 de Julio del 96, en la que el DOCTOR, después de congratularse de que las cosas del Japón marcharan por buen camino en lo tocante A la predicación (aunque sin ocultar la sospecha de que el antagonismo de frailes y jesuítas lo echase todo á perder), entra de lleno á tratar de las cosas propias de la tierra, y refiere cómo murió en Míndanao el famoso Rodríguez de Figueroa; cómo su sucesor, Juan de la Jara, adoptó una actitud de incorrecta autonomía; cómo salió para Camboja el capitán Gallinato, y cómo se frustró cierta expedición á China. MORGA, con un gran sentido, desaprueba tantas jornadas al exterior, que desamparaban el campo de Manila, donde apenas había hombres de armas que pudieran defenderlo en un caso de apuro. Y pensaba en el grave pro blema que constituía aquella cada vez más numerosa inmigración sinense anual. Anualmente llegaban á Manila infinidad de sangleyes con sus productos comerciales, que vendían, y en vez de retornar todos á su país, los más se quedaban en Luzón, y cuántos no serían,
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32 Véase el número 2 de los documentos que forman el APÉNDICE: carta de MORGA á S. M. fechada en Manila, 6 de Julio de 1596.
33 Es digno de notarse que los historiadores de Filipinas, con rara unanimidad, hacen al DR. MORGA Gobernador inierino, siendo así que ni siquiera un día desempeñó el cargo. Desde Colín hasta Barrows, ni uno solo deja de considerar á MORGA como Capitán general en ínterin. EJ que esto escribe participó también de esa equivocación; y le ha sido preciso estudiar minuciosa y documentalmente la vida de MORGA para deshacer error tan generalizado, pero sobre todo á partir de la publicación de la Historia general del P. Concepción, el cual pone este epígrafe al capítulo i de la tercera parte de su famosa obra: ^Llegan las naos de Acapulco: viene en ellas el Doctor Don Antonio de MORGA y hócese cargo del supremo Gobierno^. Y en el texto se lee: «y dando el Gobierno por vacante, no obstante que lo poseya D. Luis [Dasmariñas] con legitimo titulo, sin contradicción se le colocó {ií MORGA] en el y fué reconocido por Governador.^—MaTavilhu, verdaderamente, las enormidades (porque esta lo es) de que está salpicada la Historia de Filipinas.
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que el año de 1596 hubo una época en que los que se hallaban en Manila y sus arrabales pasaban de veinte mil. Tal abuso había venido tolerándose, porque cada chino que se quedaba de asiento representaba un provecho para alguien, en especial para los dominicos, sus mayores protectores. MORGA, ante sí y por sí, decidió poner remedio á tan peligrosa inmigración, y de lo que hizo da cuenta al Rey en estas pocas palabras : «Yo tome la mano de hecharlos de aqui y hasta agora he embarcado mas de doce mill, y deven de quedar otros tantos, y se va continuando la diligencia...»
Pero nada tan notable como la pintura que el DOCTOR hace del desbarajuste administrativo que en el país imperaba. Cobraban sueldo en concepto de oficiales militares no pocos individuos que no tenían soldados á quien mandar. Y había más aún : que no pocos de los antiguos guerreros, olvidando en absoluto su verdadero oficio, se habían transformado en mercaderes. Quién más, quién menos, apenas había español que no fuera negociante. Eso de comprar á los chinos por poca cosa, mandarlo á México para que allí se vendiera á triple precio, y recibir el producto en plata acuñada, llegó á ser el ideal de todo castila que contase con unos pesos de sobra, sin descartar á los eclesiásticos, que eran los primeros mercaderes. Para remediar abusos, MORGA no vaciló en irles un tanto á la mano á los que más abusaban, sobre todo á los oficiales reales ó empleados de Hacienda, y, naturalmente, no tardó en enajenarse simpatías. Para aquella colonia de vividores, un hombre recto y con sentido jurídico era un perturbador. Así que MORGA, aun yendo contra sus propios intereses, por más que se congratulaba de saber que no tardaría en llegar el nuevo Gobernador propietario, Don Francisco Tello, á quien debía de conocer por ser éste sevillano, continuaba suspirando por el restablecimiento de la Audiencia; sin sospechar que por entonces, á mediados de 1596, hacía y a algunos meses que Felipe II había decretado el restablecimiento tan apetecido del DOCTOR. ¡Y cómo no apetecerlo, pensando honradamente, si la jurisdicción Real Se hallaba punto menos que anulada ! «La jurisdicion de vuestra Magestad —decíale MORGA al Rey en la carta que extractamos— en este Reyno, esta tan acortada con la eclesiástica, que en todas ocassiones no podemos salir con ella, y como no hay quien alce las fuergas, se padesce mucho, y nos vemos en grandes penalidades y trabajos, atados de pies y manos, porque se entrometen los eclesiásticos y religiosos en todo»... Por eso convenía que se volviera á poner Audiencia, así como convenía que viniera el Obispo cuanto antes.

El final de la carta es desconsolador; después de lamentar la pérdida de hijos muertos en el camino, y de aludir á los quebrantos que experimentaba su salud, «deseo en extremo—concluye—me haga vuestra Magestad merced, si hubiere lugar, de darme licencia para irme á España-». ¡MORGA suspiraba por volverse á «¿ rincón! ¡Qué pronto se había hastiado de vivir en Filipinas!... Á los ocho días justos (el 14 de Julio de 1596) llegó á Manila el nuevo Gobernador, D. Francisco Tello de Guzmán, sevillano, caba llero santiaguista y Tesorero que había sido de la Casa de la Con tratación de las Indias en Sevilla. Tello venía á disgusto; había pre tendido un Virreinato en América, y se encontró con que S. M. le daba únicamente el Gobierno de las Islas Filipinas. Tomó, pues, el cargo á beneficio de inventario, y no es aventurado afirmar que, viendo en MORGA un hombre pundonoroso, amante del bien común y celosísimo del cumplimiento del deber, descargase en su lugar teniente algunos de los asuntos que al Gobernador le estaban en • persona confiados. Tello por su cuenta no oculta que «comenzó á gobernar con blandura»(34) como si al decir esto reconociera im plícitamente que los primeros meses de mando se los pasó enco giéndose de hombros, aunque en lo tocante á seducir mujeres diese muestras diarias de que era activísimo y afortunado Tenorio : para él no hubo soltera, casada ni viuda que le atrajese hasta el punto de que por ella dejase de variar á cada paso, y esto, como no po día menos de suceder, quebrantó muy pronto su prestigio, con lo que el de MORGA siguió aumentando, única figura al fin que en la colonia española descollaba, no solamente por ser el único DOCTOR entre los seglares, sino por su actividad y rectitud de miras. Sin olvidar nunca sus deberes para con el Rey, teníale al tanto de todo y escribíale largo en cuantas ocasiones le era dable. En la carta del 28 de Abril de 1597(35) después de confirmar la muerte de Esteban Rodríguez de Figueroa, amplía las noticias que tenía ya dadas acerca de la jornada á Mindanao. El alocado proceder de Juan de la Jara, detenido en Manila por consejo de MORGA; el refiíerzo que, también por su consejo, se mandó á aque lla isla para reducir á los buhayenes, hechos son que refiere con su sobriedad de siempre, así como los sucesos, tan complicados y dra máticos, de las aventuras de Gallinato y consortes en los reinos de Camboja, Siam y otros de Asia. Advierte cómo se opuso á tales aventuras,
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34 Carta de Tello á S. M. Manila, 29 de Abril de 1597.—(Archivo de Indias, documento tuim. 9 1 del índice 5.°)
35 Véase el número 3 del APÉNDICE.
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y de nuevo señala cuan peligroso era para la seguridad de Filipinas restar sus escasos elementos de defensa, precisamente para que se fuesen adonde nadie los llamaba. Todo esto contribuía á acentuar el desbarajuste administrativo, y el Gobernador, sin saberse qué hacer... se casó con su prima Tomasina Tello, sin licencia del Rey, para continuar seduciendo á todas aquellas que se le antojaban. MORG.V no acentúa ciertas quejas; pero en lo concernien te á la anarquía burocrática no palia su disgusto, insistiendo nue vamente en que la Audiencia era indispensable, porque sin ella el país 110 tema ynejoria. Los eclesiásticos y religiosos «lo toman todo», añade el DOCTOR, y esto exigía remedio urgente. Y al terminar es cribe estos sentidos renglones:
«Suplico humildemente á vuestra Magcstad tenga memoria, si conviniere á vuestro Real servicio, de mandarme sacar desta tierra, por las razones que en otras he referido».
MORGA se sentía descentrado: el medio social de Manila, com puesto de aventureros, mercaderes y frailes que todo lo querían para sí; donde el principio de autoridad era un mito y las órdenes del Rey papel mojado, ese medio social no era el más propio para que en él viviera de buena gana un hombre del talento y las virtudes cívicas de DON ANTONIO DE MORGA.
Muy poco después, á 30 de Junio del mismo año de 1597, volvía el DOCTOR á escribir al Rey(36), carta breve, contraída principalmente á dos noticias: el martirio de seis frailes franciscanos y algunos de sus adeptos en el Japón (martirio en el cual, según el comunicante, influyó la política de los jesuítas, que querían monopolizar la conversión), y el desastre de la nao San Felipe (en la que MORGA había venido desde Acapulco á Cavite), desbalijada por los japoneses en uno de sus puertos. MORGA, naturalmente, censura con crudeza estos hechos y califica de «bárbaro» al célebre Taikosama. y casi al final de la carta, como ya había intervenido en los asuntos administrativos del país con el rigor que debe suponerse, escribe : «No me faltan émulos, porque se acude por mi parte, como soy obligado, al servicio de Vuestra Magestad: no me da esto pena, pues la verdad ha de prevalecer.» Y concluye reiterando su deseo de salir del país, pero esta vez sin las ansias de que daba señales en las anteriores; dice tan sólo: «Yo quedo aqui muy presto paraser vir á Vuestra Magestad... y si conviniere mi salida de aqui, y Vuestra Magestad se sirviese de ello, lo tendría á muy gran merced...»
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36 Véase el número 4 del APÓNOICE.
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Nótese que ya no suplica con encarecimiento que se le saque de Filipinas; se limita á decir que si su salida conviene á S. M., lo tendría á «gran merced». ¿Es que comenzaba á tomar la tierra? Ya se verá que no, pues que en 1598 vuelve á solicitar que se le saque, pero ascendido para México ó para el Perú.
Por lo demás, y en lo que atañe á los émulos, Tello lo confirma oficialmente en carta á S. M. fechada unos días antes que la de MORGA; entre otras cosas, el Gobernador le escribía al Rey(37):
«El Dr. Don Antonio de MORGA, Theniente general en este Rey no, sirve á vuestra Magestad en él con mucho quidado y deligencia; y por hacer justicia ha tenido y tiene émulos, que como por otras tengo escripto á V. M.; aunque aqui ay gente onrrada y que acuden al servicio de Vuestra Magestad, ay otros indómitos y mal intencionados que son muy perniciosos en la república y algunos de llos boy castigando y otros les boy haciendo averiguaciones de su mal vivir, y en todo se hará» [¿justicia?].
¡Quién sabe! Pero hasta es muy probable que la corta prisión que sufrieron D. Luis Pérez Dasmariñas y el general D. Matías de Lan decho, decretadas por el Gobernador, la inspirase MORGA, así como el procesamiento de los mismos, por cuanto fueron ambos los en cargados de aprestar y aderezar el navio San Felipe, que á causa de ciertas averías que experimentó navegando vióse obligado á arribar al Japón, y ya queda escrito lo que le ocurriera al San Felipe, que fué desbalijado por los japoneses del millón y medio de pesos que en mercaderías llevaba á Nueva España. Ea perdida de dicho barco produjo verdadera consternación en la Colonia, cuyos ahorros consagraba al comercio. Pero nada se pudo probar en contra de los procesados, y éstos fueron absueltos y puestos en libertad. Ellos seguramente serían los primeros en lamentar lo acaecido. Por otra parte, y para que vaya obteniéndose la razón de los émulos, ya en otro lugar se ha consignado(38) que Tello, el día I° de aquel año de 1597, tuvo preso á todo el Ayuntamiento de Manila, cuyos miembros verían en MORGA al instigador, como tal vez lo vies sen asimismo los dominicos y los religiosos en general cuando Tello, para poner un correctivo á los excesos palabreros de fray Diego de Soria, decretó la prisión y destierro de este fraile. Al fin MORGA era la única representación técnica de la Justicia, y esto daba
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37 Carta del Gobernador de Filipinas D. Francisco Tello á S. M.: Mani la, 15 de Junio de 1597: Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 18; documento número 97 del índice 5.°
38 Véase la nota número 94 de las que siguen al APÉNDICE ; pág. 443.
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motivo más que sobrado para que los díscolos y los avezados á hacer cuanto les venía en gana no le mirasen con buenos ojos. Tello y MORGA marchaban de acuerdo en muchas cosas, pero no en todas, y entre éstas merece citarse lo relativo á ciertas andanzas por el exterior, de las que el Gobernador, influido por los militares y frailes aventureros, se mostraba partidario, y así le vemos mani festar al Rey, en 30 de Abril de 1597, que si se le daban 30.OOO pesos y 500 hombres se comprometía á hacer la conquista de la Cochinchina ó de Sian:. MORGA veía con gusto, á fuer de buen ca tólico, que la F e se difundiera por el Extremo Oriente; pero no veía con agrado que teniendo dentro de casa mucho que hacer todavía, y que atender al Maluco, se distrajesen los pocos hombres útiles de guerra en expediciones de conquista sumamente inciertas. A buena verdad, no dejaba de ser un sueño que con un puñado de hombres y una base de operaciones (Manila) algo endeble, se intentara la anexión por las armas de una ó más naciones del continente asiá tico. La mejor prueba de que dentro de la propia casa aún quedaba bastante por hacer, tenérnosla en la tercera carta que aquel año de 1597 dirigió MORGA á S. M., el día 3 de Julio ^', dándole cuenta de un feliz suceso de nuestras armas en Mindanao; pero no sin deja r de notar la complicidad que con los buhayenes tenían los terrenates. MORGA creía de buena fe que, después de tal victoria, todo quedaba arreglado. Desgraciadamente, el problema de la rebeldía de Mindanao duró siglos enteros.
Por entonces sabíase ya en Manila el restablecimiento de la Audiencia. Es extraño que MORGA no aluda á esto en ninguna de sus tres cartas mencionadas, únicas que, según nuestra cuenta, escribió á S. M. durante el año de 1597; y es extraño, porque ai ñn se realizaba ésta por él tan deseada mejora. Que se sabía en Manila, lo acredita un fragmento de la carta de Tello de 15 de Junio citada (núm. 97 del índice 5-°), que dice así:—«Beso los pies á vuestra Magestad por la merced que a hecho á este Reyno y á mi en particular (que sería Presidente) de que venga Audiencia. Real, aqui cossa muy necesaria para este Gobierno, y aunque hasta ahora no he visto cédula ni carta de V. M., tengo la del oydor don Antonio [de Rivera] Maldonado, que me lo escrive, y de otras personas.»— La Audiencia estaba, en efecto, restablecida desde Noviembre de 1595; y con fecha 28 del citado mes y año, el Rey había expedido la siguiente cédula :
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39 Véase el número 5 del APÉNDICE.
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«EL REY.—Por quanto yo he acordado y provcydo (jiio se buclba á poner audiencia en la ciudad de I\Ianiia de las ysins l'hilipinas y nombrado por oydores della álos licenciados don Antonio de Kiuera Maldonado, doctor Antonio de MORGA, licenciado Cristouai Thellez de Almagao *" y licenciado Albaro Rodrigucz (Jambrano, y podía ser que entre ellos hubiese duda y que se ofreciese diferencia sobre los lugares y Presidencia, y por que .se cscuse y cada yno sepa el que le toca, por la presente declaro : quiero y es mi voluntad que tengan y gozen de sus antigüedades en la forma que aqui ban nonbrados. Fecha en el Pardo á veinte y seys de nouiembre de mili y quinientos y nouenta y cinco años.—Yo EL RF.V» *'.
Y por lo que toca al nombramiento de MORGA, la Real cédula fué extendida en estos términos *^ «DON PHELIPE, etc.—Por quanto entendiendo que ansí cumple á mi seruicio y á la execucion de mi justicia, e acordado de mandar boluer á formar y poner audiencia y chancilleria en la ciudad de Manila de la ysla de Luzon, cabeza y la mas principal de las yslas Philipinas en el archipiélago de la China, como ya otra vez la hubo, y por algunas caussas y razones que entonces se consideraron la mande quitar; y acatando á lo que vos el dotor Antonio de MORGA theniente general de las dichas yslas, me abeys seruido, y á vues tra suficiencia y buenas letKis, y esperando que la continuareys, e tenido por bien de elegiros, como por la presente os elijo y nom bro por vno de los oydores de la dicha audiencia, y quiero que como tal por el tiempo que mi voluntad fuere esteys y rresidays en ella con mi Presidente y los demás oydores, y vseys el dicho cargo en los cassos y cossas á él anexos y concernientes, según y de la manera que lo vsan y deuen vsar los otros mis oydores de mis audiencias y chancillerias destos Reynos 3^ de las Indias, guar dando-las ordenanzas que para la dicha audiencia he mandado ha zer, y por esta mi carta mando á los dichos mi Presidente y demás oydores de la dicha audiencia que luego como se la mostraredes tomen y resciuan de vos el dicho doctor Antonio de MORGA el jura mento y con la solemnidad que en tal caso se acostumbra y debeys hazer, y hauiendole hecho os ayan y rescivan y tengan por tal mi oydor... Dada en el Pardo á 26 de nouiembre de 1595.—Yo EL REY.»
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40 En las historias de Filipinas se le llama Téllez de Almansa; en los mu chos documentos oficiales que hemos registrado, en todos ellos (menos uno) este oidor se llama de apellido Téllez de Almazdn, y no de Almansa.
41 Archivo de Indias: est. 105, caj. 2, leg. 11; lib. 2, fol. 107.
42 Archivo de Indias: est. 105, caj. 2, leg. 11; lib. 2, fol. 103.
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Como no tardaremos en ver, á MORGA le contrarió sobremanera el que se le designase el segundo en antigüedad, en vez del pri mero, que era la categoría que él creía que le correspondía en rigor. Por Abril del año siguiente de 1598, esto es, poco antes de que á Manila llegasen las provisiones reales relativas al negocio de la Audiencia, MORGA solicitó, y obtuvo, hacer una información sobre los servicios que llevaba prestados desde que salió de España. Fili pinas se le venía encima; considerábase postergado, y ansiaba á toda costa mejorar de posición; bien es cierto que tal ansia justifi cábala su situación económica, agravada por las obligaciones de familia. Aquella D.'' Juana de Briviesca Muñatones era áe. una fecun didad de coneja: tras de un chico, otro, y luego otro; uno por año. Á mediados de IS95 llegó con tres á Manila, y á mediados de 1598 ya tenía la buena señora seis, amén de los dos que había dejado en •el viaje, y otros dos en España... y los que, sin duda, se le habían muerto en la Península, Del estado de ánimo de MORGA, de sus apuros y de sus anhelos, dábale al Rey una idea en la breve carta que á I.° de Julio de 1598 le escribió, al tiempo que le remitía la información aludida'*'. Después de recordarle la fecha en que salió •de Cádiz y la estada que tuvo que hacer en México, donde prestó algunos servicios á requerimiento del Virrey, MORGA escribe :
«Llegue [á Filipinas] por Junio de 95 con los riesgos, trabajos é incomodidades que de tan largos viages se pueden entender, en que ^aste mas de trece mili pessos sin haver rescivido cosa alguna por via de ayuda de costa ni salario hasta que entre cobrando el de mi -officio, en el qual después acá he procedido con la limpieza, qui•dado y rectitud que e podido, deseando lo que mis fuergas an alean gado el servicio de vuestra Magestad; hallóme tan pobre que no tengo genero de caudal ni hazíenda con que remediar seis hijos que aqui tengo sin otros dos que deje quando vine en esos reynos [de España], y el salario que V. M. me da con la plaza de Oydor de -esta Audiencia de dos mili pessos de minas por año, no es bastante para sustentarse en esta Ciudad, según el estado y precio que las cosas hoy dia en ella tienen, quanto mas para poder ahorrar de él alguna parte, siquiera para el gasto del camino quando vuestra Magestad se sirviere de mandarme salir destas yslas, como todo constara en la ynformacion sobre ello hecha ante el Governador de estas yslas que envió á vuestra Magestad.»—Y remacha el clavo con esta añadidura:
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43 Carta é información hállanse en el Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 18; documento núm. 122 del índice 5.°
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«Á vuestra Magestad suplico muy humildemente sea servido (ie hacerme merced de mandar promover mi persona d ¿a Real AucUmcia de México, en la Nticva España, o d la de los Reya, en el Firu, donde serviré á vuesta Magestad con el animo que siempre y con alguna mas comodidad de mi casa y hijos y del remedio dellos, que aqui no pueden tener alguno por la cortedad de la tierra, y que en el entretanto se me acrescente el dicho salario ó se me haga algún buen socorro por via de alivio de costa, pues no tengo otro remedio ni amparo que el de vuestra Magestad, y le espero cumplida merced, como de mi Rey y señor que porná los ojos piadosamente en esta causa de un mínimo y humilde criado que esta sirviendo á V. Magestad cinco mili leguas de vuestra Real persona.» Para colmo de males, aquel mismo año de 1598 murió Felipe II, el cual, seguramente, por lo mismo que conocía á MORGA, no hu biera tardado en recompensarle. ¡Bien lo merecía el ilustre DOCTOR !

Porque los servicios desde su salida
los siguientes puntos
despaho de toda el Armada y se hizo á la bela con ella y con muchos pasageros y religiosos en dos galeones, San Phelipe y Sanctiago, en el puerto de Acapulco á veynte y dos de margo de nouenta y cin co, y á once de junio del mismo año metió el armada y gente en el puerto de Cavite destas yslas en salvamento y buen viage»... 5.° Si saben que desde la salida de Cádiz hasta la llegada á Filipinas, el DOCTOR no recibió salario ni ayuda... y si «saven y vie ron los testigos que se gasto de su patrimonio y hazienda doce mil pessos, antes mas que menos, hasta entrar en estas yslas y no fue gasto excesivo para los muchos gastos, rodeos y ocupaciones que tuvo hasta llegar á ellas».
6.° Si saben... «que después que entró en estas yslas ha usado su officio y lo exerge rectamente, y como buen juez y como es obli gado... procurando se excussen delitos, y que se castigue los que a ávido á satisffacion destas yslas, y sin nota y escándalo que le aya ávido ni aya en ellas de su vida y costumbres y proceder».
7-° Si saben... «que en los negocios de govierno y guerra que se an ofrecido en estas ylsas... siempre a acgedido á todo lo de sus offigios, advirtiendo y procurando... el buen acertamiento de las cossas, y a tratado dellas con todo quidado y buen celo... sin remuneración alguna, como buen soldado y regente ministro de la guerra, con entera satisfagion desta república».
8.° Si saben... «que por los dichos officios de justicia y govierno y guerra que exerce... lleva y tira dos mili pessos de oro de minas [2000 ducados] de salario en cada un año, los cuales llevava el licenciado Pedro de Rojas..., en solos los casos de justicia, sin que tenga otro salario, ayuda de costa ni aprovechamiento alguno, ni haya tenido ni tenga el dicho doctor MORGA en estas yslas ningunas grangerias, contrataciones ni inteligencias con que se entretener mas que el dicho su salario».
9.° Si saben... que teniendo en cuenta la calidad de la persona de MORGA, SU mucha familia y el alto precio que han alcanzado los víveres, el salario de 2.000 pesos es muy moderado... «lo qual es causa de que el dicho Doctor MORGA este, como publico esta, muy pobre y necesitado».
10. «Ytem. De publica voz y fama, Doctor Antonio de MORGA.» Tales fueron los puntos de la información; veamos ahora quiénes fueron los testigos, todos ellos de calidad, ciertamente.

I. Bartolomé Rodríguez, residente en Manila, de 30 años; vino de España al servicio personal de MORGA, á quien conocía de tiempo atrás.—2. Domingo de Zaraspe, escribano de Hacienda por S. M. en Filipinas, de 36 aíios; desde Madrid hizo el viaje en compañía de MORGA.—3. Pedro de Solís, alférez, residente en Manila, de 28 años; vino desde Castilla con el DR. MORGA.—4. Francisco Mercado de Andrade, capitán de infantería, antiguo vecino de Manila, de 4 6 años.—5. Diego Muñoz, vecino de Manila, de más de 40 años; había pasado al país con D. Gonzalo Ronquillo, y desempeñado el cargo de Defensor.—6. Juan Ruiz de Oialde, de 25 años, estante en Manila desde la llegada del DR. MORGA, con quien vino desde Nueva España, donde le conoció.—7. Juan de Bustamante, capitán y alguacil mayor de Manila, de 50 años; antiguo residente en el país.—8. Tomé de la Isla Farfán, capitán y alcalde ordinario de Manila, de donde era antiguo vecino, de 46 años.—9. Melchor de Baeza, antiguo vecino de Manila, de 48 años.—lo. Juan Juárez de Gallinato, capitán y sargento mayor del Real campo de Manila, con años de país y más de 40 de edad. (Uno de los militares más bizarros y osados de que dan noticias las historias.)—II. Diego del Cas tillo, capitán y vecino de Manila, de 45 años; llevaba no pocos en el país.—12. Cristóbal de Azcueta, capitán, que fué á Nueva Espa ña de general de la armada que de retorno á Manila llevó á su cargo el DR. MORGA, yendo entonces Azcueta de segundo 6 almirante; de 40 años de edad y algunos en Filipinas.—13. Juan Páez de So tomayor, residente eñ Manila, adonde llegó poco antes que el DOC TOR; de 28 años.—14. Antonio de Cañedo, capitán y antiguo vecino de Manila; de más de 40 años.
Todos catorce respondieron en los términos más favorables para MORGA. Pero no basta que así se diga; bien será trasuntar algunos fragmentos de lo que dijeron, entre otras razones, porque no deja de haber datos curiosos.
I. Por lo que toca á la primera pregunta, los que no conocían á MORGA desde antes que embarcara para Filipinas, conocíanle de Manila. ^Cómo no, si todos los declarantes vivían de asiento en dicha ciudad, y en ésta era MORGA la persona de mayor relieve después •del Gobernador.?
II. Por lo que toca á la segunda, son testigos de calidad los que le acompañaron desde España y los que en México le conocieron. Descartado Bartolomé Rodríguez, que por haber ido al servicio del DOCTOR nada podía decir que no fuese favorable, óigase á otros : Domingo de Zaraspe dice que llegado MORGA á Santa Marta, «ally le fue forgoso buscar y fletar navio para San Jhoan de Olua, donde este testigo save que gasto mucha suma de dineros, asi en pagar los fletes del galeón en que vino hasta Santa Marta, como en el otro que fletó»... todo lo cual lo sabe el testigo «por haber venido en su compañía desde la villa de Madrid». Y en términos análogos se ex presó Pedro Solís, que desde Castilla hasta Filipinas estuvo siempre al lado del DR. ANTONIO DE MORGA.
III. Por lo que toca á la tercera, el escribano Domingo de Za raspe asegura que MORGA, por comisión especial del Virrey de Nueva España, entendió en México en varias causas, entre ellas las instruidas contra Sebastián Vizcaíno y consortes y contra el capi tán Sebastián Pérez del Castillo; y «trabajo con mucho cuidado, solicitud y rectitud ; de manera que feneció las dichas causas», sin recibir remuneración de ninguna clase; y el testigo lo sabe «por haver sido su Escribano en parte de las causas». Pedro de Solís, que «todos los dias acudia [en México], como alférez que era de una compañía d*; las que se leuantavan para estas yslas, á casa del doctor», confirma que éste no recibió recompensa por sus trabajos.
IV. Por lo que toca á la cuarta, el citado escribano dijo que «sabe y vido como en la ciudad de México, por el mes de noviembre... de noventa y quatro se empezó á levantar la gente de gue rra de la armada que el Virrey don Luis de Velasco despacho de socorro para estas yslas, y vido como el dicho Doctor Antonio de MORGA usso el officio de Capitán general de dicha armada por su Magestad desde el día que se enarbolaron vanderas y assistio y se ocupo en el despacho della, levanto la infantería y la tuvo á su cargo, corrigiéndola y castigándola sus delitos, y vino en persona desde dicha ciudad de México hasta el puerto de Acapulco con la dicha infantería, teniendo cuidado y vigilancia para que no hiziesen los soldados ausencia, ni á los naturales y españoles agravios y vejaciones, y los trujo con buen govierno y disciplina como cuidadoso General, acudiendo á las necesidades de los que las tenian y remediándolas; y en el dicho puerto se hizo á la vela con la dicha gente y muchos pasageros... En la navegación hizo que se instruyesen y habilitasen la gente de guerra, para que estuviesen aviles en las armas y milicia quando llegasen á estas yslas».,. Por el estilo, expresáronse el alférez Solís y el capitán Azcueta. Éste explica la razón de que su reuniera la tropa consabida, diciendo : que habiendo él llegado de Filipinas á Nueva España, en 1594, por general de las naos, «acudió luego á pedir en nombre desta Ciudad [de Manila] y con poder que de ella llevaba la socorriese dé gente de guerra y pertrechos de guerra contra el enemigo xapon», de lo que provino la orden del Virrey para levantar fuerzas, y que MORGA corriese, como corrió, con todo este negocio desinteresadamente.
V. Por lo que toca á la quinta, la declaración más interesante es la de Diego Muñoz, el cual, al tratar de los gastos del viaje de España á Filipinas, asegura que «son de mucha costa, por valer las cosas á muy excesivos precios, y no se hallan; y un hombre solo gasta mucha cantidad de pessos de oro en el dicho viage, porque vale una gallina dos ducados y todo lo demás á este tono, y las embarcaciones con muy excesivos fletes; y trayendo como truxo el Doctor su casa, muger é hijos por las dichas partes y lugares, sin duda ninguna gastaría mucho mas de lo que la pregunta refiere».
VI. Por lo que toca á la sexta, las declaraciones son á cuál m^s interesantes. El ya nombrado Diego Muñoz, viejo en el país, que por su posición independiente no estaba muy obligado, dice de MORGA que «a ussado y ejercitado el dicho su officio como muy buen juez, con mucha rectitud y experiencia y cristiandad, como debe y es obligado, haziendo justicia á las partes con mucha asistencia y hordinarias audiencias, y tan cuotidiano trabaxo, que otro ninguno antes del lo ha tenido, tratando á todos los negociantes con mucha afabilidad y suavidad, sin les hazer agravio ni injusticia, ni tener odios, rencores ni parcialidades, ni admitir ruegos, dadivas ni cohechos, ni amistades para dejar de hazer justicia á las partes ; viviendo en todo limpia y honestamente, sin hacer injuria á nadie, procu rando con todo quidado evitar los escándalos y delitos y el castigo de los que an sucedido con mucha satisfacion de la tierra, sin aver dado de su parte en ella ninguna nota ni escándalo, antes toda ella esta satisfecha de su buen proceder y costumbres, y del gelo bueno que en todas las cossas tiene; y esto es tan publico, que nadie pue de ignorarlo»... Abundando en las mismas ideas, el capitán Gallinato hace esta observación : «tiene este testigo por espiriencia visto que al que es mas su amigo [de MORGA], quando ante 61 se trata pleyto, lo juzga con mucho rigor y rectitud, quitando toda sospecha que pueda aver de lo contrario.» El capitán Azcueta añade : «a procedido en los tales negocios con toda rectitud y prudencia, ha ciéndoles justicia [á las partes], sin moverse á hacerles pesadumbre, pudiendo hacérsela como Theniente general sin que nadie le fuese á la mano, por lo qual esta en muy buena reputación, y a convencido á los que le deseaban mal, dándoles á entender su buen pecho y cristiandad; y este testigo es uno de ellos con quien esto a sucedido; y save y a visto que es tan rrecatado en el llevar cohe chos, ni presentes ni dadivas, que nunca las a llevado á nadie, por que este testigo le hizo en México algunos presentes, y no los quiso recibir en manera alguna, aunque ally pudiera recibillos.»
VIL Por lo que toca á la séptima, óigase á los hombres de ar mas; ni uno solo deja de expresarse con el mayor entusiasmo. El bravo Gallinato dice al respecto «que siempre a acudido el dicho Doctor MORGA á los negocios de govierno y guerra que le an tocado con mucho quidado y diligencia y buen gelo del servicio de Dios y de su Magestad y bien de la tierra, sin moverle otros res petos ni yntereses particulares, y con este testigo, como capitán de de ynfanteria y sargento mayor deste Real campo, en publico y en secreto ha tratado y conferido muchas cossas ymportantes y convenientes al bien y conservación destas yslas, y lo mesmo le a visto tratar é proponer ante el Governador destas yslas, ansi en los consejos de guerra como en otras ocasiones que se an ofrecido; y que quando las a ofrecido de revatos y armas, listas y reseñas y alardes, que es muy ordinario, le a visto acudir á ellas con mucha presteza y diligencia, con las armas á cuestas, mostrando con todo aver sido y ser muy quidadoso soldado y diligente ministro de la guerra, de que toda la república a tenido y tiene entera satisfagion». El capitán Azcueta, observa que cuando MORGA llegó á Manila estaba la tierra «con mucha necesidad de una persona tal como la del dicho Doctor MORGA para el buen acertamiento de las cossas, y á falta dellas se pudieron perder muchas de ymportancia, y con su llegada se concertaron y asentaron todas». El capitán Francisco Mercado de Andrade, antiguo en el país, declara á su vez que «en los consejos de guerra que se an hecho, en que este testigo se a hallado como capitán de ynfanteria, le ha visto [á MORGA] hagér proposiciones muy buenas y acertadas, á satisfacion de todos, sin tener en ellas ynteres ni respeto alguno mas del bien y aumento de la tierra, y cuando se han offrecido armas y rrebatos... le a visto este testigo acudir el primero de todos... con sus armas á cuestas». El capitán y alguacil mayor Juan de Bustamante confiesa que «fue muy acertada la provisión que el Rey nuestro señor hizo en la per sona del dicho Doctor para las cossas de govierno y guerra de estas yslas, porque al tiempo que llegó á estas yslas estaba governando Don Luis Pérez Dasmariñas, que por ser mogo pudiera errar en muchas cossas ymportantes de las que se oífrecieren, y, con la compañía y assistencia del dicho Doctor MORGA, se acertaron y compusieron muy bien y á mucha satisfacion de todos, acudiendo el susodicho personalmente á todas ellas con mucho quidado y dili gencia y buen zelo del servicio»...
VIH. Por lo que toca á la octava, todos reconocen que el suel do de dos mil ducados es insuficiente, dando á entender de paso que no es equitativo. Ese mismo sueldo, en efecto, ganaba el licenciado Rojas, que sólo entendía en las cosas de justicia: siendo así que MORGA tenía doble cargo, por cuanto entendía en las de guerra además, parecía lógico que se le aumentase la i)aga, mayormente teniendo en consideración su numerosa familia, los grandes gastos que había hecho y lo muy caro que estaba ya todo.
IX. Por lo que toca á la novena, relacionada cotí la anterior, los declarantes no ocultan que MORGA es hombre modesto, sin vicios, trabajador y virtuoso; no obstante lo cual, no puede vivir, dadas sus grandes necesidades y la calidad de su persona, con el menguado salario de dos mil pesos de minas. El antiguo vecino Diego MuiTioz afirma que MORGA «esta el dia de hoy muy pobre y necesitado, aunque es en sus gastos muy moderado y templado y no es jugador ni desperdiciado, ni lo puede ser con las muchas ocupaciones que con su officio tiene, que no le dan lugar en todo el dia tener una ora desocupada para ello, según los muchos negocios y caussas que aquí ocurren».
X. Y por lo que toca á la décima, es confirmación de todo lo declarado en las nueve antecedentes.

Pero MORGA no se contentaba con servir al Rey y al país en los términos que tan detalladamente quedan expuestos ; aunque con enorme trabajo sobre sí, todavía hallaba tiempo para estudiar á lo hondo las cosas de la tierra, sus necesidades y medios de remediar las, de lo que dio señal en la Relación que, fechada en Manila á 8 de Junio de aquel año de 1598, envió á Su Majestad**; trabajo con cienzudo, sin rival en la documentación oficial de aquellos tiempos. Se diría que esos l6 o capítulos son l6 o versículos de obra sagrada : no puede pedirse una concisión mayor. Esos l6 o capítulos van re partidos bajo los epígrafes: [i] Doctrina, y los que la administran d losyndios.— [a] Jueces eclesiásticos y perlados.— [m] Goviemo secu lar.—[iv] Lo qtie toca á la guerra.— [v] Lo que es la justicia.— [VI] Encomenderos. — [vii] Hacienda Real. —\ym\ La navegación de España,—No se sabe qué parte de estas es la mejor; porque en to das MORGA pone á contribución las dotes de su nada común talento y de su nada vulgar cultura, sin contar la voluntad, que se ve constantemente á la devoción del Rey y de los naturales del país. ¡Lás tima que Felipe II no hubiera podido leer esta admirable Relación de MORGA ! Probablemente habría hecho todo lo posible por acudir á remediar tantos males, á lo que no acertó siempre su hijo Felípe III,
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44 Véase el número 6 del APÉNDICE.
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el cual miró por lo común lo de Filipinas con cierto desvío, y aun en ocasiones con repulsión. Mas viniendo al escrito de MORGA, de análisis de los problemas del país, así en lo religioso como en lo económico, lo militar, lo so cial, etc., ¿qué decir de lo que escribe de los misioneros? Jugadores, negociantes, deshonestos, inhumanos... La pintura es de tanto ma yor valor, cuanto que el que la hace, sobre ser un hombre de sin gulares prendas morales, era la primera capacidad del país, y sin disputa el de ilustración más variada. Ahí se ve, leyendo esta Memoria (que diríamos hoy) de MORGA, cómo las corporaciones religiosas habían desnaturalizado su misión sacrosanta, cosa que después de todo no constituye una novedad para el historiógrafo, por que está plenamente confirmada aun en papeles escritos por hombres que vestían hábitos. Los agustinos, sobre todo, habían llegado á un grado de desmoralización verdaderamente triste, sin que esto sea decir que entre ellos, como en las demás corporaciones, no hubiera sujetos virtuosos : ahí está fray Alonso de Vico, con su carta al obispo Benavides, dándole cuenta de lo relajada que está la Orden de San Agustín ''^, es decir, ¡su propia orden ! Todo este trabajo de MORGA resulta abrumador para la gestión de Tello y la de Don Luis Pérez Dasmariñas, durante cuyo mando, por haberse entregado en absoluto á los frailes, decayó considerablemente la Administración pública filipina. Es dicha Memoria, repetimos, un documento de excepcional importancia, pero sobre todo porque da una idea muy cabal del desbarajuste á la sazón imperante. Preciso es reconocer que debieron los españoles caerles en gracia á los filipinos, porque, á la verdad, de otro modo no se explica cómo ellos no intentaron una nueva sublevación. Y nótese, finalmente, cuánto se interesa por los naturales del país el DR. ANTONIO DE MORGA, no sólo á impulsos de su rectitud de conciencia, sino por interpretar con fidelidad los deseos del Monarca.
Sobre la alocada conducta de D. Juan Ronquillo en Mindanao, que desamparando la isla cuando tan bien marchaban las cosas causó con ello un daño incalculable, tanto á la dominación española como á la tranquilidad de los filipinos, pues que á partir de entonces, crecidos los moros., reanudaron sus antiguas piraterías por las costas de Luzón y de Bisayas, MORGA escribió una muy razonable
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45 Archivo de Indias: documento núm. 3 del índice 6.°; corre unido á la carta que con fecha 26 de Junio de 1598 escribió Benavides á S. M.; y ambas se hallan en el estante 68, cajón i.°, legajo 34 de dicho Archivo.—La carta del P. Vico queda reproducida en las NOTAS; págs. 436-437.
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carta á S. M., á l° de Julio de 1598(46) que dice bien claramente cómo aquel capitán faltó á sus deberes. Y otra carta más aún, sobre el mismo sujeto, á 3 1 del mismo mes *\ por la que se ve que Ronquillo había venido cobrando un sueldo al que en justi cia no tenía el menor derecho. MORGA era inexorable ; no le arre draba crearse enemigos, y no fueron pocos los que se creó al fin, precisamente por cumplir estrictamente con su deber. Casi casi puede decirse que por entonces era el único elemento calificado de la Colonia que atendía con todo género de escrúpulos al servicio de su Majestad. Ronquillo, en libertad á pesar de su fuga de Minda nao, sobre que seguía cobrando el sueldo de General de unas gale ras que no existían, cobró, á despecho, de MORGA, el de Alguacil mayor de la Audiencia, recién restablecida, y de la que MORGA vino á ser el oidor más antiguo por no haber llegado aún al país el licen ciado Antonio de Rivera Maldonado, que poco más tarde le des hancó y proporcionó algunas desazones. Y para aumento de males, MORGA no tardó en crearse un nuevo enemigo de consideración : el factor Francisco de las Misas. Pero, iqué remedio!, MORGA se había quejado al Rey del desbarajuste burocrático, y nada más natural que diera cumplimiento á la Real cédula por la cual se le comisionaba para visitar,al mencionado factor *^; después de todo, este nuevo enemigo, aunque por tabla, se lo había proporcionado á sí mismo el propio MORGA.

El 8 de Junio de aquel año de 1598 quedó fundada la nueva Audiencia, tan deseada por MORGA. Quedó constituida así: Presidente, D. Francisco Tello, Gobernador de las Islas; Oidores : el DOCTOR A N TONIO DE MORGA y los licenciados Cristóbal Téllez de Almazán y Alvaro Rodríguez Zambrano, y Fiscal, el licenciado Jerónimo de Salazar. El cuarto oidor, licenciado Antonio de Rivera Maldonado, á quien el Rey había designado como el más antiguo, no vino con sus compañeros, llegados todos al país en Mayo anterior, y, por consiguiente, MORGA quedó posesionado como el más antiguo de entre los de su clase. Con el restablecimiento de la Audiencia des apareció el cargo de Teniente general. MORGA, que hasta entonces había mantenido un diplomático ten con ten con el Gobernador, temió un rompimiento con éste así que la Chancillería comenzó á funcionar, no obstante que él ponía de su parte lo posible para «no venir en rompimiento»; pero es que Tello, tan desaprensivo como autoritario y caprichoso, no parece sino que desde los primeros días buscó el choque con los oidores. Por de pronto, al Fiscal le puso un billete desabrido diciéndole que había ordenado que no se diese ningún papel de gobierno sin mandato expreso del Goberna dor, y advirtiéndole de paso que «aunque tiene trazas de muy blando, no lo es» *', con otras genialidades parecidas, aunque ningu na mayor que la que cometía presentándose medio desnudo en estrados, de lo que la Audiencia no tardó en quejarse á su Majesta d '°. MORGA previo que las cosas no podían ir por buen ca mino, y así se lo expresaba al Virrey de Nueva España en carta fechada á I." de Julio de dicho año, diciéndole :

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46 Véase el número 7 del APÉNDICE.
47 Véase el número 8 de l APÉNDICE.
48 «El Rey.—Dr. Antonio de MORGA, mi oydor de mi Audiencia Real de las Yslas Philipinas, he sido informado, que Frascisco de las Missas, factor de mi Real hacienda de essas Yslas, no procede con la satisfacion que es obligado en el vso y exercicio de su oñicio, de que resultan á mi hazienda los fraudes y daños contenidos en la relación que se os embiara con esta; y por que conuiene á mi seruicio que se entienda si es verdad lo que en ella se re fiere ó lo que a passado y passa cerca dello, y que se castiguen semejantes desordenes para que cesen y se escusen adelante, os mando que luego que resciuais esta mi cédula visitéis al dicho Francisco de las Misas, haziendo todas las aueriguaciones y diligencias nescesarias cerca de 1" suso dicho con la destreza y cuydado que conuiene para entender y aueriguar la uerdad; y hauiendole hecho los cargos que resultaren dellas y resciuido sus descargos y prouydo lo que conuiniere para restitución de mi hazienda, y que sea enterada de lo que della se ouiere vsupado y tomada para cosas que no sean de íni seruicio y dado la orden que mas conuenga para que se guarde precisamente la que por mi esta dada para el buen recaudo della, procederéis con tra el dicho Francisco de las Missas conforme á justicia, llebando las sentencias que dieredes y pronunciaredes á pura y deuida execucion en quanto a lugar de derecho, otorgando las apelaciones que de ellas se interpusieren para mi Consejo Real dé las Indias y no para otro tribunal ni juez alguno; y mando á cualesquier persona á quien para la aberiguacion de lo susso dicho Uamaredes, que parezcan ante vos y digan y declaren lo que supieren en lo que les preguntaredes, so las penas que de mi parte les pusieredes, que para todo lo suso dicho y cada cossa y parte de ello por la presente, os doy y concedo tan bastante y cumplido poder y comisión como se requiere con sus incidencias y dependencias.—Fecho en San Lorenzo á trece de Junio de mili y quinientos y nouenta y siete años.—YO EL REY.»—Archivo de Indias: est. 105, caj. 2, leg. i; lib. i, fol. 7.
49 Archivo de Indias : doc. núm. 127 del índice 5.°: 67, 6, 18.
50 El 15 de Julio de 1598.—Véase el documento núm. 126 del índice S."» del Archivo de Indias : 67, 6, 18.
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«... y porque la tierra estaba tan fatigada con muchos trabajos, que tenia harta necessidad de remedio tan eficaz como el de la Audiencia, comenzasse á trabajar por lo mas necessario, aunque se an de ofrescer muchas dificultades con el Presidente, que es amigo de su voluntad j> gustos, y en todos los que tiene no está tan compuesto ni ajustado como seria razón y a menester tierra tan nueva. Ya dije á V. S." el año passado lo que se me ofrescia sobre este punto, que lo mismo corre agora, y solo se confia en el remedio que Dios a de ynbiar. Y o he trabajado hasta aqui mas de lo que mis fuergas pro metían para cumplir con mi obligación y no venir en rompimiento con el Gobernador', no se, como e dicho, si toda la Audiencia podrá continuar esto, que aunque se procure mucho por nuestra parte, entendemos a de ser imposible. V. S." por amor de Dios de quenta á su Magestad desta verdad, pues es tan de su servizio» ''. Esto, como se ve, á los veintidós días de fundada la Audiencia. Pocos después, el 15, MORGA volvía á escribir al mismo Virrey : «Las cossas destas yslas están en el estado que en las passadas se dio quenta á V. S.*; trabajos no faltan ni faltaran durando la ocas sion de ellos, que es la misma que hasta aqui, en que no hay me jor a ni enmienda, sino mayor soltura y ynconsideracion, hasta que Dios lo remedie» '*. Pero no fué lo peor que Tello pusiera de su parte lo posible para vivir ladeado con la Audiencia : chocó con el arzobispo Santibáñez, inmediatamente de llegar éste al país (al tiempo que los oidores, en Mayo de 1598), en tales términos, que bien considerado constituyó un bien para el sosiego de la Colonia el que el Arzobispo muriese tan pronto como murió (en Agosto del año de su llegada); porque de haber vivido el Prelado, la guerra ya declarada entrambas auto ridades habría producido el más formidable escándalo. La causa de esta guerra no deja de ser curiosa; véase cómo el propio Arzobispo la refiere, en carta de 26 de Junio de 1598, dirigida al Rey " : «Yo truxe (escribe) conmigo de España un hijo de un sobrino mió, mogo de grande virtud y bondad, sin genero de vicio; y de seando que tomase compañía que fuese de su semejante en lo que es bondad, viniendo en el navio puse los ojos en una hija del Ldo. Tellez de Almanga (sic), oydor que venia para esta R. Audiencia de y. Md., que es muger de mucha honra y bondad, y aviendome parecido que aquello era lo que al mogo convenia mas que otra h^mosur a ni hazienda, descubrí mi deseo á un doctor Theologo
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51 Archivo de Indias: est. 141, caj. i, leg. i.
52 Archivo de Iridias : est. 141, caj. i, leg. i.
53 Carta de Fr. Ignacio de Santibáñez, Arzobispo de Manila, á S. M.: Archivo de Indias: documento núra. 25 del índice 2.°: 68, t, 32.
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que venia en el navio y en compañía del dicho oydór, para que supiese si sus padres gustarían de lo que yo pretendía, y como me dixo gustavan dello, pero que el padre reparava en que no tenia licencia de V. Md. para casar sus hijas, me pareció que como ella se casase sin sabiduria de su padre, quedaría libre de la pena de la ley; escriví á la dicha dongella un billete en que pretendía saber su vo luntad sin auer en él cosa que pudiesse ofender á nadie, dándole quenta de las buenas prendas y qualidades del mogo... Me respondió por escrito que ella estímaua la elección que hazia de su persona, pero que se tratase con su padre; yo le respondí con segundo billete que le agradecía la buena voluntad y que lo trataría.» El Arzobispo conferenció con el padre, y éste dijo que sin licencia del Rey no se atrevía á casar á sus hijas '*. Pero aquél no !e habló una palabra de los billetes, de los cuales supo luego Téllez por su hija. Enterado del negocio el Gobernador, tan pronto como los oidores y el Arzobispo llegaron á Manila, reputando incorrecto el proceder del Prelado, citó á una Junta á los superiores de las corporaciones religiosas, la cual se celebró en el convento de Jesús del Monte, y en ella el Gobernador, sobre pronunciarse contra el Arzobispo casamentero (casamentero, conste, burlando lo que sobre matrimonios de personas calificadas tenía prescrito S. M.), no ocultó que él por su parte escribiría al Rey, dándole cuenta de todo. Los religiosos convocados pusiéronse, naturalmente, de parte del Arzobispo. Y éste, sabedor de la actitud de Tello, ardiendo en ira, dio en desatarse contra el Gobernador en los términos más crudos. «V. Md. (le dice al Rey) no ande inquiriendo en singular vicios de D. Francisco Tello, sino imagínese V. Md. todos los vicios puestos en el ultimo grado que quisiere, y con un letrero que diga : TELLO; que este es su Gobernador de V. Md. en las Philipínas». El Arzobispo concluye : «6¿ á V. Md. conviene que Tello continué, quíteseme d mi». Y esto era nada en relación con lo que en otra carta de dos días antes había dicho el Prelado á S. M.; las mayores injurias contra el Gobernador, acusándole de que «era fama publica que no se le avia escapado muger honrrada» ; le llama «elíogavalo», «tirano», y cien cosas más, y por vía de apotegma escribía: «y esto que digo es cifra para lo que callo». ¿Pero es que cabía decir más.'...
La muerte de Santibáñez puso sordina al antagonismo que á partir de entonces se estableció entre los poderes eclesiástico y civil;
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54 Sia duda pensando en la conveniencia de esta boda, el Ldo. Téllez de Almazán, á poco de hallarse en Manila (el 14 de Julio de 1598), solicitó permiso de S. M. para casar á dos hijas.—Documento núm. 74 del índice 8."
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pero no fué tanta que hasta la Corte no llegase el rumor de aque llastan poco edificantes luchas; porque el Obispo de Nueva Segovia, Fr. Miguel de Benavides, que en Manila estaba, la emprendió también con Tallo, y resultó que en Manila no era posible vivir. ¡No se sabía quién tenía menos bilis!... MORGA, naturalmente, tocaba lías consecuencias : un espíritu tan bien ponderado como lo era el Suyo, sofría lo indecible al considerar que las fuerzas morales de los «lementos directores de la Administración pública, en vez de con sagrarse al mejoramiento de los intereses do las Islas, se malgastabian en mezquindades ruines. Tello, harto de gobierno, pedía aquel año al Rey que le sacase de Filipinas ", y se defendía en otra :arta del año siguiente como podía, dando por supuesto que contra él irían á S. M. quejas de los oidores, especialmente de MOR CA '*, acaso porque tenía el pleno convencimiento de que MORGA no podía ocultar á su soberano la verdad de cuanto en el país acon tecía; nada agradable por cierto : ¡como que por entonces se escri bieron los primeros libelos que en la tierra circularon ! ", cosa de frailes tal vez, dado que los libelos injuriaban á Tello y á otras personas civiles de calidad, entre ellas los oidores de la Audiencia.
La muerte (acaecida el 12 de Marzo de 1599) del Ldo. Zambrano, recargó el trabajo de los magistrados, y por lo tanto el de MORGA. Pero esto era lo de menos. Más importaba aún la mala disposición de las cosas del Maluco, y el anuncio de la probabilidad de que co metiese alguna fechoría cierto corsario «inglés»: lo que obligó á Tello á ordenar que se retirase la poca fuerza que guarnecía ei puerto de La Caldera (Mindanao), con lo que dio motivo para que la piratería malayo-mahometana tuviese más expansión. Y para colmo de colmos, por lo que á MORGA personalmente interesaba, la noticia de que estaba para venir el Ldo. Antonio de Rivera Maldonado, con la categoría de oidor «más antiguo», que le produjo una gran contrariedad. Á su juicio, el más antiguo era él, pues que con tal título se había posesionado '*; y la idea de que le quitasen de ese puesto, sin recordar por lo visto la Real cédula de 26 de No viembre de 1595) qus copiada queda, le inquietó hasta el extremo de que no pudo ocultarlo al Secretario de Indias, D. Juan de Ibarra, á quien escribió el 30 de Julio de 1599 la carta que en otro lugar se reproduce ^^. MORGA insiste en dicha carta, una vez más, en que se Je saque de Manila. De suerte que el restablecimiento de la Audiencia, que tanto había deseado, contribuyó no poco á acentuar sus ansias de marcharse de las Islas.
Pero es que hay que ver la pintura social que en la dicha carta al secretario Ibarra hace MORGA. ¡Toda una confabulación contra él, capitaneada por D. Juan Ronquillo, de la que formaban parte el oidor Téllez de Almazán y el fiscal Salazarl... Es notable el párra fo que consagra á los rodeados, aquella chusma introducida en Filipinas por D. Gonzalo Ronquillo : «Luego que yo entre en esta tierra (dice MORGA) me procuraron reducir á ella (d ¡a chusma aludida), á que no di lugar por parecerme cosa yndecente para un juez, y por esto, y porque _puse la mano en castigar algunos delitos que el dicho Don Juan [Ronquillo] y los suyos cometían, de alguna consideración, me an sido y son poco aficionados, y últimamente por auerse emparentado el fator Francisco de las Missas con el [dicho] Don Juan, acudieron á fauorecerle en la visita que se me cometió, y yo Je he tomado como por otras.» Esta alianza de Juan Ronquillo, Francisco de las Misas y otros sujetos descalificados, fué reforzada con dos hombres de toga, Téllez de Almazán y Salazar, aunque parezca increíble. MORGA añade, con el dolor que es de suponer en un hombre recto y pundonoroso : «Pero lo que mas e sentido es auer visto que el licenciado Tellez Almazán, oidor de esta Audiencia, y el licenciado Salazar, fiscal de ella, se an hecho publicamente tan parciales de estas personas (los citados Misas y Ronquilh),
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chas yslas, asistió á la formación desta dicha Real Audiencia, la qual se fundó en ocho de Junio del año próximo pasado de quinientos y noventa y ocho y enella fué rrecibido por titulo del Rey nuestro señor, en plaza de oydor de la dicha audiencia -^ por mas antiguo della, y como tal, después acá a presidido en la sala acuerdos y demás autos y negocios de la dicha Audiencia, que lo que se há ofrecido, acudiendo continuamente á las audiencias, acuerdos; visitas de cárcel y semanaria en todo el dicho tiempo hasta agora, sin aver fecho falta ni ausencia alguna. Y para que de ello conste, de pedimento del dicho señor doctor Antonio de MORGA, di el presente testimonio en veynte y dos de Junio de mil y quinientos é noventa y nueve años.—En fee dél o qual fize mi signo en testimonio de verdad.—P.° HURTADO DE ESQUIVEL.»— Archivo de Indias: documento núm. S3 del índice 7.°: est. 67, caj. 6, leg. 19. •
59 Véase el número 10 del APÉNDICE.
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que con mucho escándalo y murmuración cié los demás del pueblo asisten y comen y aun duermen en sus casas, particularmente el don Juan Ronquillo, que publica auerse liallado pariente de las hijas del licenciado Almazan» (1)... Y hacia el final de esta interesantísima carta, el prudente MORGA añade : «Yo me voy con todos (los de la Audiencia) á mí paso llano, y disimulo siempre lo que se ofrece, por no romper con la conformidad, á lo menos en lo publico y del sertücio de su Magostad, y asi ¿o procurare siempre.-» ¡Qué cuadro ! El Gobernador contra los prelados y los oidores; la Audiencia contra el Gobernador; eclesiásticos en masa, contra la Audiencia; dentro de la Audiencia, odios profundos de unos á otros ; el cuasi desertor Juan Ronquillo, capitaneando una patulea aventurera que pretende imponerse de cualquier modo á los poderes públicos; el defraudador Francisco de las Misas, protegido por esa patulea y pasando algunas noches en casa del oidor Almazán... \ el Gobernador seduciendo mujeres, y los eclesiásticos abrogándose la jurisdicción Real, y los encomenderos haciendo lo que les viene en talante, y lo mismo los alcaldes; y el que no pensaba en nego cios ó en aventuras por los países vecinos, pidiéndole á Dios que l e sacase cuanto antes de aquella guarida de la desmoralización y del desbarajuste. Cuadros como éste, hacen creer en los milagros: ¿e& que no era milagroso que, en las cii-cunstancias dichas, no sucum biese la soberanía de España en FiHpinas? El secreto del milagro consistía en que el pueblo filipino, en me dio de todo, mejoró de condición social después que los españoles entraron en la tierra. Antes de la llegada de los españoles, casi to dos los hijos del país eran simplemente esclavos: y España abolió la esclavitud. De suerte que la clase popular, por mal que lo pasase con el nuevo régimen, no lo pasaba tan mal como con el antiguo lo había venido pasando. Sin contar con que esa clase, connaturalizada con la servidumbre y el sufrimiento, no era la más apta para sublevarse. Los principales de la tierra no tardaron en asimilarse los vicios de los españoles, y dejaron correr el curso de las co sas, con tanta mayor razón, cuanto que habían perdido la ilimitada autoridad de que hasta entonces habían gozado sobre los plebeyos. La masa común de los filipinos quedó, pues, fácilmente sometida eú, cuerpo y alma á un puñado de españoles. Por \o que á éstos atañe, ¿qué se les podía exigir? «Esta ciudad (decía MORGA en su carta al secretario Ibarra) es pueblo corto y fun dado de personas lo más de pocas prendas, venidos por necesida des y otros trabajos de la Nueva España y otras provincias ; y asi son trabajosos de condición y proceder»,.. ¿Quién había de ir á Filipinas entonces, que no fuese un verdadero desesperado.? Y con gente de esa condición, ¿cuál podía ser el medio social de la Colonia? La inmoralidad y el desbarajuste eran consecuencias legítimas de la lucha por la existencia. El soldado que más, tenía de paga un puñadillo de pesos al año. ¿Qué mucho que á lo mejor asaltasen las casas de los naturales y les quitasen la comida? Hombres jóvenes y solteros casi todos aquellos aventureros, bajo la influencia de un sol abrasador, ¿qué mucho que apeteciesen á las mujeres, y las sedujesen, pero no ya los soldados, sino los propios frailes, hombres al fin, para quienes la responsabilidad moral era un mito ante la irresponsabilidad social con que solían obrar?... Males hubo, en efecto, ¿quién lo duda? Pero los hubo por leyes naturales inexorables. Que pretender que cada español de entonces hubiera sido un bendito, valdría tanto como pretender volver del revés los fundamentos eternos de la Biología y de la Historia.
La visita de MORGA á Francisco de las Misas, el truhán de la época de D. Gonzalo Ronquillo que, aprovechando la debilidad é inexperiencia de D. Luis Pérez Dasmariñas, se transformó, de factor de la Real Hacienda, en un concusionario de los más rapaces, tuvo en Manila extraordinaria resonancia. Comenzó á hacerla nuestro OIDOR á mediados de Mayo de 1598 : Misas le recusó; pero MORGA, asistido del relator Luis Ortiz de Padilla, la llevó adelante. Era Misas amigo y compinche de D. Juan Ronquillo (no mal soldado, pero haragán y vividor); Ronquillo gozaba de gran predicamento entre no pocos de los radicados, y así, la oleada de pasiones que se levantó contra MORGA, fué verdaderamente formidable; y tanto más de temer, cuanto que, como queda ya indicado, Téllez y Salazar se pusieron resueltamente de parte de la chusma, ó lo que es lo mismo, del prevaricador Francisco de las Misas. No se arredró, sin embargo, el DR. MORGA: cumplió su oficio, con grandes trabajos, pero lo cumplió tan á conciencia, que sobre condenar á Francisco de las Misas y reducirle á prisión, dictó unas Ordenanzas que constituyen un documento precioso para la historia de la Legislación de Filipinas. Esas Ordenanzas, fechadas en Manila á I.° de Junio de 1899, hasta ahora por nadie publicadas ^', dadas á los jueces-oficiales de Manila, son el Derecho Administrativo del país codificado. El AUTOR hizo un verdadero esfuerzo de previsión á fin de evitar abusos, fraudes y chanchullos. Los jueces-oficiales eran tres : Factor, Contador y Tesorero;
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60 Véase el número 14 del APÉNDICE.
61 Véase el número 14 del APÉNDICE; págs. 314-333.
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y asombra la complejidad de sus funciones: fuera déla administración de justicia, y ¡a eclesiástica, en todo lo demás entendían esos tres funcionarios, inclusive en la administración de las cosas de Guerra y de Marina. Tenían, pues, ancho campo donde clavar las uñas; y es de ver la serie de meticulosidades que discurrió MORGA para impedir que las clavasen. La fuente de inspiración de tales Ordenanzas hay que buscarla en el proceso instruido contra el mencionado Francisco de las Misas, que duró un año largo, dado que hasta 21 de Julio de 1599 MORGA no pronunció la sentencia; sentencia notable, de la que resultan nada menos que ochenta y un cargos contra el prevaricador, de los cuales cargos sólo fué absuelto de muy pocos. ¡Y pensar que Francisco de las Misas volvió á su oficio, y que fué luego Regidor de la ciudad de Manila y que, en su despecho, puso de su parte cuanto le fué dable para Conseguir el descrédito de MORGA!... Con todo, las Ordenanzas de MORGA refrenaron la inmoralidad administrativa, y así, cuantos elogios se tributen á MORGA y su obra legislativa, nos parecerán escasos. Creemos, no obstante, que á esas Ordenanzas debió seguir un proyecto de reorganización del mecanismo burocrático : apenas se concibe cómo tres hombres podían entender en tantas y tan dife rentes cosas, certificando de todo y teniendo para todo la interven ción de un escribano. El que cumpliera puntualmente su deber, te nía que matarse á trabajar; y el no matarse á trabajar presuponía descuidar más ó menos los servicios. Y pedir en aquellos tiempos un armónico consorcio de virtud y de trabajo era, en verdad, pedir casi gollerías, en tierra coría, insalubre y situada á cinco mil leguas de España...
Vil
El año de 1600 hizo época en la vida de MORGA: estuvo á punto de perecer. Nos referimos á la batalla que libró con el holandés Oliverio Van Noort, tan célebre entre los más célebres piratas de su siglo, por su pericia, por su denuedo y sobre todo por su osadía. El AUTOR relata con mucha exactitud, en el texto de los SUCESOS (capítulo VI), los antecedentes relativos á la presencia de Van Noort en Filipinas (y acerca de los cuales hallará el lector nuevos por menores en los documentos que en otro lugar se insertan ^'), así como lo que hizo el corsario mencionado hasta que se situó en la boca de la bahía de Manila, al olor del dinero y de las mercaderías
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62 Véase el núm. 12 del APÉNDICE, y señaladamente su anexo cuarto.
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que para los españoles no tardarían en llegar de Nueva España y de China. El fundado temor de que el corsario realizara sus inten tos, movió á Tello á adoptar algunas disposiciones, la primera de ellas aprestar una escuadra para irle á la mano al holandés. Para este efecto, desde luego se puso en movimiento el capitán Juan Ronquillo, titulado «General de la mar por S. M.», que se apresuró á ir á Cavite á fin de procurar lo necesario; pero es lo cierto que habiendo vuelto á Manila á los pocos días «á pedir algunas cossas para el dicho despacho [de las embarcaciones], le prendieron» ^', y el Gobernador, de acuerdo con la Audiencia, dictó el 31 de Oc tubre el auto siguiente: «En la ciudad de Manila en treynta y uno de octubre de mil y seisgiéntos años, los señores Presidente y oydores déla Real audiencia y chanciüei'ia de las yslas Philipinas, auiendose juntado, el señor Presidente propuso é hizo sauer á los dichos señores oydores como auiendo tenido nueua de que dos naos estrangeras auian surgido en la baya de Albay fuera del enbocadero destas yslas á diez y seys deste pressente mes y año, luego despacho á los capitanes Pedro de Ar;eo Cobarrubia y Cristóbal de Azqueta con setenta soldados arcabuzeros y mosqueteros por tierra, á donde los dichos nauios estañan, para que hiziesen la defensa y resistengia que la ocasión y tiempo les diese lugar, y mando aprestar y aderegar algunos nauios en el puerto de Cauite con que poder salir á los dichos nauios, y que estando la cossa en este estado, agora á tenido nueua y auiso de que los dichos nauios se auian leuado y salido de la dicha baya de Albay y entrado en el embocadero de Capul y surgido en la ysla de Capul á donde quedauan á veyte y quatro deste presente mes y año y el dicho enemigo según el dijo traya yntento de pasar á esta giudad; y como quiera que sea, asi para rresistirle como para que entre estas yslas no haga los efetos que podría en ellas y en las naos que an de benir en Castilla, conuiene y es necessario salir con breuedad en busca del dicho enemigo y poner cobro á las naos y puerto de Cauite, y según se a entendido por la platica que aora se a tenido con algunos capitanes y personas platicas en presengia de los dichos señores Pressidente y oydores, es necessario armar con breuedad los nauios de alto bordo y otros ligeros que se pudiesen aprestar con que salir á el enemigo, y para que esto se haga y execute por todas las manos con toda diligencia y presigion, ymporta que los dichos señores Pressidente y oydores acudan por
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63 Véase el anexo quinto del número 12 del APÉNDICE.
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SUS personas á este negocio por la ymportancia del juntamente con el dicho señor Pressidente, porque asi se abrcuiara el despacho con el recaudo nescessario, pidió atento á io susodicho se haga y acuerde lo que acerca desto conuiene; y vista la dicha dispusigion, los dichos señores Presidente y oydores acordaron c¡ue el señor Doctor Antonio de MORGA, oydor desta Audiencia, salga luego al puerto de Cauite y assista al despacho y adorei,-o de los navios que ouieren de salir á el dicho enemigo y á poner en defensa el dicho puerto, para lo qual pida lo que fuere nescessario y se le de en la manera que lo proueyere y ordenare, y que el señor ligenciado Tellez Almazan, oidor asi mismo desta audiencia, quede en esta ciudad á lo que fuere nescessario para la defensa della y prouision al dicho puerto de Cauite; y el señor Presidente dize que, como Capitán general, en una parte y en otra asistirá y entenderá asimismo en lo que fuere necesario y el tiempo pidiere, para que con esto se haga toda diligencia possible con la brevedad que conviene.—DON FRAN CISCO TELLO.—DR. ANTONIO DE ÍMORGA.—EL LDO. TKtxEz ALMA ZAN.—Ante mi: PEDRO HURTADO DE ESQUÍVEL» ^.
MORGA se apresuró á trasladarse á Cavite; y no hay que encare cer el calor con que tomó este negocio : en un periquete, como se suele decir, aprestó las embarcaciones necesarias para afrontar á las holandesas que con tan malos designios habían venido á Filipi nas ^'. Las nuestras fueron: el navio San Diego, hecho en Cebú,
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64 Archivo de Indias: doc. núm. 35 de! índice 7.°; est. 67, caj. 6, leg. 19.
65 A bordo de la Concordia, almiranta del enemigo, se halló después de librada la batalla la siguiente patente, por cierto á nombre de otro que no era quien mandaba dicho barco cuando se libró el combate; pues que al tiempo de librarse mandaba la Concordia Lamberto Viezman. La patente de referencia fué reproducida en Manila en los terminos que siguen: «Este es un treslado bien y fielmente sacado de una carta y prouision es crita en pergamino blanco á lo largo y ancho, luminado y con letras de oro el primero renglón, sellada con un sello pendiente de gera colorada del ta maño de una ostia que parege aver librado Mauriijio de Nashau, Principe que se intitula de Orange, para titulo de capitán ó almirante de gierta arma da y refrendada de J. Melander; su tenor de la qual es el que se sigue: tMaurlgio, Principe de Orange, Conde de Nasau, Catzenel Leboghen, Bretz, Marques de la Oem y Flissinge, Gouernador, Capitán General y Almirante de los Estados confederados en Flandes, &.* á todos quautos estas presentes vieren ú oyeren, salud y diiection, &.* »Por quanto para contraher amistades entre algunas naciones y reynos es trangeros, y por otras muchas consideraciones; hemos tenido por bien de erabiar buen numero de nauios con buena orden et recaudo hasta las costas de Asia, África y America y las yslas de la India Oriental á hager sus contra tos y comercio con los subditos y moradores dellas, y porque ha venido á de propiedad particular, que serviría de capitana ; una galizabra de S. M., llamada San Bartolomé, que iría de almiranta ; un patache portugués que á la sazón se hallaba reparándos e en Cavite, y algunos champanes chinos para los servicios auxiliares. Á últimos de no nuestra notitia que los espagnoles et portuguesses se opponen á los subditos de estas prouincias y los estoruan la navigation y commerQÍo en aquellas partes contra todo derecho natural y todos los pueblos y naciones, hemos hallado nescessario de cometer algunos capitanes de valor y experiencia para meter en efteto essa nuestra intention, y siendo muy bien ynformado de la fidelidad y platica de Esaras de Lende, le hemos constituydo capitán de la nao llamada la Concordia de el tamaño de ^inquenta toneles con mandado y cargo muy particular y expresso de yr á buscar las dichas Islas y de resistir, hazer la guerra, offender y dañar quanto pudiere á todos los dichos espagno les y portuguesses y qualesquier otros que le querrán estoruar en su cargo, y de hazer todo lo que demás le sera encargado por el Almirante y Capitán general Olivier van Noordt, y para poder executar essa su comission y car go con tanta mayor facilidad y promptitud, hemosle mandado daceptar tant;t gente que estimara ser necessaria y que por el dicho almirante para ello le sera encargado. A los quales ordenamos y mandamos muy estrictamente de obedecer y respetar al dicho cappitan y de hacer todo lo que por parte del dicho Almirante les encargare y en todo lo demás hará todo quanto un fiel y buen cappitan deue y es obliguado de hazer; excepto todavía que ni el ni alguno de los suyos no se atreuera de hazer mal ó daño á los subditos de la magestad Imperial ni de los Reyes de Francia, Anglatierra, Escocia, Denemarqua, Suecia y Polonia, ni de los Principes del Ihiperio ni á otros quales quiera, siendo amigos de essas prouincias y afigionados á la verdadera Religión Cristiana; supplicamos y requerimos por tanto á todos los dichos Reyesy Principes y qualesquier otras Repúblicas y personas con quien el dicho Esaras de Lende se topare; mandamos también muy espressamente á todosIos almirantes visalmirantes, coronóles, capitanes y otra gente de guerra por mar y por tierra y otras estando debaxo del Gouierno y obediencia dessas prouincias, de conogerle por capitán del dicho nauio y dexarle con lo dichev nauio y gente, no solamente passar, andar y negociar por do quissiere y adonde le fuere nescessario, mas en ello íaborecerle y mostrarle todo fauor y ayuda y asistentia en que rejeuiremos merijed y plazer muy singular, y lo seruiremos en semejantes ocassiones y los nuestros nos harán el seruigio que son obliguados. Fecha á la Haya á doze de mayo año de mili y quinientos y Boucnta y ocho.—MAURICIO DE NASHAU.—Por mandato de su excelencia : J. MELANDER.»
El qual dicho traslado fue sacado según dicho es del dicho título y prouision original que me fue entregado para este efteto por el señor Doctor Antonio de MORGA, oydor de la Real audiencia y chancilleria destas yslas, de cuyo pedimiento se saco y va cierto y verdadero, corregido y concertado en la ciudad de Manila, seis dias del mes de hebrero de mili y seiscientos y un, años, siendo testigo á lo ver, sacar y corregir Hernando Agensio y el alférez Joseph de Naueda y Avarado, Jusepe de Riaño, vezinos desta dicha ciudad. —En testimonio de verdad fize mi signo : JOAN PAEZ DE SOTOMAYOE, escrivano de su Magestad.
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Archivo de Indias : est. 67, caj. 6, leg. 19.

viembre, MORGA lo tenía todo listo, sin contar con que había puesto en defensa, lo mejor posible, el puerto mencionado : en la San Diego 5 capitana montó hasta catorce piezas de artülerfa y en Ja San Bartolomé 6 almiranta, doce ; y ambas quedaron suficientemente dota das de hombres y municiones. Por lo que toca á los liombres, los papeles discrepan; pero no se aventura nada asegurando que su número era unas cuatro veces mayor que el del enemigo : éste no traía arriba de ciento en junto; los españoles pasaban de cuatro cientos ^, sin contar los filipinos y los negros que con los nuestros iban. Los de paga, constituían minoría: MORGA se dio buena traza para alistar á no pocos que se prestaron íí ir voluntariamente. Próximo el momento de quedar dispuesto todo, llegó el de proveer el cargo de General ó Jefe de la expedición; y Tello, cediendo induiablemente á los deseos de MORGA, pero en contra de la opinión del oidor Almazán y de la del fiscal Salazar, proveyólo en D. A N TONIO DE MORGA *': ello es que en el auto correspondiente, exten dido el 1° de Diciembre, no figuran las firmas de los señores de la Audiencia, como lo acredita dicho documento, que el AUTOR repro duce en su obra histórica (pág. Io8) ; y al día siguiente le expidió Título en regla, que decía así:
«Don Felipe, por la gracia de Dios, &.—A vos el Doctor Anto nio de MORGA, oydor de mi Real Audiencia y Chanchilleria que re side en la ciudad de Manila de las mis Islas Filipinas, saved : que aviendo venido y estado de presente en ellas dos navios de alto bordo de yngleses (entonces se los creia ingleses) á rrobar y hazer daño en las dichas Islas, he mandado juntar algunos navios de armada con que salir al dicho enemigo á le resestir y castigar, y aviendo de embiar para esto persona qual combiene para que lleve á su cargo la dicha armada, considerando lo que me aveis servido especialmente en otras ocasiones de la guerra por mar y tierra, y la buena quenta que de todo aveis dado, y questa dicha armada la
*'^ «teniendo la nuesti-a [nao capitana] para cada enemigo quatro españoles, sin yndios y negros, que también ayudauan».—Así en el anexo tercero del núm. 12 del APÉNDICE. «7 ...«el dicho doctor Antonio de MORGA fue por principio de noviembre [á Cavite], y deseando él después yr por Cappitan general d esta jornada, lo pro•curo con el Presidente, el que lo propuso íil licenciado Xpoual Tellez de Almajan deseando fuera por acuerdo de audiencia, y él lo contradijo, y yo después... y secretamente dio el dicho Presidente titulo de Capitán general de la armada al dicho doctor Antonio de MORGA.*—Caita del fiscal Salazar á S. M.: Manila, 16 de Julio de 1601: Archivo de Indias: documento núm. 17 del índice 7.°; est. 67, caj. 6, leg. 19.

aveis aprestado por vuestra persona, y mucha gente de calidad é consideración están aperzebidos para me yr á serbir en ella sin costa de mi Real Hazienda, por vuestra contemplación y solicitud; visto por Don Francisco Tello, cavallero de la borden de Santiago, mi Gobernador y Capitán general de las dichas mis Islas Filipinas y Presidente de la mi Audiencia y Chancilleria que en ella reside, e acordado de os elegir y nombrar, como por la presente os elijo y nombro, por Capitán general de la dicha hazienda y todo genero de navios, gente de mar y guerra y otra qualquiera que en ella fuere en esta dicha jornada para que todo ello este é vaya á vuestro car go é obediencia, y hagáis la dicha jornada en mi servicio, guardando las ordenes é ynstrucion que sobre ello os diere el dicho mi Go vernador y Capitán general que para todo ello os doy poder y fa cultad y comission cumplido, y para conocer de todas las causas y negocios asi civiles como criminales, que en la dicha hazienda se ofrezieren, progediendo en todos ellos jurídicamente, según lo al estilo de la guerra, otorgando las apelaciones que de vuestra sen tencia se ynterpusieran en quanto con derecho devais, para ante quien fueredes hordenado conforme á mis ordenanzas Reales. Y por la presente mando al almirante, capitanes, oficiales, entretenidos, aventureros, soldados, maestres de naos, officiales dellas y toda la demás gente de mar y de guerra os ayan y tengan y regiban por mi Capitán general de la dicha mi hazienda y os sigan mi estan darte y banderas que en ella llevaredes, y os guarden y agan guar dar las honrras y preeminencias al dicho cargo pertenegientes, que y o por la presente desde luego os e por recibido al uso y ejercicio del, y que no bayan en manera ninguna en contrario dello, so las penas en que caen é yncurren los que niegan la obediencia á su Rey y señor...—Fecho en la ciudad de Manila en dos dias del mes de Diziembre de mili y seis cientos años.—D. FRANCISCO TELLO.»

yarse recíprocamente, por instinto de conservación. Y 'I>llo, débil por sí, cedió, como es dicho, á los deseos de MOROA. Ikiscaba éste, en la aventura contra Van Noort, tanto como servir á S. M., un nuevo motivo que alegar para obtener el tan ansiado traslado á México ó al Perú. Filipinas le abrumaba ; había pedido reiteradamente que le sacasen del país, y, no lográndolo, halló en esta em presa una ocasión en que poder añadir un nuevo ser\ic¡o al Rey, el cual, al fin, le recompensaría si en su real ánimo quedaba para MORGA un destello de equidad. Habrá que reconocer que este medio de ganarse el ascenso era sobremanera laudable. Porque MORGA, sobre ^ue no pidió remuneración ninguna (antes se impuso el sacrificio de restar cuatro mil pesos á su desmedrada hacienda particular), iba á jugarse la vida, y esto merece alabanza, mayormente cuando el que á tan supremo lance se resuelve tiene, como ÍNÍORGA tenía á ia sazón, nueve hijos y la mujer preñada *. Pero es que de no haber sido MORGA el elegido, acaso la fuerza que se alistó para ir á la pelea no habría sido tan lucida y desinte resada; pues que, como se lee en el Apuntamiento que tenemos á la vista ^, «hiendo á el drcho oydor ocupado en el despacho [de los barcos] y prometiéndose que él en persona haria la jornada, muchos de secreto se comengaron á apersevir de lo necessario para yr en su compañía, y se fueron declarando que yrian á servir en aquella jornada y gastarían sus haziendas si la uvicse de hazer el oydor, y no de otra manera-». Según este Apuntavtiento, el DOCTOR MORGA «nunca trató de que á él se encomendare, sino de volverse [de Cavite] á descansar á su casa»; mas, considerado atentamente el asunto, tenemos por indudable que MORGA solicitó el ir á darle la batalla al holandés, para contraer un nuevo mérito que fuera parte á sacarle cuanto antes de las Islas Filipinas.
ó8 Els de Enero de 1601, declaraba MORGA: «dexando mi casa y quie tud, muger é nueve hijos» (Véase el núm. ii del APÉNDICE).—Y en su carta al Rey, fechada en Manila á 30 de Junio del mismo año de 1601, dice: «puseá riesgo mi persona, honrra y hacienda, y el remedio de diez hijos que Dios me lia dado y una muger de bien» (Véase el núm. 12 del AP'NDICE.)—De aquí resulta que doña Juana de Briviesca Muftatones parió entre Enero y Junio de i6oi. No tardó en parir de nuevo, porque á mediados de 1602, como ya ve remos, consta que tenía «una niña de teta» esta fecundísima señora. «9 «Apuntamiento sobre el subceso del cosario holandés que bino á estas yslas Philipinas el año pasado de 1600». Sin fecha ni firma. [Manila, 1601.]— Archivo de Indias, documento núm. 23 del índice T.": 67, 6, 19.—Debe de ser este Apuntamiento la relación á que alude MORGA en su carta al Rey de 30 de Junio de i6oi.—Es el anexo sexto del número 12 del APÉNDICE.

Fácil es imaginarse á Doña Juana de Brivíesca Muñatones, en cinta y con un montón de hijos, el martes 12 de Diciembre de aquel año de 1600, día en que el DOCTOR se daba á la vela en el puerto de Cavite... Cierto que todos los expedicionarios iban lle nos de entusiasmo, hasta los religiosos. Uno de ellos, el agustino Fr. Juan Gutiérrez, que en su mocedad se había visto «en todas las jornadas que el señor don Jhoan de Austria hizo en Levante contra moros y turcos», refiere en la carta que escribió al obispo Benavi des que vio «tanta gallardía, que la vista no distinguía qual era mas, las galas y dííTerencias que avía de aderegos, ó la prevengion de las armas que tenían : porque avia muchos petos, fuertes cotas, rodelas aceradas, celadas con varias plumas, con muchas cueras de ante, mucha mosquetería y arcabucería; y todo tan á punto, que parecía aquel pequeño esquadron escogido entre los tercios viejos de Flandes, Ñapóles y Milán. Y todo esto se esmaltava con el fer vorosso deseo de verse con el enemigo á las manos, para lo qual se proveyeron todos de las verdaderas armas spañolas, confessando y comulgando con tanta devoción, quanto contento nuestro»... Sí; iban todos animosos, confesados y fortalecidos con el pan de la Eucaristía. ¡Esto, sobre todo ! Sin embargo, ir á la pelea, é ir á librarla en el mar... Fácil es imaginarse cuan preocupada quedaría Doña Juana de Brivíesca Muñatones, preñada y con nueve hijos...
Martes, día 12, se dio á la vela la escuadra, con rumbo á la isla del Corregidor, llamada entonces de Maríveles; y al llegar allí, súpose por los centinelas de la isla que el enemigo se había levado y marchádose hacia el Sur. Esto contrarió á los expedicionarios. MORGA abrió entonces las instrucciones que, cerradas y selladas, le había dado Tello la antevíspera de la partida; instrucciones que reproduce en los SUCESOS (pág. lio) : eran terminantes : el DOCTOR tenía que pelear con el corsario «hasta tomarle ó echarle á fondo», y pelear «barloando», esto es, atracadas las naves, en la inteligencia de que sí el enemigo huía, había de perseguirle «hasta que se haga el efecto que se desea», que no era otro que aniquilarle''°. ^Y si el pirata aniquilaba á MORGA?... LOS barcos que éste llevaba no eran más que medíanos, no construidos ex profeso para la lucha; la artillería no vaha gran cosa; pero es que los artilleros valían menos. MORGA, por su parte, dio á su almirante, el capitán Alcega, que mandaba la San Bartolomé, una instrucción que reprodujo asimismo en los SUCESOS (pág. 112), digna de ser releída, especialmente en el
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70 La instrucción de Tello á MORGA hállase también en el Archivo de Indias, fielmente testimoniada: constituye el doc. núm. 55 del índice 7.°
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capítulo que reza: «.Cuando esta armada fuese sobre el enemigo, y le baleare, se procurará que AMBAS NAOS capitana y almiranta BARLOEN AMRASpor una banda, y no pudiendo esto hazerse, terna en cuenta que la artillería y arcabucería no nos ofenda á nuestros navios y gente, y que en esto se tenga la cuenta y tiento que se pudiere» ^'; porque el no haber cumplido Alcega estrictamente este capítulo produjo fatales consecuencias. El día 13 se pasó todo afinando los preparativos, y el jueves, 14, en las primeras horas de la madrugada, MORGA se levó, sin avi sar ásu almirante. La noche era profundamente oscura; con todo, la almiranta se percató del movimiento de su capitana, y siguióla ^^. La galeota de los portugueses no se había incorporado aún á la es cuadra, pues que quedó en Cavite completando su aderezo; y en cuanto á los champanes, quedaron muy rezagados. Capitana por de lante y almiranta por popa, como á una legua de distancia, navega ban ambas naos con rumbo al Sur, hacia Punta de Fuego, porque, según las confidencias recibidas, el enemigo debía de hallarse entre la minúscula isla Fortún y la costa de Nasugbú, de la provincia de Balayan (hoy Batangas). Amanecía: teñíase de dorado carmín el ho rizonte, cuando la capitana San Diego descubrió las naves holande sas. Los corazones de los españoles se dilataron: á ello también convidaba aquella brillante aurora. Corría fuerte brisa; el mar agi taba Su oleaje... Los holandeses, á su vez, se percataron de la pro ximidad del enemigo. Y sin pérdida de momento, Van Noort orde nó á su almirante que se destacase y fuese á ver qué nao era aque lla que parecía venir sobre las naos aventureras. La Concordia des plegó su velamen y se fué flechada hacia Ja San Diego; descubrió de paso la San Bartolomé; y persuadido el almirante corsario de que eran embarcaciones dispuestas para la lucha, viró y se fué á decír selo á Van Noort. Éste entonces ordenó á su lugarteniente «que se estuviese á la mira y á la trinca, y si viese que las dos naos que ve jtiían le acometían, que bolviese á ayudarle; pero si no, su yntento hera huyese» ". Y ambas embarcaciones se hicieron á Ja mar, y pusiéronse á la trinca. Pero la San Diego, nuestra capitana, se dio
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71 La instrucción de MORGA al capitán Alcega hállase, como la anterior, en,el Archivo de Indias, fielmente testimoniada: constituye el documento número 56 del índice 7.°
72 Casi todas las relaciones convienen en que MORGA partió sin avisar. iCómo se explica esta conducta de MORGA? Ta] vez porque pensara que, llevando una gran delantera, aumentaría en el combate su éxito personal.
73 Véase la Relacio'n que va de anexo cuarto al núm. 12 del APÉNDICE.
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buena traza para seguir á la Mauricio., la capitana enemiga, y llegó á situarse á distancia de tiro de cañón. La Mauricio disparó entonces una pieza á la Sc^n Diego, tan certeramente, que le causó grave daño: la San Diego contestó con una de las suyas, pero la bala no causó el menor efecto; y entonces la nao enemiga disparó por segunda vez, y este nuevo disparo se «llevó una bomba y dos 6 tres yndios» de la nao del OIDOR. Mal empezaba el combate. La San Diego, lejos de arredrarse, cargó de vela y embistió tan resueltamente, que á los pocos momentos vino á quedar aferrada á su rival la Mauricio. Eran las ocho de la mañana. Amarrados por los nuestros ambos barcos, doce ó catorce españoles trasbordaron á la capitana enemiga. De una y otra parte se hacían disparos. Los holandeses, considerando su escaso número, retiráronse prudentemente á su castillo de proa, desde cuyas trone ras disparaban con mosquetes y arcabuces. Los nuestros se apode raron de la popa y parte central de la Mauricio', tomáronle las ban deras, picáronle la jarcia, destruyéronle parte del velamen... Y así estaba la lucha cuando llegó la San Bartolomé, nuestra almiranfa, dispuesta á barloar y, con su fuego, contribuir á la derrota com pleta de la nao holandesa. Hizo algunos disparos. Pero de parte de los nuestros salieron voces diciendo: «¡No disparen y nos ma ten, que ésta ya está rendida ! ¡Victoria, victoria por el Rey de España ! ¡Pasen adelante!»...'*. Y entendiendo Alcega que nada tenía que hacer allí, fuese, sin tomar órdenes del DR. MORGA, en persecución de la Concordia, la cual iba ya de huida, á todo trapo. Quedaron, pues, solas de nuevo las dos naves capitanas. En la nuestra, justo es confesar que no había concierto; cada cual hacía lo que más le venía en voluntad: los capitanes y demás oficiales, que no veían en MORGA una autoridad profesional que se impusiese, obra ban á su arbitrio. Y así se deslizaron las horas. Los holandeses, cre yéndose perdidos, simularon un incendio en su nave, cosa que no dejó de preocupar á los pocos españoles que en ella estaban. Pero más todavía que esto preocupóles á todos el que la San Diego co menzase á hacer agua en una proporción aterradora. ¿Qué resolu ción tomar?... «Todos comenzaron á turbarse (dice la Relación mencionada), y en lugar de saltar en el navio enemigo, con consi deración que si navio perdían navio ganaban, comenzaron á inten tar medios por donde salvarse, y asi algunos saltaron en el batel del enemigo sin orden del General.»
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74 Consta así en algunos de los anexos del número 12 del APÉNDICE.
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Fueron aquéllos, momentos angustiosos, de pavorosa incertidumbre. Á MORGA le invitaron á que se pusiera á salvo; pero MOUGA no quiso abandonar su embarcación. Entonces el jesuíta P. Santiago, con un crucifijo en las manos, dirigiéndose á todos, les exhortó, gritándoles: «¡Cristianos, españoles!, ¿dónde está ese brío? ¡Mirad que esta causa es de Dios ! ¡Morid, morid como buenos soldados de Jesucristo, y no queráis ser manjar de pescados ! ¡Mirad que de dos males que nos amenazan, el menor es entrar en esa nao del enemigo, que si navio perdemos, navio ganamos!» Algunos, muy pocos, se pasaron á la Mauricio; pero los más no quisieron: primero, porque creían que la Mauricio iba á arder; y segundo, porque el piloto de la San Diego ofreció que, ya que no se pudiera salvar la nave, se salvaría la gente, pues que daba tiempo á llegar hasta la isleta de Fortún, situada á dos leguas cortas de distancia. Y MORGA optó por esto último. Y se picaron las amarras, y la nao San Diego quedó separada de su rival la Mauricio. No pudo MORGA estar más torpe de lo que estuvo. Prescindiendo de laa insinuaciones de cobardía que sus enemigos lanzaron contra él, es innegable que le faltó serenidad; y si la tuvo, peor que peor, pues que no discurrió que*lo que decía el jesuíta era lo verdaderamente razonable. Si se perdía la San Diego, se ganaba la Mauricio, en la que había tan sólo un puñado de holandeses refugiados en el castillo de proa. Es cierto que en la Mauricio había fuego; pero es caso y fácil de dominar; en cambio la San Diego se hundía por mo mentos, ya que el agua llegaba á la segunda cubierta. El DR. MORGA tenía más de doscientos hombres á sus órdenes: ¿para qué los quería? Pero es que aun perdonada esta torpeza imperdonable, no se concibe cómo, durante las seis horas que las capitanas permanecieron aferradas, no se les ocurrió á los nuestros acabar de destruir la arboladura de la nave enemiga, que sólo tenía el trinquete sano : y así sucedió que, apartada la San Diego y sobrevenida la espantosa catástrofe que sobrevino en el acto, Van Noort apagó el fuego de su embarcación, y, con el trinquete, se dio á la vela... ¡Consecuencia legítima de mandar á dirigir una batalla naval á un magistrado ! La San Diego se hundía. «Ya nuestra nao—léese en la relación enviada por el Fiscal''—yba de suerte que vian andar los cuerpos muertos aogados entre cubiertas. El General que vio esto se comenzó á desnudar, por persuasión de un criado privado suyo llam e o Josepe de Naveda, el qual le dio vn colchón, en que los dos desnudos se hecharon á la mar, y lo mismo hizieron otros muchos,
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75. Ya catada: Anexo cuarto del número a del APÉNDICE.
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aunque los menos salieron á tierra. Nuestra nao dio vn balanze y fuese á pique, llevando consigo á todos aquellos que el temor de no saver nadar les avia detenido que no se hechasen al agua, algunos de los quales estavan armados; de suerte que la mayor parte de la gente se la llevo tras si, y á muchos que savian muy bien nadar la fuerza del rremolino los llevava á fondo. Los nuestros sobre las aguas, cada vno procuraua, por el modo que podia, salvar la vida, y algunos dellos, por ser su ynfelice suerte tal, se llegavan á la misma nao del enemigo á que les amparasen: aquellos herejes les salían á recibir con picas y los alangeavan con mucha crueldad, entre los quales dieron una lanzada al capitán Gómez de Molina, y con ella fue nadando hasta llegar á tierra, donde desangrado murió á la orilla del agua. Desta manera murieron algunos. Y los que escaparon se rccoxieron en la Isla de Fortuna, 18 leguas desta ciudad [de Manila], hasta que tuvieron embarcaciones para venir.»
Alcega dio caza íí la Concordia^ peleó bizarramente con ella, la rindió, y se la trajo por popa prisionera, con la gente. MoRGA hace mucho hincapié, al defenderse, en el argumento macho de que su almirante le desamparó; de que Alcega no cumplió estrictamente el capítulo de la instrucción en que se le ordenaba luchar, al lado de su capitana, barloando. Es cierto. Pero no es menos •cierto que habiendo venido en ayuda de ella, encontróse con que los españoles cantaban victoria y le invitaban á que no tirase y á que pasase adelante^ es decir, á que fuese en persecución de la alnitranta enemiga, como en efecto lo hizo con el más brillante éxito. Pero volviendo á las torpezas de MORGA, insistamos en que no se •comprende cómo no se le ocurrió disponer que los suyos acabasen de destruir la jarcia y el velamen de la Mauricio: porque asi, conA'ertida esta embarcación en una boya, le habría sido imposible navegar, y, tarde 6 temprano, los tripulantes habrían caído en poder de sus perseguidores. Alcega fué encausado; pero la opinión se pronunció en su favor. Era innegable que habla obtenido una serialadísima victoria. Sus prisioneros de guerra fueron agarrotados en Manila, y la Concordia no volvió á piratear. En tanto que MORGA sufrió terrible y aun, si se quiere, vergonzosa derrota: los holandeses de la Mauricio eran en junto 53 hombres, de los que sólo perecieron cinco; mientras que los nuestros, cuántos no serían, que sólo cadáveres se contaron 137 de españoles, amén de muchos de hombres de servicio, entre filipi nos, japoneses y negros. No hay que decir que las viudas y toda suerte de deudos de los que, por la mala dirección de MORGA, sucumbieron en aquella empresa, cobraron al OIKOK un odio inextin guible; y la gran oleada de pasiones ([uc ya por entonces se alzaba contra él, acentuóse considerablemente; tanto, (¡uc esto de la bata lla contra Van Noort dio que hablar y que escribir años enteros. Véase, si no, la carta que Alcega, encausado y preso aún, dirigía á S. M. el 30 de Junio de 1602 '*, en que no se contenta con defenderse de las imputaciones de MORGA, sino que ataa'indole de frente, acaba por acusarle de cobarde'^''. Con todo, el efecto que se perse guía, librar á Filipinas del corsario, consiguióse: de ahí que la crí tica, apreciando los hechos en conjunto, no puede menos de consi derar que resultó de utilidad aquella jornada trágica, en la que á Tello, por haber nombrado á MORGA, le alcanza no poca responsabilidad; jornada que al propio MORGA le costó infinitas pesadumbresy caer enfermo de cuidado. Él mismo refiere cómo, una vez vuelto á Manila, «de los grandes trabajos y trances que avia pasado, luego adolecí de cámaras de sangre, de que e estado en la cama á punt o de muerte, sin estar aun libre de la dicha enfermedad, como es publico» '*... ¡Caro le salió su afán de guerrear !
El 5 de Enero de 1601, MORGA presentó á Tello la relación ofi cial de lo ocurrido'", con peticiones que motivaron la causa crimi hal que tanto exacerbó los ánimos; causa que á Alcega, victoriosa al fin, trájole larga prisión y fuertes sinsabores. Tello estuvo de par te del OIDOR—¿cómo no, si le había nombrado indebidamente?—, y cuando libró certificación de la conducta de MORGA, documento que éste reproduce en los SUCESOS (pág. 117), buen cuidado tuvo de de ja r á salvo el honor del OIDOR-GENERAL, cuya intención fué buena, claro está, pero no así la pericia ni la suerte, diga lo que quiera en la carta que dirigió á S. M. el 30 de Junio de 160 1 *", con la que mandó el Apuntamiento de que ya se ha hecho mención, escrito por él sin duda, y en el cual, aunque e! AUTOR no miente, no resplandece toda la verdad ;
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76 Constituye dicha carta el anexo del número 16 del APÉNDICE.
77 Lées e en dicha carta, que hay que coger en reservas, dad a la profund a enemiga que existía entonces entr e MORGA y su e x almirant e Juan de Alcega : «El genera l se echo al agua antes de irse á fondo la na o en vna balsa q u r ¡para est e efecto le tenían preuenida, y la causa de no auer metid o gent e con que acauar de tomar la na o enemiga, ni ordenar sobr e est o cossa ninguna, ifite por auer estado desfallecido y acobardado detras de «« cabrestante entre uir rimero de colchones*...
78 Est o declaraba MORGA oficialmente en Manila, á 30 de Abril de 1601.— Véase el aqex o segund o del núm. 12 del APÉNDICE.
79 Véase el núm. 11 de l APÉNDICE.
80 Véase el núm. 12 de l APÉNDICE.
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Autógrafo del DR. MORGA.—Manila, i6oi.

se omiten pormenores de importancia, sin los cuales no puede formarse cabal juicio de lodo lo (¡ue ocurrió en la memorable empresa del 14 de Diciembre del año lc 1600. La carta aludida termina con este párrafo : «Yo no he querido valerme de mas cjue la \-erdad desnudamente, que es la que tiene lugar delante los ojos de V. Magd., suplicando muy humildemente á V. Magd. sea servido de mirar mis buenos deseos y trabajos con la clemencia y benignidad que merecieren, haziendome la merced que ubiere lugar, de manera que no (]ueden sin ía gratificación que los criados de V. Magd. tienen en semejantes ocasiones, y que lo principal de ella sea mandarme sacar destc destierro á donde pueda gastar lo que me resta de uida con mas quietud en servicio de V. Magd. y encaminar mis hijos en lo mismo.» Tan cierto es que MORGA acabó por comprender que había estado desacertado é infortunado en su empresa contra Van Noorl, qué un año justo después, el 30 de Junio de 1602, escribiéndole al Rey sobre el mismo asunto, decía al concluir (nótese el diferente modo que tiene de expresarse) : «Suplico muy humildemente á Vuestra Magestad se sirua de per donar la falta que ubiere lucho, supuesta mi buena y n tención y de seo de obedecer y agertar en lo que se me mandó.» Ya no pide recompensa, sino que se le perdone la jaita que hubiere hecho en gracia á la buena intención que le guiara. Que la intención fué buena, parece indudable; pero que la catástrofe fué enorme, tampoco puede dudarse.

VIII

bre de capacidad y reflexivo; previa los conflictos y trataba de evi tarlos; pero á la vez tenía mucho hígado con gran cantidad de bilis: en sus enojos debió de ser implacable. Mas ¿cómo sustraerse á la influencia del medio? Y algo habrá que conceder también á la con trariedad que le producía ver que pasaban los años, y no se lé trasladaba, que era su sueño dorado. MORGA no tenía motivos para vivir contento, y los tenía en cambio para vivir melancólico, á causa del tedio que le consumía. La llegada del nuevo oidor D. Antonio de Rivera Maldonado le contrarió en extremo, porque viniendo este por el «más antiguo» déla Audiencia, MORGA quedaba postergado en su categoría; no con formándose con tal postergación, escribió sobre ello á S. M. el 2 de Julio de 16o I *'. Mas no era lo peor que su colega Rivera le obligase á cederle el primer puesto, sino que le obligó además á que des alojara la casa que venía ocupando desde que llegó al país, y á la cual había ido por encargo expreso de S. M. *^. MORGA tuvo también que agachar la cabeza y transigir. Por cierto que con tal motivo se cometió una verdadera polacada, que debe referirse por lo mis mo que fué hecha en obsequio del DOCTOR y con su complicidad, que es lo más grave. En efecto, el día 30 de Junio de 1601, á los pocos de haber llegado al país el licenciado Rivera Maldonado, Gonzalo Ronquillo de Ballesteros, Alcalde ordinario de Manila, decía en un auto : «que por quanto el señor Doctor Antonio de MORGA, oydor desta rreal Audiencia, dexa las casas de su morada para la vivienda de el señor Don Antonio [de Ribera Maldonado], oydor de la dicha rreal Audiencia, y tiene necesidad de casas en que estar y vivir, y aunque se an procurado, no se an hallado de comodidad otras sino las del secretario Antonio de Espinosa, vecino de esta ciudad, que estan en la plaga publica de esta ciudad, y se le a cometido el hazerla desembarazar : por tanto, que mandaba é mando que el dicho Antonio Despinosa, dentro de cuatro días primeros siguientes, desenvaraze y dexe libres el quarto de la dicha cassa que esta sobre la dicha plaga y alinda con las cassas de Cavildo, para que el dicho Doctor Antonio de MORGA acomode su vivienda en ellas, porque conviene assi al servicio de su Magestad, y en conformidad de lo que sobre esto ordena acerca de la comodidad de cassas de las dichas rreales audiencias, que lo es; el alquile dellas se le pagara luego adelantado, y ara toda comodidad, y lo cumpla assi, con aperce
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81 Véase el número 13 de] APÉNDICE. ^
82 Véase la Real cédula que dejamos reproducida en la pág 47 *.
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vimiento que passado el dicho termino del oficio, sr; descnvazara, y assi lo mando, proveyó y firmo» ". Espinosa puso el grito en el cielo : la casa era suya ; él la había edificado; él la ocupaba desde hacía muchos años; y regía una or denanza de la primitiva Audiencia en la que se disponía que «no se tomen las cassas á sus dueños contra su voluntad» : ¿con qué dere cho se le obligaba á desalojarla, sólo porque ai DOCTOR le viniera en talante vivir en ella porque estaba próxima á las Casas Reales? Protestó, pues, Espinosa, y adujo de pasada que el capricho de MORGA era tanto más arbitrario, cuanto que «en esta ciudad, de pre sente, ay tres pares de casas muy bastantes donde el dicho señor Doctor puede vivir con mas anchura y gusto». Pero MORGA, sin duda, lo que deseaba era no apartarse mucho de donde se celebraban las audiencias. Entonces no había coches; los trayectos se re corrían á pie, y desde la muerte del licenciado Zambrano, que sus colegas los oidores achacaron al calor que tomó yendo y viniendo de su casa á las Reales, que le pillaban un tanto lejos, los oidores le temían al sol, |y cuidado que el DR. MORGA tenía ya motivos para considerarse aclimatado!... La vivienda que tanto apetecía MORGA constaba solamente, según su propietario, de «una sala, cámara y recamara, demás de no aber en las dichas cassas mas de una cocina y muy poco corral y una sola escalera por donde se sirve». ¿Cómo, pues, deseaba MORGA tan pequeña casa, él que tenía un montón de hijos y otro de criados? Aunque entonces era lo ordinario dormir m república., casi confundidos padres, hijos y esclavos, si había otras viviendas más espaciosas vacías, ¿por qué el DOCTOR no op taba por una de éstas? Ya es dicha la razón: por no alejarse de las Casas Reales. Con todo, era una iniquidad arrojar á un vecino de su propia casa. Y al buen Espinosa se le arrojó, sin embargo, de la suya. Llevada á la Audiencia la protesta, los oidores Rivera Mal donado y MORGA dispusieron solemnemente que se diese «exe cucion» al auto del Alcalde, quien decretó de nuevo (el 7 de Julio) :
«Alguacil mayor desta Ciudad, en qualquiera de vuestros thenien tes: Yo os mando que visto este mandamiento, bais á las cassas de Antonio de Espinosa... y ver si está desenvaragado e! quarto alto della, que linda con las cassas del Cavildo que sale á la plaga, y:no lo estando, lo desenvaragais luego, sacando del la rropa y lo demás que estuvie dentro...» Y como el cuarto no estaba desembarazado, se le instó de nuevo al dueño,
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83 Información hecha á instancias de Antonio de Espinosa, vecino de Manila, sobre haberle echado el Dr, MORGA de unas casas de su propiedad. (1601,)—Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 35 (núm. 2).
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. el cual persistió en mante ner su negativa, y entonces le pusieron los muebles en la calle. Espinosa acudió á la Audiencin con otra protesta enérgica; pero la Audiencia se limitó á ordenar : «Que se cumpla lo mandado». Y el 9 de Julio de 16o I MORGA con los suyos se trasladó á las casas del secretario Espinosa, que eran de piedra, construidas por Espi nosa hacía más de veinte años, y por Espinosa ocupadas desde que las construyó. MORGA tenía la enemiga de su compañero Téllez de Almazán y otra enemiga mayor, la del fiscal Salazar; con Tello sólo contaba á medias: de suerte que optó por marchar bien con Rivera Maldona do, no obstante que ocultamente se lamentaba al Rey de que su nuevo colega le hubiese suplantado en la plaza de Primer oidor ó «más antiguo». En esta alianza demostró MORGA una vez más su ta lento; porque Tello no era de fiar: tan pronto daba señales de ser verdadero amigo, como las daba de verdadero enemigo. Abrumado por el tedio, el Gobernador á veces concebía enormidades; por for tuna Tello no tenía mucha bilis, y así, sólo por casualidad dejábase arrastrar por la pasión. Su característica era la acometividad á ra tos y la indiferencia siempre. De recién llegado, á 30 de Junio de 1601, Rivera Maldonado escribía, entre otras cosas, al Rey **: «Aviendo el Governador mandado dar ciertos tratos de cuenta á un bezino desta ciudad, apelo para la Audiencia, y se mando en ella que se íuese á hazer relación, y, en el entretanto, no se execu táse : deste mandato de la Audiencia no se hizo caso, y se executó lo que el Governador mandó; aviendose puesto soldados con sus ar cabuzes contra los ministros de la Audiencia, y hecho resistencia para que ninguno llegase á notificar los autos; y después desto mando el Gouernador reforgar el cuerpo de guardia, y trato con el maese de campo y el sargento mayor y otros, que prendiesen al Doctor An tonio de Marga, que presidia en la Audiencia, para hechallo destas yslas *', y que él tomarla el sello Real en si y mandaría que otro oydor que quedaua [Téllez de Almazán] se estuvicsse en su cassa hasta que V. Magd. embiasse otros oydorcs».

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84 Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 19; doc. núm. 11 del índice 7.".
85 Algún tiempo después, el 22 de Marzo de 1604, insistiendo Rivera Mal donado en la conveniencia de que se le fuese á la mano al Gobernador (Acuña), escribió á S. M., entre otras cosas, lo que sigue:—«En otra ocasión que de la pasada se siguió, dio orden el governador D. Francisco Tello para que el maese de campo Pedro de Chaves y el sargento mayor Gallinato prendiessen al Dor. Antonio de MORGA, oydor de la Real Audiencia destas yslas, y lo embarcasen y enviasen por la via de Portugal á España en una Iragata que era imposible hazer el viaje y se avia de perder; y visto el caso tan grave, los dichos muese de campo y sargento mayor avisaron del caso á los oydores, y con medios que se tomaron cesso el yntento de el Governadór, que aunque pudo ser para poner temor al oydor, fue desautorizar mu cho su persona, y deste caso y otros a resultado el poco respeto que se les tiene á los qoe en esta Real Audiencia sirven, como muchas veces se á experimentado.»—Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 19.
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.. Rivera Alaldonado añade, al comunicar tan estupenda noticia, que «toda la tierra se escandalizó notablemente». «Y entiendo (concluye) se a dado aviso al Consejo, y agora lo doy por el mucho temor con que lialle á los oydores, que es tanto, que aun no tienen por seguras sus personas : V. Magd. se sirva de mandar dar orden í los (ioucrnadores para adelante, y que sepan que pues la Audiencia re¡>rcscnta la persona de V. Magd., es justo se respeten y obedezcan sus mandatos, y para ello se envié cédula apretada, porque de leyes ni ordenangas no parece que hagen caso (si se puede dezir), quando intentan ha zer algo de hecho; y mandándolo V. Magd. proueer asi, los Gouer nadores se templaran y los oydores tendrán libertad para que V. Magd. sea mejor seruido.»
¡Cómo estaba el país!... Una racha de desgracias llovía sobre él. Amén del naufragio de la San Diego, que llevó MORGA al combate, había que registrar el de las naos Santa. Margarita y San Jerónimo, que habían salido juntas á mediados de 1600 para Nueva España, «después de auer nauegado mas de siete meses, la una de arrivada en la ysla de los Ladrones y la otra en estas, sin que dellas escapasse cossa alguna, sino algunos pasageros; que a causado mucho sentimiento en esta tierra» **; de suerte que'en el transcur so de un año perdiéronse tres navios, muchísimos miles de duros y centenares de hombres... Y por si todo esto era poco, el galeón San to Tomás, en que vino Rivera Maldonado á Filipinas, se perdió tam bién en las Catanduanes á últimos de Abril de 1601, aunque pudo salvarse el pasaje y casi toda la carga. Rivera Maldonado, en su ci tada comunicación de 30 de Junio, escribía al Rey : «Lo que mas puede acrecentar esta tierra y enriquecer los vezinos y pobladores della, es el repartimiento de la carga de las naos que se despachan para la Nueva España, dándoseles parte, como V. Magd. lo manda, conforme á sus méritos y servicios y á la antigüedad que en ella tienen, y como esto no se cumple... todo se re mediará si la Audiencia conoce dello y va la mano al Gouernadór
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86 Carta de la Audiencia de Filipinas á S. M.: Manila, 13 de Julio de 1601. Archivo de Indias, est. 67, caj. 6, leg. 19; documento núm. 16 del índice 7.°.
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para que se guarden con puntualidad las cédulas, ordenes y ystru ciones de V. Magd., y asi en esto como en que á los chinos no les tomen las haziendas que traen cuando les van á visitar los nauios, se tendrá mucho cuydado, porque hasta agora no se las an dexado^ de tomar, en que se a excedido mucho, y algunos chinos han que dado sin paga y con notables perdidas y daños.» Y á renglón seguido : «Algunas encomiendas se an proueido en personas que an causado admiración, por auerse dado sin mirarse servicios y antigüedad y lo demás que V. Magd. manda... Hanse dado tantas conductas de capitanes y á personas tan particulares,, que conviene se remedie, porque los mas, si asi se puede encare cer, son capitanes.» En lo tocante al despacho de los navios, se convino en que, por turno, cada año fuese un oidor á Cavite á inspeccionar la carga para evitar abusos. .El DOCTOR MORGA fué quien primero comenzó este servicio, y aunque se le acusó de haber hecho negocio, como sus acusadores fueron sus más enconados enemigos personales, habrá que rebajar no poco en la censura. En cuanto á limitar el número de sangleyes, la Audiencia, en su carta ya citada al Rey (de 13 de Julio de 1601), decía textualmente : «... por cédula de I.° de jullio de 9 8 se nos manda que con ynterbencion del argobispo y otras personas se trate de que en estas yslas no aya tanto numero de sangleyes, en cuya conformidad se trato y comunico con ellos, y después de auer dado su parecer... se cometió por esta Audiencia la éxecucion dello al doctor Antonio de MORGA, oydor della, el quaí con mucho cuidado y diligencia y con suaves medios lo a proueido y ordenado de manera que la tierra quede con los forgossos y negesarios solamente y cada año se yra continuando esta orden». Todo esto á MORGA le proporcionó mucho trabajo y frecuentesdesazones, porque sus émulos y enemigos aprovechaban todas las coyunturas para desacreditarle, si bien inútilmente. Aunque en algunas cosas la crítica tenía razón; habrá que oiría, siquiera, no perdamos de vista la calidad de las personas que la hacían. Así> por ejemplo, los Regidores manilenses escribían al Rey el 2 1 de Julio de aquel año de 160 1 *'':
«... teniendo V. Madg. en este campo quatro capitanes de yn fanteria con los quatrocientos soldados que asimismo V. Magd. a mandado que aya de presidio, y siendo los dichos capitanes personas de satisfacion, y estar mandado que no haya mas numero de los
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87 Carta de la ciudad de Manila á S. M.—Archivo de Indias, est. 67, caj. 6, legajo 35 (núm. i).—Véase el anexo quinto del núm. 12 del APÉNDICE.
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dichos quatro capitanes por ser superfluo qualquiera otro que uuie fa con tan poco numero de soldados, el doctor Antonio de MORGA, oydor desta Real Audiencia, auiendo venido en tanta altivez 6 yn quietud de animo caussado de que con la mano y poder que tiene a hecho tantos agrauios á esta tan afligida república en general y particularmente á los mas vczinos de ella con su acostumbrada fa cilidad que tiene en el hablar mal y perjudiciosamente, que salien éose con ello sin auer quien osare hablar en ello,^ hallándose rico y faculiosso en el poco tiempo que á que esta en esta tierra con sus tratos y mercadurías, a comentado á inspirar en quitar á los solda dos y gente de guerra que V. Magd. tiene aqui sus cargos y officios, ji apropiárselos á si y á sus deudos, y assi contra el dicho numero y contra lo que V. Magd. manda por sus ordenanzas y cédulas, que no se den officios ni aprouechamentos á los oidores ni deudos ni criados, auiendo el gouernador don Francisco Tello proueido por alcalde maior de la ysla de Mindoro á un Pedro Cotelo de Morales, primo hermano de la muger del dicho doctor MORGA, que bino con él á estas yslas, y dexado á muchos conquistadores y p o bladores pobres de dársela, el dicho Doctor MORGA no quiso que la aceptasse diziendo que no quería que le proueyesen sino en vna capi tanía de paga, siendo hombre mogo y que en toda su vida tiro arca buz, ni supo ni se hallo en guerra, antes tenido tan mala manera de bibir, que por no ser desensia referirlo á vuestra Magestad se dexa de dezir.»
Lo que no debe dejarse de decir es que en esta carta van las fir mas de Francisco de las Misas y de otros que, á la verdad, no le debían favores al DOCTOR MORGA, que los había perseguido ó per seguía con más 6 menos fundamento, pero sobre todo á Misas, de quien consta que era un defraudador desaprensivo. En todo esto se reflejaba el rastro cruento que dejó la célebre batalla contra el pi rata holandés : los ánimos no se habían encalmado ni llevaban tra za de encalmarse. Todavía á mediados de l6o2, en que ya Tello había cesado y se hallaba al frente del gobierno de las Islas el biza rro é inteligentísimo D. Pedro Bravo de Acuña, recién llegado por «ntonces, el asunto de la trágica jornada seguía, como se suele de cir, coleando, en parte por culpa de MORGA, que obstipado en hacer responsable á Juan de Alcega del desastre, le tenía preso aún. Al cega era íntimo de Francisco de las Misas y del fiscal Salazar, y, consiguientemente, esta trinca se desataba contra MORGA en la for ma que podía, sin dejar de aprovechar cuantas ocasiones hallaba oportunas para perjudicarle. MORGA estaba al tanto de todo, y en

prueba de ello, véase su carta al Rey de 8 de Julio de l6o2 ^^ en la que se cura en salud, alegando en favor suyo el testimonio de Fr. Francisco Valdés, que iba á España, y, como testigo que había sido de la batalla naval (á la que fué por capellán de la San Diego), podía informar verbalmente acerca de la verdad de lo ocurrido. Por lo demás, el dato dq que MORGA propusiera á un pariente suyo para un cargo, aunque no lo juzguemos pecaminoso, dice ya algo en contra del DOCTOR, que pensaba de otro modo á mediados de 1598, pues que entonces escribía en el capítulo 85 de la Relación que mandó al Rey *^: .Los que goviernan no an de proveer las compamas ni otras plazas en deudos ni allegados y criados suyos, mayormente siendo mozos y. poco platicas, que esto es de notable incombeniente habiendo como hay tantos beneméritos quepadegen y mueren de hambre.» Aquí del manoseado símil de la manzana sana que se pone entre las podridas : la acción del tiempo y la acción del me dio no obraban en vano, y no es aventurado suponer que MORGA se dañase más ó menos, que después de todo tenía motivos, no ya para dañarse, sino para pudrirse. Mas sea lo que fuere, lo que sí resulta indiscutible es que llevaba un período de tres años en que los disgustos debieron de amargarle constantemente el espíritu.

IX

Por si eran pocos los disgustos que á MORGA le proporcionaba el cargo de oidor, su hija Juliana le ocasionó uno más, pero tan grave,, que su padre no se lo perdonó en los días de su vida. Juliana de MORGA estaba para cumplir los veinte años; era el mayor de los hijos del DOCTOR. En varias ocasiones había sido re querida para esposa, una de ellas por D. Gonzalo Manuel. Pero los padres nunca la consintieron que tuviese novio, fundándose en que carecían de licencia de S. M. para casarla. ¿Cómo MORGA no había pedido ya esta licencia, en previsión de que á su hija se le ofreciese un buen partido? ¿Sería porque MORGA no quisiera en modo alguno que sus hijos se casaran en una colonia donde tanto escaseaban los hombres de calidad.? MORGA tenía empacho de blasones,. y como por otra parte el oficio le daba un rango verdaderamente distinguido, no debió de tomar en consideración las ansias de Juliana, á quien había dotado la naturaleza de un temperamento ardiente, que la tenía ávida'de matrimonio desde hacía algunos años.
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88 Véase el núm. 16 del APÉNDICE. 89 Véase el núm. 6 del APÉNDICE.
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Se abrasaba, se consumía, «se impacientaba»—según su madre '''';— y, sin embargo, los padres no la consentían, no ya que cambiase •de estado, pero ni siquiera que tuviese novio. VHvía muy retraída; salía apenas de casa; ¡y á saber lo que discurriría su imaginación, -excitada por los fenómenos que en los temperamentos ardientes produce un clima como el filipino!... Vino, pues, íí tener en se creto relaciones amorosas con un joven llamado Juan Alonso de Moxica, que hacía poco tiempo que, procedente de Nueva España, había llegado al Archipiélago, con título de capitán de aquel cam po ; el cual Moxica vivía en compañía de un su tío, Luis Barrasa, •comerciante establecido en Manila. Juan y Juliana se veían de tarde en tarde y de lejos: sólo cuando ella podía ponerse un rato al bal cón, que caía á la plaza, donde MORGA tenía su vivienda. Enten iíanse por billetes, y éstos los llevaba y los traía una mujer que entraba frecuente y familiarmente en casa del OIDOR, amiga de la •señora; una mujer que hizo la tercería tan á maravilla, que Doña Juana, la esposa de MORGA, no tuvo de ella la menor sospecha.
Pero el amor no puede permanecer oculto indefinidamente; al guien se percató de estas relaciones, y sin más ni más previno á Doña Juana, la cual, como primera medida, despidió de su casa á la persona que hacía la tercería; trató luego el asunto con el confesor; reforzó la vigilancia; clavó la ventana de la recámara donde su hija dormía, y pareciéndole poco todo esto, y porque abrigaba la sos pecha de que Juliana y el capitán continuaban entendiéndose, de cidióse á hablar de este negocio con su señor marido, el jueves 13 de Junio de mil y seiscientos dos, como á las diez de la noche, á solas y á poco de haber acabado de cenar toda la familia MORGA El DOCTOR, á medida que su mujer le iba refiriendo sus temores, íbase encolerizando; y llegado el momento de abordar «lo que se avia de hazer»... Dejemos que la misma Doña Juana de Briviesca Muñatones nos lo diga '' : «Luego por principio de la cossa llama ron á la dicha su hija en la recamara de su aposento, y dándole á -entender lo que avian savido en la deshonrra que dello se seguía para ella y para sus padres y parientes, maiormente siendo el dicho casamiento con tanta desigualdad suya, la rriñeron, y paresciendo les que era necesario, y convenia poner miedo y temor, alli luego
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90 Para la redacción de este capítulo hemos tenido á la vista la Informa ción sobre el casamiento de D." Juliana de MORGA, hija del Dr. D. Antonio de MORGA, contra la voluntad de su padre. Manila, Junio de /Í502.—Archivo de indias; 67, 6, 7: documento núm. 7 del índice i."
91 Declaración de Doña Juana, prestada el 19 de Junio de 1602.
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[en la antecámara] la castigaron, dándoles ambos d dos una vuelta de bofetones y muchos agotes con una disciplina, y con unas tixeras le cortaron todo el cavello que tenia, y assi, desnuda, la volvieron á meter en la recamara, mas adentro de donde dormia, que tenia la ventana clavada, para tenella allí detenida y guardada.» Y aún hicieron más ambos esposos : mientras la abofeteaban y azotaban, «la arrastraron por los cabellos por el suelo» '*. La infeliz Juliana se retiró «llorando y desnuda»... Las once y media serían de aquella noche cuando los esposos dieron las órdenes para que se acostasen todos, y ellos también lo hicieron á su vez. La esclava Magdalena, de Coromandel, preparó y encendió, como de costumbre, la lamparilla que alumbraba la antecámara donde dormían los cónyuges. Cerca de ellos se acostó, en el suelo, Juana, otra esclava de casta bengala, «con una niña de teta, hija del Sr. Oydor». Todas las puertas habían sido cerradas. Y minutos después, el más profundo silencio reinaba en aquella casa : todos, al parecer, dormían á pierna suelta... Una hora más tarde to caron á maitines en San Francisco. Doña Juana se despertó entonces, y extrañándole que la lamparilla no luciese, experimentó cierto sobresalto. Llamó á su marido; pidieron luz : una de las esclavas la trajo luego. Y yéndose en seguida MORGA y su mujer á la recámara donde Juliana debía de estar durmiendo, ¡cuál no sería la sorpresa de ambos al ver que Juliana no estaba en su dormitorio!... Las puertas de la casa permanecían tan cerradas como antes. Si Juliana -se había escapado, no pudo ser, según declaró la madre, por otra parte que «por la ventana balcón de la antecámara que cae á la plaza y es muy alta del suelo, la qual paresció tener abierta una porteguela de la puerta ventanaje unas vendas de lienzo amarradas en las varandas del balcón». ¡Imposible una fuga más audaz!... Diríase que los esposos soñaban; pues que la joven se había ido por uno de los balcones de la propia habitación en que dormían sus padres. Si fué así, y no debió de ser de otra manera, Juliana de MORGA probó en esta ocasión que tuvo una resolución y una osadía verdaderamente varoniles.
MORGA creyó enloquecer. Mandó aviso inmediatamente á su escudero, Juan Bautista Manfredo, que dormía en el cuartito que había en el descanso de la escalera, para que se vistiese á toda prisa; y á toda prisa se vistió él, MORGA, á quien la indignación le había puesto frenético. En esto, su mujer se asomó al balcón por donde
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92 Declaración de Juana, esclava bengala al servicio de MORGA; de 26 años. Declaró el 19 del mismo mes de Junio.
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la fuga debió de verificarse, y asomada estaba cuantío vi6 venir á un hombre en camisa y descalzo, cubierto con un capotillo, que se dirigía á casa del DOCTOR. Era el antiguo vecino de Manila Francis co Pérez de Riveros, que venía á dar cuenta al OIDOR de lo que con su hija doña Juliana acontecía. MORGA salió. En la escalera se le incorporó el escudero Juan. Al llegar á la puerta de la calle, topóse con Pérez, quien, en echando á andar, tuvo que llevar de la mano al OIDOR, porque iba éste tambaleándose, ciego, «sin juicio», sin saber por dónde le llevaban, y siempre preguntando únicamente : ^^Dónde está mi MjaH ". ¡Su hija!... Después del bárbaro palizón que había recibido, y de los ultrajes que sus padres le infirieran, «en faldellín y mangas de camisa, con un pañuelo atado á la cabeza» '•*, se descolgó por un balcón á la calle, valiéndose de unas tiras que arrancó á su sábana. Verdaderamente, asombra la audacia de la joven : apenas se concibe cómo en unos minutos, á oscuras (pues que comenzó por apa gar la luz) y sin despertar á nadie, pudo correr el lienzo del balcón ventana, amarrar las tiras, montar el repecho, y descolgarse desde una altura de tres metros por lo menos. Ya en la plaza, dueña de sí misma, en completa libertad, Juliana se dirigió corriendo á casa de Barrasa, donde vivía Juan Alonso de Moxica, su novio, su pro metido, el causante de aquella tan singular aventura. Y tomando una piedra, con ella comenzó á dar golpes suaves, pero muy fre cuentes, en la puerta de Barrasa. Barrasa despertó. —¿Quién va.?—preguntó, al tiempo que se asomaba á la ventana. La joven, por toda respuesta, siguió dando golpecitos con la piedra. De nuevo volvió á preguntar Barrasa. Y entonces la joven dijo quedamente : —Soy yo : ¡ábrame ! —¡Pero quién es su merced, y qué es lo que quiere á estas horas? Á lo que ella repuso con tono de súplica: —¡Écheme acá á Moxica, que es mí marido!... •*'. Pared por medio de Luis Barrasa vivía el viejo Francisco Pérez de Riveros, que á los golpes de Juliana se había despertado. Y frente por frente de Barrasa y Pérez vivía el relator de la Audiencia
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93 Declaración de Francisco Pérez de Riveros, prestada en 20 de Junio.
94 Así la halló el citado Francisco Pérez de Riveros.
95 Declaración del escudero Manfredo, según lo que le contó Barrasa, que está coníorme con la de Francisco Pérez, el cual oyó el diálogo desde su ventana, á cortísima distancia de los que la habían mantenido.
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Luis Ortiz de Padilla, que también se despertó, aunque no tan pronto como Pérez. Percatado Barrasa de que la persona que con él hablaba era Doña Juliana de MORGA, dio algunas voces llamando á Pérez y al Relator. Este último no contestó inmediatamente, porque dor«lía aún.. Pero el viejo Francisco Pérez contestó en el acto, y en el acto, tal como se hallaba, sin más prenda que la camisa, se echó á la calle; y encarándose desde luego con Doña Juliana, invitóla á •que le siguiese, y juntos ¡rían á casa del OIDOR. Mas ella le respondió con la mayor energía que allí se hallaba en busca de su marido, «¡y se lo avian de dar!»...
— Aquí no está Moxica—dijo Barrasa, sin moverse de la ventana.
— Y yo (añadió Pérez) juro por lo más sagrado que á las nueve •de esta noche lo deje jugando en una casa.
—¡Mentira!—exclamó Juliana.—Yo sé que está aquí; y si por miedo á mi padre yo dejara de casarme con Moxica, como dejé de casarme con D. Gonzalo Manuel, ¡me he de casar con un negro !(96).
Pérez, viéndola tan resuelta, permitióse exponer algunas reflexiones, aconsejándola como podía hacerlo un hombre honrado de más de sesenta años. Y todo esto en la calle, al pie de la ventana de Barrasa. Pero ella repuso como argumento definitivo:
—¡Vea su merced esta sortija!...
Y le mostró la que llevaba puesta, que se la había mandado Moxica con la persona de los billetes; Juliana la había recibido «en señal de matrimonio», y en justa correspondencia le había enviado otra sortija á él, también «en señal de matrimonio» : ¡Moxica era su marido, y Juliana de MORGA su mujer ! Persuadido Pérez de que no había medio de reducir á Juliana por razones, intentó llevársela por la fuerza; pero en la breve lucha que.sostuvieron, la doncella probó que tenía mejores puños que Pérez. Todavía éste intentó un último «sfuerzo, ayudado por un esclavo suyo, que acudió; pero la joven volvió á salir triunfadora. Entonces Francisco Pérez, atento á los consejos de Barrasa, que continuaba de bruces en su ventana, decidió irse á dar noticia al DOCTOR. Y pidió, al efecto, á un esclavo un capotillo, que en seguida le trajo y le echó por los hombros; mas en el momento de partirse, Juliana le arrebató el capotillo, con el fin de retenerle. Pérez se lo dejó en las manos y escapó. Y andando iba, cuando recibió el capotillo, que con el esclavo le mandó Julia na... Así que Pérez llegó á casa del DOCTOR, todo en ella andaba manga por hombro, como queda referido. Y en el instante en que llegaba á la puerta, MORGA se topó con é1.
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96 Declaración del repetidamente citado Francisco Pérez.
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MORGA, Pérez y el escudero Manfredo, echaron á andar, ya es dicho cónio : llevando Pérez de la mano á MORGA, porque MORGA iba «sin juicio», ciego, preguntando sin cesar: ¿Dónde está mi hija?, ¿Dónde está mi hija?-»...
Á las voces que había dado Barrasa (á las que siguieron las del vivo diálogo sostenido entre Juliana y PVancisco Pérez), despertó el Relator, poniéndose en seguida á su ventana. Entendió que debía intervenir, y bajó á la calle, en el momento próximamente en que Pérez se partía á dar cuenta al OIDOR. Y entonces se reanudó el diálogo entre Barrasa, el Relator y Juliana. Barrasa no hacía secreto de lo indignado que estaba con su sobrino Moxica, a quien prometía «matar, por aquel caso». Ni el Relator dejaba de dar razonables consejos á la joven. Y así, hablando los tres, Juliana vio venir un grupo de hombres, en uno de los cuales reconoció á su padre. Ate rrada ante aquella visión, metióse apresuradamente en la vivienda del "Relator, y subió de tres entres los escalones.—No la estorbaba el vestido : seguía en faldellín, naturalmente.
¡Es admirable el respeto que MORGA probó tener al domicilio ajeno! Otro hombre, loco, como él iba, no se hubiera andado con paños calientes, sino que desde luego se habría colado de rondón en busca de lo que tanto apetecía rescatar. Pero MORGA, caballero y magistrado antes que padre iracundo, procedió de otra suerte : limitóse á repetir la muletilla que pendía de sus labios : ¿Dónde está mi hija?', y como el Relator le correspondiera:—«En mi casa»,— MORGA le preguntó que por qué la había recogido.
-^La he recogido, porque la hallé en la calle; y por ser cosa de vuestra merced, y por dolerme de un caso tan acelerado como éste... (murmuró Ortiz de Padilla).
MORGA entonces manifestó que era preciso que bajasen á su hija. Y oyendo tales palabras, Manfredo el escudero se echó escalera arriba. En cuanto Manfredo se halló con Doña Juliana, expresóle los deseos del DOCTOR; pero ella respondió diciendo que se negaba resueltamente á bajar, «porque temía que la matase su padre»(97), y el escudero bajó con la noticia. Entonces el Relator y Pérez subieron. MORGA quedó esperando á la puerta de la calle. Pérez y el Relator hallaron á Juliana nerviosa y jadeante, sentada en un sillón de la sala. Hiciéronle ambos las reflexiones propias de la situación. Pero inútilmente : ¡No!, ¡no! y ¡nol... «No saldré de aquí sino es hecha pedazos. ¡Quiero casarme con Moxica!» Y á cada momento, un nuevo rotundo ¡no!, pero á voces; tan á voces, que el padre oía á su hija desde la calle.
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97 Declaración de Juan Bautista Manfredo, prestada el 19 de Junio.
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Pérez y el Relator bajaron. Pero antes de que explicasen al por menor lo que habían tratado con Juliana, MORGA les atajó para pedirles que se constituyesen en custodios de la muchacha, mientras él iba á cierta diligencia urgente. Y MORGA se separó de los sujetos citados, yéndose á las Casas Reales, donde moraba Don Pedro Bravo de Acuña, Presidente de la Audiencia y Gobernador, insigne soldado que estaba entonces recién venido al país.
Pérez y Padilla subieron á acompañar á Juliana.
MORGA llamó á las puertas del Presidente-Gobernador. Le abrieron. Dijo que para negocio grave llamasen inmediatamente á su Señoría; y así lo hizo el ayuda de cámara de Acuña, Juan Guerra de Cervantes, el cual en el acto «dio de vestir á su amo». Salió éste á la calle; habló un momento con MORGA, y ambos, seguidos de Manfredo y de Cervantes, fuéronse derechos á casa del Relator. Serían las dos de la madrugada. Mientras marchaban, MORGA iba silencioso, reflejando en su semblante la más profunda tristeza(98). Atravesaban la plaza cuando Acuña se detuvo : llamó á su criado y le ordenó que se fuese á casa del capitán Gómez de Machuca y le dijese que, sin pérdida de momento, se presentase en la de I uis Ortiz de Padilla. Partió el criado; y Acuña y MORGA prosiguieron su camino. Un minuto después llegaban á la puerta de Padilla.
Acuña penetró en la casa y ganó en seguida la escalera. (MORGA se quedó en la calle, á pie firme.) Al verle entrar en la sala, Juliana, Pérez y el Relator se pusieron en pie. Estos dos bajaron á acompañar á MORGA. Acuña y Juliana quedaron solos. El Presidente la examinó: ella respondió con viveza á todas las preguntas; y á los deseos que Acuña manifestara de que convenía por muchas razones que ella se restituyese al hogar paterno, ella replicó siempre con la más terminante negativa. Mientras departían, llegaron el capitán Machuca y el criado Cervantes. Habían traído una silla de manos. Machuca subió, y llegó á la sala en el momento en que Juliana exhibía á Acuña la sortija que había recibido de Moxica. Tras breves palabras cambiadas entre el Gobernador y el Capitán, éste bajó y se incorporó al grupo de MORGA, Pérez y Padilla, que se habían metido en el portal de la casa. Y al cabo de un rato bajó Acuña. Su llegada era esperada con ansia. El gran militar no pudo ser más sobrio:—¡He acabado con Doña Juliana!—dijo. É inmediatamente ordenó que Doña Juliana fuese depositada en casa de Gómez de Machuca.
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98 Declaración de Juan Guerra de Cervantes: Cavite, 26 de Junio de 1602.
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Y tomando del brazo al DR. MORGA, llcvóselo á su casa, á cuya puerta permanecieron un rato; MORGA, silencioso, imponente en su dolor; Acuña, aconsejándole prudencia. Al cabo del cual rato, Padilla, Machuca y Pérez vinieron á decir al Go bernador que ya Doña Juliana estaba depositada en la morada del Capitán; y entonces Acuña ordenó & todos que se retirasen. Saludó á MORGA; éste subió más triste que nunca su escalera, y Acuña se guido de Cervantes se fué á las Casas Reales. Por el camino, como no hay grande hombre para su ayuda de cámara, Acuña le dijo al suyo que había rogado á MORGA blandura para su hija; y reflexionando sobre lo acaecido, censuró la dureza con que el OIDOR y su mujer habían tratado á la infeliz doncella(99).
Á todo esto, ¿qué era del novio?; ¿qué se hacía el capitán Juan Alonso de Moxica? No se sabe dónde pasó la noche; pero sí el día siguiente, viernes catorce de Junio, que lo pasó retraído «en algunos monasterios desta ciudad», desde donde «avia hecho secretamente diligencia con el Provisor deste Arzobispado para que los casase á él y á Doña Juliana»(100). Con el Provisor, D. Santiago de Castro, había tenido MORGA «muchas quexas, dares y tomares»... Se odiaban cordialmente, OIDOR y Provisor. Que Moxica deseaba casarse con Juliana, dícelo el hecho de que en la tarde en que recibió de ella la sortija, trató con el general D. Lope de Ulloa el negocio de la boda; y el General fuese á ver al OIDOR; pero no le halló en su casa. Y así quedó el asunto, pendiente, hasta el mencionado vier nes, catorce de Junio, que, prevenido el Provisor, éste se fué á casa del capitán Machuca, y en ella, donde ya se hallaba el novio, desposó, á primera hora de la noche, al capitán Juan Alonso de Moxica con Doña Juliana de MORGA...
Al siguiente día, por la tarde, lo supo el DOCTOR. Y en cuanto lo supo se encolerizó tanto, que no pudo coordinar ideas, ni hacer nada en algunas horas. Pero ya el l6, por la mañana, dirigióse al Provisor por escrito en los términos siguientes: «Ayer tarde me dixeron aqui que V. md. avia desposado á mi hija en casa del capitán Gómez de Machuca, donde estava por orden del señor Presidente después que salió de mi casa, y no lo he aun acabado de creer, pues siendo la causa de la calidad que es, aunque yo avia de hazer la contradigion, y rresistencia que mas pudiesse á tal matrimonio, parege puesto en rragon que por ser mi hija é yo de calidad en persona y oíTicio, que V. md. supiera de mi boca mi voluntad,
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99 Así consta en la declaración del mencionado Guerra de Cervantes.
100 Declaración, citada, de Doñ a J u a n a de BrLviesca M u ñ a t o n e s.
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ó á lo menos tomara luz de los ympedimentos canónicos que podia aver para tan acelerado y lastimoso casamiento, pues los devia yo saver antes que otra persona, y estaba la causa y personas de los contrayentes asegurados de toda violencia y mal tratamiento, y assi no puedo dexar absueltos de el dolor y sentimiento que tengo de quexarme á V. md. como de Provisor, Juez y Cura, á si propio como al señor Chantre de Manila de la rragon de quexa justa que me queda; pues no puedo resolver sobre el negocio, si fuere hecho y no aver llegado á mi notigia, antes que esto seria lo que se pretendió en su ageleracion, pues era tan cierta y sin duda la rresistencia y coníradigion que yo avia de hazer; y si no lo estuviere hecho, no puedo escusar de hazer con la mayor eficacia y fuergas que yo pudiese hazer; y con esto suplico á V. md. me haga merced de avisarme de su mano al pie de este mismo papel, lo que en esto se ha hecho, para que con saberlo de V. md., que es la via mas cierta, yo trate de lo que, según el estado que la cosa tiene, mas convenga.—Nuestro señor guarde á V. md. &. De casa á catorce(101) de Junio de 1602 años.—D. ANTONIO DE MORGA.»
El Provisor escribió de su puño y letra al pie de la misma, en el acto de recibir la precedente carta :
«Yo casé á la señora Doña Juliana, hija de V. md., anteanoche ; y fue el casamiento tan acelerado, por muchas causas que uvo; que si yo cumpliera con la obligación que á V. md. tengo, no hiziera bien mi oficio, porque el matrimonio se estorvaria, y fuera muy mayor la causa que yo diera en toda la ciudad. Suplico á V. md. quan encarecidamente puedo, que haga merced de juzgar que no podia un Provisor hazer otra cosa; que á mi me a dado grandissima pena ver la mucha que V. md. tendrá, y por esto no e ydo á besar á V. md. las manos.—^Dios consuele á V. md. y le de su gracia para estos trabaxos.—Capellán de V. md.,—SANTIAGO DE CASTRO.»
Si MORGA, en su frenesí, abrigaba alguna duda sobre la certeza de la boda de su hija, esta respuesta tan breve como expresiva del Provisor debió de disiparla. Y sin pérdida de momento dirigióse de oficio al Presidente de la Audiencia, proponiéndole abriese una información. MORGA remitía el billete que copiado queda. El Presidente accedió á lo solicitado, y en el expediente instruido declararon en Manila: Doña Juana de Brlviesca Muñatones, esposa del OIDOR, de más de 40 años; sus esclavas María, Magdalena y juana, jóvenes todas ellas;
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101 Sic! Con todas sus letras: era diez y seis. MORGA teaía la obsesión del caiorce: ea 14 de Diciembre de 1600 fué la célebre batalla con Van Noort; en 14. de Junio de 1602 la boda de su hija. ¡Qué dos fechas para MORGA!...
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el escudero de MORGA Juan Bautista ManlVedo, de 33 años; Francisco Pérez de Riveros, de más de 60; el capitán Gómez de Machuca, de 43 ; Luis Ortiz de Padilla, relator, de 35; y, en Cavite, Juan Guerra de Ccrx'antes, ayuda de cámara de D. Pedro Bravo de Acuña, de quien no consta la edad.—Comenzó la información el 19 de Junio, y terminó el 26.—^Por qué y para que se hizo, si la cosa no tenía ya remedio? Para que el Rey lo supiera, y para que supiera además cómo el inflexible DR. MORGA rechazaba á su hija de por vida. En vano Acuña, con su gran ascendiente sobre el OIDOR, trató de disuadirle, pidiéndole un día y otro que depusiese su actitud y se reconciliase con su hija: MORGA se mantuvo firme. La carta en que éste dio cuenta del suceso al Rey, explica como pocas el carácter austero, rígido, del DOCTOR, que decía textualmente á su Majestad: «SEÑOR:—Abra veinte días que Doña Juliana de MORGA, mi hija mayor, hallándose con edad para mudar estado, y cada dia mas desconfiada de que por mi mano le ubiese de tener en estas yslas, y tan yncierta mi salida de ellas al cabo de diez años, muy sin razón y con menos consideración se determino á salirse de casa, como lo hizo secretamente una noche, para casarse, como luego se caso, ñiera de ella, por mano de el Prouisor de este Argobispado, con un Joan Alonso de Moxica que de pocos años á esta parte auia venido de la Nueua España á esta ciudad, engañada y persuadida á ello por vias y modos para mi muy secretos y desimaginados; y sin que lo pudiese estorbar, como lo hiziera con todas mis fuergas, asi por cumplir con lo que acerca de estas materias tiene V. Magd dispuesto y mandado, como también por la desigualdad de los contrayentes y mal modo que han tenido, tan en ynjuria y deshonor mió. Con lo qual ha quedado mí hija para siempre fuera de la casa y gracia de sus padres, dejándonos con la pena y sentimiento que no sabré significar. Por cumplir con mí obligación, me ha sido forgosso dar quenta con toda uerdad á V Magd. de mi desgracia. No me dando el dolor de ella lugar á mas que ofrecerlo á Dios, de cuya mano viene; el qual guarde la Catholica persona de V. Magd.—De Manila, 30 de junio de 1602.—D. ANTONIO DE MORGA».(102)
No faltará quien de lo escrito deduzca que MORGA era un padr e feroz, desentrañado. Duro era, en efecto, su carácter, pero lo agra vaba la inflexibilidad con que tomaba las cosas del oficio: sin duda entendía que transigiendo con su hija y con su yerno defraudaba en algo á su Majestad,
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102 Archivo de Indias: doc. núm. 31 delíndice 7.°: est. 67, caj. 6, leg. 19.
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y MORGA no pasaba por tal cosa, aun que lo aspasen. La prueb a de que no fué un mal padre, la tenemos en que Moxica recibió, á poc o de casado, á cuent a de la legítima de su es pos a Doñ a Juliana de MORGA, cuatro mil pesos, de los que libr ó recibo ' ° ^ MORGA pudo habers e excusad o de est e sacrificio, y rio se •excusó, sin embargo, en consideración á que Moxica no aportaba al matrimonio un maravedí de sobra. Per o es que si este rasg o del OIDOR no bastas e á demostrar que no er a un padr e sin entrañas, Véase en qu é términos se explica D. Pedro Brav o de Acuña, tratando de este negocio, un año después, en carta dirigida al C o n de de Monterrey, Virrey de Nueva España :
...«La diligencia que vuestr a Señoría m e mand o hag a con el -doctor MORGA para componerl e con su y e r no y hija, la e hech o muchas veges antes de aora, y en esta ocassion se lo e tornad o á acordar muy apretadamente ; y aunque cre o que el amor de padr e le deu e inclinar á oluidar el enojo, es tan mirado y cuerdo, que haze mas casso de la obligación de su officio que de lo otro: y ansí no e podid o concluir cossa con él. E l tiemp o a de hacer esto y el man •darselo V. S. alia, que por acá no se a podido mas. Es el Doctor persona de muchas y muy buenas partes, y po r esto, y por el cono cimiento que teníamos mu y de atrás, y la buen a correspondencia y buen termino que halle en él el tiemp o que aquí nos tratamos, le soy muy aficionado;s e que con su proceder sabr á obligar á V. S, á que le haga mercedes, y eche mano de su persona para negocios de importancia; per o po r la obligación que le teng o no e podid o dexar de hazer recuerd o de €í\o y asegurar á V. S. que se empleara bien, y que él sabrá merecerla y estimar la-» '°*.
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103 He aquí una de las cláusulas del testamento de Dona Juana de Brivies ca Muñatones, otorgado en la ciudad de México, á i8 de Abril de 1606: «Iten, digo y declaro que después que la dicha doña Juliana de MORGA, mi hija, se caso con el dicho capitán Joan Alonso de Moxica, el dicho doctor Antonio de MORGA, mi marido [y yo] le dimos y entregamos al dicho capitán Joan Alonso de Moxica, por mano del capitán Gómez de Machuca, vezino de la ciudad de Manila, quatro millfessos en dineros y haziendaá. quenta de la le gitima que la dicha nuestra hija avia de aver de bienes de nos los dichos sus padres, de cuyo rrecibo el dicho su marido otorgo recaudo y carta de dote en forma ante Joan Fernandez de Sotomayor...: asi lo declaro, y ruego y pido por merced al dicho doctor Antonio de MORGA, mi marido, perdone á la dicha doña Juliana, nuestra hija, el disgusto que le hizo (nótese que no dice nos hizo, sino le hizo) en aver se cassado, como se caso, contra su voluntad y sin su licencia, y pido Javoresca y ampare á los dichos sus. hijos, pues tienen dello negessidad.it
104 Carta de D. Pedro Bravo de Acuña, Gobernador de Filipinas, al Virrey •de Nueva España: Manila, 3 de Julio de 1603: Archivo de Indias: 58, 3, 14.
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MORGA, en cuanto hombre, no era malo; pero en cuanto oidor, preciso es reconocer que era terrible. Allá veremos cómo se porta en México, pues que ya el lector habrá inferido, lc la lectura de la carta de Acuña al Conde de Monterrey, que ?»torga, ¡al fin!, estaba trasladado á la capital de Nueva líspañia. Tampoco allí, ni en ninguna otra parte, perdonó á su hija el haberse casado en la forma inusitada que lo hizo.
Sí; estaba el DR. ANTONIO DE MORGA trasladado á México. Precisamente el mismo 30 de Junio de 1602, en que escribía á S. M. dándole cuenta de la boda de Doña Juliana, escribíale además en otr a carta:—«SEÑOR: Diez años ha que vine de esos reynos '°' á servir á V. Magd. en estas partes, y helo hecho en las ocasiones que se an ofrecido á todas manos, lo mejor que yo e sabido. Hallóme po bre.y con muchos hijos, ymposibilitado de encaminarlos y reme diarlos en esta tierra, y que ya me ponen en penalidades y cuida dos por esta parte, y que si yo les faltase, quedarían aqui sin re medio.—Suplico á V. Magd. muy humildemente sea seruido de hazerme merced de mandarme sacar con breuedad de estas yslas con la promoción que mi antigüedad y seruicios tubieren merecida, donde podre mas consolado continuar y acabar la uida en seruicio de V. Magd.»... '. Sin sospechar sin duda que, cuando esto pedía, ya la Majestad de Felipe ÍII le había favorecido con el ansiado tras lado á Nueva España. En efecto, en una consulta de la Cámara de Indias proponiendo personas para una plaza vacante de Alcalde del crimen de la Audiencia de México, fecha en Valladolid, á 25 de Octubre de 160 1 (no se sabía aún el suceso de la batalla de MORGA con Van Noort), se lee : «SEÑOR;—Por la promoción del licenciado Diego Nuñez Morque cho, Alcalde de la Audiencia de México, á la Plaza de Oidor della^ esta vaca la de Alcalde que tenia, y por conuenir que se prouea,s e propone á V. M. las personas que se ofTresgen para ella. »EI Doctor Antonio de MORGA, oydor de la Audiencia de las Phillpinas, que primero auia sido Theniente general dellas, proueydo por V. M. antes que se pusiesse la Audiencia y ha once años (sic) qtfe sirve alli con buena opinión, y de su persona y letras se tiene
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105 Exagera un poco el DOCTOR: recuérdese que salió de Cádiz el 23 de Febrero de 1594: de modo que eran ocAo años, cuatro meses y unos días.
106 Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 19; doc. núm. 32 del índice 7."
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buena relación.»—Decretado al margen:—«De conformidad» '°', MORGA estuvo á pique de quedarse sin la plaza, pretendida con gran ahinco por otro sujeto. También en aquellos tiempos se po nían enjuego influencias, ni más ni menos que se ponen ahora para la provisión de los destinos. ¡Y también había entonces j/ernocractafLéese en otro párrafo de la consulta á que nos venimos refiriendo : «En vnos memoriales que a dado el licenciado Vergara, gurujano de V. Md., en que pide esta plaga de Alcalde ó otra que esta vaca en la Audiencia de Lima, a scripto el Duque de Lerma al Presidente que V. Md. manda que se informe de las partes del licenciado Madrid de Luna, su yerno (de Vergara), y conforme á ellas se consulte, y por ser esta plaga de las mayores de las Indias, se proponen á V. Md. personas que siruen en otras Audiencias, y de mucha antigüedad, y que con áperiengia de lo que an seruido en otros ministerios se tiene satisfacion, y por esto, _j/ ser todavía mogo el yerno del licenciado Vergara, se dexa de proponer, y en otras ocasiones se acordara á V^, M. su pretensión, conforme á lo que resultare de la diligencia que se hará para saber las partes que concurren en su persona.—En Valladohd, á 25 de Octubre de 1601.» Pero entonces I3. yernocracia no medraba en la medida que me dra ahora, gracias al buen sentido de los Consejeros de S. M., que para sí quisieran los Consejeros del día: el Rey escribió al dorso, rubricándolo al pie : «Nomdro al Doctor Antonio de MORGA, y para su plaga de oydor de la Audiencia de las Filipinas, al licenciado Madrid de Luna, yerno del licenciado Vergara.» Hubo, pues—¿cómo no.?,—favor para el yerno del cirujano de S. M.; pero un favor relativo : hoy, las cosas se habrían resuelto del revés : dígalo, si no, toda esa patulea de parientes ineptos que en plena juventud han venido á ocupar Direcciones y Subsecretarías. Pero si en esto obró justamente Felipe III, ya no obró en la misma proporción al conceder al DOCTOR una «ayuda de costa», á pe sar del dictamen de la Cámara de Indias. La Cámara había expuesto á S. M. la razón de la «ayuda» en estos términos:—«SEÑOR : Por parte del Doctor Antonio de MORGA, oydor del Audiencia Real, de las yslas Philipinas, que ha sido promovido.á una plaga de Alcalde del crimen de la de México, se a representado que quando paso á las dichas yslas por teniente de Gouernador y Capitán General de ltas, le ocupo el Virrey de la Nueua Spaña en haueriguar ciertos delitos, y en otras cossas del seruicio de V. M., y lleuo á su cargo
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107 Archivo de Indias: est. 58, caj. 2, leg. 18.
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la Armada que embio para socorrer á las dichas yslas, con mucho cuydádo y trauajo, y el año de 598 formo el presidio en ellas y asento el Audiencia, sin que por lo sobre dicho se le aya dado ninguna ayuda de costa, y que tiene nueue hijos y esta muy pobre, y suplica á V. M., atento á ello y á la satisfacion con que a seruído, le haga merced de alguna buena ayuda de costa para ayuda á ve nir á la dicha ciudad de México, y por información hecha ante el Gouernador de las dichas yslas a constado de los dichos seruicios '°*, y auiendose visto en la Cámara, a parescido que, por las causas referidas, siendo V. M. seruido, le podría hazer merced de setecientos ducados por una vez, librados en lo procedido de olficios vendidos en la Nueva Spaña. En Valladolid, á 20 de junio de 1602.» —Y el Rey se limitó á decretar al dorso : ^Dénsele 500 por una vez, donde parece.-» es decir, S. M. rebajó en 200 ducados la «ayuda» propuesta '°'. Téngase presente que era la primera con que se favorecía al DR. MORGA, que entonces tenía, no los nueve hijos de que se habla en la propuesta; sino once, el último de ellos la «niña de teta» que dormía con la esclava María, bengala, en Junio de 1602.
Es de suponer el contento que experimentaría MORGA al recibir la noticia de su traslado á México. Y es de suponer.también lo que sus enemigos celebrarían que se fuese con sus rectitudes y aduste ces á otra parte : en cuanto le vieron irse, los regidores acabaron de desfogar las iras que contra él tenían, dándose el triste caso de que algunos que en 1598 se habían deshecho en elogios del DOCTOR (en la información que se hizo para acreditar sus servicios y honora bilidad), se revuelvan ahora contra él, poniéndole cual digan due ñas en Ja carta que ^ g áa Diciembre de 1603 dirigieron á S. M.; carta que vamos á reproducir en todo lo que á MORGA le toca personalmente, no sólo porque así lo exige la imparcialidad, sino para que se vea lo que podía el despecho en Francisco de las Misas y otros sus congéneres, no menos corrompidos que ei tal Misas. Tratando de la comisión que se daba á los oidores de la Audiencia para desalojar de sangíeyes á Manila, léese en dicha carta : «Y assi este primero año de 60 1 comengo á usar desta comisión como mas antiguo el doctor Antonio de MORGA, y él y los demás que le fueron subcediendo solo dieron nombre á la cossa de que lo hazia vn oydor, que es el que ellos publicaron cuando la quitaron al Gobernador, diziendo que mejor lo haria que vn particular que
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108 Alúdese á la que dejamos extractada en las páginas 56*-62*.
109 Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. i (núm. i).
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el [Gobernador] nombraba, y después que la tuuieron en si, solo apropiaron della para sus personas lo que hera la cudicia que les auia mobido á entrar en ella, porque por sus personas no hizieron diligencia alguna en tantas como la materia demandaba, y lo primero que hizo el dicho doctor MORGA este año que le toco, nombrar dos hombres que acudiesen á esto grandes amigos suyos y familiares de su casa, de 24 á 26 años cada vno, en quien concurrían defectos que no es decencia el ponerlos en cossas que an de yr á los oydos de vuestra Magestad; solo se dirá lo que ay y consta por scripturas : el uno se llama Jusepe de Nabeda, casado en México con una negra captiva, de donde por delitos feos bino condenado por seis años, tres con sueldo y tres sin él, á estas yslas, los quales por el amistad del dicho doctor no cumplió; el otro se llama Juan Paez; fue nombrado por escriuano y bino desterrado por delitos de México; y dentro de tres ó quatro dias de como esto, se quitó al dicho Jerónimo de Orozco, cuñado del dicho don Francisco. Salieron estos dos nombrados á comenzar á vsar desta comisión, de donde siendo pobrissimos, que no se les conoscia tener mas de sus bastidos, salieron tan ricos, que aqueste mismo año cargaron ambos á dos mucha cantidad de mercaderías para Nueva España, y después acá mucho mas, y el Nabeda tiene dos caballos en su casa, que no ay tres hombres en todas las yslas los tengan; y de lo que sirvió en la comisión el dicho doctor MORGA, no fue mas de firmar las licencias y coger los derechos dellas sin hazer diligencia ni echar de la tierra sangley ninguno de los que quedaban en ella, ni tal se bio echar este año, ni los demás hasta que era el punto mas substancial desta materia; antes el dicho oydor y los que le subcedieron, de acuerdo, los dejaban estar; y con publicar autos que se fuesen todos, les parecía quedaba justificada la materia, no siendo su yntencion que se fuesen, sino para cobi-ar dellos después las penas que les proponían...
»E1 modo que todos estos tres años se tubo en húsar destas co misiones fue que todo quanto se hazla en ellas, el oydor á quien tocaba firmaba las licencias, y en su casa se daban, y todos los demás autos y diligencias que se hacían, y él cobraba y resciuia los dos rreales que en publico se llevaban; lo que an pagado á estos que ellos nombraban, ellos se lo saben, y también se sabe que a sobrado mucha cantidad de dineros, y que á el doctor MORGA se le dieron trecientos pesos dellos para alquiler de vna cassa en que vibia, y los otros se an consumido en otros arbitrios en su utiÜdad, sin que se aya metido en la Real caxa vn solo real, siendo este el nombre que ellos dieron siempre de que pagados A ios ministros que ellos nombraban, lo que sobrase se auia de meter en la Real Caxa.
»Ya se dexo atrás reservado el dar quenta A vuestra Magostad de otras cossas que los dichos oydores se auian apropiado para si, no siendo de su jurisdicción, ni profeccion, ni tocándoles sino por ser materias en que se podía meter la mano, como la pasada, como fue en tiempo de don Francisco Tello yr cada año al puerto de Ca uite vn oydor por su turno á la carga de las mercaderías con vn gran salario, que se benia á convertir en toneladas de carga, y por diferentes bias y caminos que ellos cargaban, y asi le dio principio 'el primero año quien lo dio á estotra materia, que fue el doctor MORGA el principal; que la vna y la otra mobio y procuro, y lo que trabajaban él y los demás que le subcedieron, no í'ue de otra esen cia ni seruian de otra cosa en el dicho puerto de Cauite de cargar sus toneladas en que se convertían los salarios y acomodar otras cossas suyas en la dicha carga, porque desde el dia que llegaban al puerto hasta que se benian no ponian pie en la nao que se carga ba ni sallan de unas cassas de vuestra Magestad que allí ay en que possan los ofticiales reales quando ban á despachar las dichas naos.
«Asi mismo el dicho doctor MORGA que fue el que como dicho es y a sido el ynbentor de aber los dichos oydores metidose en estas cossas y el que dio principio á ellas, siendo tan ageno de su profe sión y oñcio las cossas de la guerra, con la autoridad del y altibeza y designios que a tenido en lo demás, se apropio en si con sus tra bas y mañas el yr por general contra los olandeses que el año pa sado de seiscientos binieron á estas yslas con dos nauios, qui tándolo á tantos soldados como aqui ay y á las personas á quien vuestra Magestad tiene puestas para cassos semejantes, y aun no contento con esto, dixo algunas palabras contra ellos de mucho sentimiento, y el subceso que tubo, notorio sera de vuestra Mages tad ya, por otra relación é ynformacion que del abemos enuiado á vuestra magestad "°, y agora se averiguara en su residencia que fue subgeso que á solo el dicho doctor MORGA le subgediera, porque conoscidamente se dexaron de tomar anbos nauios, y se perdió lo
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110 Véase en el APÉNDICE el anexo quinto del número iz: págs. 303-305.
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que se perdió por falta de yspiriencia y animo, y estos dias se a renoba o bien el sentimiento, por que por la artillería que allis e perdio y armas, que era tod o lo mejor que auia en esta tierra, apenas auia dest e genero con que acudir á las ocasiones que a auido, que con tanta gente principal y vezinos que murieron en la jorn a da del dicho doctor y agora en esta con don Luis Dasmariñas, a quedado esta ciudad tan afligida...
»... de Manila, á 9 de Diciembr e de 1603.—CHRISTOBAL GUIRAL.
—FRANCISC O DE LAS MISAS.—PEDR O DE BRITO. —AGUSTÍN DE A R Q E O.
— J U A N XUAREZ GALLINATO.— ANTONI O DE CAÑEDO.—FRANCISC O DE
MERCADO. — DIEG O MELENDEZ F L O R E S. — B E R N A R D I no DE A U I L A. —
CRISTÓBAL DE AZQUETA MENCHACA.—Í\LUAR O P É R E Z. — por m a n d a d o
de la Ciudad de Manila : Luis DE CONTRERAS, secretario de Cabildo» ' ".
Como se ve, aquí sólo se acusa de pequeneces á MORGA. Aun concediendo que se lucrara en alguna cosa el año que le tocó el despacho de los chinos, ¿qué era esto, después de todo, en un país colonial en formación? La mejor prueba de la honradez de MORGA la tenemos en lo que acerca de él escribió Acuña ; mas por si esto no bastase, ahí está el dato positivo de cómo salió del juicio de residencia, que tomó D. Antonio de Rivera Maldonado, con quien MORGA, por la cuestión de la antigüedad, había vivido un tanto de través. Rivera envió el proceso con una carta que decía así :
«s E Ñ O R : — Mandóme V. M. que tomase residencia al Dr. Ant.° de MORGA, alcalde de la Chancilleria de México, del tiempo que fue teniente de Don Luys Dasmariñas y de Don Francisco Tello, governadores que fueron destas yslas, la qual tome con el mayor cuydado y diligencia que pude, y le puse los cargos que de la residencia secreta contr a él resultaron, como constar a del proceso de la dicha residencia que con esta embio "^, y V. M. sera seruido mandar ver, al qual sentencie, habiéndole algunas condenaciones, y le halle auer sido BUEN JUEZ. Pusosele en la residencia publica cierta demanda por el fator Francisc o de las Misas, y della le absolví; no se ofrece otra cosa de que V. M. deua ser avisado.—Dios guarde, e t c. — En Manila, i l de Jullio de 1604» " '.
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111 Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 27 (núm. i).
112 No ha podido encontrarse en el Archivo de Indias el proceso á que D. Antonio Rivera Maldonado se refiere en esta su carta.
113 Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 19.
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En Julio de 1603, MORGA —-¡al fin!— salió con todo su regimiento de Manila, menos Doña Juliana, que en Manila quedaba con su marido y un pequeñuelo, fruto del dramático matrimonio narrado. AI DOCTOR debió de parecería milagroso salir con vida de una tierra donde el noventa por ciento de los españoles quedaban enterrados. No hacía mucho que había visto morir á D. Francisco Tello, pobre y con deudas por añadidura. ¡Qué raro era entonces el que escapaba con vida!... MORGA salió, y probablemente sin sospechar que aún le quedaban por delante muchos años de existencia, si no enteramente feliz, á lo menos no tan amarga como la que tuvo en Filipinas, sin un día de tranquilidad, siempre abrumado por el trabajo y casi siempre objeto de las dentelladas de sus émulos. Los cuales no le perdonaron ni aun mucho después de ido; aparte lo ya copia do de 9 de Diciembre de 1603, á l.° de Julio de 1604 escribían de aíSadidura á su Magestad: .
«SENÍOR: La fidelísima ciudad de Manila délas yslas Philipinas, dezimos: que desde el año de mil y seiscientos que acaeció el desdichado suceso de la nao capitana en que fue el Doctor MORGA por general contra los Olandeses que á estas partes vinieron, siempre auemos scripto & V. M.'' el sentimiento, que en general y particular, esta República tiene assi de la perdida de tantos ciudadanos y tan principales como por culpa [roto: ¿del poco?j animo y mala traza del dicho Doctor se perdieron, como de que él con la autoridad de su oficio, quitasse aquel cargo á quien V. M.** lo tiene dado y era su profession, y á otros muchos soldados á quien si él se podía encargar y nunca esta ciudad a visto, aunque de todo embio á V. M.** ynformaciones, otro remedio ni castigo alguno, sino mejorarle la plaza que aqui tenia en la ciudad de México, lugar donde podra continuar su natural ynclinacion de hazer mal y daño á esta ciudad y vezinos della. Y porque sospechamos que los dichos nuestros recaudos se hayan ocultado y no visto con trazas y mañas del dicho Doctor, y assi mesmo auemos sauido que con las mes mas al principio él y Don Francisco Tello, que tuno tanta y mas culpa que e1 en embiarle, procuraron dar color, con dezir que con uino que fuesse el dicho Doctor á la jornada, porque avia dissen gioncs entre los hombres de guerra, qual auia de yr, y que con ninguno dellos fueran los que con el dicho Doctor, y que por esto se tomo esta resolución por el dicho Don Francisco Tello y el Audiencia, certificamos á V. M."* que todo esto no es assi, ni tal se hallara con verdad, sino todo lo contrario. Porque ni se pusso en platica ni disputa de quien auia de yr, ni la razón lo (s¿c) lleuasse, pusiesse, teniendo V. M."* nombrada persona con salario para semejantes casaos. Y que en todos los que se a hallado demás de su buena yndustria conozidamente a sido bien afortunado, com o en Don Jhoan Ronquillo, de quien se cree nadie, que fuera soldado, rrchusara de yr con él, auiendo yd o otras muchas vezes, y pues fueron con el dicho Doctor, que en su vida echo mano á spada, mejor fueran con el dicho Jhoan Ronquillo ó otr o soldado dessa pro fession, ni tal se le dio licencia por el Audiencia, y pues si él a dicho verdad, ó nosotros, se vera aora, por los cargos quen la residencia que por mandad o de V. M.' se le tom o de su ofñcio, á quien humiimente suplicamos que como el casso rrequiere se vea por juezes, tales como V. M.'' los tiene en su Supremo Consejo de Indias, y para que en todas ellas se contenten los de la proffesion del dicho Doctor con la merced que V. M.'' conforme á ella, les a hecho, y no procuren ni acepten cossas fuera dcUa, de que tanto daños a auido en las Indias por este respecto, y vuestra Magostad mand e sea castigado con todo rigor.
»Assi mcsmo por otros recaudos y auisos que de todos los esta dos destas yslas van á V. M.'', se abra entendiendo otro caso mas miserable y peligroso que el passado, que fue el alcamiento de los sangleyes; y porque este tubo assimesmo el principio por culpa del dicho Doctor MORGA, por auerse metido en cossa que ni V. M. ' lo mandaua ni era de su jurisdicion ni profiession, como es el echar los dichos sangleyes de la tierra para que no viniera á lo que vino, á que él dio principio, como parecer á por las dichas rrelaciones de que esta ciudad se querella y pide á V. M. juez que conozca la causa, porque entre los demás cargos que el licenciado Almazan á dado al dicho Doctor a sido vn o de lo tocante á este alzamiento, en que por tener culpa el dicho licenciado Almazan, y ser complice en el casso, los testigos que en el digeron, no fue lo que en el passaua y sauian, porque si lo dijeran era fuerza culpar al dicho licenciado Almazan, y assi muchos, no quisieron declarar sobre esto. Suplicamos á V. M.'' sea seruido, pues entendemos que es justo, que de lo tocante á este cargo no se trate ni determine hasta que por el juez que V. M. fuere seruido de nombrar se averigüe la realidad del casso. —Guarde nuestro señor á V. M.'', etc.—D e Manila á primero de jullio de mili y seiscientos y quatro años. —PEDRO DE ORTEGA. —FRANCISCO DE LAS MISSAS. —JOAN DE BUSTAMANTE. —AGUSTÍN DE ARCEO. —JUAN XUAREZ GALLINATO. —FRANCISCO DE MERCADO. —BERNARDINO DE AUILA. — EL Ldo. BUSTAMANTE.—Por la Ciudad de Manila: MIGUEL MARTÍNEZ, escriuano de Cauildo» (114).
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114 Archivo de Indias: est. 67, caj. 6, leg. 27 (núm. 2).
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El suceso de los chinos á que se alude en esta carta acaeció meses después de haberse ido MORGA, el cual no tuvo en ello la menor responsabilidad; si se puso limitación al número de chinos residentes, fué porque así entendieron que debía hacerse, no sólo los elementos más calificados de la Colonia, sino el Rey mismo, á cuya cédula de i° de Julio de 1598 se ha hech o ya referencia(115). Cargar, pues, esto en la cuenta de MORGA, no deja de ser una nueva manifestación del odio que le tenían los defraudadores y sus aliados. Las causas, desarrollo y término de la sublevación quedan tratados en el texto de los SUCESOS y en las NOTAS, y por eso no se insiste aquí en descargar al DOCTOR de tan injusto sambenito. Por lo demás, si la sublevación tenía que venir, es evidente que habría sido más grave aún si en Manila hubiera habido mayor númer o de sangleyes de los que hubo entonces. ¡Harta más culpa tendría Francisco de las Misas, que como factor debió de explotar á los chinos años enteros, que el DR. MORGA, el cual sólo se entendió con los sangleyes una corta temporada, en el año de l601 ! de lo que nada dicen los papeles de la época —cosa que no es de extrañar— es que MORGA, al salir del país, salía sin haber devuelto á un agustino la suma de quinientos pesos que el agustino le había entregado en calidad de depósito ; suma que MORGA murió sin restituir(116).
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115 Véase la pág. 91*.—Aquí añadiremos que en virtud de lo mandado por S. M., la Audiencia pidió parecer á una comisión de personas beneméritas, que informaron en los siguientes términos en los primeros meses de tóoi : lApuntamünios de lo que conuiene acerca de hechar los sangleyes destas yslas. »Lo que nos parece á los que aquí firmamos, por razones y caussas gravissímas en orden al scruicio de nuesto Señor y de Su Magestad, bien general y común destas yslas, es lo siguiente, las quales causas se darán por extenso siempre que sea menester;
»1. Primeramente, que con mucha puntualidad se haga lista y memoria de la cantidad de sangleyes que sera nesgesaria para el seruicio de la república, y hecha, que se haga y mande que los sangleyes xpianos usen y siruan los oficios que sauian antes que lo fuesen para que con este sean menester menos ynfieles en los oficios públicos y que los xpianos, siruiendo en ellos, se aprouechen de lo que a de ganar el ynficl, pues ya es fuerza que por ser christianos se queden entre nosotros, y por que algunos dizen que los xpia nos harán los oficios mas caros que lo ha^en los ynfieles, se dize á esto que á los unos y á los otros se tase justamente lo que deuan llevar en los trauajos y hechuras que hizieren, y hecha esta tasación se obligue con grande rigor á el christiano y al ynfiel que trauajen y cumplan la dicha tasación,
»2. Yten, que como se fueren convirtiendo, cada año los sangleyes vayan usando sus officios y hechandose otros tantos ynfieles de los que los tenían, para que andando c! tiempo, con esta buena orden y cuydado, se vengan á quedar los xpianos con los oífi^ios y á escusar los ynfieles para ellos, y uno de ios grandes ynconuinientes que ay para preuenir esto, es dalles baras [de autoridad] luego como se hazen xpianos, por negociárselas sus padrinos con tanta facilidad, daño y escandalosos medios, en particular de dadiuas; y ay tanta desorden, que sin que su señoría lo entienda qualquicr justicia las da y se dan para personas que no se dcucn dar contra lo que esta ordenado por su señoría, y se puede echar de uer lo que en esto pasa, pues el dia de «y ay tantas baras que llegan casi á ciento, y estas las traen de la gente mas ruin y de menos satísfa^ion y algunos priuados y castigados por delictos co metidos con ellas, y esta desorden es dañosísima á la conversión y xpiandad desta nailon, como se echa de ucr y lo experimentan los que la tienen á car go, para cuyo remedio se podran escoger de las personas de mas satisfacion, los que convenga para ellas y que tengan quatro años de xpiandad y sean de buena fama, y parece que vastara hasta veynte ó vejfnte y quatro baras re partidas entre las personas que las an de tener; y para que se haga como con uiene esto de los uilangos, ynporta su señoría vaque todas las baras y se es coja el numero dicho de las personas que mas convengan, y que su señoría las prouea, y no otro alguno, y lo propio se dice de los naguatatos de nauios.
»3. Yten, que los nauios de trato que cada año bienen á estas yslas no se les consienta traer mas de los marineros y gente necessaria para su nauegacion, conforme á el porte de ! nauio; y los mercaderes que biiiieren en ellos con hazienda, hecha la venta della, se buelban; y para que la hagan se les tase y limite tiempo suficiente conforme á el tiempo en que biniere cada nauio, de manera que la demasía de la estada no sea dañosa al bien común y venta de hazienda que traen, la qual guardan para vender más cara quando no tienen tiempo determinado para bolberse, y quando se bolbieren lleuen la gente que trnxeron y mas la que cupiere de la que acá esta y se a de hechar; y esta orden se guarde hasta cumplir el numero de los sangleyes que an de quedar y son nes(;.csarios para esta rrepubüca, y taiuiien se le mande traygan muni(;ioncs y vastimcutos nesgesarios, lo qual dizen ellos que traerán como se le pague á un preijio moderado y no regiuan vejaciones.
»4. Yten, que por ningún casso se den licencias ni consienta que sangleyes ynfielcs anden á tratos y contratos en estas yslas derramados entre los naturales y que se den las tales licencias y aprouechamicntos A los xpianos, como los ofif ios para su comodidad y mayor seguridad y euitai^ion de daños, pecados é ynconuinientes gravísimos que ay del trato y comunicación destos ynfielcs en estas yslas, y asi mismo que ningún sangley ynfiel pueda entrar la tierra adentro más de dos leguas al rrcdedor desta (¡iudad, fuera de los pescadores en toda la baya y rios, ni entrar en poblaciones de naturales, so graucs penas si lo hizieren, y mayor á la justicia si lo consintiere.
»5. Yten, conuiene grandemente que los ministros no tengan ni anparen á sangieyes ynfielcs en sus partidos por algunas comodidades y ocacion de obras, pues se pueden hazer sin tenellos consigo entre los naturales por testigo de todo quanto ay y pasa en la tierra con grandíssimos yncorvvinientes y escándalos de lo que uen y presumen i)or su maligia, y llega á tanto, que no se sufre especificar lo que á en esto y saucmos por experiencia y noticia clara que tenemos desto, y pedimos por amor de nuestro Señor y honrra de su ley, que se rremedic esto, que escossa grauissima y «ligna de rremedío.
»6. Yten, que á ningún sangley se le de licengia para hager vino de arroz por lo mucho que en esto gastan y consumen, y si alguna se ubiere de dar, sea á xpiano pobre ynpedido para otros ofigios, para que con eso se socorra á su nesccssidad; pero lo mas acertado sera que á nadie se de.
»7, Yten, que ninguno tenga tiendas ni duerma dentro de la giudad de Manila ni en casa de sangley xpiano ni natural por los grandes ynconuinien tes que de lo contrario se siguen, y lo mcsmose dize de los hornos que ay eo la ciudad de Manila.
»8. Yten, que se rremedic la demasía y exceso grande y ocasión de grauis simos pecados de juegos, amanceuamientos y de otros mayores y de tener escondidas las haziendas para rreuenderlás, que ay en el Parían, principal mente en las cassas grandes de los mercaderes y otras que son dañossisimas, y que los primeros que se enbarquen sean estos sangleyes ociosos que andan en hauito honrrado con bonetes y son recatones, jugadores, revolbedores y grandemente perjudiciales al bien publico, espiritual y temporal, yadbierta se que estos tienen grandes padrinos y baledores y tracas estraordinarias para quedarse en esta tierra, como se saue de experíenijia larga, y no se he chando estos, no se puede conseguir el bien que se pretende.
»9. El modo que se nos ofreje para hechar los sangleyes de la tierra, es que en los nauios que an quedado del año pasado y en los que binieren de China, conforme á la gente que pudiere Ueuar cada nauio, se enbarque en ellos toda la gente que pudiere cauer, y podra yr mucha, pues el año que despacho los nauios el capitán Rios se hecharon mas de 12.000 sangleyes de los que estauan acá, sin los que trayan los mismos nauios, y no ay aora tantos millares como aquel año, y los que podran quedar para el uso de los oficios nescesarios á esta república nos parece que con los xpianos que ay vastan; de los demás infieles, tres mil á lo mas largo; y para que con puntua lidad usen todos sus oficios y no los dejen luego, como lo hazen, seria ynpor tantissimo medio escojer personas xpianas de toda satisfacion y encargar les las personas de un oficio, para que tengan quenta con ellos y la de quan do se le pida ó mandare hazer alguna cossa que se ofresca; y para que no pretendan ygnorani;ia los que quedaren ni parezca que se les haze fuerza en mandarles usar los dichos oficios, antes que se les de licencia para quedarse, se les yntime que los oficios los an de usar conforme rezare ia medula, y al precio que se les pusiere, conforme se hizo en tiempos pasados y gustauan mucho dello.
»10. Lo dicho es lo que nos a parecido, y para execucion dello dezimos que conuiene grandemente se escoja la persona de mayor satisfacion y ex periencia, pues ay en esta ciudad quien lo hará con toda satisfacion, y en esto esta la Uauc é ynportancia deste negocio, por que de lo contrario se siguiran muchos ynconvinientes y ofensas de nuestro señor y no se hará nada, antes sera mayor nota como la tienen ya estos sangleyes con^euida de nosotros, pues dizen que no es mas de hablar al ayrc los vandos y mandatos que se les ponen, y asi los menosprecian y no hazen caso dellos, siendo en su tierra tan puntuales y obedientes en cunplir lo que se les manda, porque se executan con puntualidad las penas y castigos que se les ponen, como á todos es noto rio, y asi conuiene que se mire muy bien lo que se les manda, y los vandos que se hecharen se cumplan sin remisión alguna, porque este es el modo de gouernar esta gente.
»11. Yten, acerca de echarlos sangleyes, la mejor orden que se puede tener es que la persona que los tuviere á cargo, en llegando el navio de China le uaya á uisitar antes que nadie se desenbarque, y los quente y le mande al capitán que para el dia que se le señalare a de tener su navio de vergas en alto aparejado, y todos los sangleyes que truxo dentro, para yrse huyendo de flaneas antes que entre en el Rio desta ciudad, de que lo cunplira y por que se prenden muchos para ynviar á China, que son pobrisimos, es nesgesario que á los que quedaren se les lleue dos rreales para conprar arroz, lo qual se de á los que se enbarcaren que no tubieren que comer, como se hagia en tiempo de don Luis Pérez Dasmariñas.
»12. Yten, que en lo que conuiene grandemente poner cuydado es en remediar tres géneros de sangleyes que ay en esta tierra, de los quales ay muchos en demasía, como son: recatones del Parían, ortelanos, que ay mucha cantidad de cassas y muchos en una cassa á do se hazen graues pecados por estar apartados de la justicia y ministros, y tanuien la demasía que ay de sangleyes ynfieles que salen á contratar por esta tierra y sauen los puertos de todas estas yslas.—EL LICENCIADO DON GABRIEL DE LA CRUZ, Dean.—EL ARCEDIANO DE MANILA.—FR. DOMINGO DE NIEUA.—FE. PEDRO DE SAN VIZENTE.— PEDRO DE CHAUES.—FERNANDO DE LOS RÍOS CoROMEL.^Concuerda con el original: PEDRO HURTADO DE ESQUIVEL.»—Archivo de Indias: corre unido este papel con la carta de la Audiencia á S. M., ya citada, de 13 de Julio de 1601.

116 En el testamento del DR. MORGA, que por poder otorgó Fr. Pedro Dorado, á raíz de la muerte de aquél, léese:—«Iten, declaró su Paternidad del dicho Padre guardián fray Pedro Dorado que ansi mismo su señoría señor Presidente doctor Antonio de MORGA le comunico cómo estando su señoría en las Filipinas, ciudad de Manila, por oydor de aquella Real Audiencia, vn religioso de la orden de San Agustín que estaua y residía en el combento d^e dicha orden en la dicha ciudad, le avia dado á guardar quinientos patacones de á ocho reales (J sean quinieuios pesos fuertes), y teniéndolos en su poder su señoría se vino á la ciudad de México siendo promobido á la Real Audiencia de ella y asi mismo el dicho religioso, el qual nunca en la dicha ciudad de México le pidió la dicha cantidad de quinientos patacones, y al cabo de algún tiempo avia hecho ausencia della, y su señoría se vino á esta ciudad de Quito por Presidente de la Real Audiencia y no obo efecto de que al dicho religioso se le diesen los dichos quinientos patacones, por lo /¡¡tal le era deudor de la dicha cantidad.
Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 5 (nüra. 4).
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XI

Ya en América, la vida de MORGA no nos interesa tanto, con ser en América más interesante aún, como vida, que en las Islas Filipinas. Porque en sus últimos años. MORGA se trasforma en un personaje novelesco, verdaderamente representativo; representativo del fenómeno de la evolución por efecto de la influencia del medio percibida á lo largo de más de cuarent a años en países coloniales. Como es dicho, MORGA llegó en Diciembre á Acapulco, donde con tod a su gent e desembarcó, y se trasladó en seguida á la ciudad de México. El 12 de Ener o de 1604 tomó posesiórv de su importan te cargo. Y del concept o que mereció desde luego á los personajes de la Audiencia en que entraba á servir, nos dan buena idea estas palabras de esos señores: «Tomo su posesión abra quatro días, y queda sirviendo su plaga con muy buen nombre y opinión de letrado,, por lo qual, y la buena suerte de su persona, nos parege muy bien empleada en él la merged que V. M. le a hechos! "''. Y por lo que' toca á sus colegas los Alcaldes del crimen, véase el párrafo que le dedicaron: «Fue regeuido á el usso y exercicio de su oficio en 12 de Henero deste año y queda siruiendo á V. M., y con su compa ñía estamos contentos: besamos á V. M. las manos por la merced que nos higo en darnos tan buen compañero, que con su asistencia, con mucha brevedad se despacharan los negocios criíninales que de presente ay y adelante subcedieron-» "*. MORGA por su parte—parece ocioso decirlo—estaba satisfecho; y á los tres días de haberse po sesionado de la Alcaldía ó Juzgado, escribía al Rey: «SEÑOR:—Beso humildemente los pies de V. Magd. por la mer ced que me a hecho en promouerme de oydor de las Philipinas á plaga de Alcalde en el crimen de esta Audiencia de México, y asi mesmo por la merged de los quinientos ducados de ayuda de costa para los gastos de el viaje y por las ocupaciones de negocios parti culares en que V. Magd. hasta agora auia sido seruido de ocupar• me; y por ser vna y otra tan grandes mercedes, luego que me lle garon los despachos vine á gozarlas, venciendo las dificultades que para tan largas y peligrosas nauegaciones se me ofrecieron, de que Dios a sido seruido de sacarme trayendome á este reyno y Au diencia, donde quedo exerciendo el ministerio en que V. M. me a puesto con los deseos que es justo de tener fuergas para acertar á hazer en él lo que soy obligado, lo qual procurare siempre con las que tuviere, suplicando á Dios me las de muy cumplidas, y que guarde á V. M. por largos años, como la cristiandad ha menester. De México, á 1$ de Henero de 1604.— D. ANTONIO DE MORGA» " '. A primeros del año siguiente, sin duda recordando MORGA el su ceso de Doña Juliana, dirigió un memorial á S. M. pidiéndole permiso para poder casar á sus hijos; declara en este documento "° que se hallaba «pobre y con nueve hijos» (aparte Juliana)—-lo que prueba que se le había muerto uno recientemente, pues que á mediados de ~%6o2 tenía once (incluyendo á Juliana)—,
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117 Carta de la Real Audiencia de México á S. M., fechada á 15 de Enero de 1604.—Archivo de Indias: est. 58, caj. 5, leg. 12.
118 Carta de los Alcaldes del crimen de la Audiencia de México á S. M.,, fechada á. 24 de Mayo de 1604.—Archivo de Indias: 58, s, 12.
119 Archivo de Indias: est. 57, caj. 6, leg. 37.
120 Archivo de Indias: est. 60, caj. 2, leg. 6 (núm. i).
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y el Consejo le contestó •que se oía. Y pocos meses después volvió á insistir sobre el asun to, declarando otra vez que se hallaba con nueve hijos, «y algunos dellos en edad dé ponerlos en estado»; lo que motivó que el Con sejo decretase : «Ynforme el Virrey», y el Virrey, Marqués de Mon tes Claros, informó al año siguiente en esta forma: «SEÑOR:—Por la de vuestra Magestad de 5 de hebrero dcste año, e visto que el Doctor Antonio de MORGA, alcalde del crimen desta Real Audiencia, a hecho instancia suplicando á vuestra Magestad le haga merced de ÜQencia para que case en el distrito desta Au diencia sus hijos, ó por lo menos dos ó tres dellos, sin embargo de la prohibigion que en esto ay, como se a hecho con el Doctor Rie go y otros, para que alega los servicios que hizo á vuestra Mages tad en ese Reyno desde el año de 580 en offigios y comisiones de consideración, y desde 94 en Filipinas, y estas Yndias, en plagas de asiento; y sobre todo manda vuestra Magestad que le informe con mi parezer. La prohibición general que en esta materia ay en las Yndias tuuo tanta justificación y fue tan importante, que no presumo quiera vuestra Magestad cayga sobre ella mi parezer, y cuan do me hallara obligado á darle, siempre suplicara á vuestra Magos tad su conserbacion y observancia. ^Tratando de lo particular desta cédula, el Doctor Antonio de MORGA es hombre de estado [casado?], de quien en otras ocasiones he hablado á vuestra Magestad bien; ha gastado muchos años fuera de su casa en las ocupaciones referidas; tiene diez hijos [incluyendo á Z?," juliana], y de ellos seis barones, desde 22 hasta 6 años de edad, y sola una hija casada en Filipinas; no le conozco mas hazien da en las Yndias que su plaga, y tengole por hombre de condición en quien causara menos perjuizio los deudos y dependencias, aun• que se han en su distrito: Vuestra Magestad se a seruido de dar á otros la licencia que pide, y si esta se suple por seruicios, tiene ' los que bastan para merecerlo el riesgo que corren oydores y al caldes en las Yndias de que, casándose sus hijos sin su licencia, re, sulte en su descomodidad y daño, perdiendo sus plagas, es grande: •por ello todo me parege podra vuestra Magestad dar licencia al Doctor Antonio de MORGA case vn hijo y vna hija en este distrito, haziendo primero consulta de las personas al Virrey deste Reyno, y con su consentimiento y permisión.—Guarde Dios, etc.—México 16 Nouiembre 1606.—EL MARQUES DE MONTES CLAROS» " '.
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121 Archivo de Indias: est. 58, caj. 3, leg. is (núm. I).
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. Mostró éste, durante todo el tiempo que duró su mando, una decidida inclinación á MORGA, dando de ello, entre otras pruebas, la de haberle nombrado Auditor de guerra, con 400 pesos de salario,, que percibía sobre el sueldo de oidor ' ". Podría achacars e tal predilección á que al servicio de la Virreina se hallaba Doñ a Juana de Mendoza, sobrina de D. Juan Hurtad o de Mendoza, cuñad o de Doñ a Juana de Briviesca Muñatones, esposa del DOCTOR; pero es lo cierto que los Virreyes que vinieron después que el Marqués de Montes Claros siguieron dispensando á MORGA, si no favor, cuando menos una gran consideración, lo que demuestra que MORGA la merecía. Los oficios los desempeñab a con inteligencia y celo; y aunque le daban no poco que hacer, en las horas de vagar se consagraba á terminar su libro sobr e Filipinas " '. No ; no er a todo favor lo que el Marqués de Montes Claros dispensaba á MORGA : era justicia. Tanto, que ape nas llegada á México la triste nueva de la muerte del insigne Acuñ a en Filipinas, el Virrey quiso que MORGA volviera al Archipiélago con la misión de investigar la verda d acerca de la muerte del conquistador de las Molucaa; y á fe que si se hubieran cumplido los deseos del Virrey, MORGA no se lo habría agradecido mucho, pues que no era tal empresa una empres a baladí. para el D R. M O R CA fué, sí bien se mira, una gran suert e que S. M. no aceptase l a proposición del Marqués de Montes Claros ""^. Al propio tiemp a que el Virrey la hacía, hacía otra más en favor de MORGA ; esta sí que era merced : acababa de saberse, á mediados de Enero de 1607, que Rivera Maldonado, que venía de Filipinas á Nueva Españ a pro movido a u n a plaza de oidor, había muerto á punt o de llegar á Aca pulco ; y el Virrey proponía al Rey que esa vacant e pasara á ocu parla MORGA en primer lugar '^K Pero S. M. se hizo el sordo ; y MORGA continuó en su Alcaldía del crimen. Por entonces vestía el luto de la viudez. (¡Qué habría sido de tantos hijos, casi todos pequeños, si de pronto el padre se hubiera visto enviado á las Filipinas, como quería el Virrey?... Doña Juana de Briviesca Muñatones, la fiel y fecunda compañera de D. ANTONIO DE MORGA, se puso enferma de algún cuidado en Abril de 1606 ; y considerando que se le acercaba la hora de la partida definitiva, llamó á un escribano y otorgó testamento(126).

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122 En una carta del Virrey.de Nueva España á S. M., fechada en México á 30 de Mayo de 1606, se lee el párrafo que sigue:—«En carta de 9 de Junio de 1604 me manda vuestra Magestad le informe si tendría inconueniente que el Auditor de la guerra, que el Virrey nombra en este Reyno, fuese al calde 5 oydor; parescíendome que no le ay considerable, como tengo escrita á vuestra Magestad, elegí al Doctor Antonio de MORGA, Alcalde del crimen desta Real Audiencia; dansele quatrocientos pesos de salario, que es menos que lo que se daua á los Auditores, que hasta aqui an sido, y asi se continuará mientras vuestra Magestad no mande otra cosa.»—Archivo de Indias: estante 58, caj. 3, leg. 15 (2.°).
123 Véase, al final de este estudio, el capítulo que dedicamos á la obra histórica de D. ANTONIO DE MORGA.
124 Como decimos en otro lugar (véase la NOTA IOI), la voz pública, sin contar la de los médicos, dijo en Filipinas que D. Pedro Bravo de Acuña ha bía muerto de ponzoña, y muchos vieron en el oidor D. Antonio de Rivera Maldonado al autor de tan execrable crimen. El Marqués-Virrey escribió á S. M. en cuanto supo la triste nueva: «SEÑOR: Si vistas las relaciones que dan sospecha en la violenta muerte de Don Pedro de Acuña, paresciere á V. M. conviniente vaya persona á su aueriguacion, juzgo seria preciso fuere de esta Audiencia, por escusar las costas y gastos del que vbiere de venir de Espa ña, propongo á V. M. al Doctor Antonio de MORGA, y al licenciado Antonio Rodríguez, que cada vno de ellos dará buena quenta de la causa, y se les podría obligar que hiziesen viaje tan penoso, si V. M. se siruiere de darles el ynterin hasta que llegue el gouernador.—Dios, etc.—México XII de Enero de 1607 años.—EL MARQUES DE MONTES CLAROS.»—A. de L: 58, 3, 16.
125 «SEÑOR:—Hauiendo llegado el licenciado Don Antonio de Rivera al puerto de Acapulco, para venir á servir su plaja de oydor desta Real Audiencia, se le lleuo Dios repentinamente; los que della podran entrar en su lu gar, se siguen: «El Dr. Antonio de MORGA, Alcalde del crimen. «El licenciado Alvar Gómez de Abaunca... «México 12 de Enero de 1607.—EL MARQUES DE MONTES CLAROS.»—Archi vo de Indias: est. 58, caj. 3, leg. 16 (2.°). Según otras versiones, Rivera Maldonado murió en el mar, poco antes de llegar al puerto de Acapulco la nao que le conducía de Filipinas á América.
126 «En el nombre de Dios todopoderoso, amen. Sepan quantos esta carta de testamento y vltima voluntad vieren, como yo doña Jvana de Briviesca Muñatones, hija legítima del licenciado Gonzalo Fernandez de Morales y de doña Ana de Briviesca Muñatones su muger, ya difuntos, vecinos que fueron de la villa de Uceda en los Reynos de Castilla, arzobispado de Toledo, mu ger que soy del doctor Antonio de MORGA, del Consejo de su Magestad, alcal de de corthe en su Real Audiencia desta Nueva España; estando enferma en cama de enfermedad natural, que Dios nuestro señor a sido serbido de me -dar; con mi entero juizio y entendimiento, temiéndome de la muerte, que es cosa natural,... hago y ordeno mi testamento en la forma y manera siguiente: ...»quiero y es mi voluntad que mi cuerpo sea depositado en el monasterio de San Francisco de esta dicha ciudad de México, y que de alli, quando á mis albázeas pareciere, sea trasladado á los Reynos de Castilla, á la dicha villa de Uceda, á la capilla y entierro que tengo en la yglesia parroquial de la dicha Villa en la capilla mayor á la mano del Evangelio, donde están enterrados mi padre y agüelos, v si la voluntad del dicho doctor Antonio de MORGA, mi marido, fuere trasladar mis guesos á la capilla que él tiene en la villa de Garnica en el señorío de Vizcaya, en la yglessia mayor de la dicha villa de la Concepción de nuestra señora ó de otra parte del, se vbiere de enterrar desde luego; lo que el dicho mi marido quisiere y fuere su voluntad, elijo por sepultura.
»Yten, mando que mi cuerpo sea enterrado en la forma, y como de suso se contiene, con la pompa y solemnidad combiniente conforme á la calidad de mi persona.—(Siguen disposiciones sobre sufragios.)
»Yten, digo que al tiempo y quando yo me casse con el dicho doctor Antonio de MORGA, mi marido, que fue en la ciudad de Exija, donde mi pa dre era corregidor, por el año passado de mili y quinientos y ochenta y dos, mando y promedió el dicho mi padre, juntamente con la dicha doña Ana de Briviesca, mi madre, al dicho mi marido, dies mili ducados en docte... (a).
»Yten, digo que después que vine con el dicho mi marido de los Reynos de Castilla á estás partes, falleció en la dicha villa de Uzeda el dicho licen ciado Gongalo Fernandez de Morales, mi padre, y por su muerte sucedí en el vinculo y maiorasgo que fundó en la dicha villa y su tierra el dicho reue rendo Pedro Nogal, como á hija maior llamada á dicho vinculo... y en el di cho vinculo y bienes de él, declaro por susesor á don Antonio de MORGA mi hijo mayor legitimo, varón, y del dicho mi marido...
»Yten, digo y declaro que por muerte de los dichos Gonzalo Fernandez de Morales y doña Ana de Briviesca su muger, mis padres, herede juntamen te con doña Agustina de Briviesca Muñatones, mi hermana, mujer de don Juan Hurtado de Mendoza, vezinos de dicha villa de Uzeda, los bienes y ha zienda que los dichos mis padres dexaron, que hasta agora están entre nos otras pro yndivisos y sin partir: encargo al dicho doctor Antonio de MORGA, mi marido, y en falta suya á mis hijos y herederos, hagan y concluyan la par tición de los dichos bienes, y se cobren los que á mi parte pertenecieren.
»Yten, digo y declaro que todos ios bienes que yo y el dicho mi marido tenemos en las Yndias en nuestra ca'nsa. y fuera de ella los hemos adquirido y ganado entrambos de compañía durante nuestro matrimonio, viviendo xun tos, ydo y estado en todas las partes que mí marido a servido á su Magestad.
»Yten, digo y declaro que yo tengo por mis hijos legítimos y de dicho mi marido á Don Antonio, y á Don Juan, y á Don Pedro, y á Don Agustin, y á Don Francisco y á Don Diego de MORGA, y á Doña Juliana, y á Doña Ana Ma ría, y á Doña Constanza, y á Doña María de MORGA (b); que [de] los dichos, Don Agustin esta en los Reynos de Castilla, en poder del señor licenciado LoreuQO Flores, capellán del Rey nuestro Señor, canónigo de la sancta ygle sia de Burgos, ynquisídor mas antiguo apostólico del Reyno de Murcia y en los Reynos de Castilla, y la dicha Doña Juliana esta en las yslas Filipinas, por aberse cassado en ellas con el capitán Juan Alonso de Moxica.
»Yten, digo y declaro que después que la dicha Doña Juliana de MORGA, mi hija, se caso... le dimos y entregamos... quatro mili pessos... (c). (a) Lo que sigue queda reproducido en la página 27 *. (b) Total, diez. Pero según nuestros cálculos, los hijos de este matrimonio no debie ron de bajar de diez y seis. (c) Párrafo que dejamos copiado en la nota 103 de las de este estudio.
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¿Cuándo murió la pobre Doña Juana? A punto fijo no lo sabemos. De la carta del Virrey de 6 de Noviembre del mismo año, copiada, en la que informa á S. M. sobre si podían ó no casarse los hijos de MORGA, parece deducirse que éste no era viudo todavía ; poro de otro documento se desprende que Doña Juana murió en yulio del año citado de 1606. Ni sabemos tampoco si fué muy grande el dolor por MORGA experimentado ai verse sin la compañera de más de veinticuatro años, que como ella misma confiesa le siguió á todas partes... Pero conocemos el documento que sigue, suscrito por «1 Virrey de Nueva España, que no deja de ser elocuente; «SEÑOR:—El Doctor Antonio de MORGA, Alcalde del crimen desta Real Audiencia, sirue en ella á V. Magd. con la aprouacion
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»Yten, suplico al dicho señor licenciado Lorenzo Flores... ea cuyo poder •esta el dicho Don Agustín de MORGA, mi hijo, le haga merced todo el tiempo .que fuere sex-uido de crialie y amparalle como á cosa suya...
»Yten, mando á Doña Juana de Mendoza, sobrina del dicho Don Juan Hur tado de Mendoza, mi cuñado, que al presente esta en esta ciudad de México en servicio de la señora Marquessa de Montes Claros..,
»Yten, mando á Doña Marina de MORGA, monxa proffessa en el monasterio de la Concepción de nuestra señora junto á San Juan de la Palma en la ciu dad de .SeuiUa, hermana del Doctor Antonio de MORGA, mi marido...
»Yten, digo y declaro que yo tengo en mi servicio dos mogas blancas de casta Coria, vna llamada Maria y otra japona llamada Ysauel, que vbe en Ma nila, abiendo comprado su serbicio, y quando me vbe de bcnir de las yslas Filipinas á esta Nueua España... quisieron benirse en mi compañía y seruicio á esta ciudad de México, donde al presente las tengo : declaro ser personas libres, no sugetas á cautiberio...
»Yten, por el amor y voluntad que tengo á las dicha» Doña Ana Maria, y Doña Constanza y Doña Marina (sic) de MORGA, mis hijas y del dicho mi ma rido, y por la nesesidad que tienen por ser niñas y de poca hedad mas que los otros sus hermanos, es mi voluntad de las mexorar...s Yten, digo y declaro que yo dexo vn papel con cierta declaración secreta en poder del padre fray Eliíjeo de los Mártires, de la horden de descalzos de nuestra señora del Carmen, mi confesor: pido que si yo falleciere, que el dicho padre fray Elíseo lo execute y manifieste, y mis albaceas lo cumplan. (Por otra cláusula, recomienda á su marido á muchos de sus esclavos, que va enumerando, y «particularmente encargo al dicho mi marido al dicho Luis, sian (siamés), por lo bien que nos á seruido y á las dichas Joana y Espe ranza, negras, que an sido chichiguanaes de nuestros hijos...»)
»Y cumplido y pagado este mi testamento y las mandas y legados en él .conthenidas, en el rematamiento de todos mis bienes nombro y ynstituyo por mis herederos vnibersales de todos los dichos mis bienes á los dichos Don Antonio, Don Joan, Don Pedro, Don Agustín, Don Francisco, Don Die go, Doña JuHana, Doña Ana Maria, Doña Costanga, Doña Mariana (sic) de MORGA... Y para cumplir y pagar este mi testamento y las mandas y legados y obras pias en el contenidas, nombro por mis albaceas al dicho Doctor Anto nio de MORGA, mi marido, y al dicho padre Fray Eliseo de los Mártires, mi confesor... Y lo otorgue en la dicha ciudad de México á dies y ocho días del mes de abril de mili y seiscientos y seis años» (Hállase copia de este testamento en los -íAutos formados en Quito por D. Alvaro del Castillo de Herreras, etc.— Archivo de Indias, est. 76, caj. 6, leg. 5 (núm. 4)
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que en otras cartas he significado, y por sus buenas partes y sugá-» to (sic), es capaz para ocupar mayores puestos; hame pedido ligen" da para tratar de tomar estado en este Rey no con Doña Catalina de Allega, biuda del Contador Carlos de Ibarguen, que lo fue de la Real Hazienda en esta ciudad de México, hija de don Juan de Algega y hermana de don Diego de Algega, generales que fueron de algunas flotas desta Nueva España y Tierra Firme; y si bien de mi parte quisiera facilitar la conclusión del negogio, dándole la ligencia que pedia lo hiziera, porque la prohibición que V. Magd. manda poner cerca desto á sus ministros en sus districtos, mirando á la mente é yntento della no comprehendia al casso preesente, respecto de no ser ninguno de los dos emparentado en esta tierra, ni hasta aora tener pleitos ni otra dependencia que cause sospecha; con todo esto, no me e atreuido á arbitrar en el casso sin expresa licencia de vuestra Magestad. Pero certifico con verdad que ninguno de los que de España vienen cassados tiene menos ynconuenientes de todas partes, y por esta no dudara de permitirlo, si no me obligara el respecto y obediencia de la Real cédula; doy quenta della á vuestra Magestad para que acudiendo las partes, ordene y mande lo que mas convenga.—Dios, etc.—En México, ly de diziembre de 1608 años.—DON LUIS DE VELASCO» '*'.
Por el mismo barco que fué esta carta del Virrey, debió de ir esta otra del DOCTOR; por ella se verá cómo MORGA tenía edad, sa^ lud y NECESIDAD (1) de volver á casarse: «SEÑOR:—El Doctor Antonio de MORGA, Alcalde del crimen..* dice: que de los trabajos que hizo en servicio de su Magestad quando passo al gouierno de las Filipinas y boluio á México, se le murió abra tres años (sic) Doña Juana de Briuiesca Muñatones su muger, quedando con edad, salud y necesidad para boluerse á cassar: desea hazerlo con Doña Catalina de Algega, hija legitima de el general Juan de Algega, del abito de Sanctiago, natural y vezino de la uilla de Fuenterrabia, en la prouincia de Guipúzcoa, que paso á la Nueua España casada con Carlos de Ibarguen, contador de vuestra Real Hazienda de México, por ser persona de conocida calidad, suerte y virtud para su compañía, con que se remediara la soledad 6 ynconbenientes que ambos padegen; y pues la causa tiene toda conueniencia, sin fundamento de contrario para la yntenclon de la prohibición de no casarse los juezes de las Audiencias en el districto de ellas, por lo referido y no tener como no tiene dependencias en aquella tierra,
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127 Archivo de Indias; est. 58, caj. i, leg. 16 (núm. 4).
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por la reuerencia y respeto que deu e tener á vuestr a Aíagestad, y para mayor acierto de el negocio,— Suplica humildement e á vuestra Magestad se sirua de hazerle m e r ced de darle permiso y licencia para tratar y efetuar el dicho casa miento, que sera el reparo de sus personas y cassas, en Ja que reci birá mu y grande, y por ella se tern a por remunerad o de sus serui cios, y mas ocasión de seruir á Dios y á V. Magd. lo que le restare de vida.—D. ANTONIO DE MORGA» "*.
La instancia no está fechada. E n cuanto á lo de llevar tres años de viudo, fué un decir del DOCTOR ; llevaría poco más de dos, y así lo> prueb a además el papel que sigue, que por otra parte prueb a tam bién la impaciencia del viudo por casarse con la viuda : «SEÑOR:—El Doctor Antoni o de MORGA... dice : que hauiend o suplicado á vuestr a Magestad le concediese licencia para contraer matrimonio con Doñ a Catalina de Algega, y hauiendosele consulta do por los del vuestr o Consejo Real de las Indias, a sido seruido de concedelle la dicha licencia, y porque el despacho de la flota esta muy adelantado, de maner a que sera ymposible poder alcan zar el despacho que se ubicre de hacer,—Suplica á vuestr a Ma gestad que en el entretant o que se le despacha dello cédula, se sirua vuestra Magestad de mandar se le de testimonio de hauelle concedido vuestr a Magestad la dicha licencia, que recibirá m e r ced.» Sin fecha. Per o al dorso se lee:—«Désele el testimonio quepide. {Madrid} 21 de Mayo de 1609» " '.
En este año de 1609, doblement e inolvidable porque fué el añ o
en que imprimió los SUCESOS DE LAS ISLAS FILIPINAS, MORGA debió de
quedar casado en segundas nupcias ; y hemos dicho que con nueve hijos, porque D. Agustín, á quien había dejado en España á cargo del Ldo. Flores, se hallaba ya en México, al lado de su padre ''° ;
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128 Archivo de Indias: est. 58, caj. 3, leg. 16 (núm. 5).
129 Archivo de Indias : est. 60, caj. 2, leg. 7 (núm. 2).
130 «SEÑOR:—Don Agustín de MORGA, hijo ligitimo del Doctor Antonio de MORGA, Alcalde del crimen de la Audiencia que vuestr a Magestad tien e e a la ciudad de México, digo : que por ser muy pequeñ o m e dejo mi p a d r e en España quando fue á serbir á vuestra Magestad á las Yndias, y querrí a yr á México donde esta mi padre.—Á Vuestr a Magestad pido y suplico m e mand e dar lizencia para poder pasar con un criado, que en ello rrecibire gran bien y merced ; y present o ant e vuestra Magestad,esta ynformacion de como soy hijo ligitimo del Doctor Antonio de MORGA y de Doña Juana de Briviesca y Munatones, mis padres.—DON AGUSTÍN DE MORGA».—Al dorso se lee : « Vaycí con vn criado.—En la Cámara, á 20 de Dizienibre de lóoj.t —Archivo de Indias: est. 60, caj. 3, leg. 7 (núm. 1).
Es de suponer que D. Agustín de MORGA llegase á México en 1608.
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MORGA tenía cincuenta años, y todo induce á creer que seguiría siendo el hombre fuerte y bien complexionado de siempre.
Y ella, ¿quién era ella? Y a por los documentos copiados se sabe -que era hija del general Juan de Alcega, vascongado, paisano y homónimo del capitán Juan de Alcega, á quien MORGA llevó por almirante en la jornada contra Van Noort, y el cual paró en el más encarnizado de los enemigos que MORGA tuvo en Filipinas.—¡También fué casualidad I—Es muy probable que estos dos Juanes de Alcega fuesen deudos. Sábese además que Doña Catalina pasó á Nueva "España casada con el contador Carlos de Ibargüen. Ahor a añadiremos que éste murió á poco de llegar, en 1596, dejando á su viuda con un niño pequeño y en el mayor desamparo ' ' ', Pero Doña Catalina no debió de permanecer viuda mucho tiempo, y es extraño que á su segundo marido, apellidado Bermeo, no le nombrasen ni MORGA ni el Virrey, cuando éstos acudieron á S. M. sobre el asunto del pretendido matrimonio del DOCTOR con la dicha Doña Catalina. En efecto, luego de muerto el DOCTOR, siendo Presidente de la Audiencia de Quito, én el pleito que se promovió por los herederos, se lee esta petición (Doña Catalina era ya muerta) : «El licenciado Don Fernando de Saavedra, alcalde de esta cor Ihe, por la persona que tiene mi poder y por mi, y com o padr e y legitimo administrador que soy de los menores mis hijos y de Doñ a 'Cathalina [Bermeo] de Algega, mi mujer difunta, nietos y herederos
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131 De una carta del Conde de Monterrey, Virrey de Nueva España, fe•chada en México á 17 de Noviembre de 1696 y dirigida á S. M., tomamos este párrafo:—«Murió el contador Carlos de Ybarguen, que fue perdida conside rable por las muchas esperanzas que se tenían del cuydado y fidelidad con •que seruiria su oficio, como lo raostraua en los principios. Dexo á doña Ca talina de Alzega, su mujer, y vn hijo chiquito muy pobres y con deudas, y tan desamparados de todo, que a hecho mas lastimoso el subceso de su jornada: y pues esta es de las ocasiones en que V. M. acostumbra á vsar de su gran•deza y natural clemencia y piedad, suplico á V. M. la tenga desta pobre mu -ger en tierra agena y tan lejos de la suya.»—Archivo de Indias: 140, 7, 38. Á II de Enero de 1598, S. M. expedía esta Real cédula.—«EL REY.—Oficiales de mi Real Hazienda de México, de la Nueva España, teniendo conside ración á lo que me sirvió Carlos de Ybarguen, mi contador que fue de mi "Real Hazienda en esa ciudad y á la necesidad con que dexo á Doña Catali na de Alcega, su muger, y un hijo feqmño^ he tenido por bien de hazer mer•:ed, como por la presente se la hago, á la dicha Doña Catalina de Alcega, de mili ducados por una vez, que valen tregientog y setenta y cinco mili mara •vedis, para ayuda á sustentarse y criar el dicho su hijo; y asi os mando que •de qualésquier dinero que haya, si entrare en esa mi Caxa, procedido de •officios vendidos en esa tierra, deys y pagueys á la dicha Doña Catalina de -Algega,'ó á quien tuviere en su poder, los dichos mili ducados...»
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que son por esta caueza de la señora Doña Cathalina de Algega, muger que fue del señor Doctor Antonio de MORGA... y asimismoi. por Don Diego y Don Joan de Bermeo, mis cuñados, hijos de la di cha señor a D o ñ a Cathalina»... '^\
de donde resulta que Doña Catalina de Alcega, viuda de Ibar güen, tuvo después tres hijos : Catalina, Diego y Juan de Bermeo», herederos de los gananciales de aquélla en su matrimonio con el DR. ANTONI O de MORGA. El Bermeo, segundo marido de Doña Catalina, debió de vivir poco ; pues concediendo que se casara en 1599^. tenemos el dato positivo de que Doña Catalina de Alcega era libre en 1608, año en que MORGA pedía permiso para casarse con ella. Y resulta asimismo que en el nuevo hogar del DOCTOR se reunieron. trece hijos: n u e v e que tenía él y cuatro (un Ibargüen y tres Bermeos) que le llevó la nueva esposa. La cual, calculando razonablemente, acaso tuviera entonces unos treinta y cinco años; que no eran demasiados para los cincuenta del DOCTOR.
No son pocos los documentos que acreditan el buen concepto de que gozó MORGA mientras fué Alcalde del crimen en Nueva España : pasan los años, se suceden los Virreyes, y MORGA es siempre tenido po r funcionario capaz, recto y celoso. Á 23 de Junio de 16084 de nuevo era propuesto para el ascenso ' ", y en el mismo años e le confiaba vma misión delicada, precisament e por las buenas partes, que en el DOCTO R concurrían "*. Bien pued e asegurarse que el¡ virrey D. Luis de Velasco le tuvo en no menos estima que le habíatv. tenido el C o n de de Monterrey y el Marqués de Montes Claros ; e í Marqués de Salinas, en la primer a oportunidad que se le ofrece^, propon e á S. M. que premie los largos servicios del DOCTOR(135).
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132 Consta esta petición en los Autos ya citados: 76, 6, 5.
133 En una carta del Virrey D. Luis de Velasco, fechada en México á 23. de Junio de 1608, léese este capítulo:—«6.° Por la memoria de los ministros, de esta Audiencia que ua con esta, mandará V. M. uer las plagas que están» vacas. La de oidor que seruia el doctor Santiago del Riego, de que se ha dado auiso á V. M., podría ocupar bien el doctor Antonio de MORGA, que sirueuna de Alcalde del crimen muchos años ha»...—A. de Indias: 58, 3, 16 (n." 6)..
134 «SEÑOR:—Hauiendo cometido al doctor Antonio de MORGA, Alcalde de corte en esta Real Audiencia la aueriguacion que V, Magd. me manda haga por su Real cédula despachada en quatro de hebrero de 608, en el negociodel Comissario de la Cruzada don Luis de Rofeles, y comengandose á examinar testigos con el secreto que el caso pedía...—México 16 de diziembre, 1608.. —DON Luis DE VELASCO.»—Archivo de Indias; est. 58, caj. 3, leg. 16 (núm, 3).
135 El capítulo 17 dél a carta del Virrey de Nueva España Marqués de Salinas á S. M., fechada en México, á 21 de Octubre de 1610, dice así:—«El Doctor Antonio de MORGA á piucho que sirue á V. M. en diferentes partes y en particular en Philipinas y en plaga de Alcalde de corte de esta Audiencia, •donde es el mas antiguo, y á lo que hasta aora se a entendido, con toda apro •uacion; y si de la vissita no rresulta cossa que lo ympida, como lo promete «1 discurso de sus seruicios, digno es de qualquier agengion á que V. M. se sírua promouerle.»

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Pero el tiempo transcurría, y no obstante que de la visita que se le hizo salió bien, el ansiado y merecido ascenso no llegaba. Fué suert e para MORGA, se nos figura, que su nueva mujer, que había acreditado fecundidad con los dos primeros maridos, no la confirmase con el tercero. Doña Catalina de Alcega no aumentó la prole del DOCTOR, á lo menos que se sepa. Éste, con los años, inclinábase á la religión cada vez más, con haber sido siempre religioso, y obtuvo de Roma un buleto para poder disfrutar en su propia casa de un oratorio privado, «y hazer y dezir misa en él»(136). A partir de entonces, ó sea del año l6l2, MORGA encabeza todas sus cartas, oficiales ó no, con una cruz : no había duda que había acentuado sus sentimientos de religiosidad. ¿Influiría en ello Doña Catalina de Alcega? Lo cierto es que tuvo oratorio en su casa y que no dejó nunca de encabezar con una cruz las cartas que escribía. Y estrechó sus relaciones con los frailes, señaladamente con los franciscanos. Y como todo llega en la vida, llegó, por fin, el ansiado ascenso. H e aquí en qué términos daba MORGA las gracias á S. M. por la merced ; de agradecer ciertamente, porque no era que se le ascen •diese á oidor ; se le ascendía nada menos que á Presidente de la Real Audiencia de Quito ; óigase á MORGA :
* | SEÑOR:—Beso muy humildemente los pies de V. Magestad por la merced que ha sido seruido hazerme promouiendome á la Presidencia de el Audiencia de Quito, muy auentajada y superior á mis seruicios y méritos. Dispongome para hazer mi viaje en pri mera ocasión de nauios de Piru, suplicando á Dios m e de salud y íuergas con que acierte á seruirá V. Magestad, y que guarde V. Real persona, como la cristiandad á menester. —De México, 15 de Marzo de 1614.—D. ANTONIO DE MORGA»(137).
Tenemos, pues, al DOCTOR esperando navio para el Perú ; que no lo había todos los días. Por entonces precisamente, el Virrey, Marqués de Guadalcázar,

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136 «SEÑOR:—El Doctor Don Antonio de MORGA, Alcalde de corte de México, dize que haze presentación de vn buleto de Su Santidad para poder tetier en su cassa oratorio y hazer y dezir misa en él.—Suplica á V. Magd. sea seruido de mandar se le de testimonio de la presentación del dicho buleto en que regiuira merced.»—(Al dorso:) «Dése testimonio en la forma ordinaria. En Madrid, 28 de Mayo de 1612.»—Archivo de Indias: 60, 2, 7 (núm. 3),
137 Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 3 (núm. i).
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venía utilizando los servicios de MORGA en dos distintos negocios : el primero, sobre la intención que había llevado á Nueva España una expedición de japoneses, y el segundo, sobre tenerle de asesor en cierta causa grave contra D. Juan de Oñat e "*. Estos servicios especiales prueban una vez más el buen concepto de que MORGA gozaba. Hasta mediados del añ o si guiente de I61 5 no se le ofreció á MORGA ocasión, por falta de navio, de trasladarse al Perú : así lo dice el Marqués de Guadalcázar, en uno de los capítulos de su carta al Rey, fechada en México á 21 de Marzo de 1615 :
«El Doctor Antoni o de MORGA, Presidente de la Real Audienci a de Quito, se a detenid o aqui por íalta de embarcación, y ofrecién dose vn nauio de cien toneladas que vino de Guatemala, pidió se le diera en el con registro para el Piru, y auiendolo remitido al fiscal de V. M., lo tuuo por bien : con que liara su viaje por junio deste año, y entiendo dará mucha satisfación en aquel oficio-» ' ". Y a veremos la satisfacción que da. Por ahor a limitémonos á de cir que en este viaje temerario salvó MORGA la piel milagrosamen te ; no sólo porque lo hizo en un barco pequeñísimo, sino porque se topó con un pirata holandés que estuvo á dos dedos de apre sarle. Mejor será que el propio MORGA nos lo refiera; bastará que reproduzcamos la carta que sobr e est e asunto dirigió al Rey :
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138 De una carta rotulada Guerra: Filipinas y Japón, del Virrey de México Marqués de Guadalcázar, fechada á 22 de Mayo de 1614, copiamos lo que sigue:—«3. En las materias de aquel Reyno (Japón), tengo escrito largo á vuestra Magd., de que envío duplicado; y por lo que se va conociendo de la gente del, parece cada dia mas necesaria la consideración y recato en la co rrespondencia que desean con este [de Ntieoa España], como mas particular mente se á experimentado en la ocasión que dieron en el puerto de Acapul co, donde sucedió lo que V. Magd. se seruira de mandar ver por el traslado de la aueriguacion que se hizo del caso, que será con esta, y lo proueido en ello.—Y por evitar otras desgracias, mande que se les hiziese buen trata miento y les quitasen las armas, dando el orden que se aula de guardar en vender las que traen, y nombre al Doctor Antonio de MORGA por juez para sus causas, como todo consta por la copia del auto que remito.» (Acompaña copia de la orden que el Virrey dio á MORGA sobre quitarle las armas á los japoneses, fechada á 4 de Marzo de 1614, y el bando que con este objeto proveyó aquél.) En la misma carta se lee:—«7. Para las causas de Don Juan de Oñate auise á vuestra Magestad auia nombrado por asesor al Doctor Antonio de Blorga, con cuyo parecer se an sentenciado, como V. Magestad se seruira demandar uer por el testimonio que enuio.» (Acompaña el testimonio de las sentencias dadas por el Marqués de Guadalcázar con parecer del DR. ANTONIO DB MORGA en la causa contra Oñate. 1614).—Archivo de Indias: 58, 3, 17.
139 Archivo de Indias : est. 58, caj. 3, leg. 17.
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* | SEÑOR:—Por falta de embarcación de la Nueua España para estas prouincias de Piru, me detube hasta fin de Junio(140 en ellas, que en vn patache pequeño e hecho la nauegacion con peligro é yncomodidad, y auiendo reconocido la costa sobre Manta á 23 de agosto, á los 27, sobre la punta de Santa Elena me halle con seys nauios de el enemigo holandés, tan cerca, que auiendolos reconocido me tube por perdido. Milagrosamente me libro Dios de él por mejores alas, y me a traydo á este puerto de Guayaquil, de donde teniendo las cosas de aquí todo buen cobro, subiré con brevedad á Quito; que quiera Dios tras esta buena fortuna darme fuerzas para mejor seruirle y á V. Magestad en lo que se a seruido poner á mi cargo. De los sucesos de este enemigo no doy quenta particular á V. Magestad, pues los terna entendidos por tantas relaciones. Ellos an sido hasta agora de tan poco gusto nuestro como son las perdidas que se a de seruir nuestro Señor por su misericordia de remediarlo, como puede. Tampoco la pue do dar de causas de estas provincias, por ser tan rezien llegado á ellas, hasta otra ocasión.—Guarde Dios, etc.—De Guayaquil, 8 de Setiembre de 1615.—D. ANTONIO DE MORGA»(141).
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140 En otra carta posterior escribe Jullio; y en el Discurso que va en el APÍNDICE, dice que fué en Agosto cuando salió del puerto de Acapulco.
141 Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 3.
142 Véase, más adelante, la sentencia del Consejo contra MORGA.
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Algún tiempo después, MORGA llegó á Quito con todo su regimiento; tomó posesión de su alto cargo, y...

XII

MORGA, de Presidente de Audiencia, se transforma. La transformación arranca en rigor de México, del último año que pasó allí, cuando, viéndose trasladado al Perú, entendió que era llegada la hora —!al cabo de tantos años de vida ultramarina!— de hacer negocio. Ello es que de México llevó a Quito «mucha cantidad de ropa de China, prohibida, de contrabando», la cual se vendió públicamente en las Casas Reales «por Don Antonio de MORGA, su hijo, y Pedro Sánchez Pericón, su criado, y en la tienda que puso en la de Francisco Ponce, mercader»; y que valiendo esta ropa unos «qua renta mil pessos», «se hizieron mas de cien mili» '*\ ,Se nos antoja que en esto y otras cosas que iremos refiriendo, influyó decisiva mente la señora Doña Catalina de Alcega. Pero también debieronr de influir las circunstancias de localidad: en Quito no tenía MORGA á nadie por encima de él; MORGA era el amo: allí no había Virrey. El Virrey, Príncipe de Squilache, que por entonces acabab a de llegar, encontró el país un tanto comprometido, á causa de la mucha piratería que infestaba aquellos mares y de lo indefensos que se hallaban los puertos del Nuevo Mundo ; y porque debía de traer de Españ a noticia cabal de quien era el D R. MORGA y de los servicios por éste prestados, al Príncipe le faltó tiempo para dirigirse á MORGA, en Octubr e de aquel añ o de lóIS, para que el antiguo oidor de I'ilipinas le diese su opinión sobre lo que pudiera convenir hacer. Y así vemos á MORGA, de recién llegado á Quito, ocupííndose, al tiemp o que en vender la «ropas» llevada de contrabando, en redactar el curioso Discurso que en otro lugar se reproduce ""*'. Muy complacido debió de quedar Squilache de la actividad y del buen celo que en esta ocasión, como en tantas otras, demostró el inteligente PRESIDENTE. El cual mandó al Rey una copia de ! Discurso, en el que se trata de las cosas de la guerr a con verdader a desenvoltura, así com o de las relaciones comerciales entre P'ilipinas, la Península y el continente americano. Est e Discurso constituy e el último trabajo que sobre las Islas escribió el DOCTOR. Lo fechó en Quito, á 20 de Noviembre de 1615, y lo remitió á S. M. con carta de 2 0 de Abril siguiente. Antes había remitido al Rey, desd e Mé xico, otro trabajo sobre P'ilipinas, que no ha sido descubierto aún en el Archivo de Indias. En lo que toca al Discurso, hay en él dos pun tos del más subido interés : refiérese uno de ellos á la conveniencia de conservar á tod o tranc e el Archipiélago para España, com o base militar para tener sujeto el Maluco y como punto de irradiación para difundir el cristianismo en el Extrem o Oriente ; y el otr o sé contrae á la necesidad de irle ¡í la mano, de una maner a deci siva, á los holandeses que pirateaban por los mares de Occidettte. La piratería holandesa continuaba siendo su obsesión : á los quince años de librada la pelea con Van Noort, MORGA no se olvidaba del corsario: ¡ni cómo, en último término, si el 37 de Agosto de 1615, yend o de Acapulco á Guayaquil, estuvo á punt o de que le copase el holandés? También el Príncipe de Squilache corrió cierto riesgo.
Y MORGA le decía en su Discurso:
...«para remediar esto, se dev e desear que el armada que vue sencia ynvio en su vusca (en busca de ¡a del corsario) desde Manta, si ba proveída de la fuerza convenient e para oponerse á la mucha que savemos lleva el enemigo de navios, gente y artilleria, le halle
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143 Véase el documento número 18 del APÉNDICE. •
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y castigue y deshaga, y que para este fin no debria contentarse coa buscasle en el viaje de Panamá, donde lo mas uerisimill es que no a de estar, sino pasar en su seguimento á toda la costa de Nueva España, en que no le puede herrar, hasta la California, y de otra manera el enemigo passará victorioso y sin daño alguno, haciendo nuevas presas hasta las Philipinas y el Moluco.»
¡Cómo se acordaría MORGA de su 14. de Diciembre de 1600!...
MORGA no debió de caer bien en la ciudad de San Francisco del Quito, adonde había ido tan contento y tan cargado de «ropa» de contrabando. Todo induce á sospechar que muy luego hízose blanco de la censura pública, porque de otro modo no tiene explicación que á los cuatro meses próximamente de llegado le pidiera ya al Rey que le sacase de allí; no lo pide apretadamente, pero lo pide al decir: «y de mis yncomodidades y quiebras de salud en esta tierra, que lo llevo con buen animo, esperando de la clemencia y benignidad de V. Magestad se seruira sacarme de ella(144). De lo de las «quiebras de salud» no hay que hacer caso: MORGA tenía más salud que un toro, y ya se verá cómo de su fortaleza y buena complexión va á darnos pruebas concluyentes en seguida: por este hombre se diría que no pasaban los años... ni las hembras.
Hasta el de 1620, esto es, cuando MORGA contaba sesenta y uno de edad, no volvemos á toparnos con ninguna carta suya, fuera de la que escribió á 20 de Abril de IÓ16, por el estilo de la de 20 de Febrero, consagradas ambas á repetir que escapó milagrosamente del enemigo holandés el 27 de Agosto, como dicho queda; pero en la segunda, en la del 20 de Abril, ya no pide el traslado. En cambio en la de 10 de Mayo de 1620, aunque no lo pide, declara que no gozaba de paz, que había maquinaciones «contra su honor»... Será preferible reproducir la carta, encabezada con su cruz correspondiente, porque MORGA se sentía cada día más devoto de la cruz; va dirigida á un miembro del Consejo de Indias, y dice así:
* | En carta de 15 de abril, en el pliego de el Consejo, di quenta á V. S. de lo que por razón de mi oficio me tocaua, especialmente en causas de el Licenciado Diego Zorrilla "*^ oidor de esta Au diencia de Quito.—Después por otra carta particular la di de la noticia que tenia de que procuraba fuese á manos de V. S. alguna relación contra mi honor y proceder^ y que no pareciese tener parte en ella ni fuese firmada de su nombre ni de persona conocida, y solo sirviese de poner duda en mi buen nombre,

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144 Carta fechada en Quito, á 20 de Febrero de i6i6.—Archivo de Indias: tst, 7b, caj. 6, leg. 3 (núm. 3).
145 En otros documentos, á este oidor se le llama Zorita.
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y con esto des acreditar lo que tengo escrito á V. S. y al Consejo. Agora me es fuerga dar por esta mas particular quenta á V. S. por la noticia que me a dado persona religiosa y de todo crédito, como es el Maes tro fray Pedro Bedon, prouincial de la orden de Sancto Domingo, cuya es la carta y recaudo que es con esta y me lo entrego cerra do y por duplicado para V. S.; que mi recelo y sospecha fue cier ta, porque el licenciado Diego Zorrilla, juntándose para esto con un Licenciado Francisco Rodríguez Plaga, ordenaron una carta por duplicado para V. S. de muchas cosas ynuentadas por su pasión contra mi persona y proceder, y la ynbiaron en el despacho de este año á manos de V. S., auiendo en esto puesto quidado, y quellos no la quisieron escriuir ni firmar, auiendola dado á sacar de letra no conocida y con firma de persona que no ay en estas repúblicas, porque nadie se atrevería á hacer tran grande exceso si no fueran estos dos por dicho fin.»
(En el párrafo que sigue explica MORGA la causa de haberse escrito la carta mencionada: por haber dado 61 cuenta al Virrey de que Zo rrilla estaba revuelto con la mujer de Plaza. Y termina MORGA:) «Suplico muy humildemente á V. S. se sirua mandarme de hazer justici a de esta sinrazón y agrauio, causado por ser fiel executor de los mandatos y ordenes que tengo del Consejo, pues si á semejan tes excesos se ubiese de dar lugar, no abria seguridad en el honor y personas de los que tenemos estos cargos, ni su Magestad podra ser de nosotros bien seruido.—Guarde Dios á V. S., etc.—De Qui to, l o de Mayo de 1620.—D. ANTONIO DE MORGA» "*^ Eso de que el Ldo. Zorrilla, ó Zorita (pues de ambos modos se le llama), estuviera «revuelto» con la mujer del Ldo. Plaza, [era una inmoralidad que MORGA no podía dignamente, sabiéndola, dejar de denunciar al Virrey!; ¡MORGA, tan puro, tan limpio de pecado!... Oigamos á Doña Francisca de Tapia y Calderón, mujer de Sebastián de Bobadilla; la cual dijo á últimos del año de 1625 '*^: ...«que estando en casa del Marques de Siete Yglesias [en España], donde se crio, se le ofreció venir á estas partes (tenia entonces diez y nueve años, y era doncella) por oydor al dicho Don Manuel Tello de Velasco, y por auer llamado á esta testigo un tio suyo que
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146 Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 3 (núm. 6).
147 Interrogatorio presentado por el oidor D. Manuel Tello de Velasco, y de l^s respuestas de algunos testigos, referentes al Dr. Antonio de MORGA. Quito, 1625.—Doña Francisca declaró el 22 de Noviembre de dicho año.— Archivo de Indias: legajo 919; pieza 2.*
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se dize el capitán Gómez Suarez de Figueroa, vezino encomendero de la ciudad de Santa Foe en el Xuevo Reyno de Granada; Don Francisco de Bobadilla, clérigo, thesorero del dicho Marques [de Siete Iglesias], la acomodo en la compañia y seruicio del dicho oy(ior y su muger, con quienes bino á esta ciudad [de Quito] abra ocho años, poco mas ó menos, y dentro de quatro meses que á ella llegaron, el Doctor Antonio de Marga, Presidente desta Real Aiidiencia^y Doña Cathalina de Alcega, su muger, convidaroti unas vacacio 'ttes\ de Pasquas á una chácara "*^ que era fuera desta ciudad como un quarto de legua, en Añaquito, á los dichos Don Manuel y su iñupr, los quales fueron alia á holgarse con toda su casa, donde estarían algunos doce ó quince dias, y con ellos este testigo; y como quiera que desde luego que llegaron á esta ciudad el dicho Presidente f roturo solicitar á esta testigo con recaudos y billetes, en la dicha gfíerta tuvo ocasión de liablarle algunas palabras, y esta testigo, como persona noble, hija de padres principales y donzella que venia á. buscar su rremcdio á la sombra del dicho su tto y del dicho Don Manuel y su mujer, rrechazo siempre la pretensión del dicho Presi dente^ el cual persevero siempre en su pensamiento, hasta que se trato sasamiento por el dicho Presidente de esta testigo con el dicho Sebas tian de Bobadilla; y primero estubieron dadas las amonestaciones que esta testigo saliese de casa del dicho Don Manuel, el cual y su muger,: auiendo entendido dias auia la ynquietud que daua el diclio Presidente á esta testigo, particularmente por medio de un negro lla mado Gerónimo, estuvieron sentidos grandemente, porque deseauan que esta testigo no saliera de su casa, y quando saliera, fuera según que merecia, y no por aquellos modos; y después que vieron he chas las amonestaciones, manifestaron mas su sentimiento, y no queriendo que el dicho casamiento se celebrase en su casa enviaron A esta testigo i la del dicho Presidente, EN CUYO SERUICIO ESTAUA EL BICHO SEBASTIAN DE BoiíAniu.A... y estarla con su marido como año y medio en casa del dicho Presidente, el qual, tornando ocasión de que esta testigo sauia de cierto casamiento que dezian se trataua entre un cauallero, hijo de D. Cristoual Vela, corregidor desta ciudad, y Doña Cathalina de Alcega y Bermeo, entenada del dicho Presidente, eclió á esta testigo y á su marido de casa, sin haber cumplido con ellos ninguna de las promesas que les hizo...'»
Estos amores, porque indudablemente los hubo, de MORGA con Doña Francisca de Tapia y Calderón, á la cual casó con un criado para tenerla en casa,
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148 Casa de campo. MORGA adquirió.esta finca á poco de llegar
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constituyen la primera caída del DOCTOR, que ya era talludo, y el primer eslabón de una serie de disgustos. Doña Catalina, su mujer, debió de ser de amplio criterio; ella, con tal de holgarse frecuentemente en la chácara, y sobre todo, con tal de cobrar buenos patacones en el negocio del juego, se daba por ínuy contenta; hasta pasaba por que su marido se entendiese con la hijas tra, como parece deducirse de la declaración que acabamos de co piar. En este respecto, hay que creerlo todo; porque, como ya ve remos, MORGA se desató tanto más, cuanto más viejo se hacía.
Don Manuel Tello de Velasco le cobró una enemiga invencible: el odio fué mortal, y MORGA, ni tonto ni perezoso, la emprendió con Tello oficialmente, informando contra él, hasta encausarle. En la causa instruida, hay un escrito de Tcllo en que se lee(149):
«Lo primero, porque la dicha ynformacion remitida al Real Con sejo y del á V. Mag., de donde se origina esta causa, se hizo por el doctor Antonio de MORGA, Presidente de la dicha Real Audiencia, enemigo capital mió, porque luego como llegue á esta ciudad á seruir la plaga de oydor en que S. M. se sirvió de ocuparme, auiendo traído en mi seruicio vna donzella honrada y virtuosa y teniéndola con toda honestidad y recogimiento en mi casa y doña Raphaela Forquiñon, mi muger, el dicho Presidente, con poco te mor de Dios y menosprescio de la Real justicia, que 61 debiera administrar por la authoridad de su oficio y exemplo que deuiéra •dar en esta República, que su Magestad le encargo para que la tuuiera en paz y en justicia, y sin el respeto debido á mi oficio y calidad, la solicito con mensajes y vilktes deshonestos, procurando sacarla del dicho recogimiento y llenarla á su cassa, y con las pro mesas grandes que le hizo, dio orden que la dicíta donzella se salie se de mi cassa y se fuese á la suya, donde luego la hizo cassaf con un criado suyo (Sebastián de Bobadilla), y los íuuo en ella mucho tiempo; y porque yo mostré sentimiento de un tan grande agrauio y atreuimiento, me cobró grande y capital enemistad...
»Y á esto se junto que, como el dicho Presidente íutio siempre .en su casa tctblage publico de juego de náypes donde acudían á jugar los dichos oydor es y otros ministros de la dicha Audiencia y gran parte de los vecinos desta ciudad, con grandes perdidas de sus ha ciendas por los grandes y crescidos baratos, que se repartían entre el dicho Presidente y D.^ Catalina de Alcega, su muger, que ambos hordinariamente de dia y de noche jugaron con los dichos vezinos llamándolos y solicitándolos para ello,
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149 Quito, i62S-—Archivo de Indias: legajo 919; pieza i.", fol. 225.
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y ansi mesmo gozauaa de los dichos baratos D.^ Catalina de Bermeo, su hija, y otras sus criadas, y todos los de las sacas de naipes, á cuatro patacones cada baraja, que hazen treyntay dos rreales, no eos tanda le mas que á quatro^... Por lo que toca al juego, que MORGA montó en la chácara y en su propia casa de Quito, fué tan público y produjo tal escándalo, que según D. Diego López de Zúñiga (al declarar en el interrogatori o de que qued a hecha mención), el padr e jesuíta Gonzalo de Lira se vio en el caso de protestar enérgicament e desde el pulpito, en tér minos que los fieles—entre los cuales se hallaba MORGA—compren dieron de sobra que el sermón le iba flechado al Presidente de la Real Audiencia ; porque no era lo peor que éste jugase, sino que, so bre cobrar puerta, cobrab a cuatro patacones ó pesos por baraja; y valiéndose de su alta posición, atraía á las Casas Reales á las g e n tes de dinero, para que se lo fuesen jugand o poco á poco ''°... «Y que la cax a del dicho juego (añade López de Zúñiga) era puilicoy notorio la tenia Doñ a Cathalina de Alcega, muger del dicho Presi dente, y que de ordinario auia una y dos mesas de juego por los muchos que acudían á jugar : en la una jugaba el dicho President e y en la otra la dicha su mugcr»... Sí, MORGA, iquién lo diría), se convirtió en tenorio y en tahúr ; en tenorio, primero ; en tenorio y tahúr, después. El juego comen zó en la chácara ó casa de campo que adquirió el DOCTOR cerca de Quito, y parece ser que en las francachelas allí corridas tuvo no poca responsabilidad su cónyuge,
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150 Don Diego López de Zúñiga Figueroii declaró el 26 de Noviembre de lÓJS: «que vio y oyó este testigo al padre Gonzalo de Lira, de la Compañía de Jesús, prouincial que fue dcsta prouincia, que en un sermón que hizo en la iglesia de la Concepción dcsta ciudad, estando el dicho Presidente presente, dixo rreprehcndiendo el juego de naipes y maldiciendo al que lo auia traído, y que e) nabio en que auia venido se auia de auer hundido, por tan grande mal y daño como auia hecho en esta rrepublíca, y que la disculpa que dauan en dezir que era entretenimiento, no se auia de admitir, puesto que algunas personas que llaraauan no eran dignas de dalles gorra, y que les dauan gorras y asientos, y que siendo el vale de diez y seis pesos y la porta de treinta, no era entretenimiento, sino RROBO MANIFIESTO, y que todos entendieron por el modo de rreprehender, que lo deziapor el juego que avia EN LAS CASAS REALES, y porque el Presidente enbiaua á llamar personas muy particulares dtí pueblo, como eran confiteros y otros; y que también acudían á jugar personas eclesiásticas, como fue el chantre Don Jorge Ramírez de Arellano, el qualdizea que murió ocasionado del dicho juego, y que en ¿1 perdió gran cantidad de hazienda, por donde vino á quedar pobre, siendo hombre que estaba en posesión de rico.»—Interrogatorio citado: legajo 919, pieza 2.^, folio lao.-^MORGAse vengó de este y de otros jesuítas, echándolos de Quito.
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hembra de escasa aprensión, bien diferente por cierto de Doña Juana de Briviesca Muñatones. En el interrogatorio antecitado, hay unas palabras del capitán Cristóbal de Troya que deben recogerse: él estuvo alguna vez en la chácara, y allí vio que «se entretenían con los dichos juegos el dicho Presidente y el doctor D. Matias de Peralta, y el licenciado Don Alonso del Castillo de Herrera (oidores), y el licenciado Melchor Suarez de Poago, fiscal, con sus mugeres, y otros vezinos desta ciudad, y el doctor D. Luis de Quiñones, difunto; en la qual casa y huerta se holgauan, saliendo algunas vezes las mugeres de los dichos Presidente y oydores al exido y huertas que por alli auia,^ traían toros y terneros, donde se holgaban con ellos^... Y añade: «Y que los juegos que auia en la dicha chácara heran de primera y capadillo, y que un criado de la dicha Presidenta metia los naypes y sacaua cuatro pesos de cada baraja»... ¡Todo esto vio el capitán Troyal
Por el año de 1623, ya las cosas debían de ir mal para MORGA: los escándalos habían sido tantos, y tan resonantes algunos, que de bió de comprender que podría sobrevenirle algo muy serio; y así, á l.° de Mayo, dirigióse á S. M., que lo era á la sazón Felipe IV, pidiéndole que le trasladase al Consejo de las Indias. Esta carta es de sumo interés; redactóla en los términos siguientes:
* | SEÑOR: Mis padres fueron personas nobles y onrradas en el señorio de Vizcaya. Tubieronme en los estudios de Salamanca desde el año de 1569; graduado alli en Derecho, después de auer sido colegial y catedrático en el Colegio y Uniuersidad de Ossuna. Salí á seruir al rey Don Felipe 2.°, de gloriosa memoria, el año de 580, y lo continué en diuersos oficios de justicia en España, asta que el año de S93 fue seruido ynbiarme al gouierno de las yslas Filipi nas, donde el de 598 funde la Real Audiencia que en ellas esta, y por oydor el primero de ella la presidí, ocupándome juntamente en los ministerios de gouierno y guerra; en muchas ocasiones de ella auenturé mi persona con los enemigos. El de 600 (sic) me hizo mer ced la Magestad del rey Don Felipe 3." de promouerme á la Audiencia de México, de la Nueva España, donde serui asta el año de 613, que me mandó la viniese á seruir en la Presidencia y gouierno de la Real Audiencia de Quito y sus prouincias en el Perú. >En todos estos ministerios e seruido á vuestra Magestad y á vuestro padre y abuelo, que están en el cielo, con cuidado y satis facion, en que e gastado la vida sin pretender yntereses de hazienda ni comodidad mia. »Dos hijos míos, Don Juan y Don Agustín de MORGA, crie para el seruicio de V. Magestad, siendo buenos soldados ; y ya capitanes de. infantería, vno en el reyno de Chile en el gouierno de Alonso García Ramón, otro en las Filipinas en el de don Juan de Silua; am bos perdieron las vidas en el seruicío de V. Magestad. ^Últimamente me mandó V. Magestad el año pasado pidiese y recogiese de,los yasallos de estas prouincias de Quito el seruicío d o natibo para parte de reparo á las necesidades de vuestr a Real H a zienda, y aunque esta tierra es sin minas y los caudales de los que la abitan limitados, tanto que en la ocasión ultima que aquí se pidió semejante seruicío nos e pudieron juntar mas que l 6 U. 8oo pesos, 6: trabajado agora en esta causa con tanto cuidado y desvelo, que la e auentajado á numero, y montó de cient mili pesos, sin molestia y con suauidad, todos graciossos y dados, á quenta de los quales, en el despacho de este año, e ynbiad o á V. Magestad á la Casa de la Contratación de Sevilla ochenta mili pesos registrados; que los restantes, por no se auer acabado de cobrar, yran en primera ocasión.
»Suplico á vuestra Magestad muy humilmente que en remune ración de este y de otros seruicios de quarenta y tres años, los tfeynta en todas las Indias, donde pued o auer adquirido noticia y experiencia de las cosas de ellas y de su gouierno, se sirua vuestra Magestad mandarme sacar de tan larga peregrinación para yr á ser uir á vuestra Magestad á vuestros Reales pies en plaga de el Consejo de Indias lo que me restare de vida, onrrando juntamente mi persona y canas con un abito de la orden de Sanctiago, en que recibiré la grande merce d que espero de la benignidad y clemencia de vuestra Magestad, cuy a catholíca Real persona guarde Dios largos y felices años, como lá cristiandad á menester.—De Quito, á I.° de Mayo de 1623.—D. ANTONIO DE MORGA» ' ".
Pero al tiempo que iba esta solicitud de MORGA, en la que por cpntera pedía la merced de un hábito de Santiago, como se habrá visto, iban tantas y tan formidables quejas contra él, que al fin decídió, S. M. mandarle un visitador, el cual debió de llegar á Quito en los últimos meses del año 1624, cuando el DR. MORGA contaba sesenta y cinco de edad y unos siete ú ocho de bohemio encanecido. Mas ¿cómo se explica que viniendo esos escándalos de mujeres y de juego de tanto tiempo atrás, no le hubiera venido antes el visitador? Acaso porque mientras reinó Felipe III, que murió, como es sabido, en 1621, contó primero con la protección del Duque de Cea, á quien dedicó los SUCESOS, y después con la del Duque de Uceda,
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151 Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 3 (núm. 8).
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privados ambos del tercer Felipe. No se eche en saco roto que Doña Juana de Briviesca era de Uceda, y que allí había dejado parientes é intereses. Pero sea de ello lo que fuere, lo cierto es que hasta 1624 no le llegó á MORGA la visita, ¡y con qué visitador!... ¡El licenciado D.Juan de Mañozca, Inquisidor apostólico de los reinos del Perú! De nada le sirvió á MORGA tener en su casa, amén de tablaje casi público, un oratorio privado, poner cruces en las cartas y sostener con los frailes las mejores relaciones : el Mañozca «inquisidor apostólico» le apretó los tornillos sin consideración ninguna. ¡Á fe que el tal Mañozca era digno de llamarse inquisidor! Como primera medida dispuso que MORGA, los oidores y el fiscal saliesen de Quito, encargándose de los pleitos el Dr. Gilberto Pineda de Zurita, abogado ; pero éste fué reducido á prisión poco después, por cierta cuchillada que dio á un clérigo, y Mañozca dispuso entonces que MORGA y sus colegas se restituyesen á la dicha capital(152), donde acabó por encarcelar á todos ellos.
Cuando Mañozca se determinó á tomar medidas tan radicales, sus razones tendría. Según MORGA", ninguna ; y como todo se derivaba del odio de D. Manuel Tello de Velasco, por haberle arrancado aquél á Doña Francisca de Tapi a y Calderón, habrá que reconocer que á MORGA le costó bien caro el caprichito... Pero óigasele ; es de justicia ; reproduzcamos la carta que á 15 de Octubre de 1626 dirigió el DOCTOR á su Magostad :
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152 He aquí el auto del inquisidor Mañozca:—«En la ciudad de San Fran cisco del Quito, á treza de otubre de mili é seiscientos y veynte y ciáco años, el Señor Licenciado Joan de Mañozca, ynquisidor apostólico de los rreynos del Piru, visitador general de la Real Audiencia que rreside en la dicha ciudad, dixo: que por causas y motiuos bastantes que para ello tuuo, por auto que proueyo en veynte y uno de Junio de este presente año, mando que el doctor Antonio de MORGA y el doctor don Matías de Peralta, el licenciado don Manuel Tello de Velasco, el licenciado Melchor Suarez de Poago, Presidente, oydores y fiscal de la dicha Real Audiencia, saliesen de esta ciudad y fuesen á las partes y lugares que les fueron señalados, y en su cumplimiento salieron y dejaron su pleitos encomendados al doctor Gilberto Pineda de Qurita, abogado de la dicha Real Audiencia, el qual en once días del mes de setiembre próximo pasado de este presente año dio una cuchillada por la cara á Joan Serrano del Valle, clérigo de menores ordenes... por lo qual mando su merced prender al dicho doctor Pineda y á estado y esta preso, y por su-prisión se suspendieron las causas que estaban pendientes contra los dichos presidente, oydores y fiscal en esta visita; y en este estado mando que el dicho Presidente y el doctor don Matías de Peralta y el dicho fiscal boluiesejí á esta ciudad para hazer con ellos algunas diligencias tocantes á la dicha visita, las quales'con su venida y asistencia se han hecho»...—Archivo ele Indias: legajo gtg, pieza i.'', folio 184..
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* | SEÑOR:—En la causa que V. Magd. fue seruido remitir al licenciado Juan de Mañozca, visitador de esta Audiencia de Quito, por cédula de 29 de Marzo de 625, sobre el proceder del oidor licenciado don Manuel Tello de Velasco, que pareció al Visitador hazerla juizio ordinario publico de oficio, pronunciando sentencia definitiva en onze de Febrero de este año, no solo absoluiendole y dándole por libre de sus culpas, sino juntamente reseruandole el derecho para que contra mi, que auia informado á vuestra Magestad, y contra las personas que auian declarado lo siguiese y prosiguiese como le conuiniese, en virtud de este juizio hecho sin parte y de dicha sentencia y reservación, el dicho oydor, con pasión y en venganga, se querello de todos ante el Visitador, y por ello fuimos encarcelados con guardas y salarios indecentemente, y teniéndonos abstenidos el Visitador de nuestros oficios, se a seguido la causa hasta áuerla concluido definitivamente, con ocupación de mas de vn año, en que se an escrito mas de quatro mili hojas, con muchas alegaciones y descargos por nuestra parte hechos, con que el Visi tador tomo resolución por auto de 9 dias de este presente mes de remitir la causa y su determinación á vuestro Real Consejo, cono ciendo las dificultades, nullidades y yerros que la dicha causa po día tener, dándonos libremente soltura y que por agora, hasta que otra cosa prouea, no entremos á vsar dichos nuestros oficios en el Audiencia, que se halla con solo vn oydor, el mas nueuo, sin poder dar recaudo bastante al ministerio, padeciendo en esto la justicia, el autoridad de la Audiencia y nuestra presunción.»
(Trata en el párrafo siguiente de la sentencia que dio en la cau: sa del oidor Velasco el visitador Mañozca, y termina así:)... «con que mucho se deuiera escusar lo que poco después el Visitador juz gó en fabor de dicho oydor, y no menos los muchos agrauios y molestias que e recibido, de que muy particularmente sera vues tra Magestad informado, por el processo de esta causa, cuya en mienda y satisfacion espero de la poderosa mano de V. Magestad... De Quito, 15 de Octubre de 1626.—D. ANTONIO DE MORGA.»
Con esta carta está el testimonio de la sentencia pronunciada por el visitador Mañozca, que comienza:
«En la ciudad de San Francisco del Quito, en nueve dias del mes de Octubre de 1626, el señor Licenciado Joan de Mañozca.., hauiendo visto el pleito y causa fulminada en esta visita por que rella criminal del licenciado don Manuel Tello de Velasco, oidor de la dicha Real Audiencia contra el doctor Antonio de MORGA.., sobre decir hauer hecho información con dolo á su Magestad...

Dixo: que debía remitir y remitió el dicho pleyto y causa y su de terminación que para ello esta conclusa á su Magestad y señores de su Real Consejo de las Indias, y en el entretanto sean sueltos de la prisión en que están los dichos Presidente y oydores y fiscal, aunque por agora, por causas que á su merced mueben, no entren en la Real Audiencia á la administración de sus oficios»(153).

XIII

Que la cosa no acabó aquí, lo prueba el que Mañozca continuase actuando contra MORGA hasta Septiembre de 1627. Y lo que resultó contra el DOCTOR, no es para dicho; después de todo, resúmese en la sentencia del Consejo de Indias, que más adelante se reproduce íntegramente. Sin embargo, y por lo que tiene de pintoresco, no debemos dejar de transcribir á continuación el auto de Mañozca fechado en Quito á 19 de Diciembre de 1626; este auto nos dice cómo á los 67 años corridos el tenorio bien complexionado se hallaba en la plenitud de sus arrestos eróticos. Véase el auto; no tiene des perdicio (ni MORGA remedio en su mal de amores) : «En la ciudad de San Francisco del Quito á diez y nueue de di ziembre de mili y seiscientos y veinte y seis años, el señor Licen ciado Juan de Mañozca, ynquisidor apostólico de los Reynos del Piru y visitador general de la Real Audiencia que reside en la dicha ciudad, dixo: Que por quanto de las aberiguaciones secretas de la visita consta y parece el trato desonesto que el doctor Antonio de MORGA, Presidente de la dicha Real Audiencia a tenido y tiene con Doña Geronima de Arteaga, que llaman la Pallasca, muger de Cristoual Mexia, mercader, y que la vuo antes que se casara y tuu» hijos en ella y después de casada a continuado el dicho Presidente en el dicho mal trato, y tanto que para mas libremente aber á la suso dicha a ocupado al dicho su marido en comissiones que le a dado, todo con gran nota y escándalo desta ciudad, y faltando el dicho Presidente de las obligaciones que tiene por la autoridad de su oficio a enbiado á la dicha Doña Geronima papeles de amores de su misma mano y letra, y de noche a ydo á uerse con ella á su casa y á una chácara que tiene vna legua desta ciudad, camino del repartimiento de Cotocollao, junto á la del licenciado Plaga, de manera que a sido conocido, y algunos de los dichos papeles que el dicho Presidente le a escrito en la dicha forma están en esta visita
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153 Archivo, de Indias: est. 76, caj, 6, leg. 3 (núm. 7).
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en el quaderno de comprouaciones tocantes á President e y oydores, y porque todauia continua el dicho ¡'residente en el dicho Tual trato v escreuirle papeles por donde rxuisa e¡ua,ndo le a de ber y adonde, como píii eee por los que aora de nuevo le ce escrito, que an llegado i ¡nano^ de vi merced, que son seis, el uno de la letra ordinaria jUf' 1 dicho I'trsidente escriue y los cinco, algo disfrazada, pero fie suelt e qu se echa de ver que son suyos y muy semejantes á ios dichos papeles que están en esta vdsita, y para que se vea que los vniisy otios son del dicho Presidente: —Mandaua é mando que los dichos S( is papeles referidos en este auto se pongan con él en el dicho quaderno de comprouaciones donde están los dcnias, y asi lo proveyo, mando y firmo. —Ei, LICENCÍADO JUAN DE MANOZCA.—
Ante mi: LOPE DE BERMEO.»

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Autógrafo del DR. MORGA.—[Quito, 1626.]

He aquí ahora los seis billetes aludidos :
[l.| « Vida mia: Duélente mucho tu yda, porque te quiero mas que a mis ojos, y los mios estaran en pena hasta tu huella, y entonces te gozaran muy de asiento; y si oy puedo pasar por ay, lo haré por gozar de este regalo: acuérdate de mi y mándame como á esclauo.—Tuyo.»
[II.] « Ocho dias á que padezco de una ynflamacion en vn braco y por esto y hazer las iioches tan claras no te suplico nos veamos aquí; que también agora anda en casa tanta gente, que harán estoruo á esto todavía: auisame lo que te parece. Entretanto, ten secreto con todos, que después te diré con quien mas es menester tenerlo.»
[III.] « Señora mia: Vete enorabucna antes de venir á acá, que puede tener ynconviniente el verte entrar aqui: yo daré orden para que nos veamos en la chácara vn dia de estos, y te lo anisare y me lo dirás todo; y entretanto, me escriues lo que mandares. — Tuyo.-»
[IV.] «Mi alma: Seas bien venida, que ya te echaua tanto menos que me afligía tu ausencia; auisamc de tu salud y de la de la compa ñia, cuyas manos beso. Acá esta todo á tu seruicio y se obedecerá con mucho gusto lo que mandares.—-Tuyo.-»
[V.] « Mi señora: No he respondido al papel vltivio, por parecerme fuera mejor buscar ocasión para hazer lo á boca donde mejor ¡,e diera todo á entender; entretanto, basta saber lo que por alia se hazey la seguridad que por todas partes se puede tener de las cosas: haré lo que se me manda, sin que esto pueda tener duda. —Tuyo.-»
[VI.] «Mi alma: Mucho me holgtce con tu vista, aunque es con la disimulación que conviene, y no sera menos quando te vaya á tier, que sera el viernes d la noche, que 7ne abre desocupado y hará algo mas oscuro; y para entonces te preuengo que procurare sea sin falta: no ha de venir acá nadie, sino aguardar á la puerta el que suele.— Tuyo.-»(154).
Estos no son billetes de un viejo verde; más bien son los de u» hombre enamorado con cierta sinceridad; que sólo un amor sincero puede escribir la frase; «te quiero más que á mis ojos, y los míos estarán en pena hasta tu vuelta». Doña Catalina, su mujer, ó no debió de ser celosa, ó debió de ser imbécil, por más que en las artes de ganar dinero, acreditó que tenía inteligencia. ¿Cómo no se percató de las infidelidades de su marido, algunas de ellas realiza das en el propio domicilio conyugal? Convienen todos cuantos in tervinieron en el proceso instruido contra MORGA en que sus devaneos eran, por lo escandalosos, del dominio público. ¿Cómo Doña Catalina no le fué á la mano? Lejos de esto, entrambos hubo la mejor armonía, y entrambos sacaban muy lindamente los patacones á sus contertulios. Las partidas se prolongaban con frecuencia toda la noche y parte de la mañana, y á lo mejor los jugadores recibían aviso de que era llegada la hora de celebrar audiencia; y los oidores mandaban á sus casas por los cuellos,
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154 Archivo de Indias: Legajo 291; pieza 10; folios 376 á 382.—La carta primera la reproducimos también facsimilarmente, en la página anterior. ;
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y de la mesa de juego se trasladaban, bostezando, á las que tenían en los estrados...
Pero Mañozca debió de cebarse más de lo justo en MORGA y sus compañeros; así se desprende de la siguiente carta del DOCTOR á su Majestad, fechada en Quito á 30 de Abril de 1629:
* | SEÑOR: Desde que el licenciado Juan de Mañozca, Inquisidor de el Perú, vino por comission de V. Magestad á visitar los minis tros de esta Audiencia de Quito, año de 624, en que se ocupo hasta setiembre de 627, fue con conocida pasión y otros yntentos, haziendome con demostración agrauios y malos tratamientos no deuidos á mi persona y á la autoridad de mi cargo y oficio, hasta sacarme sin causa por muchos dias á larga jornada de esta ciudad; después que bolui á ella me encar(jelo con guardas y salarios y me tubo abstenido de el ministerio de presidente y juez de el Audiencia diez y ocho meses, trujóme arrastrado por estas calles á su casa en muchas ocasiones, con grande indecencia, sin causa ni fundamento, permitiendo que delinqucntes y personas de poca suerte y qualidad que se introdujeron en la visita por entender le complazian, me mo lestasen y costeasen con injustas demandas y querellas de mal juz gado, y que de palabra y en sus escritos me denostasen o injuriasen, no respetando mi persona, canas y antigüedad de ministro y el oficio de Presidente de esta vuestra Real Audiencia. Todo esto lleue con paciencia, obeciendole y respetándole por no alterar los ánimos de [los] demás visitados y de las personas de esta república, que se escandalizaron, y que á mi imitación y exemplo se quietasen y sufriesen, pareciendome que en esto consistía el agierto en el seruicio de vuestra Magestad. Estas y otras muchas cosas y excessos que el Visitador hazia, mouieron á vuestra Magestad á mandarle con muy grande acuerdo que no teniendo acabada la visita no la prosiguisse y entregase los papeles que ubiese hecho al Virrey, Marques de Guadalcagar, el qual luego ynbiase vno de tres oydores de la Audiencia de los Reyes [Lima] que fuesen señalados, que luego la acabase con termino de vn año, reseruandonos á mi y á demás quejosos sobre los agravios regibidos, el derecho á saluo.
»Pudiera con justo sentimiento en mas de quarenta dias que se detubo el licenciado Mañozca en esta ciudad, sin los que fue caminando á Lima por poblazones de este districto, no hazerle las cortesías y buen tratamiento que mis compañeros y yo le hizimos con mucho cuidado, visitandoTe en su casa de ordinario y repectandole mucho mas que cuando era visitador, y que tuviese buen auio en todas partes, y que saliese con mucho acompañamiento de algunos oydores y oficiales de el Audiencia, y lo bueno de el pueblo de que justamente se tubo por obligado, como lo dize por las cartas que de el camino me yua escribiendo, que son originalmen te con esta, con que tube consideración y respeto á su sacerdocio y ministerio en la Inquisición, y principalmente á que no pareciese pasión ni deseo de venganga por las sinrazones de el recibidas.
»Sin poder tener cosa de nuevo que decir ni mostrar después que fue amovido de la visita, pues no tubo mas conocimiento de los negocios de ella y auer entregado todo lo que actuó y escriuio al Virrey, ni tener razón de queja ni agrauio, se a entendido que con nueuas diligencias hechas con cautelas á su modo procura dar á entender de su oficio á vuestra Magestad que fue agrauiado en la justa resolución que con 61 se tomo, y que cuando de aqui salió no tubo buen tratamiento, no solo con color y disimulación de disculpar sus acgiones y proceder, sino tras esto abrir camino para que se le buelua á cometer lo restante de esta visita, en que podrá de nueuo y á mayor daño executar sus pasiones y deseo de ven ganza y gerrar á los quejosos el que vuestra Magestad fue seruido tubiesen para poder tratar de la enmienda y satisfagion de los agrauios y daños regibidos, que asta oy no la tienen, sin otros nuebos que causa á muchos en esta república con la mucha mano que tiene con la plaza y oficio de inquisidor en que se continua.
»Suplico muy humildemente á V. M., mediante ser muy cierto lo que he referido, mande no se permita ni de lugar á nueuas y mayores molestias procuradas por el licenciado Mañozca y los agentes que para ello tiene embiados desde Lima, que se fudan en dictar su pasión y odio que a congebido contra los que de él se quejaron, cuyo remedio justamente lo preuino vuestra Magestad con cédula para el virrey Marqués de Guadalcagar, de f de maxqo de 627, que en esto ni en otras cosas hasta agora no a tenido cumplimiento con efeto, en que espero recibir de la benignidad y clemencia de vuestra Magestad esta y otras mercedes, cuya católica Real persona guarde Dios, etc.—De Quito, 30 de Abril de 1629.—D. ANTONIO DE MORGA»(155).
Pero aceptado que Mañozca se cebase, hay que reconocer que el autor de esta carta no tenía muy limpia la conciencia. El MORGA de este papel, no es el MORGA de otros. Hay en éste demasiada sumisión; vésele humillado á Mañozca, por miedo, naturalmente; y no descuella una sola frase donde palpite la airada indignación que siente todo aquel que se cree atropellado.
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155 Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 4 (núm. 2).
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El asunto fué á Madrid ; en Madrid se examinó por los Señores del Consejo, hombres graves, doctos, de edad, y por de contado amantes de la justicia (com o que aquel Consejo era lo que es actualmente el Tribunal Supremo), y el Consejo sentenció en contra de MORGA. Per o no es llegado aún el moment o de conocer la sentencia. Antes de conocerla, di gamos que en 1630, ó sea á los setent a y un años de edad, MORGA se quedó viudo ; ningún hijo le estorbaba, y seguía disfrutando de la más cabal salud, á pesar de los pesares. La carta que sigue no pued e ser más breve, ni más expresiva tampoco ; y a no demanda «suplicando humildemente»;, pide con cierta indiferencia, y en ello está la fuerza de expresión del documento ; que denuncia en MORGA •un vencido, no en cuanto tenorio, sino en cuanto magistrado :
* | SEÑOR : La Presidencia de la Real Audiencia de la rtata ha vacado por muert e de el licenciado don Martin Degues Veaumont á los 2 9 de Junio pasado en la misma ciudad. »Si mi persona pued e ser conuiniente para seruir á V. Magd. en •aquella Presidencia, y mis seruicios merecieren ser promouido á ella de esta Presidencia de Quito, en que á diez y siete años que siruo á V. M., ¡a ofrezco para ello, hallándome sin estorbo de mugef ni hijos que poder lleuar Y CON BASTANTE SALUD.—Guarde Dios, etc.— De Quito, á I." de Octubre, 1630.—D. ANTONIO DE MORGA.»
Esta es la carta de un vencido, repitámoslo. Pero si el magistrado se consideraba derrotado., ¡el tenorio continuaba considerándose invencible] En 1631, ó sea á los 72 años de edad, MORGA contrajo terceras nupcias con una joven limeña, es de suponer que sin permiso del Rey ; porque MORGA, aun sintiéndose fuerte y viéndose bien complexionado, ^con qué cara, en plena senectud, le decía al Rey que quería casarse con una criolla jovencita?... ¡Criolla y jovencita!... Esto era meterse en un volcán, y á los 72 años no está y a el hombre, por fuerte que sea, para lanzarse á tales aventuras, mayormente si durante su vejez ha cometid o los excesos que MORGA cometió; que había «tratado... desonestamente con muchas mugeres cassadas, viudas y solteras en reputación de doncellas, amancebandose con ellas», y tenido disgustos como el que debió de producirle el ver que una de sus queridas, casada, estando su marido ausente se hizo preñada, y hubo que darla «vebedizos para echar la criatura, que se le murió en el cuerpo, y con remedios que hizieron la hecho á pedacos»(156),
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156 Véase, más adelante, la sentencia del Consejo de las Indias, capítulos (ó cargos) II y 53, respectivamente.
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De su tercera mujer tenemos muy escasas noticias. Hemos dicho que era joven, sin que nos conste positivamente; pero es que apenas se sabe de ningún anciano —y mucho menos cuando el anciano es lo erótico que MORGA — que se case con mujer entrada en años: nada por consiguiente se aventura diciendo que ella era jovencita, y doncella por supuesto, y linda y animosa; porque de no haber reunido tales circunstancias, el DOCTOR no la habría preferido. Llamábase Doña Ana María de Rivera Verdugo, y era limeña. MORGA lebió de conocerla en algún viaje que hiciese á la ciudad de los Reyes, como se llamaba entonces á la antigua capital de los reinos del Perú. Y la boda debió de celebrarse en 1631 lo más pronto (acaso en 1632); Diego de Subiaurre, antiguo criado de MORGA, fué el encargado de traer á Quito, desde Lima, á la nueva esposa de su señor PRESIDENTE(157).
En Lima vivía por entonces el general D. Antonio de MORGA, hijo del DOCTOR, á quien éste comisionó para que entregara á su prometida, en vísperas de la boda, el golpe de regalos con que la obsequiaba. Así lo declara aquél en un documento en que se lee: «La memoria ajustada de las joyas que yo entregue [en Lima] á mi señora doña Ana Maria [de Rivera Verdugo], halle oy buscando papeles, que es vn tatito de la que me remitió mi padre, firmada de •sn nombre, que es como sigue: «Memoria de las joyas que ban en este caxoncillo en seis caxitas y una bolssa: Primeramente, vna cruz de Jerusalen con ciento y onza diamantes grandes y el de enmedio jaquelado, en una caxita •de cuero argentada. Vna caxita de terciopelo carmesí, vna Maria con ciento y sessenta y dos diamantes menores, y á las espaldas vna titela de la Concepción de nuestra Señora con sus atributos y su bidriera de christal de roca. Otra caxuela de Xapon, de betún ne gro, paseada de conchuelas de nácar, con cinco sortixas, vna de vn rubí carbunco grande de sumo valor, engastada en oro y esmal tada de negro; otra de vna esmeralda muy rica engastada estraordi nariamente y esmaltada de rroxo y blanco.»
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157 En una diligencia practicada en Quito á 10 de Junio de 1637, en casa •de Diego de Subiaurre, tenedor de los bienes de MORGA, se lee: «Se vieron... -doze cartas misibas del señor doctor Antonio de MORGA, del afio de [mil seis •cientos] treyiay uno, y una quenta que da Diego de Subiaurre al señor Pre sidente de lo que ha fugado y gastado en traer, como traxo, á la señora doña Ana Maria, muger del señor Presidente y sus criados y recamara, pagada por •el dicho señor Presidente por mano del tesorero Pedro de Vera, y vna ins trucción del dicho señor Presidente para el viage de la dicha señora Doña Ana VÍAÚ&t.—Autos, citados: Archivo de Indias: 76, 6, 5 (núm. 4).
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(Siguen otras muchas joyas, y termina el documento, en que ha bla el hijo de MORGA:) «Todo lo qual le entregue yo á mi señora Doña AnaMaria delante de muchos testigos...»(168). No hay que decir que buena parte de lo regalado por el DOCTOR á su prometida había pertenecido á las esposas difuntas. Tenemos, pues, al Presidente de la Audiencia de San Francisco de Quito, DR. ANTONIO DE MORGA, casado por tercera vez; y hemos de hacerle la justicia de que ahora no incurre en adulterio con nadie, ni juega, limitándose á cobrar su paga de seis mil y seiscientos pesos anuales, que entrega religiosamente á su mujer. Pero le tenemos con la pesadumbre de que, continuada la visita, no por el terrible Mañoz ca, sino por el Dr. Galdós de Valencia, oidor de Liríia, la causa for mada por este último iba á ser remitida á Madrid, ó estaba ya en camino; y porque debía Je entender que para él no había ya reme dio, tomó la pluma y solicitó ser jubilado: así lo pidió el 30 de Abril de 1634, en la siguiente sentida carta á su Majestad:
* | SEÑOR:—He entendido que en el armada deste año cambia desde Lima el doctor Caldos de Valencia á vuestro Real Consejo la visita de los ministros desta Audiencia, que continuó y acauó el año de 632, en que al pringipio della fui maltratado por la pasión y malicia, de una gauilla de delinquentes y personas de humillde estado y pocas obligaciones, á quienes el Visitador favoreció y sus tentó pretendiendo y procurando ynjuriar mi persona y desacredi tar mis seruicios de tantos años, con descomedidas querellas y de mandas, y falsos testimonios; hauiendo serbido bien á vuestra Magestad en las Audiencias de las Indias mas de quarenta años, y los veinte últimos en la Presidencia desta de Quito, con tantas jornadas y peregrinaciones, y en este tiempo perdido mis dos compañeras que tube, y dos hijos que murieron siruiendo á vuestra Magestad ahogados, Joan, el mayor, oficial en el campo y exercitO' en el Reyno de Chile, siendo gouernador Alonso de Riuera, hauiendo peleado un dia con los enemigos retirándose á su alojamiento y presidio, pasando en una barca el Rio de Bio-bio, con otros oficiales, se trastorno y perdió la barca, y todos perecieron; y Agustín, su hermano, siendo capitán de ynfanteria del campo y presidio de las yslas Philipinas, le ynbio el gouernador don Joan de Silua en compañía del maese de campo Christoual de Axqueta Menchaca á Goa, por los galeones quel Virrey de la Yndia hauia ofrecido para el socorro del Maluco, y á la ida el nauio en que fueron envarcados se perdió en la mar,
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158 Autos, citados, fol. 72 vuelto.
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y perecieron los que en él yban. «Hauiendome visto también, en otras ocasiones y tranzes, con peligro de la vida siruiendo A V. Magestad, demás de otros seruicios considerables que tengo hechos á vuestra Magesta d en otras matherias de justicia, gouierno y aumento de vuestra Real Hacienda, de que ha constado á vuestra Magestad, y es publico en vnas y otras partes.
^Postrado á los Reales pies de vuestra Magestad, con toda re berencia y humildad, suplico á vuestra Magestad sea seruido hon rrar mi person a y seruicios en esta ocasión, quando no merezcan otro premio y remuneragion, mandándome jubilar con el salario de que m e sustente, los pocos años que pued o biuir en gracia de vuestra Magestad para que trat e del remedio de mi salud, y de lo que combiene á mi saluacion, en que recluiré muy grande merced, por la benignidad y clemencia de vuestra Magestad, cuya catho lica y Real person a guard e Dios, etc.—D e Quito, 30 de abril de
1634.—D. ANTONIO DE MORGA.»
(Al dorso se lee:) «En 7 de Noviembre de 1635.—Consultar pon derando la edad y lo que pide, pues quando no lo pidiera, el Consejo, por buen gouierno, lo haria.» (Haj una rúbrica) " '. «¡El Consejo, por buen gobierno, lo haria!»... ¡DON ANTONIO DE MORGA estaba desahuciado!... U n año just o después, á 30 de Abril de 1635, MORGA insiste de nuevo én solicitar su jubilación. es esta segund a carta idéntica á la transcrita, sin más variante que, al hablar de la muerte de su hijo Juan, dice : «siendo gobernador Alonso Garcia Ramón» '^. Pero no er a y a necesaria la solicitud : el Consejo de Indias, después de maduro examen de todo cuant o sobre MORGA había recibido, dictó este memorable fallo, el 22 de Octubre de 1636 :

XIV

«Don Felipe, por la gracia de Dios, Rey de Castilla, de León,...—Mis Virreyes, Presidentes...—Saued que aviándose visto por los del mi Consejo Real de las Yndias la Visita que con comisión mia hizo el Doctor Galdos de Valencia, oydor de mi Audiencia de la ciudad de los Reyes al Presidente y oydores y demás ministros y oficiales de mi Audiencia de la ciudad de San Francisco del Quito, y vistos los cargos que de la dicha visita resultaron contra el doctor Antonio de MORGA, Presidente della, dieron y pronunciaron en Madrid, en veynte y dos de Otubre de este presente año de mili y seiscientos y treynta y seis
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159 Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 5 (núm. l).
160 Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 5 (núm. l).
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las sentencias del tenor siguiente: Visto por nos los del Consejo Real de las Yndias la Vissita que con comisión de su Magestad tomo el doctor Galdos de Valencia, oydor de la audiencia de Lima, al Presidente y óydores y demás ministros de la Audiencia de la ciudad de san Francisco del Quito,—Y vistos los cargos que de la dicha Visita resultaron contra el doctor Antonio de MORGA, Presidente de la dicha audiencia,—Fallamos que debemos de pronunciar y pronunciamos en la forma siguiente:
I. En quanto al primer cargo, hecho al dicho doctor Antonio de MORGA por aber tenido juego publico en su cassa y tablage de noche y de dia desde que fue resíuido al vso de Presidente con grande exceso gastando entre no che y dia quarenta varajas de naypes sacando de cada vna quatro pessos, de que le a balido mas de doscientos mili pessos, acudiendo á jugar eclesiásti cos y seglares, pleiteantes y pretendientes, llamándolos que fuessen á jugar, aunque fuesse contra su voluntad, y por los demás conthenidos en el cargo.
II. Y al segundo, por aber jugado los licenciados Zorrilla, Don Matias de Peralta y Pedro de Vergara en casa del dicho Presidente, en la chácara que tenia ea Añaquito, toda la noche, y á la mañana embiaban por los cuellos á sus casas, y en el quarto del dicho Presidente se ponían las garnachas, y abiendo asistido media ora en la Audiencia se volbian á poner de corto y se bolbiaa á comer y cenar y jugar á la chacra, con gran nota y escándalo de aquella ciudad,—Condenamos al dicho Presidente por la culpa de estos dos cargos ea seis mili ducados, y la demás pena remitimos al final.
III. Y al tergero, por no aber asistido al despacho ordinario en su cassa para oyr los negociantes por ocuparse en la dicha ora y juego, le ponem>s culpa al ñnal.
IV. Y al quarto, por no aver auido relox ni asistido en la Audiencia las tres oras y auer salido antes de los estrados y lo demás contenido en el car go, mandamos guarde las leyes y ordenanzas.
V. Y al quinto, por las nuebas fingidas que embio en un pliego á la Audiencia de promociones de oydores por donayre y burla, estando don Ma tias de Peralta y don Alonso del Castillo en la dicha Audiencia, de que vbo gran murmuración, le condenamos en seis cientos ducados.
VI. Y al sexto, por aber traydo mucha cantidad de ropa de China, prohiuida, de contrabando, quando vino de México á ser Presidente, disiendo que eran libros y bendidose publicamente en las casas Reales por don Antonio de MORGA, su hijo, y Pedro Sánchez Pericón, su criado, y en la tienda que puso en la de Francisco Ponije, mercader. VU. Y al séptimo, que la dicha ropa valia quarenta mili pessos, de que se hizieron mas de cien mili.—Por la culpa de estos dos cargos, condenamos al dicho Presidente en doze mili ducados, y las demás penas remitimos al final.
VII. Y al octano, por aber traydo mucha ropa labrada y beneficiada en México sin registro,—Remitimos la condenación de este cargo á la que queda puesta en los cargos sexto y séptimo precedentes.
IX. Y al nono, por aber traydo Diego de Zubiabiri, su criado, vn empleo de México en empleo de ropa de China y metidose en las Casas Reales y vendidose publicamente,—Le condenamos en mili ducados, y la demás pena al ñnal.
X. Y al décimo, por aber tratado y contratado en paños de la tierra por mano del dicho don Antonio de MORGA, su hijo, y Francisco de Segura, Pedro Sánchez Pericón y Miguel Ximenez de Armenteros, sacando los dichos paños de las almonedas á menos precio, como se contiene en los casos contenidos en el cargo, le ponemos culpa al final.
11. Y al onze, por aber tratado con mucha publicidad, después que es Presidente, desonestamente con muchas mugeres, cassadas, viudas, y solteras en reputación le doncellas, amansebandose con ellas con escándalo y mal exemplo, de que se Ic dio memoria secretamente, le condenamos en dos mili ducados, y la demás pena remitimos al final.
12. Y al doze, por aber mandado á Joan de Rueda, platero, que le hicies se vnos platillos de vna pina por quintar y no abelle querido pagar el quinto y prendidole, como se contiene en el cargo. |
13. Y al treze, por aber guarnesido vnas piedras vezares y dado el oro por quintar.
14. Y al catorze, por aber doña Catalina de Alccga, su muger, mandado hazer vna cadena de unas aorcas de oro por quintar.
15. Y al quinze, por aver la dicha doña Catalina hecho la labrasen tre zientos votones de oro y dado el oro sin quintar.
16. Y al diez y seis, por aber dado íray Hernando de Abila una totuma de oro y vna cadena de quinientos pesos al dicho Presidente, por tenerle grato por no aber manifestado vn tesoro y guaca que hallo en la probincia de las Esmeraldas y que no hiziese diligencia, como no se a hecho sobre lo dicho.
17. Y al diez y siete, por tener en su poder mucha plata labrada sin quintar, sirbiendose della.
18. Y a! diez y ocho, porque quando casso á doña Catalina Bermeo, hija de la dicha doña Catalina de Alcega, le dio mucha cantidad de plata y joyas de oro en dote.—Por estos siete cargos le condenamos en mili y quinientos ducados.
19. Y al diez y nueue, por aberle Ueuado Juan Serrano del Valle á vna chácara, y regaladole.
20. Y al veynte, por aber reseuido del Br. Diego de Londoño, cura, aves, huebos y otros regalos, le absolbemos por no probado de estos dos cargos.
21. Y al veynte y vno, por no aber dia señalado en la Audiencia para verse pleytos fiscales.
22. Y al veynte y dos, por no aber un dia en la semana señalado para acuerdo de hazienda.—Mandamos guarde las ordenanzas.
23. Y al veynte y tres, por aber sacado vn hijo de pila á Pedro Pon^e Castillejo estandole prohibido, le condenamos en cien ducados.
24. Y al veynte y cuatro, por aber sido padrinos el dicho Presidente y su muger de las velaciones de don Nicolás de la Raspur, que caso con doña María de Vera.
25. Y al veynte y cinco, por aber dicho á Joan de Vera de Mendoza que abiase y aussentase al dicho don Nicolás quando mato al capitán Pedro Sayago, debiendo hazer diligencia para prenderle.—Por estos dos cargos le condenamos en mili ducados. 26. Y al veynte y seis, por aber mandado traer á aquella ciudad á Pablo Delgadillo, corregidor de San Miguel de Ibarra, con que fué causa de que se aleasen vnos yndios que estaban de paz.
27. Y en el veynte y siete, por aber nombrado en lugar del dicho Delgadillo á Francisco Pérez Menacho, criado del dicho don Antonio de MORGA, su hijo, no siendo aproposito.—Le absolbemos por no probado.
28. y al veynt e y ocho, por no aber nombrad o miiltador en la Audiencia.
29. Y al veynt e y nueve, por no aber libro en que se escriban los dias que se reciben Presidentes y oydores y demás ministros.
30. Y el treynta, por aber consentido que Diego de Valencia León vsase el oficio de escriuano de cámara después de tene r cumplidos veynt e y cinco años García de Valencia Leen, su hijo, que lo era en propiedad.
31. Y al treynta y vno, por no aber tenid o el libro del acuerdo cerradi con llaue y embiado por él á su ca.ssa al dicho Diego de Valencia León.— Mandamos guard e las ordcnagas.
32. Y al treynta y dos, por aber tenido press o al licenciado Plaga, abogado de aquella Audiencia, porque escriuio al Consejo lo que le pareció com biniente al serbicio de S. M.—Remitimos la determinación de est e cargo á la demanda publica puesta por el dicho licenciado Plaga al dicho Presidente.
33. Y al treynta y tres, por aber coxido vn pliego que el licenciado Zo rilla escriuio á Su Magostad y al Consejo, ponemos culpa al final.
34. Y al treynta y quatro, por aber hech o que hachasen de la ciudad á Pedro de Lir a y otros predicadores de la Compañía, porque reprehendían el juego.
35. Y al treynta y cinco, por aber permitid o que los fraylcs agustinos re coletos fundasen cómbenlo en la hcrmita de Sancta Cruz sin liscngia de su Magostad.—Le absolbemos por no probado de estos dos cargos.
36. Y al treynta y seis, por aber tratado con mucha familiaridad á G e r ó nimo de Castro y á Francisco de Vega.
37. Y al treynta y siete, por aber disimulado la cobranza que se cometió á don Matías de Peralta de los bienes del Obisp o don Fray Salbador de Riuera. ~ Le absolbemos de estos cargos.
38. Y al treynta y ocho, por aber nombrad o por capellán del obspital á Carlos, su criado, tocando el nombramiento á tod a la Audiencia.—Le pone mos culpa y al final.
39. Y al treynta y nucuc, por aber cobrad o de los bienes de! canónigo Francisco Ortiz de Porrcs ciertas cantidades en virtud de poderes, estandole prohiuido.
40. Y al quarenta, por aber nombrado po r escriuano á P e d r o de Salazar en la residencia de Pedro Lago de la Gueira, debiendo nombrar receptor.
41. Y al quarenta y vno, por no aber corregido á don Manuel Tello de Velasco por declarar su bot o en los estrados.
42. Y al quarent a y dos, por no aber apremiad o á don Francisco de Bo horques y don Francisco de Herrer a á que biniesen á estos Reynos á hazer vida con sus mugeres.—Mandamos guarde las leyes de lo contenid o en estos quatro cargos.
43. Y al quarent a y tres, por aber faboregido á Eugenio de Abila, corre gidor de Chimbo, en su residencia, le condenamos en dos cientos ducados.
44. Y al quarent a y quatro, por no dexar que los abogados aleguen sus derechos en los estrados.—Mandamos guard e las leyes.
45. Y al quarent a y cinco, porque oye mal á los pleyteantes pobres y les dize malas palabras, le ahsolhcmos, for genera!.
46. Y al quarenta y seis, por aberle dado Hernand o de (|^euallos vna cha cara en Añaquito de valde por tenerle grato para sus pleytos, le absolbemos por no probado.
47. Y al quarenta y siete, por aber dado licencia á don Mathias Rodríguez de la Vega para venir á estos reynos, siendo prebendado de la Yglesia cate dral de aquella ciudad, le pouemos culpa, y guarde las leyes.
48. Y al quarenta y ocho, por no aber prohibido que Fray Leonardo de Araujo, augustino, biniese á estos Reynos, antes pcrmitidole y aconsejándole por viüetes que biniesse, dándole cartas de fabores para estos Reynos y otras partes, le condenamos en quinientos ducados, y la demás pena al final.
49. Y al quarenta y nueue, por aber nombrado para las doctrinas los na cidos en España sin sauer la lengua, debiendo preferir los españoles nacidos en aquella tierra.—Mandamos guarde las leyes, cédulas y ordenanzas.
50. Y al cinquenta, por aber dicho [á] Pedro de Vergara, corregidor de Otábalo, que estaua absuelto de su residencia, antes de salir la sentencia. Le absoluemos.
51. Y al cinquenta y vno, por no aber hecho diligencia contra Joan Ber nal, alcaydc de la cárcel, siendo vno de los comprehcndidos en el alzamiento de Potosi.
52. Y al cinquenta y dos, por no aber castigado ;í Aug." de Logroño, abien do desamparado la milicia, por intei-cesion de vna mugcr, le absolbemos de ia culpa de estos dos cargos, por no probados.
54. (Sic.) Y al cinquenta y quatro, que quando se iba á entretener con alguna muger casada dexal)a al marido jugando en su casa, diziendo: «Juegue Umd. por mi», le absolbemos de este CATgo^for general.
55. Y al cinquenta y cinco, por aber puesto vn pulpito en la pla^a y en él vna escalera, para entrar por una bentana en casa de vna muger, cuyo nom bre se le declaro.
56. Y a! cinquenta y seis, por aber tenido trato y comunicación con vna muger viuda que seguía á la muerte de su marido en aquella ciudad, cuyos nombres del muerto y de la dicha muger se le declararon, le ponemos culpa y al final.
57. Y al cinquenta y siete, por aber declarado no aber lugar el tanto intentado por Andrés de Orozco en la venta del ccnsso que lundó Esteban Martin sobre sus haziendas.
58. Y al cinquenta y ocho, del mal juzgado en la caussa de Joana Rico Saltos con doña Beatriz y doña Maria, muger & hija de Diego Suarez de Figueroa, sobre las caballerías de tierras contenidas en el cargo, le absolbemos.
59. Y al cinquenta y nueve, por aber arrendado á Pedro Pongc Ca.stillejo la estancia que tenia en Aflaquito Hernando de Ceballos para el dicho Presidente.
60. Y al sessenta, por no aber pagado el alquiler de ocho años y medio de la dicha estancia.
61. Y al sessenta y vno, por no aber pagado los reparos que el dicho Pedro Ponge Castillejo hizo en la dicha estancia, le absolbemos y resorbamos su derecho á la parte para que pida lo que constare debérsele.
62. Y al sessenta y dos, por aber echo prender á Joan Serrano del Valle, porque le queria capitular.
63. Y al sessenta y tres, por aber mandado que sacassen al dicho Joan Serrano á la vissita de cárcel estando muy malo y tullido.—Remitimos la determinación de estos cargos á la demanda publica puesta al dicho Presidente por el dicho Joan Serrano.
64. Y al sessenta y quatro, por aber procedido contra el bachiller Pla?a por que se juntaba con otros para capitulalle.
65. Y al sesserita y cinco, por aber hecho caussa contra el dicho bachiller Pla^a, por aber Uebado dos peticiones firmadas de Joan Serrano del Valle para que se leyesen en la Audiencia por ser amigo del dicho Joan Serrano.
66. Y al sessenta y seis, por aber hecho nuebe caussas al dicho Bachiller Plaga por aber entendido que escribía contra el dicho Presidente y que ayu daba á Joan de Ybarra y al dicho Joan Serrano del Valle, y lo demás conte nido en el cargo, lo remitimos á la demanda publica puesta por el dicho ba chiller Plaga al dicho Presidente.
67. Y al sessenta y siete, por aber consentido que el sello Real estubiesse fuera de la Audiencia y del apossento señalado para él.—Mandamos guardar las leyes.
68. Y al sessenta y ocho, por no aber tenido en la cárcel las mugeres pres sas en aposentos aparte sin que se comunicasen con los presos.—Mandamos guardar las leyes.
69. Y al sessenta y nueue, por aberse serbido de yndios é yndias mucho tiempo del que a asistido en la plaga de Presidente, estando prohibido poder hazerlo, le condenamos en quatro cientos ducados.
70. Y al setenta, por aber nombrado para comissiones á Francisco de He rrera, criado de don Manuel Tello de Velasco.
71. Y al setenta y vno, por aber nombrado á Joan de Morales, su criado,, por interprete en la vissita que hizo el dicho don Manuel.—Mandamos guarde las leyes.
72. Y en quanto al setenta y dos y fina!, por aber cmbiado vnas cartas finxidas al correo mayor de aquella ciudad para que las diese á don Sancho de Miranda, corregidor de Cuenca, diziendo se las embiaba Joan de Ybarra para sauer si se trataua con el suso dicho y le queria capitular, y lo demás, contenido en el cargo, le ponemos culpa, y por ella y por la de los demás cargos á este final remitidos. —Condenamos al dicho Presidente doctor Antonio de MORGA: en seis años de suspensión de oficio; y mandamos que si vbiere llegado la jubilación que por el Consejo le está concedida al dicho Presidente, le cesse el salario y los demás emolumentos y or\oves;y mas le condenamos en seis mili ducados, los quales, ylasdera.ns condenaciones pecuniarias de esta sentencia, aplicamos la mitad para la cámara de su Magestad y la otra mitad para gastos de estrados del Consejo y obras pias, por iguales partes. Y por esta nuestra sentencia definitiva juzgando asi, lo pronunciamos y man damos.—LICENCIADO JOAN PARDO.—LICENCIADO DON BARTOLOMÉ MOEQÜECHO.— LICENCIADO DON JOAN DE PALAFOX Y MENDOZA.—Visto por nos los del Consexo Real de las Yndias la Visita que con comisión de su Magestad tomo el doctor Galdos de Valencia, oydor de la Audiencia de Lima al presidente y oydo res y demás ministros de la Audiencia de la ciudad de San Francisco del Quito, y visto el cargo cinquenta y tres, de los que se hizieron al doctor An tonio de MORGA, Presidente de la dicha Audiencia,—Fallamos que debemos pronunciar y pronunciamos en la forma siguiente:
73. Y en quanto al dicho cargo cinquenta y tres, que se hizo al dicho Presidente por aber tratado con vna muger casada estando su marido ausen té de la dicha ciudad de Quito y aberse hecho preñada del dicho trato y aber hecho que vn medico le diese vebedizos para echar la criatura, que se le murió en el cuerpo, y con remedios que hizieron la hecho á pedagos, le ab solbemos por no probado.—Y por esta nuestra sentencia difinitiva juzgando asi lo prenunciamos y mandamos.—EL LICENCIADO FERNANDO DE VILLASEÑOR.

— EL LICENCIADO JOAN PARDO. —EL LICENCIADO DON BARTHOLOME MORQUECHO. —Y agora el licenciado Joan de Mena, mi fiscal en el dicho mi Consejo, me pidió y suplico le mandase dar mi carta executoria de las dichas sentencias para que lo en ellas conthenido fuesse guardado, conplido y executado, y se traxesen á poder del receptor del dicho mi Consejo los marauedis en que los suso dichos abian sido condenados, ó como la mi merced fuesse, en lo qual, visto por los del dicho mi Consejo, fue acordado se diese esta mi carta executoria para vos en la dicha razón, é yo lo é tenido por bien: por la qual os mando que siendo ante vos presentada ó rrequerido, ó con ella, ó con el dicho su traslado signado qualquier de vos, según dicho es, veays las dichas sentencias dadas y pronunciadas por los del dicho mi Consejo de las Yndias, que de susso van yncorporadas, y las guardéis, cumplays y executeis, y ha gáis guardar, cumplir y executar en todo y por todo, según y como en ella se contiene; y en su cxecucion y cumplimiento probeereis y daréis orden que luego se ayan y cobren de los susodichos y de sus bienes y fiadores los marabedis en que por las dichas sentencias fueron condenados, y cobrado que lo ayais, registrado por quenta aparte y rrelacion de donde proseden, los remitiréis á la Cassa de la Contratación de las Yndias de la ciudad de Se uilla, dirigido á mi Presidente y juezes y oficiales de ella, con orden para que luego lo den y entreguen al receptor del dicho mi Consejo; y no hagáis cossa en contrario de lo contenido en esta mi carta, de la qual mando tomen la ra zón mis contadores de quentas que residen en el dicho mi Consejo, y del dia en que esta dicha mi carta se le entregare al dicho mi receptor.—Dada en Madrid, á veynte de nobiembre de mili y seis cientos y treynta y seis años. —YO EL REY.» (Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 5 [núm. 6].)
Cuando se firmaba esta sentencia, hacía ya algunos meses que el DOCTOR ANTONIO DE MORGA había muerto. Fué, después de todo, una suerte para él haberse ido al otro mundo sin conocer el fallo del Consejo de Indias, que seguramente le habría causado hondo disgusto. MORGA murió en Quito el 21 de Julio de 1636, á los setenta y siete años de edad. Los que á la sazón eran sus compañeros de oficio, D. Alonso del Castillo de Herrera, D. Alonso de Herrera y Ayala, D. Juan de Valdés Illanes y D. Francisco de Prada, tuvieron piedad de su Presidente, y al dar cuenta del fallecimiento á vS. M., llamáronle «Ministro de toda satisfacción y experiencia» '*'. Después de todo, al DR. MORGA, como letrado, no podía negársele estos títulos: supo acreditar talento y gran conocimiento de las leyes. Pero aun aceptando que hubiera habido exageración en las acusaciones que contra él se acumularon, es indudable que su proceder dejó no poco que desear desde que entró en Quito á desempeñar el cargo dei Presidente de la Real Audiencia.
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161 En la carta de la Audiencia de Quito á S. M., fechada á 26 de Abril de 1637, se lee este párrafo:—«En 21 de Jullio de 1636 fué nuestro Señor seruido llenar para si al Doctor Antonio de MORGA, Presidente de dicha Audiencia, Ministro de toda satisfacción y exj!eriencia.i>—A.tch.ivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg.s (núm. 3).
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Prescindamos de sus calavera das amorosas, que en último término pertenecen á la vida privada: sus negocios de «ropa» y Añ juego, amén de ciertos chanchullos é ilegalidades, probados quedaron, como probado quedó que en mu chas ocasiones no sentía el menor deseo de cumplir dignamente en el delicado oficio que desempeñaba: y el que por tantos años se había distinguido como juez recto y celoso, acabó por empañar su historia del modo tan lamentable que se ha visto.
MORGA es un verdadero representativo del español de larga resi dencia en Ultramar. No cabe duda que el medio social colonial aca baba por corromper á los europeos más incorruptibles: acaso por esto los ingleses sostienen que es de gran conveniencia á los que viven en las colonias darse de vez en cuando una vuelta por la Metrópoli. Pongamos á MORGA viejo en un medio social de España, "y es casi seguro que no habría cometido los excesos que en Quito cometió. Él se veía allí de amo, con la agravante de lo que signifi caba entonces ser español en América: ¡¡qué mucho que se le antojas e que todo el monte era orégano? Y puesto ya en la pendiente, enviciado y hasta un tanto envilecido, siéndole fáciles las conquis tas por la mucha mano que le daba el cargo, á nadie extrañará que fuese de mal en peor, ayudado por su complexión, verdaderamente excepcional, pues que de no haber contado con la fuerza de una naturaleza prodigiosa, es evidente que no se habría metido en mu chos de los belenes en que se metió, ni habría realizado la heroici dad, por llamarla de algún modo, de casarse setentón.
MORGA en Filipinas fué un magistrado memorable, celoso del bien común, ávido á todas horas de servir dignamente á S. M.; en México, ni uno solo de los Virreyes dejó de recomendarle, ponderando en las recomendaciones las excelentes prendas del Alcalde. Pero pasa á la Presidencia de Quito en el Perú, y se transforma de ma nera radical. Su segunda mujer, Doña Catalina de Alcega, pertenece al tipo de las españolas alegres que en Ultramar tomaban el país. Joven, vese viuda y sin recursos á poco de llegada á México. Vuelve á casarse con un hombre modesto, y de nuevo se ve viuda, con hijos, y tan pobre como antes. Requerida por MORGA, MORGA la eleva considerablemente en posición; pero ella le coge gusto al dinero y á las joyas, y se siente cada vez más codiciosa. Se ajamona; su marido no siente ya por ella ilusión de ningún género. Y como él se veía fuerte y contaba con facilidades para conquistar mujeres (que por algo ocupaba la más alta posición oficial en San Francisco del Quito), entrégas e á sus empresas amatorias sin que su esposa le pida otras cuentas que las matemáticas de ingresos y gastos de la casa. Er a además Dona Catalina amiga de diversiones. Hasta que fué al Perú, ¿cuándo se había divertido MORGA? En Filipinas no se le vio jugar nunca. En México no es probable que lo hiciese. Pero es que tampoc o gustaba nuestro DOCTOR de francachelas de ningu na especie. Parece, pues, verosímil que Doñ a Catalina, de carácter tan opuesto al de su tercer marido, le incitase al negocio de la «ropa», al trasladarse de Nuev a España al Perú, como parec e muy verosímil también que aquellos holgorios en la chácara los iniciase la esposa, y no el esposo ; quien comienza á perder la gravedad cuando, por sus años, debiera tenerla acrisolada. De una part e el medio y de otr a la mujer, MORGA, el hombr e de carácter acerado, el que por no descontentar á S. M. derrengó de una paliza á su hija y luego de verl a casada no volvió á dirigirle la palabra ; el que fué tan severo y tan mirado en todo, después de haberse corrompido comete la cadetad a de casarse anciano con una crioUita. Un cambio más absoluto no pued e pedirse. Pero es que cuarenta años y pico, sin el menor paréntesis, de vida ultramarina, tenían que obrar nece sariamente ese cambio psicológico. En las antiguas colonias, no era lo peor el hombre, sino el medio : el hombre más sano acababa por pudrirse(162).

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162 En la notabih'sima obra Geogfa/úiy descripción Universal de las Indias, de Juan López de Velasco, escrita en los años de 1572-1574, y publicada por primera vez por D. Justo Zaragoza en 1894, se lee en las págs. 37-38: «Los españoles que pasan á aquellas partes y están en ellas mucho tiempo, con la mutación del cielo y del temperamento de las regiones, aun no dejan de re cibir alguna diferencia en la color y calidad de sus personas... Y no solamente en las calidades corporales se mudan líos criollos], pero en las del ánimo suelen seguir las del cuerpo, y mudando él se alteran también, ó porque por haber pasado á aquellas provincias tantos espíritus inquietos y perdidos, el trato y conversación ordinaria se ha depravado, y toca más presto á los que menos fuerza de virtud tienen; y así en aquellas partes ha habido siempre y hay muchas calumnias y desasosiegos entre unos hombres con otros.»—El Consejo de Indias, al censurar la obra, tachó este párrafo, del que salen tan mal librados los criollos y los españoles de larga residencia en Ultramar.
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XV

La última enfermedad le duró á MORGA muchos días(163). El guardián del convento de San PVancisco del Quito, Fr. Pedro Dorado, apenas se separó del enfermo, y en más de una ocasión hubo de exhortarle, «como persona que le tenia voluntad, hiziese testamento»: MORGA «le dio á entender que le tenia hecho»... Pero «el mismo dia de su muerte dijo [el DOCTOR] que el testamento que abia hecho los años paseados le abia rrompido, y queriendo hazcr nuevo testamento y que le escribiese [Fr. Dorado], no dio lugar su enfermedad»; lo hubo tan sólo para otorgarle poder para que testase en nombre del señor Presidente, declarándole «dos ó tres cossas de importancia», que el fraile puso en el testamento. En el poder — otorgado el 2 1 de Julio de 1636—se lee : «Y mandó que quandp Dios nuestro Señor fuere serbido de llebarle de esta presente vida, su cuerpo sea sepultado y enterrado y puesto en deposito en la Yglesia del combento del Señor San Francisco de esta ciudad en la parte y lugar de ella que á sus alba ceas pareciere, para que de allí á su tiempo sean trasladados sus guesos y llevados á la villa de Bilbao, al combento de San Agustín della, donde tiene su capilla y entierro»... «Deja, señala y nombra é ynstituye por sus herederos vnibersales á sus hijos legitimes, que son el general Don Antonio de MORGA y Don Diego de MORGA Mu ñatones, que están y rresiden en la ciudad de los Reyes (Lima), y demás sus hijos legítimos, y con esto su señoría»...
En cuanto MORGA expiró, dictóse el auto que sigue:
^Auto.—^En la ciudad de San Francisco del Quito, en veynte y un dias del mes de Jullío del año de mili y seis cientos y treyta y seis, los señores licenciados Don Joan de Valdes y Llano y Don Francisco de Prada, oydores de la Real Audiencia de esta ciudad, en orden á lo proveydo por los señores Presidente y oydores de la dicha Real Audiencia en la sala del acuerdo de la Real Justicia para que haya cobro y guarda en los bienes y haziendo de su señoría el señor Doctor Antonio de MORGA, del Consejo de Su Magestad, Presidente que fue de la dicha Real Audiencia, por aber muerto y passado de esta presente vida aora poco á en las casas de su morada, que lo son las Reales "^* de esta dicha Real Audiencia, mandaron que se notifique á los oficiales Reales de esta ciudad, que son el contador Don Fernando Laynez y tesorero Pedro de Chabarria, se hallen presentes al ynbentarío de los dichos bienes con quenta y razón, y para ello se pidan las Uaues de las puertas de los aposentos de dichas casas, como son. oratorio, estudios y caxas á la seño ra doña Ana María Berdugo, muger del dicho señor Presidente, y abiendoselas pedido por los dichos señores, la suso dicha dio y en trego al dicho tesorero Pedro de Chabarria doze llabes, que dixo ser de las puertas de los aposentos y baúles y caxa y vna de cloba de vna puerta que sale á vn corredor de las dichas cassas, entrando por la recamara de la dicha cassa, con que estaua serrada, y que daron en su poder; y lo rubricaron ante mi, Diego Hernández Marcilla, escriuano de Su Magestad.
»Y luego incontinenti, en cumplimiento de lo conthenido en el auto de esta otra parte, en presencia de mi el presente escriuano, estando en las dichas casas Reales, donde está el cuerpo de su señoría Presidente, hize ynbentario de los bienes siguientes:
(Cópianse tan sólo algunos)
»Primeramente, se pusso por ynbentario siete paños de figuras grandes de historia.
»Vn sitial de terciopelo carmesí, donde están esculpidas vnas arañas en campo amarillo y ensima de las dichas arañas esta vna ymagen de nuestra Señora, bordada.
»Vn liengo de la China de unas piegas que se llaman biango.
»Vn quadro de nuestra Señora de la Concepción, grande, con vn niño Jesús en bragos, con su moldura dorada, con su velo de belillo, viejo, encarnado. »Dos quadros grandes de dos hombres armados, con sus molduras doradas.
»Otros dos quadros de dos retratos pequeños de dos hijos de doña Catalina de Algega.
»Otros dos quadros, el yno de el general don Diego de Algea y el general don Joan de Algea, pequeños, de medio cuerpo.
»Vn bufete grande de madera, redondo, para poner belas de noche, que esta colgado de vna biga.
»Todos los qüales dichos bienes de suso ynbentariados estaban colgados y puestos en la sala principal de las dichas casas.
»Y en la segunda sala y quadra, se hallo lo siguiente:
»Vn quadro grande del desendimiento de nuestro Señor Jesuchristo, con su moldura dorada, con vn belo de tafetán morado, con su vara de hierro por do corre.
»Dos retablos de los retratos de sus Magestades del Rey y Reyna nuestra señora.
»Vn quadro de nuestra Señora de la Concepción, con su moldura dorada y atributos, con su velo de belillo de resplandor.
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163 Todo lo comprendido en este capítulo, mientras no se advierta otra cosa, tómase de la pieza rotulada: «Autos formados en Quito por D. Alonso Castillo de Herrera, oydor de aquella Audiencia, en cumplimiento déla executoria despachada por S. M. sobre los bienes del Dr. Antonio de MORGA.— 1636 y 1637.»—Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 5 (núm. 4).
164 Lo que prueba que no le había llegado aún la jubilación, decretada antes de que le condenasen á suspensión de empleo y sueldo.
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»Tres quadros de los retratos, vno del hijo de don Diego de MORGA, y otro de don Antonio de MORGA, y otro de vna niña con su letrero que dize: Doña Cathaiina.
»Vna ante puerta de paño de corte de figuras. »Y con esto no vbo mas que ynbentariar en la dicha segunda sala; y pasando á la tercera, se hallo en ella lo siguiente:
»Vn quadro de nuestro Señor Jesucristo, con su moldura dorada, con su belo de belillos.
»Vn quadro mediano de nuestro Señor Jesuchristo con la caña en las manos, con su belo de tafetán carmesi y moldura dorada.
»Vna ymagen de nuestra Señora del Populo, con guarnición clorada. »Otro quadro de la hechura de .San Joan deSahagun, con su mol dura dorada medio.
»Otro quadro de San Gerónimo, con su moldura dorada.
»Otro quadro de San Joseph, con su moldura dorada.
»Vn tabernáculo á manera de caxon, y dentro del, vna ymagen de nuestra señora.
»Vna ante puerta de paño de corthe de figuras que serbia de antepuerta.
»Dos alfombras medianas de la tierra. »Vn quadro mediano de la pintura de San Marcos Ebangelista.
»Y en este estado quedó este ynbentario para le proseguir ade lante...(Prosigue)
«En la Ciudad de Quito, en veynte y seys dias del mes de jullio del año de mili y seiscientos y treynta y seis, ios señores... [prosigue el inventario] esta vez de la librería del DOCTOR:)
»Onze cuerpos de libros bártulos.
»Albcncos, en seis cuerpos.
»Mascardos, en tres cuerpos. »Xosones, en nucbe cuerpos. »Obras de Ripa, en tres cuerpos. »Alexandro, en dies cuerpos.
»Joan Botero, en vn cuerpo grande.
»Los Calisetos, en tres cuerpos. »Angelo, en cinco cuerpos. »Hístoria Pontificia!, en quatro cuerpos. »Historía de Benito, en cinco cuerpos.
»Croníca de Joan Botero, en un cuerpo.
»Ex Purgatorio de libros, en vn cuerpo.
»Fílosophia moral, en un cuerpo.
»Lara, De alimentos, en un cuerpo.
»Noticia de Guido Pansiron, en vn cuerpo.
»Cronica de los moros de España, en otro cuerpo.
»Historia de las Malucas [de Argensola], en vn cuerpo.
»Historia oriental de Fernán Méndez Pinto, en vn cuerpo.
»Historia del Rey Filipo segundo, en xn cuerpo.
»Discursos de la fee, en vn cuerpo.
»Alfonso Paleoto, en vn cuerpo.
»Obras de fray Luis de Granada, en dos cuerpos.
»Flos Santorum de Villegas, en vn cuerpo, digo, en dos.
»Republicas del mundo, de Román, en tres cuerpos en tablas.
»La orden de la regla de Santiago, en vn cuerpo.
»Historia del mundo, en tres cuerpos.
«Historia de Salamanca, en vn cuerpo.
«Antigüedad de España, de Alderete, en vn cuerpo.
«Origen de la lengua castellana, en un cuerpo.
«Antonio Sebastian, De poeta, en vn cuerpo.
«HISTORIA Y SUCESOS DE LAS FILIPINAS, en quatro cuerpos.
«Viage del mundo, vn cuerpo.
«Cathecismo, en vn cuerpo.
«El duelo de Joan Baptista, ytaliano, vn cuerpo.
«Otro libro escrito de mano de las aues de bolateria.
«Historia de la China.
«Estrecho de San Vicente, por los Nodales, vn cuerpo.
«Obras de Santo Thomas, en tres tomos chicos.
(Los más de los libros inventariados eran de Derecho, como su pondrá el lector; todos los cuales quedan omitidos.)
«Los quales dichos libros estaban en dos estantes, vno grande y otro pequeño, que estaban en el estudio.» (Prosigue:)
«En la ciudad de Quito, en veinte y siete días del mes de Julio del año de mili y seiscientos y treynta y seis, los dichos señores... prosiguieron el dicho ynbentario de bienes...
Á más de los bienes ya mencionados, al apuntar el cargo que se hizo á Diego de Subiaurre, albacea tenedor, se imbentariaron, entre otros, los siguientes:) :
»Dos tabaqueras de picos de paxaro guarnesidos de plata.
«Otras dos laminas de Christo y de su Madre, de escarchado.
«Vn sello de plata,
«Vna caxa de plata con vn relicario de diferentes reliquias, y enmedio una lamina de nuestra Señora y san Joseph y el Niño.
«Vna lamina de Santa Escolástica, de cera.»
(Los dichos objetos se hallaban en los cajones de los escritorios.)
»Dos laminas, vna de nuestra Señora y San Juan, y otra del nascimíento, en sus caxas de madera de Japón, con sus puertas.
»Vna tabla de ajedrez de marfil y por otra parte juego de tablas con sus piegas de tablas.
»Vn tablero de tablas sin piegas.»
(En el inventario que se hizo este día y los siguientes, se catalogan numerosos cuadros, casi todos de santos, muchos objetos de plata, y ropa y armas que usaba el Presidente, así como otros muchos que había en el oratorio, propios para el culto, tales como casullas, cálices, etc.—Véanse algunos otros objetos:)
«Vna silla de manos mediana, forrada por de fuera de encerado. »Vn orinal de plata. »Dos fuentes grandes con las armas del señor Presidente, de plata dorada.
»Vna cama de madera dorada entera, con todo lo que pertenece á ella, de barillas.
»Vna alfombra grande de Persia. »Diez reporteros de terciopelo azul de la China, muy biejos, con las armas del señor Presidente bordadas.
»Vna silla de manos de baqueta negra con tres bidrieras, claue teada de clauos dorados, con sus correas de baqueta y palos.
»Otra silla de manos de fieltro azul, con una bidriera chica en la puerta; nueba, con sus correones de baqueta y sus palos.
»Vna litera forrada en jergueta, tinta en cochinilla, con su cu bierta de encerado berde, forradas las antepuertas.»
(Siguen los remates que se hicieron en las almonedas verificadas durante el año de I637.)
Veamos ahora el «Cargo que se haze Diego de Subiaurre de los reales que entran en su poder, procedidos de los bienes que están á su cargo y de lo cobrado en la Real caxa del salario del señor Doctor Antonio de MORGA, que dios aya; es como sigue '^':
«Yten, rematé en Antonio de Salinas vn candil de bronce y vn torillo de lo mismo, ambas cossas en veynte y seis patacones.
»Yten, se remató en Joseph Serrano vn Sansón desquixarando vn león, de bronze basiado, con su salbadera y peana de lo mismo, €n diez patacones.
»Yten, se remató en el alférez Pedro de Monrroy vna escrluania pequeña de ébano y marfil, en veynte y dos patacones.
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165 Sdlo se copian algtmos cargos.
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»Yten, se remató en Gabriel Billan de Valdes vn escritorio gran le de ébano y marfil, en doscientos y cinquenta patacones.
»Yten, se remató en Sebastian Rodríguez vna fuente grande, dos % saleros mendozinos y vn xarro grabado, todo dorado, que pesso Veynte y dos marcos y quatro ongas, á diez patacones el marco, montan doscientos y veynte y cinco patacones.
»Rematose en el dicho dos cestillos de plata blanca, que pesaron diez y seis marcos y quatro ongas, en ciento y quarcnta y ocho pa tacones y quatro reales.
»Rematose en el dicho Sebastian Rodríguez dos casuelas de pla ta blanca que pesaron diez marcos, (\ ocho pesos maixo, montan \ ochenta patacones.
»Yten, se remató en Pedro de Mendive vna fuente blanca de pla ta vieja y ocho platillos y un platón, y vn jarro liso y dos cucharas chicas y una grande, que todo peso treynta y quatro marcos y quatro ongas, á ocho patacones el marco, montan doscientos y se tenta y seis patacones y quatro reales. sRematose en Pedro López vna vacia y escalfador de plata, que pessaron treze marcos, cinco ongas y vna ochaua, á ocho patacones y quatro reales marco, montan ciento y dies y seis pessos.
»Rematose en el dicho vna campanilla de plata que pesso nuebe ongas y dos ochauas, en nuebe pesos y dos reales. ,
»Yten, en el mismo (Juan Martín de la Peña) la hechura de bulto de San Antonio, mártir de Japón, en treynta patacones.» (Siguen los remates de varios objetos de plata. Y luego estos -otros:)
«Yten, en el dicho (D. Gaspar Verdpgo), tres coxines de terciopelo de dos hazes, á treynta y cinco patacones cada vno, jnonta n ciento y cinco patacones.
»Rematose en el licenciado Serrano quatro agnus de escarchado, •chiquitos, los dos con laminas en nuebe patacones. ' sRematose en el maese escuela Miguel Sánchez las dos imaxenes le tabla con puertas de madera del Japón, en cinquenta pesos.
»Yten, en el dicho, la hechura de la Verónica, con su tabernacu Jo, en treynta y cinco patacones.
»Rematose en Diego de Valberdc dos laminas de pluma de San Joan y San Antonio, chicas, en cinco pesos.»
(Se remataron asimismo en varias personas los siguientes obje tos, á mas de otros que omitimos:)
«Vn contador de ébano y marfil, con sus pies y estante.
»Vn escritorio con puertas de ébano y marfil, con su estante.
»Doze payses viejos, á dos patacones.
sQuatro quadros de los tiempos.
»Vn quadro de Nuestro Señor en la Cruz, con su velillo.
»Vn quadro viejo de las tres R'Iarias.
»Vna prensilla de bronze, chica, para hazer pliegos de costas.
»Dos quadros, chicos, vno de San Miguel y otro de San Joan de Sahagun.
»Vna fuente grabada y dorada.
»Yten, se lleuó para el seruicio de la Real sala vn relox rico á modo de torre, y se mando pagar por el en el Real Acuerdo cien ducados.
»Vn relox de pesas. »Catorze laminas de plata de vn apostolado.
»Vn Heneo llamado biobo.»...
Y ahora veamos la Data que tiene Diego Subiaurre:
«Primeramente, da en data los gastos fechos en el entierro, fu neral, lutos... (Copiamos algunas partidas;) s>Trecientas y sessenta y ocho baras de bayeta negra de la tierra excogida, á quatro reales y tres quartillos la bara, para dar lutos á todos los negros y negras y otras personas del seruicio, y para col gar toda la quadra y estrado de la señora Presidenta.
»Vna pieza de bayeta con ciento y onze varas.
»Ciento y quarenta varas de bayeta.
»Bayeta y otras cosas dadas al sacristán mayor para el entierro y túmulo del señor Presidente.
»Ciento diez y siete varas de bayeta.
»Yten, cinquenta y cinco baras de bayeta de Castilla de cien filos, á quatro pesos y cinco reales la bara, para dar luto á sus espa ñoles criados y á don Antoñillo y á la criada española de la seño ra Presidenta, á quienes mandaron dar luto de Castilla...
»S¡ete baras de raso negro, á dies rreales bara, para cargar el cuerpo y el ataúd del señor Presidente...
»Yten, pagué á Rodrigo Sánchez, raerchancerero, toda la cera que se a gastado en el entierro del señor presidente, missa de cuer po presente y en todo el nobenario, con túmulo grande con treyn ta hachas y cinquenta belas de á libra, y en dar por tres veces cera á todas las religiones y clérigos y señor Obispo y cabildo de la ca tedral, quinientas y nueue libras y treze ongas de cera que el dicho a. dado á doze reales ¡a libra...
»Yten, pagué á los clérigos que dixeron misa por el señor Pre sidente en San Francisco el dia del nobenario, que fueron ochenta y un clérigos... ochenta y un patacones.
»A1 Padre F r. Andrés Izquierdo, diez patacones de la limosna de una botija de bino y colación, por la ocupación que tub o de predi car en el nobenario del señor Presidente.
»Iten, dos patacones á vn carpintero que hizo el ataúd, de cinco tablas y hechura.» (¡Modesto ataúd llevó! Vayase por lo de los ochen ta clérigos y^ sobre todo, por las ¡og libras de cera.) (Siguen varias partidas pagadas en los conventos, por misas.— y allá va la factura del boticario:) «Yten, sessenta y quatro pessos pagados á Pedro Sánchez Ángel, boticario, por las medicinas que dio.» El testament o no fué otorgado por Fr. Pedr o Dorado hasta el 4 de Noviembre, ó sea tres meses y medio después de la muert e del DOCTOR. He aquí lo más substancial :
«Primeramente, su Paternidad del dicho Padre Guardian [Fr. Pedro Dora do] encomendó el anima del dicho señor Presidente á Dios nuestro Señor, que la redimió por su preciossa sangre; y manda, como su Señoria dejó ordenado y mandado, que su cuerpo liiesse enterrado, como lo esta, en la yglesia del dicho cómbente de señor San Francisco de esta ciudad de Quito, en la parte y lugar donde su Paternidad del dicho Padre Guardian señalase, que fué en la voueda y entierro dó los religiosos del dicho combento se entierran, que es en la capilla mayor de la dicha yglesia, donde esta el cuerpo puesto en deposito para que de alli se trasladen los guessos á su tiempo y sean Uebados á la capilla y entierro que su Señoria dicho señor Presidente dixo tenia en la villa de Bilbao, en el combento de San Augustin de ella; y por la abertura de dicha voueda y sepoltura, acompañamiento de cruz alta, cura y sacristán y demás Religiosos que acompañaron el cuerpo, mando.se pague de sus bienes la limosna acostumbrada, como se pagó.
»Yten, declara su Paternidad del dicho Padre Guardian que el día del enterramiento del cuerpo de su Señoria el señor Presidente se dixeron por su alma missas-cantadas por Jos religiossos de las ordenes y combentos de Sancto Domingo, San Augustin y nuestra Señora de las Mercedes de esta giudad, y misas resadas, y asimismo, en los dias del nobenario se dixeron por cada combento á tres missas cantadas y á beynte resadas, y fue concierto que se les abia de dar y pagar de limosna por ellas á cada combento cinquenta patacones de á ocho rreales; y asi manda se les pague, como se pago á cada combento la dicha cantidad de cinquenta patacones de los bienes de su Señoria el señor Presidente difunto, y la cera y ofrenda de pan, vino y carneros que se gasto' en el dicho entierro, misas y nobenario, en la forma que es costumbre.
»Yten, declaro su Paternidad del dicho Padre Guardian que en el dicho su combento de San Francisco, donde esta enterrado el cuerpo de su Señoría y religiosos del, dijeron cinco misas cantadas por su alma en los dias del nobenario, y otras sessenta misas ressadas en ellos, y de cuerpo presente; manda que la limosna de ellas se pague de los bienes de su Señoría el señor Presidente en la cantidad que montare, con mas la limosna del abito de la dicha orden, como se pago.
»Yten, su paternidad del dicho Padre Guardian manda que de los bienes de su Señoría señor Presidente, se paguen á las mandas forzosas acostumbradas, á todas ellas dos patacones de á ocho rreales, porque asi se lo comunico su Señoría, con que las aparta de sus bienes. >Yten, declaro su paternidad del dicho Padre Guardian que su Señoría señor Presidente le comunicó de como era su voluntad, y lo abia deseado dar, libertad á María de Solis su esclaua, que la compró en la ciudad de Zafra, Reynos de España, y i sus hijos y desendientes,/ÍJ?- haberla criado vna hija de su señoría, llamada doña Juliana '66, y en orden á lo dicho y en la via y forma que de derecho mas lugar aya, y les aprobeche cumphendo con la voluntad de su Señoría señor Presidente, que fue, como dicho es, de que la dicha María de Solis y sus hijos y desendíentes quedasen libres de la dicha esclauitud, y en conformidad de ello, y que puedan disponer de sus personas como tales personas libres, les da y concede la dicha libertad á la dicha María de Solis y sus hijos y desendientes; y para que la gosen manda se les rremíta y embie un tanto de esta clausula autorísada y en publica forma. »Y asimismo su Paternidad del dicho Padre Guardian dixo que su Señoría señor Presidente Doctor Antonio de MORGA le trato y comunicó aber tenido ett su poder alguna cantidad de hazienda perteneciente al tesorero Domingo de Azpeitia iSi, su primo hermano, y de sus hijos y herederos, que abia muerto en la Puebla de los Angeles, siendo tesorero en la Vera Cruz, reyno de la Nueba España y alser quedado por hija y heredera del dicho tesorero Domingo de Azpeitia Ana María de San Antonio, monja proffessa en el cóm bente de monjas de nuestra señora de la Concepción de esta ciudad de Quito, y que de la dicha hazienda abia gastado en el dote y ajoar de la suso dicha y en el sustento de su madre, que se llama y nombra Doña Francisca Coco Calderón, que esta en la ciudad de México, cantidad de pesos, y lo que restaña de ella benian á ser hasta tres mili quinientos pesos de á ocho rrea les, poco mas ó menos, los quales quería y era su voluntad se pagasen á quien tubiese acción á la dicha hacienda y le pertenesiesse, lo qual se pagasse de sus bienes; y asi, conformándose con la voluntad de su Señoría señor Presidente, manda se paguen los dichos pessos, á quien de derecho los obiere de aber: y porque podía ser que la dicha doña Francisca Coco Calderón, estando viuda, pueda tener derecho y acción á la dicha cantidad de pessos por bienes dótales ó gananciales, su Señoría señor Presidente comunicó á su paternidad del dicho Padre Guardian que de ellos se diesen de presente quinientos patacones de á ocho rreales á la dicha doña María de San Anto nio, monja, para que con licencia de sus superiores los gastasse en sus nece sidades, y los tres mili pesos restantes se ympusiesen á rrenta sobre buenas y seguras jiosesiones para que con los leditos de ellas ansimesmo se acudiesse á la dicha doña Ana María de San Antonio, monja, para sus necesidades, quedando siempre el principal en píe, y que se diese aviso de ello á la dicha Doña Francisca Coco Calderón, para que si tubiesse alguna acción ó derecho á la dicha hazienda la pidicsse, y en casso que fuese muerta ó que no tubiesse Ja sobredicha acción á dichos pessos, quedassen todos, como dicho es, paía renta y necesidades de la dicha Ana María de San Antonio, monja,
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166 !A buena hora! Recuérdese que esta María Solis embarcó en Cádiz con MORGA. Debia de tener, á la hora de la manumisión, cerca de ochenta años. 167 El que, en calidad de criado, salió de España al tiempo que el DR. MORGA.
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mientras viuiesse y después de sus dias subcediese en ella el dicho cómbente •de monjas de nuestra señora de la Congepgion de esta ciudad; y asi, en ordea á lo dicho, mando se guarde y cumpla la voluntad de su Señoria dicho señor Presidente en darse á la dicha Ana Maria de San Antonio los dichos qui nientos patacones de á ocho rreales y en que lo demás restante, que son los 3ichos tres mili patacones de á ocho rreales, se ympongan á censo para la dicha renta que se acuda á la dicha Ana Maria de San Antonio, monja, y en •el Ínter se de auisso á !a dicha Doria Francisca Coco Calderón, su madre, >Yten, declaro su paternidad del dicho Padre Guardian fray Pedro Dora do, que ansi mismo su Señoria señor Presidente Dotor Antonio de MORGA le •comunico como estando su señoria en las Filipinas, ciudad de Manila, por oydor en aquella Real Audiencia, vn Religioso de la orden de San Angustia que estaua y residía en el cómbenlo de dicha orden en la dicha ciudad, le abia dado á guardar quinientos patacones de á ocho reales, y teniéndolos en su poder su señoria se vino á la ciudad de México, siendo promobido á la Real Audiencia de ella, y asimismo el dicho religioso, el qual nunca en la dicha ciudad de México le pidió la dicha cantidad de quinientos patacones, y al cauo de algún tiempo abia hecho ausencia della, y su señoría se vino á •esta ciudad de Quito por presidente de la Real Audiencia de ella, y no obo efecto de que al dicho religioso se le diesen los dichos quinientos patacones, por lo qual le hera deudor de la dicha cantidad de pessos al dicho Religio sso, y le dejo ordenado á su Paternidad se pagasen de sus bienes á quien con •derecho combiniesse pagarse, y ansi, cumpliendo con su voluntad, su Pater nidad manda que la dicha cantidad de pe-ssos se den y paguen de los bienes •de su Señoria señor Presidente á quien como dicho es los ubiere de aber por el dicho religioso. >Yten, mando su Paternidad del dicho Padre Guardian que de los bienes de su Señoria señor Presidente se paguen como se pagaron dies patacones al Padre predicador que predicó en sus onrras. »Yten, declara su Paternidad del dicho Padre Guardian que por quanto le •consta aber sorbido Joan de Morales á su Señoria señor Presidente y pareserJe que en conciencia se le debe hazer alguna satisíacion de su serbicio, manda que de los bienes de su Señoria señor Presidente se le den al dicho Joan de Morales doscientos y cinquenta patacones de á ocho rreales, con declaración que hazc que su Señoria no le comunico á su Paternidad lo dicho, y lo haze y lo ordena ansi por descargo de su conciencia, y ruega y encarga á los señores hijos y herederos de su señoria señor Presidente tengan por bien de á que al dicho Joan de Morales se le de y pague la dicha cantidad de pessos por el serbicio que le hizo asistiendo en su casa mucho tiempo y con cargo de quel dicho Joan Morales ayude en la almoneda y adrainistra cion y cobranza de lo que prosediere della á Diego de Subiaurre, persona que tiene á su cargo los bienes de su Señoria precissamente, y sin escusarse, por que con este cargo, como dicho es, manda se le pague la dicha cantidad de doscientos y cinquenta patacones de á ocho reales, »Yten, declaro su Paternidad del dicho Padre Guardian que todos los bienes que vbieren quedado por fin y muerte de su Señoría señor Pi'esidente y se hallaron en las Casas Reales de su morada, se pongan por inbentario, •como se pusieron, como bienes suyos, >Yten, declaro su Paternidad del dicho Padre Guardian que todos los bienes que vbieren quedado por fin y muerte de su Señoría señor Presidente y se hallaron en las casas Reales de su morada, se pongan por inbcntario, como se pusieron, como bienes suyos. »Yten, su Paternidad del dicho Padre Guardian mando en el descargo de la conciencia de su Señoría señor Presidente que, si paresiere deber algunas cantidades de pessos á algunas personas mostrando recaudos auténticos, se les pague de sus bienes, sin embargo de que no se lo comunico su Señoría por la grabedad de su enfermedad. íYten, ordenó su paternidad del dicho Padre Guardian, que para el caba de año que se vbiere de hazer por su Señoría se saque de sus bienes y retenga la cantidad de pessos en reales que fueren ncsesarios para el gasto de bino, cera y ofrenda y misas, por ser forzosso. »Y para cumplir y pagar este testamento y las mandas y legados en el contenidos, no embargante que su Señoría el dicho señor Presidente doctor Antonio de MORGA nombro á su Paternidad el dicho Padre Guardian Fray Pedro Dorado por albasea en el poder que le dio y que pudiese testar por su Señoría y hazer su testamento como se lo comunico y que por entonses lo a^eto, aora, en quanto puede y á lugar, por ser tal religioso y no ser de su proffesion el serlo para que aya quien acuda á la execucion y cumplimiento dello en orden al nombramiento que hizo en los señores doctor Don Antonia Rodríguez de San Ysidro Manrique y !i;en(;iado Don Alonso de Mesa y Aya te, oydores de esta Real Audiencia, de albaceas de su Señoría señor Presi dente, aora de nueuo lo buclue í hazer, y nombra por tales; y porque el dicho señor doctor Don Antonio Rodríguez de San Ysidro Manrique esta ausente de esta ciudad, por aber ydo á la visita genera!, podría ser que el dicho señor licenciado Don Alonso de Messa y Ayala se escusase por sus ocupaciones, nombró asímesmo por albasea y tenedor de los bienes de su señoría á Diego de Subiaurre, vezino de esta ciudad, y les dio poder y facultad en virtud del que tiene para que, como tales, ynsolidum puedan húsar del dicho albaceasgo y entrar en dichos bienes, derechos y acciones, y bendellos y rematallos en almoneda publica ó fuera de ella, como mejor les pareciere conbenir á la utilidad de ellos; que para ello y cobranza de ellos les da el dicho poder en vastante forma yjara que lo cumplan dentro del año del albaceazgo, ó en el mas tiempo que fuere menester. »Y cumplido y pagado este dicho testamento y las mandas y legados del en el remaniente que quedare de los bienes de su Señoría señor Presidente» derechos y acciones que en qualquiera manera pertenezcan, su Paternidad del dicho Padre Guardian, en virtud de lo contenido en el dicho poder, en que nombro por sus herederos al general Don Antonio de MORGA y Don Diego de MORGA y demás sus hijos ligilimos los nombra por tales herederos vnibersales ligitimos en todos los que paresiere aber quedado por de su Señoria señor Presidente su Padre, para que como tales los ayan y hereden »Y por quanta su Señoria señor Presidente Doctor Antonio de MORGA, por el dicho poder que de suso va yncorporado dado á su Paternidad del dicho Padre Guardian para aber hecho y otorgado su testamento como lo a hecho» reboco y anulo otros qualesquier testamentos, poderes y cobdicilos que vbíesie fecho y dado por escrito ó de palabra antes del dicho poder para que no valiesen ni hiciesen fee ni prueba en juizio ni fuera del, vsando dello aora en virtud del dicho poder los reboca y anula y da por ningunos y de ningún valor ni efeto, para que no balgan ni hagan ffee ni prueba en juizio ni fuera del como si nunca se vbierau otorgado, saluo este testamento que al presente haze y otorga en virtud del dicho poder que quiere que valga por tal ó por cobdicilio de escritura publica ó en la via y forma que de derecho mas lugar aya; y en testimonio dello, ansi lo otorgo su Paternidad del dicho Padre Guardian fray Pedro Dorado en nombre de su Scñoria señor Presiden te, ante mi el dicho escrivano en el dicho dia, mes y año dichos á quien doy fe conosco y de que lo firmo de su nombre, siendo testigos Pedro de Molina y Gaspar de Mendia y el alférez Francisco de la Mata y Joan de Arebalo y Sebastian Diaz, vezinos y moradores que lo firmaron.—FRAY PEDRO DORADO, etc.—Ante tni: DIEGO HERNÁNDEZ MARCII-I.A, escriuaiio de su Magostad y de Probincia.5

Como el inventario de los bienes tardó mucho tiempo en hacerse, no fueron pocas las cosas que se ocultaron, acerca de las cuales existe una larga lista, que lleva este epígrafe : Memoria de los bienes que no están ymbentariados de los qualcs tenia el señor Presidente Doctor Antonio de MORGA, que Dios aya; y merecen ser citados ;
«Vna cama de damasco con su sobrecama y rodapiés con alama res de peynecillos de oro. »Dos fuentes doradas y esmaltadas de un tamaiio, en su caxa. »Vn aguamanil grande dorad o con esmaltes, en su caxa. »Vn salero grande, vn jarro, vn bernegal con su salbilla, todo •dorado, que compro de Sebastian de Bobadilla.
»La sortija rica de rubí.
»Otra sortija rica de esmeralda. sDos sortijas de zafiros.
»Las joyas de diamantes y cadena que eran de Don Diego de MORGA, apreciadas en quatro mili pessos, poco mas ó menos. *Y otras que consta de la carta del general D. Antonio de MORGA. »Vn rosario de piedras finas engastado en oro con su cruz de o r o y esmalte. »Las perlas que se compraron de la almoneda del Doctor Qui ros, que costaron doscientos cinquenta pessos», etcétera. Probablemente, todo esto se lo llevaría la viuda, Doña A n a Ma ría de Rivera Verdud o 6 Verdug o de Rivera (pues que de ambos modos se la llama en los documentos oficiales), la cual, á las tres y media de la madrugad a del lunes diez de noviembre de aquel año -de 1636, se partió para Lima «con toda su gent e y casa y cargas», según testimonio del escribano Juan Martínez Gaseo, diciendo pro bablemente : ¡Ahí queda eso!; nada ; porque lo bueno se lo llevó ella.
A mediados de 1637, los herederos de MORGA habíanse y a enzar zado en pleitos sobre la herencia(168).
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168 Vease esta peticion: El Licenciado Don Fernando Saavedra, alcalde de esta Corthe, por la persona que tiene mi poder y como padre y legitimo administrador que soy de los menores mis hijos y de Doña Cathalina [Bermeo] de Alcega, mi mujer difunta, nietos y herederos que son por esta caueza de la señora Doña Cathalina de Alcega, mujer que fué del señor Doc tor Antonio de MORGA... y asimismo por Don Diego y Don Joan de Bermeo, mis cuñados, hijos de la dicha señora Doña Catalina, por quienes presto voz y canción... al qual embargo y exccucion y cobranza yo me opongo como achreedor hipotecario por los derechos y recaudos siguientes: »Lo primero, por veynte y cinco mili reales que resiuió en dote con la di cha señora Doña Cathalina de Alcega, para los qualcs por la escritura de dote que presento... »Lo segundo, tengo el mismo derecho por seis mili y seiscientos y cin quenta y dos pessos y quatro reales que restan de entregarme del docte que constituyó y me prometió con la dicha Doña Cathalina [Bermeo] de Alcega, mi muger, cuya promessa y lo receñido consta de estas dos escrituras de que hago presentación para berificacion de ser deuido el dicho resto. »Lo tercero, esta obligado á dar quenta el dicho señor Pressidentc por lo que de ella puede resultar en fabor de los dichos mis hijos, y por lo que toca á los dichos mis cuñados de todos los bienes que quedaron por muerte de la dicha señora doña Cathalina de Alcega, está obligado á dar quenta como su tutor que fue, según que constara de los recaudos que protesto presentar de la dicha tutela»... Y ahora esta otra: «El general Don Antonio de MORGA, por mi y en nombre del Licenciado Don Diego de MORGA Muñatones, como hijos ligilimos y herederos que somos con beneficio de ynbentario de doña Joana dr liribiesca y Muñatones, nuestra madre, difunta, y asimismo a de ser preferido y primeramente psigado de los dichos bienes de la mitad de los gananciales que vbo durante el dicho matrimonio entre el dicho Doctor Antonio de MORGA, mi padre y la dicha mi madre, que la dicha mitad monta mas te veynte mili patacones, porque al tienpo y quando murió la dicha mi madre y se disolbio y separó el dichomatrimonio, que fue en la ciudad de México en el año pasado de mili y seis cientos y dies (sic; errata de seis), por el mes de Julio, quedaron por bienes y hacienda de los dichos mis padres mas de sesseta mili patacones en dineroplata labrada, joyas, esclavos, ajoar y menage de casa, carrocha y caballos..,. »Otro si, á vuestra merced pido y suplico mande que se me de carta de justicia para que en la dicha ciudad de Exija las justicias de ella manden que del oficio de Cristóbal Sánchez de Truxillo, escriuano publico ante quiens e otorgó la dicha carta de dote ó de otra qualquier parte donde estubieren,. los rcsciuos de la dicha dote y arras, que todo se otorgó por el año de mili y quÍDÍentos y ochenta y dos y ochenta y tres en la dicha ciudad de Exija y TxUa de Uceda, me den testimonio»...
169 Archivo de Indias: est. 76, caj. 6, leg. 5 (núm. 5J.
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Cuando los pleitos se hallaban en su período álgido, llegó á Quito la ejecutoria de la sentencia ; y á este propósito escribió el Fiscal á su Majestad, á 12 de Abril de 1638 '^'>: ...«Demás desto, vino una Real executoria librada y despachad a por vuestr o Real Consejo, ynsert a en ella la sentencia y condenacion que se le hizo, y rresulto de la vissita, contra vuestro Pressi dente pasado el Doctor Antonio de MORGA, que ya hera difunto quando llego, para cobrar de sus bienes treinta y vii mili y tantos ducados de Castilla, en que paresce fue condenado en diuersos car gos, fuera de la condenación criminal, que se le hizo. Cometida su execucion y cobranga al oydor mas antiguo desta Real Audiencia, que agertó ha serlo y á estar ya en ella de buelta de esa corte y de essos rreynos á seruir su plaga de oydor, en que fue rrestituydo por vuestra Magestad y Real Consejo, el ligengiado Don Alonso del Castillo de Herrera, que empego á executar la dicha Real exe cutoria, y á hender los bienes que pudo hallar del dicho Pressiden te, que no fueron de mucha consideración^ para los que se enttcndio que tenia y dejaua; y de ellos su muger del Pressidcnte, Doña Ana Maria Verdugo y Riuera, natural de la ciudad de Lima, que se voluio á ella, lleuo la mayor parte de los bienes, preseas, joyas, y plata labrada, que quedaron por fin y muerte del dicho Pressi dcnte, su marido. Y el dicho don Alonso del Castillo de Herrera despacho rrcquissitoria, ynserta la Real executoria, dirigida al oy dor mas antiguo de la Real Audiencia de la dicha ciudad, que lo es el doctor Galdos de Valencia, el que acauo y tomo la vltima vissita á esta Real Audiencia, para que en la dicha ciudad hiziese diligencias en rrecogcr y cobrar los bienes que lleuo la dicha Doña Ana Maria, viuda, que de rrazon dará quenta de lo que vuiere rresultado en este despacho á Vuestra magestad el dicho doctor Galdos de Valencia, y si se an cobrado algunos. Pero de los bienes que se hallaron y vendieron en esta ciudad, no podra ymbiar, ni es posible, el dicho don Alonso del Castillo de Herrera, vuestro oydor pues fue Dios seruido de llenársele para si, como lo auiso en otras cartas en esta ocassion, de enfermedad aguda, breue y acelerada, víspera de la Espectacion de Nuestra Señora del año pasado, que fue á 17 del mes de Diziembre á cossa de diez meses de tiempo después que llego de buelta de España á esta ciudad, y voluio á tomar posesión de su oficio de oydor mas antiguo. Y en su lugar entro y subcedio eT ligengiado don Alonso de Messa y Ayala, por estar ausente, y en vissita general de la tierra, en la gouernacion de Popayan, el Doctor Don Antonio Rodríguez de San Ysidro Manrrique, que es el mas antiguo, avnque en plaga supernumeraria, y también lo es, la que trajo de oydor el licenciado don Gerónimo Hortiz Qapata, que agora es el mas moderno de todos. Y el dicho don Alonso de Messa y Ayala, a ydo continuando en la cobranga de los bienes que dejo hendidos y rrematados el dicho don Alonso del Castillo de Herrera, que no se que se vendie sen ni rrematasen en sus justos prescios, de que se a hablado mal sobre ello., ni á m¡ me llamó, ni quiso llamar, para que me hallase á la venta y rremate dellos, como vuestro Fiscal, que fuera justo, y avn forgoso. Y asi me a parescido dar quenta de todo lo que sobre esto a passado á vuestra Magestad; y también tengo por cierto que la dará el dicho don Alonso de Messa y Ayala de lo que á el le a tocado y a hecho en la cobranga de los dichos bienes, y en la continuación de algunos pleytos de terceros opossitores, que como acrehedores an salido á pedir contra los dichos bienes y sobre las doctes de los matrimonios que tubo el dicho Pressidente difunto, (|ue yo saH alegando lo que me paresgio combenir, en defenssa de la Real executoria, contra los vnos y los otros terceros, opossitores y acrehedores, y me remito al aviso y quenta que dieren los vnos y otros oydores mas antiguos á vuestra magestad, que guarde nuestro Señor como puede.-—Quito y Abril 12, de IÓ38 años.— Et,
LICENCIADO SUAREZ DE POAGO. »
En una palabra; los frailes, los conventos y Doña Ana María Ver dugo (y algo también Subiaurre) arramblaron con lo que MORGA dejó: porque condenado éste en más de 31.000 ducados, á los he rederos, á los hijos legítimos del DOCTOR, no les llegó ni un mara vedí siquiera. Y de esta suerte quedó aventada la fortuna amasada por MORGA durante más de cuarenta años de vida ultramarina...

* * *

Como quiera que se le juzgue, cabe decir de MOROA que fué un vidente del ideal de Zola en la famosa novela Fecundidad: la estirpe del andaluz-vizcaíno esparcióse por el mundo, pues que dejó sucesores en Filipinas, en México, en los reinos del Perú, y acaso en otras naciones, ya que algunos de sus hijos llevaron vida errante en el continente americano. .Si el apellido no subsiste en las antiguas Indias, Orientales y Occidentales, ^quién duda que debe subsistir la descendencia? DON ANTONIO DE MORGA fué algo más que un magistrado: fué un poblador; una de tantas afirmaciones de la poderosa fecundidad de la raza que modificó la etnografía de todo un imperio colonial. Bien mirado, hay que perdonarle sus pecados; porque no pudo hacer más que lo que hizo: dejar en las colonias su sangre, su fortuna y su cadáver.

XVI

Y ahora, para terminar, algo habrá que decir acerca de la historia del libro que ha motivado el presente estudio. MORGA debió de escribir antes que nada y con entera independencia —sin pensar en los SUCESOS— la Relación ó Descripción que va al final de la obra ; la cual Relación más que capítulo vui y último, constituye una á mod o de introducción del libro, ya que en este tratad o la mayor parte de su contenido se refiere al estado en que se hallaban los natura les de Filipinas á la llegada de los espaiioles. A propósito del dere cho consuetudinario de los tagalos, que, como es sabido, lo codificó en cierto modo y por primera vez el benemérit o Fr. Juan de Pla sencia ''", léese en las Crónicas del P. San Antonio : «y se le dio en esto tanto crédit o [al P. Plasencia], que admitida por la Real Audiencia la Relación, que hizo, de las costumbres de los Indios [en 1589], se repartió á los Alcaldes mayores de las Prouincias, para su govierno. Después en el año de 15^8^ con poca diferencia de tiempo, hizo su Desciipdon el Doctor Don Antonio de MORGA... y en ella se halla tratad o el mismo Assumpto, tomado del otro» '''. Es verdad que en la Descriúción de MORGA hííllanse algunas noticias que tuvieron que ser escritas después del mencionado año de ISPSí per o esto no dice más sino que MORGA las adicionó en México, á fin de que su trabajo resultara todo lo complet o y bien informado que cabía en lo posible. En cuant o á la historia propiament e dicha, 6 sean los capítulos que preceden á la Relación 6 Descripción, ya dejamos indicado que es muy probable que la batalla naval contra Van Noort (14 de Diciembre de 1600), que tanto apasionó los ánimos en Manila, moviese á MORGA á escribir toda una obra, princi palmente para vindicarse, amén de cierto deseo de dejar un testimonio de lo ejecutado oficialmente por el AUTO R mientras vivió en Filipinas. Dos son las razones que apoyan esta hipótesis : primera, la que llamaremos de cronología ; segunda, la que pudiéramos llamar de intensidad ; como ahora veremos. El P. Pedr o Chirino, que salió de Manila para Europa á mediados de 1602, y que imprimió en Rom a el año de 1604 una Relación de lo que sus compañeros de instituto habían trabajado en Filipinas, dice así en la primer a página de su libro, al excusarse de tratar de lo profano : «Porque la Istoria copiosa, i cumplida de aquellas Islas tiene escrita con gran cuidado., verdad, i eloquencia, el DOCTOR ANTONIO DE MORGA»(172).
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170 Véase la NOTA 115, págs. 471-475.
171 FR. JUAN FRANCISCO DE SAN ANTONIO: Chronicas apostólicas... Parte primera. Sarapáloc, 1738.—Página 149.
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Lo que demuestra que Chirino la vio antes de mediados de 1602, en que, como dicho es, embarcó en Manila para Europa. Y si se advierte que en ciertos cietallcs coinciden el religioso y el OIDOR, no se aventura mucho afirmando que aquél leyó lo que MORGA llevaba escrito hasta entonces. Las fechas apun tadas nos demuestran que MORGA trabajó en Manila, entre 159 8 y 1602, casi toda su obra. Y por lo que concierne á lo que hemos llamado razón de intensidad, digno es de notarse que los cinco primeros capítulos de los SUCESOS sean merament e episódicos, itiientras que se historia con mucha puntualidad lo comprendid o en el sexto y part e del séptimo, ó sea lo acaecido durant e la época en que el A U T O R permaneci ó en las Islas, documentándos e todo aque llo que le afecta á 61 personalmente. ¿No se ve, por tanto, en est e libro (excluida la Descripción), si no un alegato en defensa propia, un medio de exponer ciertos hechos de la vida político-administra tiva del AUTOR ? Con todo, nadie negará que los SUCESOS DE LAS ISLAS FILIPINAs constituyen la historia príncipe de dicho país y que, en ultimo término, el capítulo viii ó Descripción basta por sí solo para hacer de esta obr a una de las más interesantes de cuantas registra la Bibliografía colonial. Sin temeridad pued e afirmarse que ningún libro existe publicado, anterior á 1609, que trate exclusiva mente de la historia del Archipiélago Filipino : hechos aislados de esa misma historia, hállanse descritos en varios impresos de más ó menos volumen (entr e los cuales descuella la Relación mencio nada de Chirino) ; pero obr a que trate sola y exclusivamente de historia político-militar de Filipinas, nad a se publicó con anterio ridad á los SUCESOS de MORGA ' ".
MORGA dio por terminados los SUCESOS el año de 1607, hallándose en México ; y mand ó sacar algunas copias manuscritas, que distri buyó desd e luego. es por demás curiosa la noticia que se contiene en la pág. 329 de la Nueva demonstracion del derecho de Vergara, etcétera, por A. de Bazterrica y J. M. Ozaeta, impres a en Madrid en 1/45 ; refiriéndose al libro de MORGA, dicen los Autores : «Impri mióse en México año de 1609, Nosotros tenemos present e un m a nuscrito de esta misma Obra, y es del año 1607, tiene por titulo : Descubrimiento, conquista, pacificación, y población de las Islas Philipinas.
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172 Relación de las Islas filipinas... por el P. Pedro Chirino: Roma, MDCIV.
173 Véase nuestro Aparato bibliográfico dí la Historia general de filipinas, en tres tomos en folio: Madrid, 1906.
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Por el D R. ANTONIO DE MORGA, éfc. La dedicatoria es á la Magestad Catholica del Rey Don Phelipe III. nuestro Señor. A l im primir su Obr a mud ó el titulo y la dedicatoria.» Pocos años antes, el y a citado P. San Antonio, en la parte primera de sus Crónicas, también citadas, escribió (pág. 23 de la primer a parte) ; «Y a hizo memoria el Doctor Antonio de MORGA en el cap. 8. de su descrip ción manuscrita de estas Islas»... De manera que no ofrece duda que del trabajo de MORGA corrieron copias de mano antes y des pués de 1607 ; y á mayor abundamiento, ahí está la Conquista de las Islas Malucas, de Bartolomé Leonardo de Argensola, que lo comprueba igualmente. Sabido es que esta famosa Conquista se pu blicó en Madrid el año de 1609, al tiemp o que los SUCESOS se imprimían en México ; y siendo así que existen coincidencias en trambas obras, resulta incuestionable que Argensola disfrutó, an tes de 1609, de la lectura del libro del OIDOR ; probablemente dispondría de la copia que MORGA enviarla á P'elipe III, á quien el insigne escritor aragonés dedicó la Conquista mencionada. Por lo que toca á las coincidencias, pondremos tan sólo dos ejemplos ; véa se el primero :
MORGA, pigs. 126-127. Da e?i portugiiés la caria que le dirigió el Rey de Tidorc dirigió a Tidore, y a continuación escribe: «Boluio a Tidore (en la mondón primera, principio del año seiscientos y dos) Marcos dias, con respuesta de su embajada, y el socorro que pedia de bastimentos y municiones, y algunos soldados...>
ARGENSOLA, página 263. Traduce la carta que el Rey de MORGA, y dice d continuación: «Boluio a Tyclore el Embaxador [Marcos Díaz] con la primera moción al prin cipio del año de 662, contento con la respuesta de su Embaxador, y el so corro que pedia de bastimentos y ...» municiones y... soldados
Y ahora véase el segundo ejemplo, ó segunda coincidencia:
MORGA, página 128: «era materia graue, e imposible de poner en ejecución, por ser muy dañosa, y de perjuicio para las Filipinas, por que la mayor seguridad, que siempre an tenido con el lapon, es no tener nauios los lapones...»
ARGENSOLA, 271: «Esta era materia grave, y por muchos respetos, dañossisima para las Filipinas. En las qua les, la mayor seguridad que contra aquellas Provincias han tenido, en tantos tiempos, ha sido el carezer los Japones de nauios...»
Estas y otras analogías que podrían citarse, demuestran de una manera que no deja lugar á duda que Argensola leyó el manuscrit o de MORGA. Por cierto que no habla muy en favor de Argensola el que no citase los SUCESOS, que fueron para él fuente útilísima.

El hecho de que las obras de MORGA y Argensola se publicasen en el mismo año, no nos parece enteramente casual. Si MORGA, al dar por terminados los SUCESOS, en 1607, pretendía que saliesen á luz, ¿por qué no procedió á imprimirlos desde luego, y en cambio hizo sacar y repartió algunas copias manuscritas? ¿Por qué esperó al mes de Abril de 1609, época en que estaba para volver á casarse y lo menos á propósito por lo tanto para echar sobre sí una nueva ocupación, él que necesitaría el poco tiempo que le dejaban libre los quehaceres oficiales para enamorar á la Doña Catalina que le traía de cabeza por entonces?... Así que en Madrid se supo el buen éxito de la jornada de Don Pedro de Acuña á las Molucas, Barto lomé Leonardo de Argensola, capellán de la Reina, concibió el pen samiento de rememorarla en un libro; y por ser él quien era, no hay que decir que contó con todo el caudal de documentos que existía en el Consejo de las Indias, y que contaría también con el manuscrito enviado por MORGA á S. M.; y con tales elementos de infor mación, se dio á escribir su Conquista, tan celebrada como trabajo histórico-literario. MORGA debió de saberlo: no faltaría en el Consejo alguien que se lo comunicase, si no es que se enteró de la Real cédula por la cual la Majestad de I'elipe III autorizaba á Argensola para publicar la precitada Conquista '"*. Y fué entonces cuando MORGA se decidió á sacar á luz los SLXESÜS, llevado por el amor propio del autor, ávido de que ningún otro le ganase por la mano. Ahora bien; ¿cómo se explica el cambio de dedicatoria? ¿No pa rece irrespetuoso que en un trabajo cuyo original iba encabezado con el nombre del Rey se mude el nombre del Rey para poner el de otra persona, siquiera ésta fuese allegadísima á la del monarca? En MORGA, tan devoto de los reyes, casi no se concibe ese cambio; y sin embargo, las palabras de ]3aztcrrica y Ozaeta, que copiadas quedan, no dejan lugar á vacilación; son terminantes: MORGA «mudó ia dedicatoria». É hizo una mudanza más, la del título, que volvió á retocar cuando ya el original estaba censurado; según Bazterrica y Ozaeta, la obra se intitulaba: Descubrimiento, conquista, pacificación y población de las Islas Philipinas; según la licencia del Arzobispo de México, el título era: Sucesos de las Islas Filipinas: su conquista y conversión; y la obra salió al cabo con estas solas palabras en el frontis: -SUCESOS DE LAS ISLAS FILIPINAS.
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174 A 34 de Enero de 1609, en virtud de un informe del Dr. Cetina, fechado en Madrid á 30 de Diciembre de 1608, libróse una Real cédula autorizando al Ldo. Bartolomé Leonardo de Argensola para publicar su Conquista: de estos documentos pudo tener noticia MORGA en Abril de 1609, que es cuando á él le autorizaron para la publicación de los SUCESOS.
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Claro es que este cambio no tiene la importancia que el de la dedicación, que tal vez MORGA consideró de mayor eficacia dirigida al favorito del Rey, que no al Rey mismo, sobre todo si entre ese favorito y MORGA existía alguna relación. Don Cristóbal Gómez de .Sandoval y Rojas debió de tener posesiones en Uceda (Guadalajara), patria de Doña Juana de Briviesca Muñatones, primera mujer de MORGA: ello es que fué Duque de Uceda un hijo del de Cea. En Uceda estuvo MORGA de recién casado con la dicha Doña Juana; si él no conoció enton ces al Duque padre, debieron de conocerá éste algunos de los deu dos de la mentada señora. En la dedicación á que se alude, bien puede verse un memorial para obtener el ascenso, que por cierto no logró inmediatamente ni de quien lo pretendiera, pues que cuan do lo consiguió para el Perú, años más tarde, el privado de S. M. no era ya el Duque de Cea, sino su hijo el de Uceda.
MORGA debió de hacer una tirada muy corta de su libro: no se explica de otro modo el grado de rareza que ha alcanzado, hasta el extremo de que sólo se conozcan—según nuestras noticias—doce ejemplares en el mundo: cinco en Madrid, uno en Barcelona, otro en Berlín, otro en Londres, otro en Chicago, otro en no recuerdo qué Biblioteca Nacional hispano-americana y otro en poder de un librero de Leipzig que lo ha anunciado recientemente en unos quince mil francos; el duodécimo ejemplar, deteriorado y falto de algunas hojas, es el que ha servido de original para la presente reimpresión. De estos doce MORGAS príncipes he tenido la suerte de ver ocho; de ellos, sólo dos con la portada grabada: el que íué de Gayangos y después del Museo-Biblioteca de Ultramar (hoy en la Biblioteca Nacional) y uno de los dos magníficos que posee el afortunado y recalcitrante bibliófilo D. Antonio Graíño, el cual ejemplar tiene además (y en esto es único) la portada tipográfica; es decir, lleva ese ejemplar las dos portadas, y huelga encarecer por consiguiente su extraordinario valor.
Míster H. E. J. Stanley fué el primero que, al cabo de los años, comprendió toda la importancia que el libro de MORGA tiene : lo tradujo al inglés, y con notas y algunas otras ilustraciones sacólo de nuevo á luz en 1868, en Londres, con el título: The Philippine Islands, Moluccas, Siam, Cambodia, Japan and China... Valióse del ejemplar existente en el Museo Británico. Muy poco después, el afamadísimo bibliófilo D. Pascual de Gayangos debió de acariciar el proyecto de reimprimir el MORGA: así se deduce de que poseyendo un ejemplar impreso (que es el que fué á dar al Museo-Biblioteca de Ultramar, descrito por mí en el Esíadismo, en 1893), lo copiara íntegramente de su puño y letra, la cual copia se halla incluida en el Catálogo del Museo-Biblioteca mencionado '^*. La copia la hizo en folio, y ios folios van todos escritospor una sola cara; copia, en suma, para la imprenta, hecha con la más exquisita minuciosidad, propia de hombre tan competente como Gayangos lo era. Anduvo el tiempo, y allá por el año de 1888, el prestigioso americanista D. Justo Zaragoza—que con otros publicistas de su cuerda editaba la «Biblioteca Ultramarina»,—conocedor del mérito y de la rareza de los SUCESOS de MORGA, se decidió á reimprimirlos, y así lo verificó desde luego, en la imprenta de D. Manuel Ginés Hernández, de Madrid; y la reimpresión se hizo íntegramente, menos una hoja, la última, que quedó pendiente de tirada. Pero quiso D. Justo que la nueva edición de los SUCESOS llevase un prólogo de D. José Cabezas de Herrera, filipinista muy aventajado, y, por enfermedad primero y fallecimiento después de dicho señor Cabezas, la edición de D. Justo Zaragoza quedóse paralizada. Entonces éste se deci dió á terminarla por sí mismo; pero nombrado Secretario general del Congreso de Americanistas que debía celebrarse en Huelva en 1892, las ocupaciones de tan penoso cargo impidiéronle por enton ces ultimar el nuevo volumen de la «Biblioteca Ultramarina», cuyas capillas no eran un misterio para ciertos eruditos ''*. La edición de Rizal (París, 1890) le avivó el deseo á Zaragoza; mas cuando ya se disponía, allá por el año de 1894 ó 1895, á prologar la suya de los SUCESOS, la muerte se lo llevó. Quedóse, pues, el impresor con un rimero de papel que desde hacía años le estorbaba; y no sabiendo qué hacerse con el crecido bloque de las capillas, separó dos ejemplares é inutilizó ab trato los demás. Estos dos ejemplares vinieron á poder de un librero de Madrid, el cual mandó añadirles, en otra tipografía, la hoja que les faltaba para que el texto de MORGA resultase completo, y así dispuestos, los vendió, uno á la Tabaca lera de Filipinas y otro á un bibliófilo yanqui. Tal fué la suerte que corrió la edición non nata de D. Justo Zaragoza.
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175 Pág. 139. Por cierto que, por incomprensible descuido, no se inventarió el MORGA impreso, de cuya existencia puedo certificar por cuanto, como dejo dicho, describí esta obra en el Estadismo, tomo 11, página 277*.
176 En la Espaha Modtma, revista de Madrid, número de Diciembre de 1890, pag 210, haliérá el lector que desee comprobarlo una alusión terminante a la impresiión de D. Justo Zaragoza.
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D. José Rizal, el célebre filipino, llegó á Londres á mediados de 1888. Decidido á no perder el tiempo, ávido de estudiar hondamente la historia de su país, se enfrascó en el Museo Británico y allí se topó con los SUCESOS de MORGA, así como con la traducción de Stanley. Y concibió en el acto el mismo propósito que por entonces realizaba en Madrid D. Justo Zaragoza. Parece ocioso advertir que Zaragoza y Rizal no se conocían, ni remotamente sospecharon que ambos á un tiempo tenían la misma aspiración. Rizal copió el ejemplar del British Miiseiitn, tomó numerosos apuntes de varias obras de consulta, y próximamente un año después, ó sea á mediados de 1889, se trasladaba á París dispuesto á sacar de nuevo á luz los cuasi desconocidos SUCESOS del I ) R. MORGA, que reimprimió efectivamente en Casa de Garnier Hermanos ''^. Pero perseguido este libro en Filipinas, como todos los que llevaban la firma de J. Rizal, sobre quien pesaba el sambenito de filibustero, muchos ejemplares fueron inutilizados, y pronto esta nueva edición de los SUCESOS vino á ser la de un libro no vulgar ; como que á los pocos años de publicada—y descartado D. Justo Zaragoza—^no faltó quien pensase en hacer otra edición. Pensó en ello, en Manila, D. José Martos O'Neale, principalmente con el propósito de refutar algunas de las notas del Dr. José Rizal " ' ; pero el Sr. Martos desistió muy pronto de su intento. Y pensó también en lo mismo el distinguido bibliófilo y entusias ta filipinista D. Manuel Clemente, chantre, jubilado, de la Catedral de Manila, que al volver á España para quedars e en Madrid de asiento, proyect ó mil planes editoriales, uno de ellos el de reimprimir escrupulosamente los SUCESOS, precedidos de un amplísimo es tudio biográfico. Y á este fin, m e encomend ó que corriera con la investigación de los datos necesarios. Puesto y o de acuerdo con el Jefe del Archivo de Indias, mi sapiente y mu y querido amigo Don Pedro Torres Lanzas, á los pocos meses logré formar un abultado legajo de copias de documentos que costaron al Sr. Clemente algunos centenares de pesetas. A estos papeles de Indias incorporé otros sacados de otras partes, entre ellos los que me facilitó con
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177 Sucesos de las Jslas IHUpinas por el Doctor Antonio de MORGA. Obra publicada en Méjico el año de 1609, nuevamente sacada á luz y anotada por José Rizal, y precedida de un prólogo del Prof. Fernando Blumentritt. París, Garnier Hermanos, 1890,—Un vol. en 4.° menor de xxxvin -)- 374 págs.
178 Martos escribió á Rizal sobre el asunto, y Rizal le contestó, en Noviembre de 1893, hallándose deportado en Dapitan, autorizándole para que reimprimiese las notas que quisiera refutar.—«Véase Vida y escritos del Dr. José Rizal, por W. E. Retana, páginas 318-319.
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singular bizarría el eximio literato D. Francisco Rodríguez Marín. Y D. Manuel Clemente viose poseedor de una suma riquísima de datos sobre MORGA; que fué estudiando uno á uno, los extractó y metodizó, y aun llegó á trazar el esquema de la biografía del célebre DOCTOR MORGA. Mas ¡ay! se diría que algún mal hado proyectaba su funesta sombra sobre la reimpresión española de los SUCESOS DE LAS ISLAS FILIPINAS; porque la afección á la vista que ele antiguo padecía D. Manuel Clemente comenzó á agravarse, y tuvo éste por fuerza que suspender el trabajo. Y el tiempo pasaba, y el enfermo de la vista iba cada vez peor... Hasta que llegó un día en que, rendido á la tiranía de traidoras cataratas, vino á verme y dijo: —Pongo á su disposición cuanto he logrado de MORGA. Haga usted con ello lo que quiera. ¡Y todo sea por la prosperidad de núes tras amadas Filipinas ! Débese, pues, este estudio al Sr. Clemente; y cuanto aquí se apuntara para expresar gratitud, sería poco. El Sr. Clemente no consintió que le indemnizase de los fuertes gastos que llevaba hechos. Pero ¿no habrá sido providencial que con la nueva edición de los SUCESOS de MORGA no haya corrido un eclesiástico.'' Don Manuel Clemente, no obstante su gran talento, no habría tenido, de seguro, la amplitud de criterio que puede tener un seglar que, como el que esto escribe, blasona de independencia. El Sr. Clemente, por con sideración á su estado, y aun por otras, no habría expuesto la vida de MORGA tal como aquí se ha expuesto, sin tapujos; pero es que aun aceptando que, por virtud de sus extraordinarias facultades de retórico—que no en vano ha sido brillantísimo orador,—hubiera acertado á dorar todo lo feo que hubo en la vida de MORGA, no se hubiera atrevido á reproducir ciertos documentos, señaladamente los que empañan el prestigio de las corporaciones religiosas, por aquello de que, aunque 61 no ha pertenecido al «clero regular», sacerdote es ai fin, y por lo mismo mira por la buena fama de todos los «ministros del Señor», sean ó no regulares. Don Manuel Clemente habría hecho, sin duda alguna, una nueva edición del MORGA superior á la presente; pero acaso la suya no habría tenido toda la independencia de criterio que ésta tiene. Sólo así, procediendo libre de preocupaciones de escuela, se puede servir enteramente á la Historia; que es una matrona que oye á todos, que debe oir á todos; de lo contrario, no puede ser imparcial. Y yo que hago votos por que el Sr. Clemente pueda leer por sus propios ojos este libro, los hago también por que no los desvíe con disgusto, pensando al menos que no ha sido otro mi deseo que servir á la Verdad.

El Maestro de maestros, D. Marcelino Menéndez y Pelayo, que como es sabido dirige la Nueva Biblioteca de Escritores Españoles, quería que est a nueva edición de los SUCESOS hubiese constituido un o de los volúmenes de tan acreditada serie. Pero al saberlo Don Antoni o Graíño, inteligentísimo lugarteniente del conocido edi tor-librero D. Victoriano Suárez, rogóme que prefiriese su Casa á ninguna otra, y a ello accedí gustoso, emprendiend o inmediata ment e la tarea, á la que di comienzo á fines del año de 1908.
El texto de los SUCESOS va reproducido con cuidadosa fidelidad, llevada al extrem o de buscar la mayor analogía tipográfica. He des hecho, sin embargo, las abreviaturas del original, porque motivadas éstas por exigencias del ajuste, no ora cosa de reproducirlas en un nuevo ajuste sin apuros. A l text o siguen, por vía de APÉNDICE, aque llos escritos inéditos de MORGA que en más ó menos grado tocan á la historia de Filipinas, reservándom e para la Vida aquellos otros que le tocan á él con preferencia. Y al APÉNDICE siguen unas NOTAs que amplían lo por MORGA publicado. Por lo mismo cjue MORGA en los primeros capítulos trat ó los asuntos demasiado á la ligera, es en estos primeros capítulos flondc se ha cargad o la man o de las ampliaciones, valiéndome casi siempre de las fuentes originales de la época, casi todas inéditas, y, por lo tanto, de un positivo valor histórico. Cierran el volumen dos tablas alfabéticas, que no sólo facilitan la consulta, sino que enriquecen la edición con nuevos datos, no pocos de ellos de singular curiosidad.
Accediendo á mi ruego, y con una galantería que no sé cóm o pagar, un sabio profesor do la Escuela de Lenguas Orientales de París, Mr. Antoin e Cabaton, m e ha remitido varias notas valiosísimas, que de segur o agradecerán los lectores. Para la mejor inteligencia de las mismas, el Autor ha empleado una transcripción convencional, y a que, según le advertí, no podía disponer de ciertas letras usuales en las transcripciones de algunas palabras de ciertas lenguas del Extrem o Oriente ; estas letras son las que llevan un punt o encima ó debajo, amén de la c con urta virgulilla en la part e superior semejante al acento de las vocales castellanas. para distinguir estas letras, se ha convenid o ponerlas de distinta caja : de manera que una palabra en letra cursiva, en la cual palabra se vea una 6 más letras de las llamadas redondas, deb e entenderse que esa letra, 6 esas letras son de las puntuadas, y a encima, y a debajo ; y vice-versa : palabra en redondo que lleve alguna letra en cursiva, entiéndase que ést a es de las puntuadas. Para los efectos de la pro nunciación, Mr. Cabaton nos ofrece el siguiente cuadro :

a = á peu pres ea pronocés tres brévement, et lies.
c, ch = ch espagnol un peu mouillé.
ch, chh = ch espagnol suivi d'une légére aspiration.
•i(d) = d dental anglais.
dj, j {= a peu pres di dans dia, Dugo, Dios.
n (n) = ng tagal.
n (n) = n cérébrale du sanscrit, c'est a diré á peu prés Xn dentale anglaise.
ñ = ñ espagnol.
m (m) = donne un son nasal á la voyele precedente.
r (r) = voyele sanscrit (á peu prés r).
t (t) = t dental anglais.
La traducción de las notas de Mr. Cabaton se ha hecho lo más literal posible, como conviene á trabajos de esta índole.
El cultísimo filipino D. Epifanio de los Santos Cristóbal, también á ruego del que esto escribe, favorece la presente edición de los SUCESOS con cinco importantes notas. Reciba el Sr. Santos el testimo nio de mi gratitud, y crea que al mío va unido el de los lectores.
Finalmente, teniendo, como tiene, la edición de Rizal ilustracio nes notables, estimé oportuno reproducir algunas, y en especial aquellas que á mi juicio merecían ser ampliadas ó rectificadas; como, por ejemplo, las relativas á la industria metalúrgica con apli cación á la artillería, la que trata de la esclavitud, etc.
Por lo demás, no ha de ser el autor de estos renglones quien juzgu e esta nueva edición de los SUCESOS. Aunque no ocultará que le ha movido á hacerla su probada afición á dilatar el campo de la cultura histórica de las Islas Filipinas.

W. E. Retana
Madrid, Agosto de 1909.

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